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15 de Febrero de 2022 - Nº 722

Paritarias encargados de edificios 2022

Se firmó y homologó un nuevo convenio salarial

Las entidades de administradores acordaron con la FATERyH tres aumentos: en marzo se integran los 8 mil pesos a las escalas, en abril un 15% y en junio un 12% El aumento nominal será de un 47% aunque impactará en las escalas salariales en un 32% Hasta junio de este año los incrementos acordados el año pasado y este año superarán ampliamente la inflación.

[BPN-15/02/22] El pasado 7 de febrero el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social homologó un nuevo acuerdo paritario para los encargados de edificios que -aunque otorgó un aumento salarial nominal del 47%- será de casi un 32% real.

La recomposición salarial se otorgará en tres tramos:


 

 

Paritarias encargados de edificios 2022

Ahora la ‘contribución solidaria a la obra social’ estará indexada

El acuerdo firmado entre las entidades de administradores y la FATERyH estableció que se incrementará automáticamente en el mismo porcentaje que los salarios de los encargados de edificios Nació hace seis año como una herramienta provisoria para paliar una crisis.

Paritarias encargados de edificios 2022

El último acuerdo introdujo otras dos novedades importantes

Se otorga a los trabajadores una licencia de 10 días hábiles por violencia de género y se obliga a los administradores a constituir domicilio electrónico en el Sistema de Control de Aportes y Contribuciones de la FATERyH.


Administración Global


Comunidad consorcial

¿Y los consorcistas dónde están?

Año tras año va decreciendo la participación de los consorcistas en los temas que interesan a la comunidad consorcial Durante el 2021 llegó a su punto más bajo a pesar que las novedades consorciales no dieron tregua Destacó el silencio de APH –dirigida por Gabriel Mormandi- durante el año pasado.


Ley Zago

El curso del SERACARH aumentó a 5.320 pesos

Representa un aumento del 52% con respecto a su valor en 2020 Ese año costaba 3.800 pesos por encargado Este año representaría un ingreso para el SERACARH de 300 millones de pesos o casi tres millones de dólares.


Ley de alivio fiscal

La CAPHyAI pidió a la AFIP que incluya a los consorcios

Consideró que reúne las dos características que se necesitan para acceder a los beneficios de la Ley 27.653 Explicó que la mayoría de los consorcios acumuló deudas con la seguridad social producto de la crisis económica de 2018 y la pandemia de COVID-19.


Curso del SERACARH

Zulberti le pidió a Zago que proponga derogar su ley

El coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, le solicitó al legislador Oscar Zago que proponga derogar ley del curso del SERACARH de la cual fuera su autor en 2013.


Grupo Octubre

Santa María puso otro pie en la publicidad en la vía pública

Se trata de la comercialización de las pantallas en las estaciones de la Ecobici El sistema Ecobici es operado por Tembici y está patrocinado por Itaú y Mastercard El año pasado Santa María había comprado una empresa especialmente dedicada a la publicidad en la vía pública.


Ámsterdam

Una propiedad se podrá vender luego de vivir cuatro años en ella

Si la norma es aprobada, desde el 1º de abril para vender una propiedad en Ámsterdam se deberá primero vivir cuatro años en ella Se espera así paliar la fuerte crisis de vivienda en esa ciudad.


Correo de Opinión

Quienes representen a los consorcistas tienen que tener algún tipo de mandato 

por el Sr. Julio Gil Domínguez


Pequeñas Noticias

Nosotros

Defensa y Protección del Consumidor porteño

Finalmente, luego de 5 meses se cumplió una orden de la Justicia

En agosto del año pasado la Justicia Penal le ordenó a esa repartición inhabilitar a una administradora en el marco de una causa penal Recién en enero de este año culminó el trámite exigido.

 


Ley Carrillo

La CAPHyAI no se rinde

El Dr. Jorge Martín Irigoyen –en nombre de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias- interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra la resolución adversa dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario.


