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Administradores de consorcios

Durante este año los honorarios habrán perdido contra la inflación

[BPN-15/10/22] Durante este último trimestre del año los honorarios sugeridos para los administradores de consorcios perderán contra la inflación estimada por el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) para el tercer trimestre -5,53 puntos porcentuales; contra la acumulada anual -18,03 puntos y en la medición interanual -24,19 puntos porcentuales. Así surgió de datos provistos por la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).

Es de recordar que desde mediados del año pasado los honorarios sugeridos de los administradores se actualizan según una fórmula que toma por partes iguales el índice de precios que mide el INDEC y los aumentos salariales pautados por el Sindicato de Empleados de Comercio (SEC).

Por último, Pequeñas Noticias elaboró esta estadística calculando el promedio de los honorarios sugeridos por esa entidad para edificios de hasta 20 unidades funcionales de todas sus clases [vínculo].

Aumento 3º trimestre

Durante el cuarto trimestre del año los honorarios sugeridos de los administradores de consorcios aumentaron un 14,73% con respecto al período anterior.

La diferencia promedio en pesos con respecto al mes anterior fue de $7.500 mensuales. Mientras que durante julio, agosto y septiembre el promedio de honorarios sugeridos fue de 50.900 pesos mensuales, en octubre ese valor subió a $58.400 mensuales y así se mantendrá hasta diciembre.

Para el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) que elabora el Banco Central la inflación mensual de octubre, noviembre y diciembre será de un 6,2%, un 6% y un 6,2%. En promedio se estima que para el trimestre será un 20,27%.

Durante el cuarto trimestre los honorarios de los administradores habrán perdido contra la inflación -5,53 puntos porcentuales.

El acumulado anual

Durante el último trimestre y durante este año los honorarios de los administradores habrán aumentado un 70,26%. En diciembre de 2021 el promedio de honorarios estaba en 34.300 pesos mensuales.

Por su parte la inflación acumulada de octubre, noviembre y diciembre está estimada por el REM en un 77,31%, 87,95% y 99,6% respectivamente promediando un 88,29%.

La diferencia entre el aumento promedio de los honorarios para esos tres meses con respecto a la inflación será de -18,03 puntos porcentuales.

El incremento interanual

Como ya dijimos, durante el último trimestre de este año los honorarios sugeridos para los administradores habrán subido un 70,26% en comparación con el mismo período del año pasado.

Por su parte el promedio de la inflación interanual estimada para esos tres meses será de un 94,45% con respecto a esos meses de 2021. Corresponden 88,65% a octubre, 95,09% a noviembre y 99,60% a diciembre.

O sea que los honorarios durante estos meses habrán perdido contra la inflación -24,19 puntos porcentuales.

El AIERH

La redacción de Pequeñas Noticias consulta también los honorarios sugeridos del AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal) y la UADI (Unión Administradores de Inmuebles) porque son dos entidades de administradores que –junto a la CAPHyAI - firman los convenios colectivos del sector. Durante años estas entidades publicaron periódicamente las tablas de honorarios como parte del servicio que brindaban a los mandatarios de los consorcios.

Al momento de redactar esta nota [1] el AIERH seguía sin publicar en su sitio web institucional la tabla de honorarios del segundo semestre [vínculo].

La UADI

Por otra parte, no se pudo consultar los honorarios sugeridos de la UADI porque en su página de Facebook su última publicación sigue siendo de abril de 2018, en Twitter no informaron sobre el tema y su sitio web oficial es inaccesible [vínculo1 y [vínculo2].

Importante

Es de recordar que el artículo 14º de la Ley 941 (Registro Público de Administradores) de la CABA establece que los honorarios de los administradores se deben pactar libremente entre el mandatario y la asamblea de propietarios.

También hay que prestar atención que el inciso r) del artículo 9º de esa ley local indica que el administrador -al momento de su designación- "debe informar al consorcio en forma cierta y veraz, haciendo constar en acta detalladamente, todos aquellos servicios y trámites que realice por cuenta propia y formen parte de sus honorarios, así como también aquellos cuya realización sea encargada a otros prestadores o gestorías y que excedan la remuneración pactada por su actividad" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] 3 de octubre de 2022.


    

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