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Ley 257 En estos días una importante parte de los consorcistas de la Ciudad de Buenos Aires están recibiendo Cedulas de Intimación para regularizar su situación frente a lo dictado por la Ley 257 de Fachadas y Balcones De esta forma se cumple lo anticipado en su momento a Pequeñas Noticias por el Sr. Rolando Norberto Ochoa, responsable del Área 257. [BPN-9/8/05] Los vecinos dispondrán de un plazo máximo de 20 días hábiles para cumplir con las exigencias de la Ley 257 y su decreto Reglamentario 1233/2000. Así reza en la Cédula de Intimación del Área 257 que depende de la Dirección General de Fiscalización, Obra y Catastro (DGFOC). Por otra parte agrega que los consorcistas están obligados a presentar el Certificado de Conservación, suscripto por profesional habilitado por el Consejo Profesional respectivo, dando cuenta del correcto estado de mantenimiento de los muros expuestos y sus partes componentes. La nota firmada por el coordinador del Área 257, Sr. Rolando Norberto Ochoa, apercibe que de no cumplirse en tiempo y forma se procederá según lo ordenado en el Art. 9º de la Ley 257 además de la aplicación de las sanciones y multas correspondientes. Es de destacar que, tal cual lo había anticipado en el evento organizado por los Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH), el pasado 7 de julio en el Hotel Lafayette (BPN Nº 263 del 12/7/05: "Barridos por la marea"), las multas que se aplicarían a los infractores serían mensuales hasta que éstos regularicen su situación. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) pone especial énfasis en advertir que "no posee ningún registro de Profesionales para realizar las tareas referidas a la Ley 257, no ha autorizado a persona alguna para actuar en su nombre, y le sugiere rechazar a quién invocando alguna representatividad oficial, ofrezca sus servicios" Por cualquier consulta los interesados se pueden dirigir a la DGFOC ubicada en Carlos Pellegrini 211, 2º piso, de lunes a viernes de 9:30 a 13:30 hs <Documento Original>. |
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