Banco de la Ciudad de Buenos Aires

Moderado aumento de las ‘cuenta consorcio’

Si bien la pandemia impulsó la bancarización de los consorcios la apertura de cuentas consorcio todavía no llegó a los niveles de 2019 Un porcentaje mínimo de estas cuentas son de clientes de la provincia de Buenos Aires.


Claudio Moroni

Los trabajadores con coronavirus siguen cubiertos por las ART

Así lo afirmó el ministro aunque aclaró que ahora los trabajadores deberán pasar por una ‘comisión médica’ como cualquier otra enfermedad profesional Exige la prórroga del decreto que la considera enfermedad profesional el gremio de camioneros.


Colombia

Se desarrolló una aplicación que alerta sobre trámites inmobiliarios

Mediante la misma el propietario podrá ser alertado por su celular o correo electrónico si se inició un trámite que afecta a cualquiera de sus propiedades Estiman que así disminuirá la corrupción y los delitos contra la propiedad.


Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Este mes las escalas salariales perdieron contra la inflación

En febrero las escalas salariales de los encargados de edificios perderán levemente contra la inflación, ganarán en el acumulado anual y nuevamente perderán en el interanual.


Rincón Solidario

Impuesto a los débitos y créditos bancarios 

por la Cra. Viviana Grinberg


Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados

Vínculos a nuestras redes sociales


Paritarias encargados de edificios 2022

Se firmó y homologó un nuevo convenio salarial

[BPN-15/02/22] El pasado 7 de febrero el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social homologó un nuevo acuerdo paritario para los encargados de edificios que -aunque otorgó un aumento salarial nominal del 47%- será de casi un 32% real.

La recomposición salarial se otorgará en tres tramos:

1.- En marzo se integran los 8.000 pesos del bono que se venían otorgando a la cuarta categoría y se aplicará en forma porcentual a las restantes categorías.

2.- En abril suma a las escalas salariales de marzo un 15% de aumento calculado sobre las escalas salariales de marzo.

3.- En junio suma a las escalas salariales de abril un 12% de aumento sobre las escalas salariales de abril.

Si se hace el cálculo de los aumentos otorgados y teniendo en cuenta que en abril y junio el aumento se calcula sobre los valores de la escala salarial inmediata anterior se llega a que el total otorgado es del 46,71%. Pero si se analizan los promedios de las escalas salariales [1] y cómo serán afectadas por los aumentos acordados se observa que finalmente será del 31,59%.

Ese casi 47% se alinea con las declaraciones de Claudio Moroni, Ministro de Trabajo, quién confirmó que en las negociaciones paritarias de 2022 se tomará como referencia una inflación estimada del 40% y se reabrirán las discusiones "las veces que sean necesarias" si la inflación lo supera.

Por último antes de pasar al detalle de los aumentos mes a mes se destaca que si bien el acuerdo es hasta fin de año –o sea que desde julio a diciembre no habría más aumentos-, los incrementos salariales de la primera mitad del año -sumados a los dos acordados el año pasado- y que impactan este año superarán ampliamente la inflación prevista [2].

Período

Promedio Mensual

Incremento (%)

Novedad

enero/2022

74.988

11,94

Se retoma el bono de 8.000

febrero/2022

77.626

3,52

Incremento del 5% + 8.000

marzo/2022

79.306

2,16

Integración de los 8.000

abril/2022

91.202

15,00

Aumento del 15%

mayo/2022

91.202

 

 

junio/2022

102.147

12,00

Aumento del 12%

En marzo

En marzo se deben incorporar los 8 mil pesos a la escala salarial. Se acostumbra que en estos casos se sume a la función "Encargado permanente CON vivienda" de 4ª categoría los 8 mil pesos y se calcule el porcentaje de incidencia del aumento. Este porcentaje es el que se usará para calcular los valores de toda la escala salarial, incluidos los adicionales.

En este caso el porcentaje de incidencia será de un 13,9%. Sin embargo, en términos reales el aumento será de un 2,16% con respecto a febrero porque los encargados ya venían percibiendo el bono de los 8 mil pesos.

