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AySA No se cobrará la conexión a quienes deseen medidores separados [BPN-13/09/19] El pasado 2 de septiembre, la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación resolvió eximir por cinco años del cobro del cargo de conexión a aquellos consorcios que soliciten la modalidad de facturación medida. Los edificios que así lo soliciten deberán readecuar sus instalaciones internas para poder ser abastecidos del vital fluido en forma independiente. Este beneficio no aplica a edificios nuevos. El control y la regulación de la implementación y del desarrollo de lo resuelto por esta medida quedó a cargo del Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) (artículo 3º). La resolución que así lo dispuso fue la 45/2019 y se publicó en el Boletín Oficial del 11 de septiembre. Textualmente su artículo 2º resuelve: "Exímase por cinco años del cobro del cargo por conexión de agua potable establecido en el artículo 17º del RANT a aquellos usuarios que soliciten la modalidad de facturación medida y que para ello readecuen sus instalaciones internas a fin de ser abastecidos de forma independiente en el marco de lo establecido en el artículo 6º del Régimen Tarifario. Lo dispuesto en el presente artículo sólo alcanzará a las unidades funcionales pertenecientes a edificios subdivididos en propiedad horizontal o régimen análogo, abastecidos mediante una o más conexiones de forma indivisa, existentes a la entrada en vigencia de la presente resolución y no será aplicable a nuevas construcciones" |
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