Buenos
Aires, 01 de noviembre de 2002
Señor
Director de
Pequeñas
Noticias
Presente
Ref.:
Boletín de Pequeñas Noticias Nro. 135
De
nuestra mayor consideración:
La
Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
se dirige a Ud. en relación a la nota titulada “la
dura respuesta al documento de 11 puntos” enviada a esa redacción
por un asesor de la Diputada Sandra Dosch, autora del proyecto.
Surge
claramente de la misma un total desconocimiento de lo que es la
institución “Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias”, del “Registro de Administradores Profesionales” y
del “Foro Argentino de la Propiedad Horizontal”.
En
su respuesta evidencia que sólo su verdad es la valedera y descalifica a
instituciones de larga trayectoria y experiencia en propiedad horizontal,
como forma de argumentar a favor de una ley
a la cual no aceptan efectuarle ninguna mejora, y otra vez los
teóricos de turno quieren reglar sobre una realidad que no conocen.
Respecto a que “la gente pide a gritos por esta Ley” realmente debemos
coincidir que hemos visto que habitualmente hay gente que grita frente a
la Legislatura pero nunca escuchamos que fuera por este tema.
Recordamos
que hace muy poco tiempo cuando fuimos invitados a una reunión de
asesores de la Comisión de Legislación General en la que se iba a tratar
el tema había tres proyectos presentados por otros legisladores además
del presentado a debate y la asesora que dirigía la charla manifestó que
“la voluntad política es sacar el proyecto de la Diputada Dosch”,
hubo un silencio y se cambio de tema. ¿Era ése al debate a que se
referían?.
Para
los que desconocen el tema debemos informarle que nuestra Institución
presentó en el ámbito nacional y en el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, sucesivos proyectos de Ley de matriculación, antes que los “genios”
comenzaran a elaborar el proyecto de Ley bajo análisis. Eso evidencia que
no hay nada más alejado de la realidad que afirmar que no queremos
someternos a controles, pero evidentemente nunca tuvimos el respaldo “político”
para que alguien hiciera suyo el proyecto y lo presentara al debate de la
comunidad. No somos políticos, solo somos una Institución integrada por
socios de tres ramas: a) Consorcios de Propietarios; b) Personas y
empresas que se dedican a la administración de Inmuebles, Countries y
Barrios Cerrados y c) Personas y empresas dedicadas a las actividades
inmobiliarias; que desde hace más de 50 años vela desde lo privado por
mejorar la vida en el contexto de la Ley de Propiedad Horizontal.
El
Registro de Administradores Profesionales de la CAPHyAI, fundado el 17 de
Junio de 1974, que desde el desconocimiento asevera el asesor que es un
“negocio”, está integrado
por Administradores que al inscribirse “se
someten voluntariamente a las normas del Registro”. La más
destacable de estas normas es recibir inspecciones anuales de un estudio
contable externo contratado que verifica: a) la observancia de las Leyes
Nacionales, Provinciales y ordenanzas vigentes; b) La realización de la
Asamblea Anual Ordinaria; c) la realización de las rendiciones de
expensas periódicas; d) las últimas disposiciones exigidas como
Empleador, e) La contratación de los seguros obligatorios y f) la
utilización de los libros establecidos en la Ley 13.512. Creemos que
éste es un control muy superior al establecido en la Ley bajo análisis
que sólo pide que cada seis meses se presenten las cargas sociales pagas.
El “gran negocio” es que además de recibir obligatoriamente la
inspección anual se debe abonar mensualmente la suma de $ 16.- (pesos
dieciséis) con el objetivo de solventar los costos de sus propias
inspecciones. ¿Será este monto superior al establecido para registrarse
con la nueva Ley?, porque el Registro de la Cámara por “no ser
obligatorio” tiene menos adherentes que los que tendría con la
habilitación del Registro de carácter obligatorio, donde además no hay
revisión de profesionales externos.
Surge
aquí una inquietud, en caso de aprobarse la Ley y ante la eventualidad
que algún Administrador eluda los controles establecidos, el Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires será solidariamente responsable con el
Consorcio por las obligaciones impagas ante la A.F.I.P., por no haber
ejercido adecuadamente los controles que fijó?.
Como
en los casos anteriores, el asesor desconoce que el Foro Argentino de la
Propiedad Horizontal funciona en el Edificio de la Cámara por razones de
espacio físico pero sus integrantes, representativos del quehacer
nacional, son instituciones independientes con gravitación y decisión
propia, donde la Cámara es sólo un integrante más, sin ningún
privilegio especial. Se mencionan solo enunciativamente algunos de sus
integrantes:
a)
Comisión de Vivienda de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
b)
Comisión de Legislación General de la Legislatura de la Ciudad de Buenos
Aires.
c)
Asociación de Bancos Argentina.
d)
Asociación de Magistrados de la Justicia Nacional.
e)
Asociación Empresarios de la Vivienda.
Conclusión:
En lugar de un debate claro con el fin de aportar a los habitantes de la
Ciudad de Buenos Aires algo útil, vemos que toda la argumentación para
aprobar esta Ley es descalificar a cualquiera que se oponga, elaborando
tramas que sólo existen en la cabeza de quien las escribe acostumbrado a
ver en su ámbito ese juego de alianzas, y no duda en descalificar una
Institución con 50 años de funcionamiento, con activo protagonismo en la
vida consorcial y de amplio reconocimiento a nivel internacional, que ya
velaba por los intereses de los propietarios cuando los actuales autores
de este Proyecto aún no habían nacido. Estimamos que la posición de los
autores de la Ley se resume a que los
que están de acuerdo con nuestro proyecto son los buenos, calificados
para opinar e interesados en el bien general y los que se oponen son los
malos, ineptos para pensar y egoístas que buscan su propio beneficio en
perjuicio del bien general. Es así nuestra democracia???.
Consejo
Directivo
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