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Ascensores

La gestión de las obleas en 5 pasos

Ante la gran cantidad de consultas recibidas en la redacción de Pequeñas Noticias sobre la forma en que los administradores y propietarios deben gestionar las obleas obligatorias para el control de seguridad de los ascensores en la Ciudad de Buenos Aires nos acercamos a la DGFOC(1)  y consultamos qué pasos se deben seguir para cumplir con lo dispuesto en el Decreto 1734

    

Paso 1: Conseguir el/los formularios

Dirigirse a la oficina de Dirección de Instalaciones del DGFOC sita en Carlos Pellegrini 211 en el 2º piso de lunes a viernes de 9:30 a 13:30 para retirar una SOLICITUD DE TARJETAS DE CONTROL DE SEGURIDAD Y CONTROL DE CONSERVACIÓN DE ASCENSORES por libro de inspección ascensores a cargo. O sea que si en un edificio existen más de un ascensor registrado en un sólo libro se necesitará un solo formulario. En caso de que en un edificio existan más de un libro de inspección se retirará un formulario por libro.

También se podrá imprimir este formulario desde nuestro sitio WEB www.PequenasNoticias.com.ar en el item Legislación/Modelos y Formularios o haciendo click aquí

Paso 2: Completar los datos

Completar los datos exigidos en el formulario donde se consignará en carácter de qué se realiza la solicitud: Propietario, Administrador o Apoderado. El propietario deberá adjuntar fotocopia de la escritura de propiedad del inmueble, el administrador adjuntará fotocopia de protocolización ante escribano público de la designación por el consorcio de propietarios y el Apoderado debera adjuntar fotocopia del poder legal ante escribano público o con la firma certificada por un banco.

Deberá también completar los datos del edificio, de los ascensores que posee, del conservador, de su representante técnico y del representante técnico suplente. La mayor parte de estos datos constan en el libro de inspección de los ascensores habilitados.

     

Distribución de las obleas de Control de Seguridad y Conservación

A) Oblea de Control de Conservación

La Oblea adhesiva se coloca en el interior del ascensor y debe ser firmada para registrar la verificación mensual y la empresa responsable.

B) Oblea de Control de Seguridad

Se coloca en los pasillos junto al ascensor y debe presentar el rótulo del estado mensual correspondiente.

Paso 3: Timbrado del formulario

Una vez completados el/los formularios se deben sacar fotocopias del Permiso de habilitación de cada máquina, la póliza de seguro de responsabilidad civil del edificio con discriminación del monto destinado a las máquinas en cuestión y último recibo de pago de la póliza de seguro. Con estos originales, sus fotocopias, los formularios correctamente completados y su Documento de Identidad se debe dirigir a la Caja situada en el 1º piso de Carlos Pellegrini 211 de lunes a viernes de 9:30 a 13:30 para abonar el timbrado de la/las solicitude(s). Costo del timbre: $10 por formulario.

    

Paso 4: Presentación del formulario timbrado

Subir en el mismo edificio a la Mesa de Entrada del 3º piso para ingresar toda la documentación como antecedente y recibirá en ese acto un comprobante de ingreso por cada uno de los formularios y su documentación respaldatoria correspondiente.

     

Paso 5: Retiro de las obleas de Control de Conservación y Seguridad

Munido del comprobante de ingreso por antecedentes, recibido en su oportunidad, se podrán retirar las obleas dos semanas después, previo pago de $10.- cada una por ascensor, en la Dirección de Instalaciones del DGFOC también situada en Carlos Pellegrini 211 en el 2º piso de lunes a viernes de 9:30 a 13:30 donde deberá llenar un formulario donde constará la recepción de las mismas.

Para aclarar el tema de costos, si en el edificio hay dos ascensores registrados en un mismo libro de inspección se deberá abonar $10.- por el formulario la primera vez y $20 por cada uno de los ascensores o sea $10+$20+$20=$50.-

Los rótulos de colores rojo, verde y amarillo que indican el estado de mantenimiento de los ascensores deberán ser tramitados por los mismas empresas conservadoras de ascensores.

    

NOTA: Se reitera que la normativa está plenamente vigente y sólo fue suspendida por 60 días la penalización por incumplimiento para darle tiempo a los consorcista y administradores a cumplir con los términos del Decreto 1734/02Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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(1) Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

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