Es de destacar que al integrar los 8 mil pesos a la cuarta categoría y a las demás en forma proporcional -y habiendo entre ellas diferencias de 10%, 15% y 20%-, en las categorías más altas el bono llegó a un máximo de 14.376 (Mayordomo de 1ª categoría) y a un mínimo de 4.555 pesos (Encargado no permanente con vivienda de 4ª categoría). Sin embargo en el total de la escala salarial el promedio que se integró fue de 8.869 pesos.

En abril

En abril el aumento será del 15% con respecto a la escala salarial de marzo.

En junio

En junio el aumento será de un 12% con respecto a la escala salarial de abril.

En general

Hay que tener en cuenta que este convenio estará vigente hasta diciembre de este año aunque las partes acordaron reunirse en octubre a fin de evaluar la necesidad de una revisión de los futuros aumentos salariales.

Sin embargo hasta junio el aumento acumulado en el año –incluye los dos convenios anteriores- habrá sumado un 52,48% contra una inflación acumulada estimada de un 25,32%. Por su parte el acumulado anual en junio será de un 80,99% contra una inflación estimada en un 50,79%.

El acuerdo

El acta acuerdo signado por el AIERH [3], la CAPHyAI [4] y la UADI [5] con la FATERyH [6] lleva fecha del 1º de febrero y fue homologado el 7 de ese mes por el Secretario de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Marcelo Claudio Bellotti, mediante la Resolución 243 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En octubre y noviembre se sumó los 2.500 pesos otorgados por el Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional mediante el Decreto 561/2019. Se sumó el incremento salarial que otorgó el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para enero y mil pesos más para febrero y meses subsiguientes y el acuerdo que otorgó un bono de 8 mil pesos hasta febrero de este año.

[2] Inflación prevista por el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA)

[3] Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH)

[4] Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).

[5] Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[6] Federación Argentina de Trabajadores de Edificio de Renta y Horizontal (FATERyH).


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


Paritarias encargados de edificios 2022

Ahora la ‘contribución solidaria a la obra social’ estará indexada

[BPN-15/02/22] El acta acuerdo firmado entre las tres entidades de administradores [1] y la FATERyH [2] estableció que la contribución solidaria a la obra social de los encargados de edificios "se incrementará en el mismo porcentaje que el incremento establecido para los salarios de la actividad". Hasta este mes ese monto estaba establecido en 950 pesos mensuales.

En el texto del acuerdo sus signatarios argumentaron: "El 27 de noviembre de 2020 suscribimos un acuerdo de renovación del aporte contribución solidaria para el sostenimiento de las obras sociales de la actividad y -dado el actual contexto sanitario que impacta directamente en el servicio de salud- entendemos necesario establecer un mecanismo de incremento [automático] del aporte que contemple el aumento en las prestaciones de salud y de esa forma sea efectiva la finalidad de la contribución".

La "contribución solidaria" que deben pagar los consorcios en su calidad de empleadores nació el 6 de mayo de 2014 con un valor de 50 pesos mensuales para paliar una situación de emergencia provisoria.

Luego de seis años no sólo no parece tener fin sino que se indexó en forma automática al incremento salarial con lo cual no requerirá de la autorización de los miembros paritarios para poder decidir la necesidad de su continuidad y su valor.

El acta acuerdo  lleva fecha del 1º de febrero y fue homologado el 7 de ese mes por el Secretario de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Marcelo Claudio Bellotti, mediante la Resolución 243 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[2] Federación Argentina de Trabajadores de Edificio de Renta y Horizontal (FATERyH).


Caldén: Control de plagas.


Paritarias encargados de edificios 2022

El último acuerdo introdujo otras dos novedades importantes

[BPN-15/02/22] El acuerdo salarial de los encargados de edificios del 1º de febrero -aparte de los aumentos salariales [ver nota] y la indexación de la "contribución solidaria a la obra social" [ver nota]- trajo otras dos novedades a destacar: otorga una licencia de 10 hábiles a aquellas personas que sufrieran violencia de género y obliga a los administradores a constituir domicilio electrónico en el Sistema de Control de Aportes y Contribuciones de la FATERyH.

