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Administradores de consorcios

Durante este 1º trimestre los honorarios subirán más de un 13%

Fotoilustración Pequeñas Noticias

[BPN-15/01/22] Los honorarios sugeridos para los administradores de consorcios para este primer trimestre ganarán 1,51 puntos contra la inflación mientras que en términos interanuales habrán ganado 11,71 puntos porcentuales.

Esta estadística se elaboró calculando el promedio de los honorarios sugeridos para edificios de hasta 20 unidades funcionales de todas sus clases que difundió la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) [vínculo].

Aumento 1º trimestre

Durante el primer trimestre del año los honorarios sugeridos de los administradores de consorcios aumentaron un 13,35% con respecto al período anterior.

La diferencia promedio en pesos con respecto al mes anterior fue de $4.500 mensuales. Mientras que en durante octubre, noviembre y diciembre el promedio de honorarios sugeridos fue de 34.300 pesos mensuales, en enero ese valor subió a $38.880 mensuales y así se mantendrá hasta marzo.

Para el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) que elabora el Banco Central la inflación mensual de enero, febrero y marzo será de un 3,7%, un 3,7% y un 4%. En total se estima que para todo el trimestre será un 11,84%.

El incremento interanual

Los honorarios del primer trimestre de este año habrán subido un 61,19% en comparación con el mismo período del año pasado. Por su parte el promedio de la inflación interanual de esos tres meses será de un 49,48% con respecto a esos meses de 2021. O sea que los honorarios durante estos meses le habrán ganado a la inflación 11,71 puntos porcentuales.

Otras entidades

La redacción de Pequeñas Noticias consulta también los honorarios sugeridos del AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal) y la UADI (Unión Administradores de Inmuebles) porque son dos entidades de administradores que –junto a la CAPHyAI - firman los convenios colectivos del sector. Durante años estas entidades publicaron periódicamente las tablas de honorarios como parte del servicio que brindaban a los mandatarios de los consorcios.

Sin embargo, al momento de realizar esta nota el AIERH no había actualizado sus honorarios y aranceles [vínculo] [1].

Por otra parte, no se pudo consultar los honorarios sugeridos de la UADI porque sus páginas en Facebook y Twitter están desactualizadas y su sitio web oficial desactivado [vínculo].

Importante

Es de recordar que el artículo 14º de la Ley 941 (Registro Público de Administradores) de la CABA establece que los honorarios de los administradores se deben pactar libremente entre el mandatario y la asamblea de propietarios.

También hay que prestar atención que el inciso r) del artículo 9º de esa ley local indica que el administrador -al momento de su designación- "debe informar al consorcio en forma cierta y veraz, haciendo constar en acta detalladamente, todos aquellos servicios y trámites que realice por cuenta propia y formen parte de sus honorarios, así como también aquellos cuya realización sea encargada a otros prestadores o gestorías y que excedan la remuneración pactada por su actividad" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] 11 de enero de 2022.


    

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