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Ascensores No pueden seguir trabajando los conservadores no reempadronados. De ser así, en caso de ocurrir un accidente, podría no estar cubierto por el seguro de responsabilidad civil contra terceros sin perjuicio de que el administrador o el consejo de administración tuviera que afrontar la responsabilidad legal que le cupiera. En su momento todos los conservadores de ascensores quedaron obligados a reempadronarse ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 578/01 que así lo establecía derogando el decreto 220/96 que venía rigiendo hasta el momento. Para reempadronarse las empresas conservadoras debieron presentar a la gobernación toda la documentación que requería el decreto 578/01 para que ésta la analizara y emitiera un permiso que tiene una vigencia de un año a cuyo término la empresa deberá revalidarlo. Así fue que el 31 de enero del 2002 venció el plazo para este trámite y todas las empresas que por cualquier razón no pudieron cumplir con esta obligación o la cumplieron y no fueron aprobadas, están inhabilitadas para seguir prestando servicio de conservadores de ascensores. Es conveniente que los administradores y/o consejos de administración controlen que las empresas conservadoras que prestan este servicio estén debidamente habilitadas para evitar las penalidades previstas que son bastante severas.
Aquellos que quieran consultar el Decreto 578/01 lo pueden hacer haciendo click con el ratón en el vínculo o en nuestro sitio el la sección Legislación sobre la Propiedad Horizontal dentro de la opción del menú principal Legislación.
Por otra parte sobre este tema hemos recibido del Sr. Leonardo Betelu, miembro de la comisión directiva de la Cámara de Ascensores y Afines el siguiente e-mail:
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Nota de la redacción: A partir de las dificultades que se presentaron para abrir el archivo de tipo Excel, se publicó en nuestro sitio la lista completa de las empresas conservadoras con permiso anual según el Decreto 578/01 y con permiso provisorio por falta de constancia de habilitación (falencia de la G. C. B. A.). Para acceder a la información puede hacer click en el vínculo o a la sección Conservadores de Ascensores con Permiso Anual y Provisorio dentro del ítem de menú principal Servicios varios. |
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