Licencia por violencia de género

Lo primero que llamó la atención en este punto fueron dos cosas: que son beneficiarios de la licencia "las personas" que sufrieran violencia de género sin mencionar si éstas son hombres o mujeres y que no aclara si la licencia es con o sin goce de sueldo.

Textualmente el acuerdo ya homologado ordena: "Incorporar al artículo 12º del Convenio Colectivo de Trabajo 589/10 una licencia de 10 días hábiles por año aniversario para aquellas personas víctimas de violencia de género. Para hacer uso de la licencia el trabajador/a, deberá acreditar haber realizado previamente denuncia policial/judicial".

En el preámbulo del acuerdo explicó: "Asimismo es necesario partir de un dato de la realidad en torno al crecimiento de situaciones de violencia de género en el ámbito doméstico que necesariamente repercute en el presentismo en el ámbito laboral, siendo un imperativo del Derecho Internacional de los Derechos Humanos atender la problemática evitando un agravamiento de la situación de vulnerabilidad de quien la padece".

El domicilio electrónico

Sobre este punto se destaca que las notificaciones realizadas al domicilio electrónico que debe constituir el administrador conservarán su validez hasta 60 días luego de su renuncia a ese consorcio. O sea que luego de renunciar a un edificio y de recibir una notificación de la FATERyH el administrador deberá contactarse con el administrador que lo sustituyó para reenviarle la notificación recibida.

Textualmente el punto cuarto ordena: "Los consorcios de propietarios, edificios de renta y/o quien ejerza su representación legal deberán constituir con carácter obligatorio el domicilio electrónico de conformidad a las formas, requisitos y condiciones que se establecen en el ANEXO 1 que forma parte del presente, con el fin de generar las correspondientes boletas de pago de aportes y contribuciones mensuales y recepcionar las notificaciones que la entidad sindical les remitan. Las notificaciones así practicadas surtirán los efectos legales del domicilio electrónico constituido siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen".

En el preámbulo argumentaron: "Considerando el actual paradigma de uso masivo de la modalidad electrónica para realizar las notificaciones o intercambio de documentación en forma virtual, se impone como garantía de una comunicación flexible y segura incorporar a la norma convencional el uso obligatorio del sistema de notificación electrónica para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza".

El acta acuerdo signado por el AIERH [1], la CAPHyAI [2] y la UADI [3] con la FATERyH [4] lleva fecha del 1º de febrero y fue homologado el 7 de ese mes por el Secretario de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Marcelo Claudio Bellotti, mediante la Resolución 243 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[3] Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH)

[4] Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).

[5] Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[6] Federación Argentina de Trabajadores de Edificio de Renta y Horizontal (FATERyH).


  Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.


Comunidad consorcial

¿Y los consorcistas dónde están?

[BPN-15/02/22] Durante el año pasado bajó sensiblemente el protagonismo de la mayoría de las entidades de consorcistas en la vida consorcial a pesar de las novedades que se produjeron para los consorcios desde el ámbito laboral, municipal y sanitario.

Por otra parte, durante el 2021 los actores más activos en la defensa de los derechos de los copropietarios fueron la Sra. Ana María Huertas de Mar del Plata (ACoPH), el Dr. Eduardo Awad que tuvo como uno de sus ejes de campaña los derechos de los consorcistas, el Sr. Andrés Zulberti (Comisión de Consorcios de la Comuna 3), el Consejo Consultivo de la Comuna 6 y la Liga del Consorcista entre otros.

Llamó la atención el silencio que mantuvo durante el año pasado APH (Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal) -entidad presidida por el Dr. Gabriel Mormandi- que había impulsado fuertemente -y con un relativo éxito- la participación de los consorcistas en paritarias.

La redacción de Pequeñas Noticias realizó una reseña de la actividad de las entidades más activas y el estado en las que otras se encuentran.

