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Registro
Público de Administradores de la CABA
Más
del 10% de los multados por el RPA es reincidente
Sin
embargo Defensa y Protección del Consumidor de la CABA -a
la hora de evaluar la segunda o tercera sanción- sólo en
un tercio de los casos tomó en cuenta la reincidencia
En los restantes dos tercios resaltó explícitamente que
no eran reincidentes o no mencionó el tema.
[BPN-15/05/20]
Del total de multados por el Registro Público de
Administradores (RPA) porteño el 10,6% es
reincidente. Sin embargo de esa cantidad, Defensa y
Protección del Consumidor de la CABA sólo en el
34,4% de los casos tomó en cuenta la reincidencia a la
hora de evaluar la sanción a aplicar. En el restante
65.6% resaltó explícitamente que no lo eran o se abstuvo
de mencionar el tema.
Para
realizar este trabajo, la redacción de Pequeñas
Noticias consideró las disposiciones...
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Consorcios
en tiempos de pandemia
Carrillo
y Larreta se reunieron con encargados para agradecer
El
secretario de Atención y Gestión Ciudadana de la CABA, informó que
junto a Horacio Rodríguez Larreta se reunió con encargados de edificios
para agradecerles personalmente "su colaboración en estos
momentos"
En una encuesta realizada por Pequeñas Noticias el 52% opinó que el
encargado colabora con las personas mayores y el 43% opinó que no.
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Consorcios
en tipos de pandemia
Falleció
uno de los primeros encargados de edificio por COVID-19
Se
trataba de Antonio Ángel Castillo, un hombre de buena salud, de 60 años
que cumplía tareas dos veces por semana en un edificio porteño
El 11 de abril fue a la Clínica de la Ciudad por primera vez, el 13 se lo
internó y el 26 falleció
Sería uno de los primeros casos de un trabajador del sector que fallece
por este motivo.
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CASIPH
Sin
ayuda del Gobierno nacional y local no alcanzan las
expensas
La
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos para la PH
denunció que ni el Gobierno nacional ni el porteño tomó
ninguna medida relevante para paliar la situación de los
consorcios y sus habitantes causada por la cuarentena
Reveló que el Banco Ciudad suspende la firma de los
administradores en las Cuenta Consorcio a pesar que el
GCABA prorrogó sus mandatos automáticamente mediante una
disposición.
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Consorcios
en tipos de pandemia
Awad
reclamó a los bancos accesibilidad a Larreta asistencia
El
presidente del Colegio de Abogados de la Capital Federal
denunció que los cajeros automáticos, los servicios
informáticos y telefónicos que prestan los bancos no
cumplen con las exigencias de accesibilidad previstos por
la normativa
Pidió también al jefe de Gobierno porteño que destine
voluntarios para atender a personas con discapacidad.
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Consorcios
en tiempos de pandemia
A
partir de mañana vuelven las mudanzas
en la CABA
Podrán
comenzar a partir del sábado 16 de mayo y se habilitarán
sólo para los fines de semana
Así lo resolvió el Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción porteño
Aprobó también un estricto protocolo de higiene.
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Víctor
Santa María
Parte
de la programación de Radio del Plata será del Grupo
Octubre
Salvo
espacios ya comprometidos previamente manejará la
programación de lunes a viernes de las seis a la
medianoche
Mientras tanto los trabajadores de Página/12 denuncian
que desde el segundo semestre del año pasado no hay
recomposiciones paritarias y que la mayoría de los trabajadores del medio está por debajo de la línea de
pobreza.
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Rincón Solidario
Le solicité el permiso de circulación
por la Dra. Diana Sevitz
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Correo
de Lectores
¿Hasta
cuándo el "incremento
solidario"?
(22/04/2020)
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Correo
de Lectores
¿Qué debo hacer para administrar
consorcios?
(12/05/2020)
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Consorcios
en tipos de pandemia
Encargados
de edificios denuncian abusos
El
Frente Nacional de Trabajadores de Edificios denunció que
hay trabajadores que recibieron amenazas de rebajas en sus
salarios o de despido si no trabajaban a tiempo completo y
que no se les entregan los elementos de higiene para
protegerse del Coronavirus.
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Registro
Público de Administradores de la CABA
Se
prorrogó la actualización de la matrícula del RPA
Esta
cuarta prórroga se estableció a causa del "aislamiento
social, preventivo y obligatorio" que el Gobierno
nacional estableció para proteger la salud pública
El plazo para actualizar la matrícula de los
administradores vencerá el 24 de mayo
En total se extendió un mes y 23 días.
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Consorcios
en tiempos de pandemia
A
pesar de las advertencias siguen los problemas con
médicos
En
esta oportunidad un consorcio en Caballito impidió a más
de 20 profesionales de la salud ingresar a sus
consultorios
Un fiscal general radicó una denuncia penal por amenazas
agravada que de prosperar acarrearía una pena a los
responsables de entre 5 a 10 años de prisión.
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Índices
de aumentos salariales para la propiedad horizontal
Tampoco
en mayo las escalas salariales aumentaron
Este
mes las escalas salariales no tuvieron aumentos
Se mantiene el "bono solidario" de
cuatro mil pesos hasta nuevas paritarias
Según la inflación estimada por el Banco Central, este
mes las escalas salariales perderán 2,5 puntos
porcentuales contra la inflación
Aunque el acumulado anual se apreció 6,41 puntos
porcentuales, el interanual perdió 3,77 puntos contra la
inflación.
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Correo
de Lectores
Cómo deducir la parte que abonará el Estado
(27/04/2020)
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Correo
de Lectores
¿El SUTERH ha extendido sus
vencimientos?
(17/04/2020)
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Registro
Público de Administradores de la CABA
Más
del 10% de los multados por el RPA es reincidente
[BPN-15/05/20]
Del total de multados por el Registro Público de
Administradores (RPA) porteño el 10,6% es
reincidente. Sin embargo de esa cantidad, Defensa y
Protección del Consumidor de la CABA sólo en el 34,4% de los
casos tomó en cuenta la reincidencia a la hora de
evaluar la sanción a aplicar. En el restante
65.6% resaltó explícitamente que no lo eran o se abstuvo
de mencionar el tema.
Para
realizar este trabajo, la redacción de Pequeñas Noticias
consideró las disposiciones sancionatorias publicadas en el
Boletín Oficial durante 4 años, 11 meses, y 1 día que
transcurrieron desde el 29 de mayo de 2014 hasta el 30 de abril de 2020.
Ese período abarca dos gestiones al frente de la DGDyPC: hasta diciembre
de 2015 Edgardo Aoun y desde enero de 2016 Vilma Bouza.
De
la misma surgió que se abrieron causas
administrativas a 579 administradores de las cuales 21 concluyeron en sobreseimientos y ocho en
apercibimientos. O sea que fueron sancionados con una multa dineraria 558
mandatarios.
De
los 558 administradores sancionados 55 recibieron dos multas
(reincidentes) y cuatro tres multas (doble reincidencia). El tiempo
promedio de reincidencia fue de 10 meses y 16 días.
Sin
embargo de 32 casos de reincidencia analizados por la redacción de Pequeñas
Noticias surgió que a la hora de evaluar la pena de la segunda
sanción, la dirección general de Defensa y Protección del
Consumidor en 18 casos (56,3%) consideró explícitamente que el infractor
no era reincidente y en tres (9,4%) no mencionó el tema. Sólo en 11
casos (34,4%) destacó que el administrador era reincidente y mencionó la
disposición sancionatoria previa.
La
fórmula jurídica que utiliza la repartición para asegurar que el
administrador no es reincidente es: "Finalmente, hay que tener
especial consideración que el citado no es reincidente".
El
caso de N
Llamó
la atención que la administración N fue sancionada en tres
oportunidades: una el 27 de septiembre de 2017 (BO: 15/11/18), otra el 20
de marzo de 2019 (BO: 22/07/19) y el 11 de noviembre de ese año (BO:
29/04/20). Cuando se emite la segunda disposición sancionatoria ya se
había publicado en el Boletín Oficial la primera y sin embargo se
destacó que no era reincidente. Recién en los considerandos de la
tercera sanción se destacaron las dos anteriores.
