'

La herramienta exacta: Este mensaje se lee 60 mil veces por mes !!!

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


El arquitecto Jorge M. Kammerer y la Cra. Mónica G. FerreiroLey 257

No hay excepciones

El Arq. Jorge Kammerer destacó que la mayor inquietud de los administradores y propietarios que se acercaron a su stand durante la PH Expo 2005 fue conocer los alcances de la Ley 257 y los tiempos disponibles para darle cumplimiento Señaló que la mayoría de las personas creía que no las alcanzaban sus disposiciones Advirtió que por el momento sólo se está intimando a la gente pero que a los infractores se le aplicarían multas que van desde los 2 mil a los 20 mil pesos.

[BPN-18/10/05] El arquitecto Jorge M. Kammerer y la Cra. Mónica G. Ferreiro aprovecharon su participación con un stand en la PH Expo 2005 - "1° Ronda de Negocios, Exposición y Conferencias de Propiedad Horizontal, Mantenimiento y Restauración de Edificios y Countries" para asesorar en forma gratuita y solidaria a sus visitantes sobre la Ley 257 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mal conocida también como la "Ley de fachadas y Balcones".

En una entrevista concedida a Pequeñas Noticias los profesionales destacaron que los propietarios y administradores mayormente se acercaron a consultarlos sobre los alcances de esta ley y los tiempos disponibles para su cumplimiento en tiempo y forma.

"En estos dos días las inquietudes, tanto de propietarios como de administradores -en los dos casos por igual- fueron consultas sobre el tema de los alcances de la Ley 257 y si estaban dentro del tiempo que les correspondía", subrayó el Arq. Kammerer. Y agregó: "la realidad es que todos los plazos están vencidos y gran parte no sabía eso, creían que todavía estaban con tiempo y que podían cumplir o tenían cierto margen para hacer la presentación. Hoy ya no tienen ningún límite y tienen que presentarlo sí o sí".

Por su parte, la contadora Ferreiro resaltó que el certificado de conservación de la Ley 257 es un elemento importante porque "las compañías aseguradoras no cubren ningún tipo de siniestro si el edificio –por intermedio de su administrador- no cumplió con el requisito legal de presentar el informe técnico".

El Arq. Kammerer por su parte resaltó que "por el momento no se están aplicando multas. Está previsto, pero lo que ahora se está haciendo, desde el Gobierno de la Ciudad, es intimar a las personas y darles un plazo de 20 días para que el consorcio regularice la situación o por lo menos para que demuestre que se encomendó dar cumplimiento con la ley a un profesional matriculado".

Sin embargo, advirtió que "según lo que dicen desde la oficina de la Ley 257 se prevén multas que van desde los 2.000 a los 20.000 pesos" y éstas, aunque no precisó fechas, comenzarían a aplicarse.

El Arq. Kamerer explicó que la gente piensa que esta ley porteña abarca sólo a consorcios o edificios que tienen balcones. En este sentido, sostuvo: "bueno, por algo se la mal conoce como ley de balcones. Es un tema muy complejo pero incluye otras cosas que no son balcones, como molduras, carpintería, barandas...".

Otra de las preguntas recurrentes que les realizaron fue el tema de los costos de la confección del informe técnico que exige esta ley y Kammerer aclaró que "no es costosa y varía mucho de acuerdo al tipo de edificio. Lo que en general se tiene en cuenta es la complejidad del edificio y la cantidad de pisos".

Por otra parte, destacó que mucha gente cree que puede darle a un profesional a hacer el informe técnico pero las reparaciones necesarias –para abaratar costos- se lo puede encomendar a un albañil del barrio. "En realidad el profesional que emite el certificado debería ser el mismo que dirige las obras porque ese certificado es una especie de garantía por los trabajos que se hicieron", aclaró.

En este sentido, señaló que son etapas separadas: "primero la confección del informe y después ver quién es el profesional que va a ser las mejoras necesarias. Si se decide hacerlo con una empresa diferente al profesional que confeccionó el informe es importante exigirle a esta empresa que ella misma emita el certificado de conservación porque muchas realizan los trabajos exigidos y después se niegan a emitirlo. Ese es un punto importante a la hora de contratar".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

Grupo de Pequeñas Noticias en Facebook

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '