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Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Proyecto de ley porteño

Las personas discapacitadas podrán usar los espacios comunes

[BPN-15/08/20] El pasado 8 de julio, cinco legisladores del Frente de Todos presentaron un proyecto de ley para garantizar que las personas discapacitadas que así lo requieran puedan realizar salidas breves en los espacios comunes de sus consorcios como ser terrazas, patios o parques.

Quedarán expresamente excluidos los juegos para niños, los gimnasios, natatorios y salones de usos múltiples con los que pudiera contar el edificio.

De ser necesario, las personas con discapacidad podrán realizar estas salidas acompañadas de una persona que puede ser un familiar, el conviviente, un asistente personal, un profesional del equipo tratante o el cuidador domiciliario.

La iniciativa –de ser aprobada- también impondrá a los administradores de consorcios la obligación de informar el contenido de esta ley a todos los consorcistas para evitar que se puedan producir situaciones de discriminación u hostigamiento contra las personas con discapacidad que utilicen los espacios comunes al aire libre.

Para gozar de su salida, la persona con discapacidad debe contar con su DNI y su Certificado de Discapacidad (CD) vigente o la constancia del turno para la Junta Evaluadora para su tramitación. En caso de no tener el CD deberá contar con una nota emitida y firmada por el profesional que la trata la cual podrá ser confeccionada en formato digital. En la prescripción se debe indicar la necesidad de realizar esas salidas breves y la imposibilidad de que sea realizada en la vía pública. Se debe especificar también el apoyo requerido en caso de necesitarlo. Tanto el DNI como el CD o la nota deberán ser presentados ante cualquier habitante del consorcio en cualquier momento que le sea requerida.

Por otra parte, tanto la persona con discapacidad como su acompañante deben respetar el distanciamiento social establecido por las autoridades sanitarias de los otros habitantes del edificio. Asimismo deben utilizar cubreboca o máscara que cubran como mínimo la nariz, la boca y el mentón. Deben llevar consigo también elementos de higiene de manos que aseguren el mantenimiento de la limpieza de las superficies comunes del edificio.

El proyecto de ley consta de seis artículos de los cuales uno es de forma. Sus autores son Lorena Iris Pokoik García, Javier Andrade, Claudio Américo Ferreño, Claudio Alberto Morresi y Juan Manuel Valdés. En este momento se encuentra en la Comisión de Legislación General y está previsto que luego sea girado a la Comisión de Salud.

Los argumentos

El sus fundamentos los legisladores explicaron: "Hemos recibido reclamos de familiares de personas con discapacidad -concretamente de aquellas incluidas dentro del colectivo de personas con trastornos del espectro autista- que por su condición están percibiendo un gran temor de salir a la calle a causa de la pandemia pero que a su vez experimentan la necesidad de realizar breves salidas al exterior. En todos los casos planteados, estas personas quisieron hacer uso de los espacios al aire libre del edificio en que residen pero sus vecinos se lo impidieron argumentando que la utilización de estos espacios no está autorizada en este contexto de aislamiento preventivo y obligatorio".

Agregaron: "Por esta razón, consideramos oportuno establecer esta excepción en los edificios y complejos habitacionales, dado que se trata de un colectivo específico y en consecuencia, esta medida constituye un ajuste razonable para el ejercicio de sus derechos humanos".

Por último subrayaron: "Entendemos que esta medida no implica una carga desproporcionada o indebida al Estado ni a los demás habitantes de los edificios y complejos habitacionales de la ciudad" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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