El
caso de MAS
El
caso de la administración MAS fue más llamativo aún. También fue
sancionada en tres oportunidades: el 29 de junio de 2017 (BO: 4/12/19), el
30 de agosto de ese año (BO: 1/11/19) y el 12 de noviembre de 2018 (BO:
8/01/20). En la disposición de la segunda sanción se resaltó que era
reincidente pero ya en la tercera se señaló: "hay que tener
especial consideración que la citada no es reincidente".
El
caso de GGB
La
administración GGB fue sancionada tres veces durante el 2017: una el 31
de julio (BO: 22/06/18), otra el 1º de septiembre (BO: 03/09/18) y otra
el 26 de octubre (25/01/19). Sin embargo, a pesar de los meses
transcurridos entre las tres, en la segunda y la tercera disposición
sancionatoria se destacó que no era reincidente.
El
caso de MGL
A
la administración MGL se la sancionó dos veces durante 2018 con cinco
meses de diferencia: una el 19 de marzo en la que se la multó con 9.015
pesos (BO: 5/11/19) y la otra el 30 de agosto en que se la apercibió (BO:
15/11/19). En la segunda se destacó, para evaluar la pena, que no era
reincidente.
El
caso de CAR
Se
encontraron casos en los que con diferencia de días se sancionó dos
veces a un administrador y –como es de suponer- en ambos se destacó que
no cuenta con antecedentes. Tal es el caso de la administración CAR que
fue sancionada en dos oportunidades en el mes de octubre de 2017; una el
día 6 y otra el 26 (BO: 28/12/17 y 20/12/17).
El
caso de JAG
Por
último, hubo casos –los menos- en que al administrador no se le perdonó
ningún antecedente. Tal es de la administración JAG que recibió tres
multas: una el 20 de octubre de 2016 (BO: 31/10/17), otra el 9 de abril de
2019 (BO: 15/08/19) y una última el 22 de agosto de ese mismo año (BO:
7/04/20). En todos los casos se recordó que era reincidente a la hora de
fijar la pena
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Consorcios
en tiempos de pandemia
Carrillo
y Larreta se reunieron con encargados para agradecer
Se
aprecia que Facundo Carrillo, único participante de camisa blanca, está
sin barbijo.
[BPN-15/05/20]
El pasado 23 de abril, Facundo Carrillo, secretario de Atención y
Gestión Ciudadana de la CABA, informó que junto a Horacio Rodríguez
Larreta se reunió con encargados de edificios para agradecerles
personalmente "su colaboración en estos momentos".
Así
lo hizo saber a través de su cuenta de Twitter @facucarrillo en la cual
expresó "Junto a @horaciorlarreta nos reunimos con encargados de
edificios para agradecerles su colaboración en estos momentos. Gracias
por ayudar y asistir a los vecinos, sobre todo a los adultos mayores que
los necesitan, y por reforzar la limpieza en los edificios".
En
las fotos que acompañó su publicación se puede apreciar que tanto
Carrillo como Rodríguez Larreta en las fotos de frente están de riguroso
barbijo pero Carrillo no lo tenía puesto cuando fue fotografiado de
espaldas <vínculo>.
Por otra parte el funcionario no explicó qué trabajadores estuvieron
presentes ni según qué criterio fueron elegidos para estar ahí.
Al
momento de redactar esta nota la publicación había cosechado 31 "Me
gusta" y fue reenviada 6 veces. Su cuenta posee casi ocho mil
seguidores y él –a su vez- sigue a casi dos mil personas.
Había
un acuerdo
Es
de recordar que el 20 de marzo, Carrillo y Víctor Santa María,
secretario general del Sindicato Único de Edificios de Renta y
Horizontal (SUTERH) habían firmado un convenio de
colaboración recíproca con el fin de informar a los administradores de
consorcios y a los encargados de edificios sobre las medidas adoptadas
para la limpieza e higienización de los espacios comunes de los
consorcios de la CABA.
Aparte
del deber de informar sobre la pandemia, se destacó que el sindicato
comprometió a los trabajadores del sector a dos tareas: la primera fue
asistir voluntariamente a aquellos propietarios o inquilinos que formen
parte del grupo de alto riesgo sanitario y la segunda lo puso en la
situación delicada –teniendo en cuenta que el consorcio es su
empleador- de denunciar los incumplimientos de la obligación de
aislamiento obligatorio poniendo a disposición de los propietarios o
inquilinos los canales que ofrecen tanto el Gobierno de la CABA como el de
la Nación para reportar dichos incumplimientos [1].
Sobre
este acuerdo, el Adm. Jorge Hernández, presidente de la Fundación
Reunión de Administradores (FRA), había opinado: "No
conozco en detalle ese acuerdo, pero por algunos de los intervinientes y
sus antecedentes se me ocurre que es como otra de sus habituales empanadas
sin relleno, es decir hecho para el autobombo en los medios de
comunicación sin nada de contenido que pueda ayudar a la comunidad
consorcial" [2].
Pequeñas
Noticias quiso saber
El
27 de abril Pequeñas Noticias realizó una rápida encuesta para
saber si en los consorcios donde viven, administran o trabajan los
participantes de su grupo de Facebook, los encargados asisten a las
personas mayores. Al momento de confeccionar esta nota el 52% había
opinado que sí, el 43% que no y el 4% que no sabía.
Las
opiniones fueron muy diversas: mientras Nélida (administradora) expresó
que "ayudan mucho", Graciela (también administradora) opinó
que "muy poco en algunos [consorcios]. Apenas en otros"
---
[1]
BPN Nº 678 del 16/04/20: "Carrillo
y Santa María firmaron un convenio de colaboración".
[2]
BPN Nº 678 del 16/04/20: "Jorge
Hernández, sin barbijo ni tapaboca".
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Consorcios
en tipos de pandemia
Falleció
uno de los primeros encargados de edificio por COVID-19
[BPN-15/05/20]
El pasado 26 de abril falleció a causa del Coronavirus el encargado de
edificio, Antonio Ángel Castillo. Tenía 60 años y durante la
cuarentena cumplía labores en el consorcio de Marcelo T. de Alvear al
1.200 dos veces por semana. Sería uno de los primeros encargados de
edificio que fallece por este motivo. Lo sobrevivieron su esposa Estela
y sus hijos Ángela y Manuel, ambos mayores de edad.
Por
otra parte, el 8 de mayo el Sindicato Único de Trabajadores de
Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) publicó en su página
de Facebook una nota de pésame para "los familiares y allegados de
los dos encargados fallecidos a causa del COVID-19, que se encontraban
dentro de los grupos de riesgo". Sin mencionar el nombre de los
fallecidos agregó: "Además, acompañamos a los nueve encargados
internados por coronavirus y a quienes ya lograron recuperarse"
aunque recalcó que "todos los contagios se produjeron antes de que
comience la cuarentena" < fuente
original>.
Antonio
Ángel Castillo
En
diálogo con Pequeñas Noticias su hijo contó que se trataba de
una persona sana, que se había desempeñado habitualmente en trabajos
físicos exigentes como es el de la construcción y gustaba de andar en
bicicleta. Recordó que, en su momento, integró el equipo de trabajadores
que construyó el edificio en el que posteriormente trabajó durante 22
años. En el plano personal, Manuel destacó que era un hombre reservado
cuya prioridad era cuidar de su familia.
Explicó
que hasta la implantación de la cuarentena cumplió con su trabajo diario
normalmente. Agregó que hasta el día 19 de marzo él no estaba incluido
en el grupo de riesgo a causa de la edad porque en ese momento el tope
eran los 65 años. Sin embargo al día siguiente el Gobierno nacional
bajó ese límite a los 60 años con lo cual él quedó automáticamente
incluido dentro del grupo que estaba exceptuado de presentarse en el lugar
de trabajo. Ante esta situación y luego de algunas negociaciones Antonio
acordó con la administración trabajar dos veces por semana y así lo
hizo hasta el sábado 11 de abril. Ese día se sintió mal y luego de
cumplir su jornada de trabajo se acercó a la Clínica de la Ciudad.
