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Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal

Una periodista denunció al vicepresidente de ACAPPH

Encabezado de la nota en la que la periodista efectuó su denuncia.

Encabezado de la nota en la que la periodista efectuó su denuncia.


[BPN-15/09/21] El pasado 30 de agosto la periodista Mayra Pertossi denunció que el vicepresidente de la Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal (ACAPPH) que "estafó" a su consorcio da charlas de "buena conducta de administradores" y aconseja cómo administrar en tiempos de pandemia en el sitio web de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor porteño.

Así lo hizo saber en el marco de una entrevista que le realizó un medio nacional de máxima circulación en el que expresó textualmente: "Increíble que el señor Christian Tettamanti, que desfalcó a un consorcio de Caballito y perdió ambos juicios civil y penal, dé charlas de buena conducta de administradores y, peor aún, que aconseje cómo administrar en tiempos de pandemia en la página web de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Ciudad" [1].

Los "consejos" a los que alude Pertossi fueron publicados el 23 de marzo de este año en el sitio web de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor y estaban relacionados con la irrupción de las asambleas virtuales en la propiedad horizontal a causa de la pandemia de Coronavirus [2]. En ella se difundieron también consejos de Facundo Carrillo, secretario de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, superior directo de Defensa del Consumidor. La foto de un primer plano de Tettamanti mostrando un resumen de cuentas en una asamblea virtual está atravesada por la marca de agua de esa secretaría.

Independientemente de la denuncia, la redacción de Pequeñas Noticias observó que en la nota que publicó el Gobierno de la CABA a la que aludió la periodista se afirmó que "Christian Tettamanti administra varios edificios junto a su socio en la Ciudad de Buenos Aires". Es de resaltar que el vicepresidente de ACAPPH no figura como administrador inscripto en el Registro Público de Administradores porteño por lo que no estaría autorizado a ejercer la profesión según lo ordena expresamente el artículo 2º de la Ley 941 [3]. Su incumplimiento es pasible de una sanción según lo establece el inciso a) del artículo 15º de la Ley 941 [4].

Al día de la confección de esta nota [5], de los ocho integrantes de la comisión directiva de ACAPPH sólo el vicepresidente no está registrado aunque -según el buscador del RPA- de los otros siete, cuatro tienen la matrícula vencida (Artículo 12º de la Ley 941) [6].

Postulados de ACAPPH

Según el sitio web de ACAPPH, la entidad se creó para "mejorar la imagen de nuestra profesión", "profesionalizar la actividad" y para "que nuestra actividad esté nivelando siempre y constantemente hacia arriba, en todos los órdenes"

Agrega también que la entidad "nació para sumar e integrar a quienes deseen ejercer con profesionalismo la administración de consorcios".

Por último aclaró que su visión es "ser la asociación líder del rubro y que sea identificada como una referente indiscutible para los administradores y consorcistas" [7].

Mayra Pertossi

Se licenció con honores en la carrera de Periodismo y Comunicación en la Universidad del Salvador en 1999.

Mientras tanto, en 1998 realizó estudios de grado en la Loyola University Maryland en EEUU donde, en ese marco, realizó trabajo de campo en un centro de detención de menores.

Desde 1998 hasta el 2001 fue corresponsal de la agencia de noticias Reuters.

Desde 2001 hasta la actualidad es editora de la agencia de noticias Associated Press (AP) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Clarín del 30/08/21: "Consorcios en tiempos de pandemia: más morosidad y convivencia deteriorada".

[2] Gobierno de la CABA del 23/03/21: "Cómo son las nuevas asambleas virtuales de los Consorcios porteños".

[3] Artículo 2º de la Ley 941: "La administración de consorcios no puede ejercerse a título oneroso ni gratuito sin la previa inscripción en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal".

[4] inciso a) del artículo 15º de la Ley 941: "Son infracciones a la presente Ley [...] El ejercicio de la actividad de administración de consorcios de propiedad horizontal sin estar inscripto en el Registro creado por la presente Ley".

[5] El 4 de septiembre de 2021.

[6] Artículo 12º de la Ley 941: "Los/as administradores/as inscriptos/as en el Registro creado por esta ley, deben presentar anualmente un informe con el siguiente contenido, el que tendrá carácter de declaración jurada: [...]".

[7] ACAPPH [sin fecha] : "Institucional".


    

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