ACoPH

Durante el año pasado la Asociación de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata) le pidió al intendente del partido de General Pueyrredón que informe "en forma clara y precisa" los protocolos a seguir para poder realizar las asambleas en los consorcios [1]; denunció que el Defensor del Pueblo de esa ciudad en lugar de colaborar para que se reglamente la Ley 14.701 impulsará la colegiatura de los administradores [2]; le reclamó al Gobernado de la provincia, Axel Kicillof, que reglamente la Ley 14.701 que creó un Registro Público de Administradores (RPA) en territorio bonaerense; apoyó la sanción y puesta en práctica de la ordenanza marplatense llamada "Edificio seguro", organizó charlas de capacitación para consorcistas por Zoom y asesoró consorcistas en forma presencial y gratuita con turno previo.

Dr. Eduardo Awad

Durante la segunda mitad del año pasado el presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) y director del Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal de esa entidad trabajó en su candidatura a diputado nacional por el Partido Autonomista (PA). Uno de los ejes de su campaña fueron los consorcistas [3].

Por otra parte durante el último mes del año ingresó por mesa de entradas de la Inspección General de Justicia (IGJ) la solicitud de inscripción de la Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA (APCCRA), un sueño que concretaría luego de más de 17 años [4].

Andrés Zulberti

El 8 de marzo del año pasado el coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3 solicitó a Defensa y Protección del Consumidor porteño que explique la razón por la que aún no cumplió con el artículo 7° de la Ley 941 que ordena al Registro Público de Administradores (RPA) local informar mediante su página web en forma pública y gratuita -entre otras cosas- las sanciones que se hubieren impuesto a los administradores durante los dos últimos años [5].

Al mes siguiente –sobre las sucesivas prórrogas por disposición al mandato de los administradores- alertó a la Defensoría del Pueblo de la CABA que la Ley 941 no habilita a Defensa del Consumidor porteño a establecer regulaciones sobre temas que son exclusivamente de índole privados. Puntualmente explicó que ante la posibilidad de que se establezca una décima prórroga -lo que le pareció exagerado- solicitó a la Defensoría del Pueblo su intervención" [6].

Por otra parte a lo largo del año pasado impulsó la causa judicial que había iniciado contra la aplicación oficial "Consorcio Participativo" y en agosto interpuso ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño un "recurso extraordinario" con el objetivo de lograr que sea la Corte Suprema de Justicia de la Nación quien decida si su causa contra la "Aplicación Oficial Consorcio Participativo" puede ser tratada por la Justicia Federal [7].

En octubre denunció ante la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) que desde enero de 2020 el Poder Judicial de la Nación no informa la cantidad de causas abiertas por falta de pago de expensas [8].

Por último, durante todo el año colaboró con consorcistas y diferentes actores consorciales recabando información de los organismos del Estado local y nacional mediante las herramientas que éstos brindan.

El Consejo Consultivo de la Comuna 6

Este órgano comunal tuvo dos intervenciones relacionadas con los consorcios.

En abril aprobó por unanimidad una solicitud que realizó su Comisión de Consorcios para que la AFIP permita a los propietarios de las unidades funcionales consultar el estado de las cuentas tributarias de su consorcio [9].

En noviembre aprobó una petición a la AFIP para que exceptúe a los consorcios del "Impuesto al cheque" [10].

APH

En diciembre de 2017 Mormandi informó que había logrado la inscripción de su entidad en Registro de Asociaciones Gremiales de Empleadores del Ministerio de Trabajo con el número 681 [11].

En marzo de 2018 participó de su primera reunión paritaria aunque al momento de tomar la palabra los representantes de la FATERyH se retiraron [12].

Al mes siguiente Facundo Carrillo y Felipe Miguel festejaron públicamente la participación de la APH en las reuniones paritarias aunque luego de participar de tres reuniones paritarias  [13] el sindicato y las tres entidades de administradores desconocieron la representatividad de APH [14].