Manuel
relató que si bien se le realizaron estudios para detectar si estaba
contagiado con el virus COVID-19 los médicos deciden enviarlo a su casa.
El
lunes 13 de abril la situación de Antonio había empeorado muchísimo y
su familia llamó a una ambulancia que finalmente se demoró ocho horas en
llegar. Ante esa tardanza y viendo el sufrimiento de su padre, su hijo por
sus propios medios lo llevó a la Clínica de la Ciudad donde ingresó a
terapia intensiva. Trece días después falleció.
Durante
el tiempo que el padre estuvo enfermo, su hijo Manuel estuvo a cargo de
todos los trámites y con la ayuda de su abogado consiguió que el SUTERH
(Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal)
le reconociera parte de los gastos del sepelio.
Manuel
contó que su familia -tras el fatal desenlace- recibió el pésame de la
administración, de sus compañeros de trabajo en el edificio y de otros
amigos, también encargados de edificios.
Ante
la pregunta casi obligada de Pequeñas Noticias, reconoció que no
se comunicaron con ellos nadie del Sindicato ni ninguno de los
consorcistas para los que trabajó
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CASIPH
Sin
ayuda del Gobierno nacional y local no alcanzan las expensas
Gabriel
Rollandi, presidente de CASIPH [foto archivo Pequeñas Noticias].
[BPN-15/05/20]
El pasado 5 de mayo, la Cámara Argentina de Sistemas Informáticos
para la Propiedad Horizontal (CASIPH) denunció que ni el
Gobierno nacional ni el porteño tomó ninguna medida relevante para
paliar la situación de los consorcios y sus habitantes causada por la
cuarentena que causó la pandemia del Coronavirus (COVID-19).
En
primer término, al Gobierno nacional le reprochó el haber dejado de lado
a los consorcios de los beneficios y el cuidado promovido por el ATP
(Programa de Asistencia al Trabajo y la Productividad) y no
haberles establecido ningún beneficio impositivo ni diferimiento en el
pago de obligaciones mientras permite que los servicios públicos sigan
enviando facturas "por valores indignantes".
En
segundo lugar le recriminó a la gestión de Horacio Rodríguez Larreta
que no prorrogó los vencimientos de ABL y demás exigencias técnico
administrativas. Destacó especialmente que como mínimo se esperaba que
el Banco Ciudad "no suspendiera la firma de las Cuentas
Consorcio por falta de renovación de cargos [a los administradores],
cosa que viene sucediendo en plena pandemia a pesar de que sus mandatos
fueron prorrogados por el mismo GCBA en forma automática" [1].
La
comisión directiva de CASIPH explicó que los vecinos además de hacer
equilibrio en sus situaciones particulares están invirtiendo sumas
importantes en el cuidado de sus trabajadores que son considerados
esenciales y en muchos casos cargando el costo de los reemplazos de
aquellos que están en situación de riesgo.
Agregaron
también que sin ayuda no alcanzan las expensas y recordaron:
"quienes viven en consorcios están siendo doblemente castigados,
tanto a nivel personal como por ser integrantes del edificio donde
viven".
Por
último advirtieron: "Sin expensas se pierden los servicios, se
pierde la higiene y se pierde la seguridad en nuestra propia casa con
consecuencias dramáticas".
Así
lo dio a conocer mediante un comunicado publicado el jueves 7 en su
página de Facebook < vínculo>
---
[1]
BPN Nº 678 del 16/04/20: "Se
prorrogó el mandato de los administradores hasta fin de mayo".
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Consorcios
en tipos de pandemia
Encargados
de edificios denuncian abusos
Gabriel
Irala, presidente del Frente Nacional de Trabajadores de Edificios
(FreNTE) [foto archivo Pequeñas Noticias].
[BPN-15/05/20]
El pasado 21 de abril, el Frente Nacional de Trabajadores de Edificios
(FreNTE) denunció que trabajadores de distintas provincias
recibieron amenazas de rebajas en sus salarios o de despido si no
trabajaban a tiempo completo y que no se les entregan los elementos de
higiene para protegerse del Coronavirus".
Explicaron:
"Estos intentos de abusos tienen como finalidad amedrentar para
generar miedo a perder la fuente laboral o bien desprestigiar nuestro
trabajo para así lograr que el consorcio los despida y poder colocar
empresas de limpieza las cuales están directa o indirectamente
relacionadas con ellos mismos".
El
FreNTE agrupa organizaciones de encargados de edificios de Rosario, Santa
Fe, Capital Federal, Córdoba, Tucumán, Bahía Blanca, Catamarca,
Bariloche y Mar Del Plata.
Pequeñas
Noticias difundió este comunicado en su página de Facebook donde
alcanzó a más de mil personas, fue reenviado seis veces y cosechó casi
620 interacciones.
Rebajas
de salarios/despidos
Es
de recordar que el artículo 2º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
329/20 ordenó: "Prohíbense los despidos sin justa causa y por las
causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de
sesenta días contados a partir de la fecha de publicación
del presente decreto en el Boletín Oficial". Se publicó en el
Boletín Oficial el 31 de marzo por lo que la prohibición tendría
vigencia hasta el 31 de mayo.
El
artículo 3º de ese DNU estableció por su parte: "Prohíbense las
suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de
trabajo por el plazo de sesenta 60 días, contados a partir de la fecha
publicación del presente decreto en el Boletín Oficial".
Por
último el artículo 4º reza: "Los despidos y las suspensiones que
se dispongan en violación de lo dispuesto en el artículo 2° y primer
párrafo del artículo 3º del presente decreto, no producirán efecto
alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus
condiciones actuales".
Elemento
de protección
El
artículo 2º de la Resolución 233/20 del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social establece que "los empleadores de los
trabajadores y trabajadoras mencionadas en el artículo precedente,
deberán establecer cronogramas de prestación de servicios reducidos a
los estrictamente necesarios y deberán otorgar los elementos idóneos de
limpieza, cuidado, seguridad y prevención, con el objetivo de disminuir
el nivel de exposición de estos trabajadores y trabajadoras".
Estos
elementos son barbijos o tapabocas, alcohol en gel, lavandina, guantes de
latex para la limpieza y guantes de descarne (seguridad industrial) para
la disposición de la basura.
En
diálogo con Pequeñas Noticias, Gabriel Irala, presidente
del FreNTE, explicó que existe mucha presión por parte de los
administradores para que los encargados cumplan horario completo a pesar
de que el Ministerio de Trabajo explícitamente ordenó que el cronograma de
prestación del servicio deba ser reducido y las tareas a realizar en el
consorcio estar circunscriptas o las estrictamente esenciales.
Por
otra parte tranquilizó a sus compañeros explicando que el administrador
no posee la potestad de despedir al personal del consorcio sin el respaldo
de una asamblea de copropietarios que así lo disponga. Como antecedente
se puede mencionar que el inciso f) del artículo 2067 del Código Civil y
Comercial de la Nación establece que el administrador tiene derecho a
"nombrar y despedir al personal del consorcio, con acuerdo de
la asamblea convocada al efecto".
Finalmente
el comunicado explicó: "Tenemos leyes que nos protegen mientras que
nosotros hagamos nuestro trabajo con responsabilidad, acatando nuestro CCT
589/10 y el DNU decretado por nuestro Presidente. Nadie puede poner en
peligro nuestra fuente laboral, por lo tanto no debemos tener temor a
ninguna amenaza ni intento de amedrentamiento. Somos trabajadores
esenciales en esta pandemia. Mostremos compromiso y responsabilidad que
todo va a estar bien, Dios mediante"
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Consorcios
en tipos de pandemia
Awad reclamó a los bancos accesibilidad a Larreta asistencia
Eduardo
Awad, presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y
coordinador de la Comisión de Discapacidad [foto archivo Pequeñas
Noticias].
[BPN-15/05/20]
El pasado 14 de febrero, El Dr. Eduardo Awad, en su carácter de
presidente del Colegio de Abogados de la Capital Federal (CPACF),
denunció que los cajeros automáticos, los servicios informáticos y telefónicos que prestan los bancos no cumplen con las exigencias de
accesibilidad previstos en la normativa que impuso el Banco Central de la
República Argentina en 2013. Esta discriminación contra las personas con
discapacidad agrava su situación por el aislamiento que les causa la
cuarentena obligatoria que se impuso por la pandemia del Coronavirus.
