Alquileres
Por
un puñado de dólares
La
Asociación de Inquilinos de la República Argentina (AIRA) anunció que los
depósitos de garantía en los contratos de alquiler, deben reintegrarse en la
moneda de origen porque la ley de pesificación no se refiere a las cauciones.
Según
Enrique Wainfeld, presidente del AIRA, no existe norma alguna que establezca que
los depósitos de garantía en los contratos de locación de vivienda, comercial
y/o profesional; entregados en caución deban pesificarse en la relación
que la ley menciona para otros ítems. A continuación expresó que: "...casi
todos los contratos de alquiler tenían como cláusula de depósito de garantía
en dólares y el depósito de garantía no se pesificó lo que se pesificaron
fueron las deudas contraídas entre las partes en moneda extranjera. El alquiler
sí se pesificó, uno a uno, es decir que cuatrocientos dólares son
cuatrocientos pesos, pero tiene como depósito cuatrocientos dólares no tiene
cuatrocientos pesos. Porque no surge de ninguna norma legal en la Ley de
Pesificación que el depósito se haya pesificado..." . Esto es así
porque la mencionada ley no hace ninguna referencia a la pesificación de las
cauciones que se deben devolver en la misma moneda o a la cotización que fije
ese día el mercado cambiario en pesos.
El
Sr. Wainfeld aseguró de manera categórica que absolutamente todos los juicios por
este motivo se ganan y que podría corresponder hasta acción penal contra el
locador bajo la figura de "depositario infiel".
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