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Senado de la Nación El Código Civil y Comercial podría entrar en vigencia en agosto [BPN-10/12/14] El pasado 3 de diciembre, el Senado de la Nación aprobó y giró a la Cámara de Diputados un proyecto de ley para adelantar la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial al 1º de agosto de 2015. Hasta el momento estaba previsto que el cuerpo normativo comience a regir a partir del 1º de enero de 2016. El proyecto fue aprobado con 50 votos positivos y 13 negativos. Mientras que el oficialismo, el radicalismo y el Frente Amplio UNEN votaron a favor, el peronismo federal se manifestó en contra.
Un día antes, la iniciativa había obtenido dictamen en la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado. En esa oportunidad, el senador Ernesto Sanz (UCR) había negado que la oposición vaya a revisar o derogar el nuevo Código Civil y Comercial en caso de ser mayoría. Específicamente, el proyecto busca modificar el Art. 7º de la Ley 26.994 (Código Civil y Comercial de la Nación), el cual establece la fecha de entrada en vigencia de la nueva normativa. La iniciativa que fue ingresada el pasado 11 de noviembre bajo el número de expediente 3976/14, fue elaborada por los senadores del Frente para la Victoria, Miguel Ángel Pichetto (Rio Negro) y Aníbal Fernández (Pcia. de Buenos Aires). El Código y la propiedad horizontal Con su entrada en vigencia quedará derogada la Ley 13.512 que desde 1948 imperó en la propiedad horizontal, con lo cual cambiarán las reglas de juego del sector. El flamante Código está dividido en seis libros. Dentro del cuarto, se encuentran el "Título V" denominado "Propiedad Horizontal" y el "Título VI" dedicado a los "Conjuntos Inmobiliarios". El primero está compuesto por 36 artículos y el segundo por 41. En suma, se trata de 77 artículos que regularán estas cuestiones |
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