Así
se lo hizo saber al Banco Central de la República Argentina con
copia al presidente de la Nación, Dr. Alberto Fernández y al
ministro de Desarrollo Social, Lic. Daniel Arroyo. Ese mismo día
también lo difundió en su cuenta de Facebook < vínculo>.
En
otro orden de cosas pero dentro del mismo tema, Awad explicó a Pequeñas
Noticias que el Gobierno de la ciudad de Buenos Aires tiene un grupo
de 40 mil voluntarios para asistir a los adultos mayores y que le
solicitó a Horacio Rodríguez Larreta "que incluya, dentro de
los grupos a asistir, a las personas con discapacidad en la ciudad de
Buenos Aires. Hay 450 mil personas con discapacidad muchas de las cuales,
necesitarían de esa asistencia".
Entre
los ejemplos de aquellos que necesitan ayuda mencionó: "Ciegos que
viven solos o con otras personas con discapacidad, con personas mayores;
personas en silla de ruedas, etc.".
Con
respecto a la solicitud de asistencia de voluntarios a personas con
discapacidad que le realizó a Rodríguez Larreta, el presidente del CPACF
informó a este medio: "Lo estoy manejando en comunicación directa
con el jefe de Gobierno. Me llama y lo llamo permanentemente por este tema
y otros".
Los
servicios financieros
Las
normas sobre "Protección de los usuarios de servicios
financieros" que obligó a las entidades financieras a tomar los
recaudos necesarios para evitar que se produzcan actos discriminatorios
contra su clientela, incluidos aquellos con discapacidad, fue aprobada por
el BCRA el 24 de enero de 2013 mediante la Comunicación "A"
5.388.
Como
"claro acto discriminatorio" Awad detalló:
1.-
Ausencia de cajeros adaptados con el correspondiente audio.
2.-
Los cajeros adaptados, sólo tienen las operaciones de: "Consulta de
saldo", "Extracción" y "Cambio de clave".
3.-
La accesibilidad al espacio físico no se respeta.
4.-
Los sitios web, en su desarrollo, desconocen la normativa de acceso a la
información pública (Ley 26.653) y las recomendaciones de la W3C de
accesibilidad en la WCAG 2.0.
5.-
Solicitar turnos a través del sitio principal es imposible y sin opción
telefónica.
5.-
Se observa en el servicio de homebanking y las aplicaciones la
ausencia de buenas prácticas de accesibilidad y con operaciones
restringidas al uso de tokens, por ejemplo:
"Transferencias".
6.-
Los tokens como segundo factor de seguridad son imposibles de
utilizar por falta de accesibilidad. Para sacarlo hay que ir a un cajero
automático que no tiene dentro de sus opciones la de obtener esta clave.
7.-
Las billeteras de pago y Cuenta DNI, anunciadas para la inclusión, son
totalmente inaccesibles hasta para registrarse y ni contar para la
extracción de dinero en los cajeros (Punto Efectivo) que tampoco tienen
la opción accesible.
8.-
La atención telefónica requiere una clave que muchas veces no se
encuentra en poder del usuario y tiene que ir al cajero a sacarla (Clave
de Canales) que tampoco se encuentra en el listado de operaciones
accesibles al colectivo de personas con discapacidad visual.
9.-
Para la atención en casas operativas o sucursales, el Manual de
procedimientos y atención prioritaria no existen
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Registro
Público de Administradores de la CABA
Se
prorrogó la actualización de la matrícula del RPA
Vilma
Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor de
la CABA [foto archivo Pequeñas Noticias].
[BPN-15/05/20]
El pasado 27 de abril, la directora general de Defensa y Protección
del Consumidor de la CABA, Vilma Bouza, prorrogó hasta el 24
de mayo el plazo para la actualización de matrícula de los
administradores, "los plazos administrativos correspondientes a las
actuaciones en trámite" y la realización de audiencias en las sedes
comunales.
Es
la cuarta prórroga que se ordena a causa del Coronavirus: la primera que
se estableció para la actualización de la matrícula fue desde el 1º de
abril hasta el 12 [1], la segunda hasta el 26 de abril [2],
la tercera hasta el 10 de mayo [3] y la cuarta hasta el 24 de
mayo. En total se extendieron estos plazos 53 días (un mes y 23 días).
Así
lo dispuso mediante la Disposición 3.156 del 12 de mayo que se publicó
en el Boletín Oficial el 14 de mayo de 2020.
Actualización
de la matrícula
El
2 de abril el artículo 5º de la Disposición 2594 de la DGDyPC ordenó:
"Prorrógase excepcionalmente por el término de sesenta (60) días
corridos, el plazo para la actualización de matrícula de aquellos
administradores cuya obligación se encontraba prevista (conforme lo
indicado en el último certificado expedido por este Organismo, respecto
del período anterior) en el plazo comprendido entre los días 01 de abril
y hasta el 12 de abril de 2020 inclusive".
El
13 de abril la Disposición 2627 modificó la finalización del plazo que
había establecido el artículo 5º de su predecesora. El texto final
estableció: "... en el plazo comprendido entre los días 01 de abril
y hasta el 26 de abril de 2020 inclusive".
La
Disposición 2718 simplemente determinó: "Prorrógase, hasta el día
10 de mayo de 2020 inclusive, el plazo establecido en el artículo 5° de
la Disposición N° 2594/DGDYPC/20, modificado por el artículo 3° de la
Disposición N° 2627/DGDYPC/20".
Por
último la Disposición 3156 ordenó: "Prorrógase, hasta el día 24
de mayo de 2020 inclusive, el plazo establecido en el artículo 3° de la
Disposición N° 2718/DGDYPC/20".
La
novedad es que agregó: "El plazo dispuesto en los artículos
precedentes se considerará prorrogado en forma automática, conforme las
extensiones que eventualmente disponga el Poder Ejecutivo Nacional en
relación a la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio,
por el término allí previsto".
O
sea que ya no habrá más disposiciones, si el Poder Ejecutivo extiende la
cuarentena automáticamente se extenderá el plazo para actualizar la
matrícula de los administradores
---
[1]
Disposición 2594/DGDyPC/20.
[2]
Disposición 2627/DGDyPC/20.
[3]
Disposición 2718//DGDyPC/20.
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Consorcios
en tiempos de pandemia
A
partir de mañana vuelven las mudanzas en la CABA
[BPN-15/05/20]
El pasado 12 de mayo, el Gobierno de la CABA autorizó las mudanzas de
propietarios o inquilinos sólo durante los fines de semana a partir del
sábado 16 de mayo. Las empresas y sus empleados deberán cumplir con un
estricto protocolo de higiene.
Sin
embargo el Gobierno porteño, en su sitio web oficial, explicó: "El
aislamiento social y obligatorio en las casas continúa en la Ciudad.
Está centrado en la responsabilidad de la gente y las medidas se
sostienen en un delicado equilibrio que depende en gran medida de la
autorregulación. Este plan de apertura gradual de actividades coordinado
con el Gobierno Nacional y el de la Provincia de Buenos Aires será
evaluado y si es necesario podría volverse a atrás con las medidas. La
salud sigue siendo la prioridad en una pandemia en la que la circulación
de la gente marca la evolución de los contagios".
Las
mudanzas y el "protocolo para el funcionamiento de actividad de
fletes y mini fletes para mudanzas para prevención y manejo de casos de
COVID-19" fueron autorizadas por la Resolución
127 y su anexo
firmada por José Luis Giusti, ministro de Desarrollo Económico y
Producción.
La
Cámara Argentina Empresarial del Flete y Miniflete (CAEFyM)
promueve que las empresas y sus trabajadores adopten las siguientes
medidas sanitarias:
1.-
Ingreso limitado de personas previa desinfección de sus manos con alcohol
en gel u otro desinfectante equivalente y uso de tapaboca o barbijo.
2.-
Utilizar tapabocas y evitar tocarse la cara sin lavarse las manos o
utilizar alcohol en gel previamente.
