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Nueva Ley 941 El Dr. Loisi desarrolló una propuesta de reglamentación [BPN-10/02/10] El presidente de la Fundación Liga del Consorcista (LCPH), Dr. Osvaldo Loisi, realizó una propuesta para reglamentar 11 puntos de la nueva Ley 941 a pedido del Dr. Samuel Knopoff, presidente de la Federación de Asociaciones de Consorcios (FEDECO) < texto completo>.En sus palabras, la idea rectora de su trabajo fue tratar de mitigar la burocracia y el impacto que podría tener la implementación de la nueva Ley 941 en el valor de las expensas. "A mí me pareció desde siempre que cargar con demasiadas obligaciones a los administradores iba a repercutir en las expensas. Además no me parece justo que el administrador tenga que contratar personal extra para manejar todo ese papelerío. Yo llamo la atención de las autoridades que estamos en la época de Internet [...] ya se acabó el bibliorato, se acabó el papelerío inútil y las credenciales. Ahora uno mira en Internet y ve si la persona está inscripta o no...", explicó. En diálogo con Pequeñas Noticias, el Dr. Loisi explicó que en la confección de esta propuesta de reglamentación trabajó un fin de semana durante los primeros días de la segunda quincena de enero y que se concentró en los puntos que le parecieron más importantes de la Ley 3.254. La Ley 941 que en el año 2002 creó un Registro Público de Administradores en la CABA (RPA) fue modificada en noviembre pasado por la Ley 3.254 y está a la espera de su reglamentación. Una mirada pragmática En sus orígenes el Dr. Loisi no estuvo de acuerdo con lo que terminó siendo la Ley 3.254. Lo que quería era reglamentar la Ley 13.512 –la Ley Nacional de Propiedad Horizontal- en el ámbito de la CABA para adecuarla a la constitución de la CABA. Sin embargo, ya aprobada la llamada ley Abrevaya, se avino de buen grado a la solicitud del Dr. Knopoff para desarrollar algunas ideas para su reglamentación: "yo soy muy pragmático, si no se puede lo más se puede lo menos [...] Hagamos siempre el menor mal y el mayor bien posible...", aclaró. El texto de la propuesta de Loisi El presidente de la Fundación Liga del Consorcista (LCPH) trabajó sobre los siguientes artículos de la Ley 3.254: el artículo 2º (obligación de inscripción), los incisos f) b) del artículo 4º (requisitos para la inscripción), artículo 6º (certificado de acreditación), artículo 8º ( presentación de constancia de inscripción), incisos b), h) y k) del artículo 9º (obligaciones del administrador), inciso e) del artículo 12º (declaración jurada) y el artículo 13º (duración del mandato). |
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