3.-
Tener y utilizar los elementos de cuidado y desinfección.
4.-
Mantener una distancia social mínima de 1,5 metros.
5.-
Ventilar frecuentemente y durante 10 minutos el camión y dejarlo al sol
cuando sea posible.
6.-
Rotular utensilios propios y de uso exclusivo (tazas, cucharas,
lapiceras).
7.-
Desinfectar constantemente el volante, el picaporte y aquello que se
encuentre dentro de sus metros como vidrio y luneta.
8.-
En la limpieza incluir objetos de uso propio: billetera, lapicera,
superficie de tabletas, teléfonos móviles y cargadores. En servicio, se
debe cambiar su muda de ropa
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Consorcios
en tiempos de pandemia
A
pesar de las advertencias siguen los problemas con médicos
Av.
Acoyte y Av. Rivadavia, un clásico de la geografía porteña.
[BPN-15/05/20]
A pesar de las advertencias de la Defensoría del Pueblo de la
CABA, un consorcio de Caballito impidió a más de veinte profesionales de
la salud atender a sus pacientes de PAMI en los consultorios que poseen en
ese edificio. Sólo permitió ingresar a los "odontólogos y sus
correspondientes ayudantes y pacientes que deban hacer tratamientos de
urgencia".
El
hecho se conoció el sábado 2 de mayo y cuatro días después la Unidad
Fiscal de Investigación (UFI) especializada en delitos contra
el PAMI formuló una denuncia penal contra el consorcio en la que se
contempla el presunto delito de amenazas. Fue iniciada por el fiscal
federal Javier Arzubi Calvo, titular de la UFI del PAMI y recayó
en la Fiscalía Federal Nº 7, de Comodoro Py.
Fuentes
de las fiscalías señalaron a Página/12 que en los próximos días se
tomarán distintas medidas de prueba "a los efectos de que se
investigue la conducta de los responsables de la administración del
Consorcio de copropietarios".
El
fiscal aclaró: "Considero que los sucesos descriptos y atribuidos a
los responsables de la administración del consorcio de copropietarios
mencionado se encontrarían incursos en el delito previsto en el artículo
149" bis del Código Penal [1]", y agregó que para
él lo sucedido encuadraría en la tipificación según la cual constituye
delito hacer "uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a
hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad". La figura "a
su vez se ve agravada cuando ‘las amenazas tuvieren como propósito el
de compeler a una persona a hacer abandono del país, de una provincia o
de los lugares de su residencia habitual o de trabajo" (artículo
149º ter).
Es
de destacar que si bien el delito de amenazas especificado por el
artículo 149 bis contempla una pena de seis meses a dos años de
privación de la libertad, el artículo 149º ter agrava la pena a entre
cinco a 10 años de prisión o reclusión.
Los
hechos
La
cara visible de la denuncia fue el infectólogo Rubén Solari, jefe
de sala del Hospital Muñiz que en su consulta privada es médico
de cabecera para afiliados de PAMI. Éste explicó a Página/12 que el
consorcio no había comunicado nada. Sólo se enteraron por la seguridad
del edifico en el momento en que les impidió la entrada.
La
nota de la administradora del consorcio dirigida al encargado de seguridad
asegura que "se deberán cumplir y hacer cumplir las normas emanadas
del Poder Ejecutivo Nacional y del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires". Añade que "según la legislación vigente [...] solo se
permitirá el ingreso al edificio de los propietarios e inquilinos que
habiten el edificio, personal de mantenimiento propio del edificio y
externo acompañado por personal del edificio".
En
ese sentido, detalló que "solo podrán ingresar odontólogos y sus
correspondientes ayudantes y pacientes que deban hacer tratamientos de
urgencia". Todos ellos deben dejar acreditado "nombre y apellido
del profesional interviniente, día y hora del tratamiento" y hacer
"llegar a esta administración" toda esa información privada.
Además, detalla, "queda terminante prohibido el ingreso y
circularización de cualquier otra especialidad que no sea la antes dicha,
y para lo que adjunto normativa expresa de los gobiernos nacional y de
ciudad. Los consultorios de otras especialidades no están autorizados por
ahora".
El
médico Solari relató que la administración adujo "que se basa en
normativas del Gobierno nacional porque entre las últimas excepciones
habilitadas durante el aislamiento hay un inciso, el 5, que habla sobre
atención médica", y agregó: "Pero ese inciso se refiere a
atención médica y odontológica programada para enfermedades crónicas
con turnos previos tomados".
"Nosotros
atendemos con turnos previos, no hay urgencias ni personas que llegan a
atenderse sin turno previo y por supuesto que se atiende con todos los
recaudos necesarios de distancia de media hora entre turno y turno,
tapabocas y todos los cuidados desde que comenzó la cuarentena",
añadió el especialista.
Es
de recordar
El
4 de abril -luego de varios incidentes contra médicos y empleados
farmacéuticos- el Defensor del Pueblo de la CABA, Alejandro Amor,
le había solicitado al titular del Registro Público de
Administradores (RPA) que –por intermedio de sus mandatarios-
se notifique a todos los consorcios que se abstengan de hostigar,
amenazar, discriminar, escrachar o insultar a aquellas personas que
trabajan en el ámbito sanitario, ya sean médicos, enfermeros,
farmacéuticos, entre otros. Advirtió que estas acciones pueden
constituir delitos penales o contravenciones locales y puso a disposición
de los vecinos [2].
Cuatro
días después, el 8 de abril, el RPA difundió un comunicado por correo
electrónico a todos sus administradores registrados en el que informó
que la Defensoría del Pueblo había "iniciado actuaciones de oficio
en relación a los sucesivos hechos de hostigamiento, amenazas,
discriminación, escraches e insultos de vecinos para con aquellas
personas que trabajan en el ámbito sanitario".
En
ese comunicado solicitó a los administradores que informen "a cada
uno de los consorcios administrados que los propietarios deberán
abstenerse de realizar acciones como las citadas precedentemente, debiendo
en caso de verificarse alguna de ellas, poner en conocimiento a la
Defensoría del Pueblo, a fin de que dicho organismo inicie las denuncias
que estimase corresponder"
---
[1]
Artículo 149 bis del Código Penal Argentino: "Será reprimido con
prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para
alarmar o amedrentar a una o más personas. En este caso la pena será de
uno a tres años de prisión si se emplearen armas o si las amenazas
fueren anónimas.
"Será
reprimido con prisión o reclusión de dos a cuatro años el que
hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no
hacer o tolerar algo contra su voluntad".
Artículo
149º ter.- "En el caso del último apartado del artículo anterior,
la pena será:
"1)
De tres a seis años de prisión o reclusión si se emplearen armas o si
las amenazas fueren anónimas; 2) De cinco a diez años de prisión o
reclusión en los siguientes casos:
"a)
Si las amenazas tuvieren como propósito la obtención de alguna medida o
concesión por parte de cualquier miembro de los poderes públicos;
"b)
Si las amenazas tuvieren como propósito el de compeler a una
persona a hacer abandono del país, de una provincia o de
los lugares de su residencia habitual o de trabajo".
[2]
BPN Nº 678 del 16/04/20: "Alejandro
Amor exige que se deje de hostigar al personal sanitario".
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Víctor
Santa María
Parte
de la programación de Radio del Plata será del Grupo Octubre
Víctor
Santa María, titular del SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de
Edificios de Renta y Horizontal) y presidente del PJ porteño [foto
archivo Pequeñas Noticias].
[BPN-15/05/20]
Los primeros días de mayo trascendió que el Grupo Octubre de Víctor
Santa María se hará cargo de parte de la programación de la AM 1030
Del Plata. Santa María es titular del SUTERH (Sindicato Único
de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) y presidente del
PJ porteño.
Así
lo hizo saber el matutino La Nación que agregó: "Se llegó a un
acuerdo por tres años para manejar parte de la programación de lunes a
viernes, de 6 a 0 hs. Afuera de este acuerdo quedan las madrugadas y los
fines de semana" y los espacios previamente pactados. En este sentido
Gustavo Hoyo, su director, aclaró: "Hay espacios que nosotros
ya teníamos comprometidos, como la llegada de Jorge Rial, que se
hará cargo de la segunda mañana (de 9 a 12) una vez que finalice la
cuarenta".
La
radio pertenece a Electroingeniería SA de Santiago y Osvaldo
Acosta y Gerardo Ferreyra desde 2009 y actualmente busca
superar conflictos gremiales y económicos. La llegada del Grupo Octubre
buscaría asegurar una programación lineal y sin sobresaltos que permita
mejorar la economía de la empresa solventando deudas y gastos [1].
Mientras
tanto en Página/12
Días
antes, el 1º de mayo, la Comisión Interna de Página/12 –otro medio
del Grupo Octubre- denunció que desde el segundo semestre del año pasado
no hubo recomposiciones salariales. Explicaron que durante el último año
los trabajadores del medio promediaron un aumento salarial de 25% cuando
la inflación superó el 50%. "El holding que encabeza Víctor Santa
María, sin acusar recibo de esa situación y sin voluntad de negociar con
los verdaderos representantes de los trabajadores, no otorgó un solo peso
para compensarla", explicaron [2].
En
diálogo con Pequeñas Noticias, uno de los delegados de SiPreBA
(Sindicato de Prensa de BA) amplió que si bien recibieron el
"incremento solidario" no se contempló para el sector ninguna
compensación por su trabajo durante la pandemia de Coronavirus. Lo que
sí, destacó que el pago de los sueldos más importantes se abonaron en
dos cuotas.
Finalmente
comentaron que "si a comienzos de 2016 el sueldo de un redactor
estaba cuatro mil pesos por encima de la canasta básica, hoy la gran
mayoría estamos muy por debajo de la línea de pobreza".
Santa
María y la crisis de la pandemia
Por
su parte, en el marco del Ciclo de Entrevistas organizado por los alumnos
de Periodismo de Perfil, Santa María ante la pregunta ¿Cómo afronta el
Grupo Octubre la crisis derivada de la pandemia? explicó: "Tuvimos
que adaptarnos. Cuidamos a los trabajadores con estrictas medidas de
seguridad. Implementamos el teletrabajo, impulsamos la web del diario (que
creció bastante el último mes y con pocos recursos) y resguardamos a
quienes pertenecen a grupos de riesgo. Con respecto a lo económico, la
pauta privada cayó entre 30% y 35%. Eso nos afectó mucho, ya que
nosotros veníamos sin pauta oficial desde la gestión de Macri y Vidal, y
con muy poca pauta del gobierno de Larreta. Por otro lado, el periodismo
es el sector que peor paritaria tuvo en 2019" [3]
---
[1]
La Nación del 5/05/20: "El
Grupo Octubre manejará parte de la programación de Radio del Plata".
[2]
Blog Trabajadores de Página/12 del 1/05/20: "1º
de mayo: esencial es el salario".
[3]
Perfil del 11/05/20: "Víctor
Santa María: ‘Tuve miedo de ir preso durante el gobierno de Macri’".
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ENCARGADO:
Estoy buscando un puesto de encargado a jornada completa o de media
jornada. Es para tener un ingreso seguro ya que tengos mis pequeños emprendimientos - Nombre:
Adrián Gómez - Llamar al teléfono: (11) 5903-0290 -
durante todo el día - Localidad: Vicente López / Pcia. de Buenos Aires - Correo electrónico:
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ENCARGADA DE EDIFICIO SIN
VIVIENDA: Busco trabajo en la zona de CABA. Tengo 54 años. Soy muy responsable, sostén de familia. Amplia disponibilidad horaria. Experiencia y referencias. - Nombre:
Mónica Esther Martuccio - Llamar al teléfono: (11) 5928-6240
de 8 a 22 hs - Localidad: CABA - Correo electrónico: mona_066@hotmail.com
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ADMINISTRATIVA EN ADMINISTRACIONES DE
CONSORCIOS: Actualmente me desempeño freelance, realizando
liquidaciones de expensas, sueldos, rubrica de libros, DDJJ ante RPA,
registros de ascensores, de empleadores. Cuento con vasta experiencia en
el área administrativa de consorcios en tareas como conciliaciones
bancarias, trato con proveedores, con propietarios conflictivos, etc. -
Nombre:
Maria Barreiro - Localidad: Capital Federal - Correo
electrónico:
eugeniabarreiro@gmail.com
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DE LIMPIEZA: busco trabajo de limpieza. Tengo experiencia y soy
responsable habituado al trabajo. Soy de zona norte Vicente Lopez -
Nombre: Horacio Torres - Llamar al teléfono:
4711-6367 - durante todo el dia - Localidad: Olivos / Pcia. de
Buenos Aires - Correo electrónico: miguel11hora@protonmail.com
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Zonas más trabajadas: Recoleta, Palermo, Almagro, Balvanera, San Nicolas
- Nombre:
Juan Carlos Tacacho - Llamar al teléfono: (11) 3357-0531 las 24
hs. - Localidad: Recoleta / CABA - Correo electrónico:
j_ranking@hotmail.com
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ENCARGADO DE
EDIFICIO: Hola soy Leandro y hago suplencias de encargado o ayudante
de edificio. Tengo experiencia, soy educado y responsable. Horario full
time. Si es necesario doy numero de referencia - Nombre: Leandro Tomassoni
- Llamar al teléfono: (11) 3042-0945 o (0237) 463-6316 de 8 a 23 hs. -
Localidad: Paso del Rey / Pcia. de Buenos Aires - Correo electrónico: marianaliendro23@gmail.com
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ENCARGADO
EDIFICIO: Busco trabajo en la CABA como encargado, suplencias o
franquero - Nombre:
Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono: (11) 3814-0928
- Localidad: CABA / Buenos Aires - Correo electrónico: avui1967@gmail.com
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CUIDADOS DE PERSONAS Y NIÑOS DAMA DE COMPAÑÍA:
Señora muy responsable con experiencia en cuidados de niños y personas.
Trato cordial con experiencia y referencias - Nombre:
Mirta Camino - Llamar al teléfono: (11) 6486-1310
durante todo el dia - Localidad: Villa del Parque / CABA - Correo
electrónico: mirtasavoy@hotmail.com
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EMPLEADA EN ADMNISTRACION DE
CONSORCIOS: Soy administradora de consorcios matriculada. No
administro ninguno. Hace 2 años que estoy desempleada y necesito
trabajar. Tengo 46 años - Nombre: Edith Tuschi - Llamar al
teléfono: (15) 2752-8814
de 9 a 20:00 horas - Localidad: CABA - Correo electrónico: edithtuschi@gmail.com
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ENCARGADO O SUPLENTE DE PEQUEÑOS, MEDIANOS Y GRANDES
CONSORCIOS: Busco trabajo preferentemente en Capital Federal. Tengo
experiencia en conserjería de edificios tanto de pequeños como medianos
y grandes. Referencias comprobables. - Nombre:
Ricardo Milano - Llamar al teléfono: (15)2251-8835 de 9 a 20 hs.
- Localidad: CABA / Buenos Aires - Correo electrónico: milano.ricardo88@gmail.com
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Índices
de aumentos salariales para la propiedad horizontal
Tampoco
en mayo las escalas salariales aumentaron
[BPN-15/05/20]
Las escalas salariales [1] del sector de la propiedad
horizontal no se mueven desde marzo, si bien la inflación de este año
fue aumentando a un promedio de un 2,32% en un rango que fue desde el 1,5%
en abril hasta un 3,3% en marzo.
Según
estimados del Banco Central de la República Argentina (BCA)
en mayo y por segundo mes consecutivo los ingresos de los encargados
perderán frente a la variación de precios 2,5 puntos porcentuales.
Por
otra parte, si bien en el acumulado anual sus escalas salariales muestran
una apreciación con respecto a la inflación del 6,41% en términos
interanuales se depreciaron en un 3,77%.
INDEC
Según
el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el INDEC
la inflación de abril fue de un 1,5% mientras que el Relevamiento de
Expectativas del Mercado (REM) que mide el Banco Central de
la República Argentina (BCRA) estimó que la de mayo será de
un 2,5%. Según estos números, la inflación acumulada anual será de un
12,14% y la interanual de un 44,84%.
Jubilados
En
mayo los haberes de los jubilados disminuirán en tres mil pesos con
respecto al mes pasado porque en abril recibieron un bono extraordinario
por esa cifra que –por lo que se sabe hasta ahora- no se repetirá este
mes. En términos porcentuales esto significará un retroceso de un
-15,88% con respecto a abril. En billetes, en mayo el haber mínimo será
de 15.892 pesos contra los 18.892 de abril..
En
diciembre del año pasado ese haber estuvo en 19.068 pesos -a causa de un
bono de 5 mil pesos que se repitió en enero- por lo que el aumento
acumulado anual también arrojará números negativos: -34,12%.
Por
último, el incremento interanual estuvo en el 52,81%. En mayo del año
pasado el haber mínimo estuvo fijado en los 10.400 pesos mensuales.
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Escalas
Salariales |
INDEC/REM |
Incremento
mensual |
--- |
2,50% |
Acumulado
anual |
18,55% |
12,14% |
Incremento
Interanual |
41,07% |
44,84% |
El
incremento mensual
Durante
mayo no aumentaron las escalas salariales con respecto a abril. Se mantuvo
el "Incremento solidario" de cuatro ml pesos mensuales para
todas funciones de jornada completa y la mitad para los de media jornada
que ordenó el Decreto de Necesidad y Urgencia 14/20 del 3 de enero (BO:
4/03/20) [2].
El
incremento anual acumulado
El
incremento acumulado de las escalas salariales durante los primeros cinco
meses del año se mantuvo sin variantes en el 18,55%.
El
promedio de las escalas salariales durante diciembre del 2019 fue de
37.866 pesos y durante mayo fue de 44.889 pesos.
El
incremento interanual
Desde
marzo de 2019 hasta mayo de 2020 las escalas salariales crecieron un
41,07%.
En
mayo del año pasado el promedio de las escalas salariales fue de 31.820
pesos mensuales mientras que ese mes de este año fue de 44.889 pesos.
El
promedio interanual
Por
su parte el promedio de las escalas salariales de los primeros cinco meses
del año pasado contra el promedio de esos meses durante este año fue de
un aumento del 55,15%
---
[1]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En octubre y noviembre se sumó los 2.500 pesos otorgados por el
Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y
septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto
haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional
mediante el Decreto 561/2019. Se sumó el incremento salarial que otorgó
el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para
enero y mil pesos más para febrero y meses subsiguientes.
[2]
BPN Nº 672 del 15/01/20: "Este
mes las escalas suben en tres mil y en febrero en mil más".
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Rincón
Solidario
Le
solicité el permiso de circulación
por la Dra. Diana Sevitz
Buenas
tardes Dra. Diana Sevitz:
Leí
atentamente su publicación y tengo una pregunta.
La
administradora de mi edificio repartió las expensas en papel como lo hace
habitualmente, le cobró las expensas a personas mayores de 60 años y le
pagó al portero que vive en el edificio ingresando al mismo sin barbijo.
La misma no posee domicilio en la proximidad del consorcio.
Al
respecto de lo sucedido le solicité el permiso de circulación el cual no
exhibió.
Si
esta situación volviera a repetirse, ¿cómo me aconseja enfrentar esta
situación?
Saludos
cordiales
Manuel
(22/04/2020)
Estimado
Manuel:
Estamos
viviendo épocas anormales y de mucha incertidumbre. Algunas profesiones
han sido literalmente prohibidas para ejercer en forma personal y entre
ellas les ha tocado a los administradores. Un error jurídico como los
muchos que se han cometido cuando quien legisla no es el poder
legislativo si no el ejecutivo por decretos de necesidad y urgencia.
Obviamente en estas circunstancias los DNU no son indiscutibles por ahora.
Quien los haya confeccionado no tiene idea del rol de los administradores
en un consorcio y de la importancia que tienen éstos para que nuestros
edificios sigan funcionando, aún en estos momentos. Sin ejercer ninguna
defensa para los administradores, esta es la cruda realidad de lo que
ocurre hoy.
Sin administradores en función y sin encargados limpiando nuestras casas,
los edificios se hubieran vuelto un caos.
Que
su administrador haya repartido las expensas a los mayores de 60 años,
surge de la potestad que tiene ese parte de la población de adultos
mayores, de ser exceptuados conforme lo normado por el artículo 1º de la
Disposición 2592/GCABA del pasado 18 de marzo que admite que por razones
fundadas se pueda solicitar que se entregue las expensas en formato papel.
Quiero suponer que el administrador habrá evaluado las razones del pedido
de estas personas para que sean entregadas en ese formato.
Que
haya cobrado las expensas a las personas mayores de 60 años será porque
su consorcio no tiene cuenta corriente y si las tiene tal vez el
administrador haya querido ayudarlas dado que algunas no se encuentran
familiarizadas, con el manejo bancario.
Respecto
al certificado de desplazamiento -o mal llamado salvoconducto- solamente
debe ser exhibido ante las autoridades policiales, únicas autorizadas
para corroborar que se cumpla con el aislamiento sanitario obligatorio. Si
bien los administradores no son considerados como profesionales esenciales
-una omisión jurídica muy grave- existen situaciones que ameritan que el
administrador concurra al edificio.
Respecto
del barbijo, desconozco qué día el administrador concurrió, si fue antes
del 12 de abril no era obligatorio el uso del mismo conforme la
Resolución 15. A partir de esa fecha es obligatorio su uso en todo el
ámbito de la CABA.
Después
de estas breves explicaciones vertidas, si Ud. considera que su
administrador incumple el DNU 260/2020 y sus prórrogas, tiene la facultad
de hacer la denuncia ante las autoridades de aplicación.
Esperando
haber respondido su inquietud, lo saludo muy atte.
Dra.
Diana Sevitz
---
La
Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal
y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa
de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre
temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le
puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar
o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.
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Correo
de Lectores
Cómo
deducir la parte que abonará el Estado
Buenas
tardes:
He
leído su nota acerca de cómo liquidar abril y quería consultar si
tienen algo de información nueva acerca de cómo deducir la parte que
abonará el Estado ya que he obtenido el beneficio.
Gracias
Carolina
(27/04/2020)
¡Hola
Carolina!
Sí,
todos estamos pensando en eso y a medida que pasan los días vamos
descubriendo cómo hacerlo. Varios pueden ser los casos, según se hayan
abonado o no los sueldos de abril 2020 y la Cámara de Propiedad
Horizontal lo explica en su Circular N° 76 del mes de mayo en el punto 4
y 5. Aquí lo compartimos:
4)
Sueldos del mes de abril
Dado
que AFIP comenzó a notificar a los consorcios a partir del 11 de mayo y
que según plazos legales el 7 de mayo pasado venció el plazo para abonar
los haberes de abril, en este caso dependerá de lo que haya hecho cada
consorcio:
4.1)
En caso de haber abonado íntegramente el sueldo de abril, de acuerdo a la
Resolución 408/2020 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el
monto ahora transferido por el Estado debe considerarse a cuenta del
sueldo de mayo de 2020.
4.2)
En caso de no haber abonado los haberes de abril, el empleador deberá
pagar la diferencia entre el monto neto según recibo de sueldo menos el
importe del salario complementario transferido por Anses.
4.3)
En caso de haber efectuado un pago parcial, deberá considerar ahora el
monto del salario complementario afrontado por Anses. Si existiera
diferencia a favor del empleador, quedará a cuenta del período mayo, en
tanto que, si la diferencia es a favor del empleado, deberá abonarla
ahora.
5)
Confección de los recibos de sueldos
Si
bien está sujeto a las situaciones descriptas en el punto anterior, en
los recibos de sueldos de abril o mayo según corresponda debe
explicitarse en un renglón por separado y con la leyenda "salario
complementario" el monto abonado por Anses. La sumatoria de este
valor más la parte abonada por el empleador debe coincidir con el monto
del salario neto que le hubiera correspondido percibir al trabajador en
caso de que no existiera el beneficio.
Vale
la pena transcribir también el punto 6 de la misma circular para
enfatizar que lo abonado por Anses debe aportar y contribuir para todas
las cargas sociales salvo que se haya obtenido el beneficio del Programa
ATP:
6)
Confección de la Declaración Jurada de Cargas Sociales
En
primer lugar, destacamos que todo lo expuesto previamente vinculado al
salario complementario no tiene ninguna incidencia en el Formulario F 931.
Para lo que es cargas sociales existe otro beneficio adicional que estará
dado por prórroga por 60 días para el pago o bien reducción del 95 % de
las contribuciones SIPA dentro de las contribuciones de seguridad social.
En primer lugar, habrá que verificar en el Domicilio Fiscal Electrónico
cual es el beneficio obtenido.
A)
En caso de obtener prórroga serán categorizados en Sistema Registral con
el código 460. En el formulario F 931 en la última ventana incorpora una
desagregación ya que el ítem código 351 comprende tanto las
contribuciones al SIPA como a otros subsistemas. En el ejemplo que
mostramos a continuación, para el período abril 2020 el total de las
contribuciones de seguridad social asciende a $ 24.001,76, de los cuales $
12.757,70 corresponden al SIPA (con lo que su pago goza de la prórroga de
60 días) en tanto que $ 11.244,06 no y deben ser abonados junto con el
resto de los conceptos en las fechas de vencimiento excepcionales
establecidas para mayo (18, 19 y 20 según CUIT). Por lo que ahora el
sistema hace la apertura que se muestra en la siguiente imagen:
Por
último, a los efectos de generar el VEP para poder ingresar el pago, AFIP
informa la manera de proceder: Deberá generar el VEP desde esta
aplicación normalmente para todos los impuestos salvo el 351
(Contribuciones de Seguridad Social). Luego generar un VEP adicional
dentro del servicio 'Presentación de DDJJ y Pagos' – Grupo de Tipos de
Pagos 'OTROS PAGOS (Seleccionando Impuesto)' – Tipo de Pago 'AFIP –
OTROS PAGOS'. De esta forma podrá seleccionar el
Impuesto-Concepto-Subconcepto '351- 369-019' con el importe calculado por
el aplicativo correspondiente a las Contribuciones NO SIPA (quedando
pendiente de ingreso las del SIPA según la prórroga del Dcto. 332). En
tanto que para efectuar el pago de la parte postergada se deberá ingresar
351- 368-019
B)
En caso de obtener la reducción serán categorizados en Sistema Registral
con el código 461. En este caso el formulario F 931 hará los cálculos
de manera automática considerando esta reducción. Por último la
Resolución General AFIP Nº 4711 que instrumenta todos estos cambios
indica que en cualquiera de los dos casos antes mencionados los
empleadores que hubieran presentado las declaraciones juradas
determinativas y nominativas de sus obligaciones con destino a la
seguridad social correspondientes a los períodos devengados marzo y/o
abril de 2020, sin detallar en forma discriminada las contribuciones
patronales con destino al SIPA de las restantes contribuciones, deberán
-de corresponder- rectificar la/las misma/mismas hasta el día 31 de mayo
de 2020, a efectos de registrar en forma precisa dicha información.
El
trabajo que requieren las presentaciones de todos estos meses es arduo y
lleva mucho tiempo.
Un
saludo grandote.
MFL
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Correo
de Lectores
¿Hasta
cuándo el "incremento solidario"?
Buenas
tardes:
Consulto,
¿en el mes de abril con los sueldos también se debe liquidar el rubro
“incremento solidario” del Decreto 14/2020? ¿No hubo ya paritarias en
marzo?
Gracias
Alfredo
(22/04/2020)
Hola
Alfredo:
Se
debe seguir pagando hasta las próximas paritarias. En ese momento será
absorbido.
En
marzo se aplicó a las escalas salariales el último tramo del aumento del
9,5% pactado el año pasado. Le recomiendo leer la nota “Sueldos Marzo
2020: Un
mes totalmente atípico” del 18/03/20.
Un
saludo cordial.
CGdeR
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Correo
de Lectores
¿El
SUTERH ha extendido sus vencimientos?
Buenos
días:
Dada
la situación actual y debido a que la recaudación de expensas no se está realizando en tiempo y forma ni en su totalidad,
quería consultar si
el SUTERH ha otorgado extender sus vencimientos sin recargo dentro del mes
para todos los rubros que hay que abonarles
Desde
ya muchas gracias.
Cordiales
saludos.
Atte.
Sin
nombre
(17/04/2020)
¡Hola!
Es
una muy buena pregunta o -mejor dicho- sugerencia. Hasta la fecha todas
las boletas sindicales que he confeccionado de los meses correspondientes a
marzo y abril de 2020 con fechas posteriores a las indicadas en cada
vencimiento han generado los intereses de siempre.
Por
lo tanto la respuesta a tu consulta es que el SUTERH no ha resignado ni un
solo centavo ni ha corrido en un solo día los vencimientos.
Además,
las boletas del curso del SERACARH no permiten abonarlas por débito y
solo se pueden generar para pagar en efectivo. Su vencimiento, por el
momento, es el 29 de mayo próximo.
Un
saludo grandote.
MFL
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Correo
de Lectores
¿Qué
debo hacer para administrar consorcios?
Hola:
Soy
Martillero y Corredor Matriculado en la provincia de Buenos Aires, pronto
a jubilarme.
Mis
consultas son:
¿De
irme a vivir a la CABA mi título me habilita para administrar consorcios?
Si
no es así, ¿qué debo hacer para quedar habilitado? ¿Tengo que realizar
algún curso? ¿La inscripción en el registro tiene algún costo?
Muchas
gracias.
Hugo
(Trenque Lauquen / Provincia de Buenos Aires)
(12/05/2020)
Estimado
Hugo:
1.-
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires existe un Registro Público de
Administradores en el cual es obligatorio inscribirse para ejercer esa
actividad.
Su
creación y regulación fue ordenado por la Ley 941 <vínculo>
y su artículo 4º establece exactamente los siete requisitos que debe Ud.
cumplir para inscribirse:
a)
Nombre y apellido o razón social. Para el caso de personas jurídicas,
adicionalmente: copia del contrato social, modificaciones y última
designación de autoridades, con sus debidas inscripciones.
b)
Constitución de domicilio especial en la Ciudad.
c)
Número de C.U.I.T./C.U.I.L.
d)
Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y
Estadística Criminal.
e)
Informe expedido por el Registro de Juicios Universales.
f)
Certificado de aprobación de la capacitación dictada por las entidades
autorizadas que establezca la Autoridad de Aplicación. Dicha
capacitación debe contar con al menos una (1) carga horaria de ciento
veinte (120) horas, la que debe ser revalidada anualmente mediante un
curso de actualización con una carga horaria mínima de diez (10) horas.
Los contenidos básicos de ambas capacitaciones son fijados por la
autoridad de aplicación.
g)
Certificado de libre deuda expedido por el Registro de Deudores/as
Alimentarios/as Morosos/as.
2.-
Como habrá podido observar para poder inscribirse debe realizar un curso
una primera vez y cada año realizar otro curso de actualización. La
lista de entidades habilitadas para dictar cursos para el Registro
Público de Administradores (RPA) se encuentra en el sitio web de Defensa
y Protección del Consumidor porteño <vínculo>.
De todas formas le facilito un acceso a la lista habilitada al día de hoy
<vínculo>.
3.-
La inscripción al RPA porteño es gratuita pero sí tiene costo el “Certificado
expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal”,
el “Informe expedido por el Registro de Juicios Universales” y el
curso de inscripción.
Por otra parte –igual que para ejercer la profesión de martillero o
corredor inmobiliario- Ud. debe estar inscripto en la AFIP lo que conlleva
implícito el costo de los impuestos de rigor que imponen la Nación y el
Estado local.
Un
saludo cordial.
CGdeR
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
|
Boletín
de Pequeñas Noticias
Número
de Edición:
680 [
DCLXXX ] [1ª Edición]
Fecha
de publicación: 15 de mayo de
2020
Director
y propietario:
Claudio García de Rivas
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sociales: Página
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Dirección:
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César Díaz 2761
(1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono:
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