Por último en marzo de 2019 APH presentó ante el Ministerio de Producción y Trabajo una solicitud de Pronto Despacho a su reclamo presentado en diciembre contra el último acuerdo salarial celebrado para el sector [15]. A partir de este momento la entidad se limitó a emitir declaraciones por las redes sociales hasta septiembre de 2020 en que se llamó a silencio.

El último comentario que realizó el Dr. Gabriel Mormandi en su página de Facebook data del 23 de septiembre de 2020 y trató sobre el aumento de expensas que se afrontaría en octubre de ese año. Al día siguiente publicó esa misma nota en la cuenta de la entidad en Instagram.

La página en Facebook cuenta con 4.518 me gusta y la siguen 4.98 personas. En su cuenta en Instagram realizó 43 publicaciones y la siguen .140 personas.

Si sitio web es inaccesible aunque su dominio está en Internet renovado hasta agosto de este año.

La constancia de CUIT de la entidad que preside está bloqueada. La AFIP informó que "el 30 de noviembre de 2018 venció el plazo para constituir el domicilio fiscal electrónico", y aclaró que de constituirlo se desbloquearía.

Sin embargo Mormandi desarrolló más actividad en el sector inmobiliario: en junio de 2021 asistió representando a CUCICBA (Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA) a la reunión informativa que realizó comisión de legislación general de la cámara de diputados sobre un proyecto de ley que buscaba modificar diversos artículos del Código Civil y Comercial de la Nación sobre el tema alquileres.

Hasta fines de 2021 fue representante asamblearios titular de CUCICBA.

CACCyC y FeDeCo

Es de destacar la Federación de Asociaciones de Consorcios (FeDeCo) o de CACCyC (Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas) –ambas presididas por Samuel Knopoff- no tiene ni sitio web institucional y no se le encontró presencia ni en Facebook ni Twitter ni Instagram.

En marzo de 2021 Samuel Knopoff en nombre de la FeDeCo participó con sus opiniones en una nota de Clarín [16].

Por último en noviembre se reunió con Sergio Abrevaya (GEN), los representantes de dos entidades colegas y miembros del estudio de abogados "Foro de abogados de propiedad horizontal" para conversar sobre la problemática del sector. La reunión la convocó Sergio Abrevaya (GEN) que se encontraba en plena campaña electoral [17].

De CACCyC no se pudo obtener el CUIT y con respecto a FeDeCo la AFIP informó que "el contribuyente cuenta con impuestos con baja de oficio por Decreto 1.299/98"

UCRA

La última actividad conocida que realizó la Sra. Alicia Giménez en nombre de UCRA fue el 4 de noviembre del año pasado. En esa oportunidad participó de la mencionada reunión de Abrevaya con los representantes de otras entidades de consorcistas y abogados representando a estudios legales particulares.

Se puede agregar que los temas que se abordaron fueron: La incorrecta representación de las partes en las paritarias del sector de la propiedad horizontal, la baja participación de los copropietarios en las asambleas de sus consorcios y -en sus propias palabras- "que los consejos de propietarios no se constituyen porque algunos administradores desvirtúan la información

Por otra parte el Gobierno de la CABA (GCABA) le dedica a la entidad presidida por Giménez una página en la que informa que UCRA "atiende telefónicamente como así también vía email las consultas referentes a los aspectos vinculados al derecho consorcial", y aclara que "dentro de dicha órbita se encuentran las denuncias ante el Registro Público de Administradores de Consorcios (RPA) de la CABA".

El último posteo en su página en Facebook fue el 27 de julio de 2020 y en él que preguntaban: "¿Estás cansado de que los abusos de los administradores? Contáctanos, es gratis". La página tiene 36 me gusta, 37 seguidores y realizó 6 publicaciones.

El sitio web de la entidad que publicita el GCABA –más allá que tiene un error de tipeo que impide su acceso- ya no se encuentra disponible y NIC Argentina reporta que su dominio venció y está disponible [18].

Por último, la AFIP informa que "el contribuyente cuenta con impuestos con baja de oficio por Decreto 1299/98" [19].

APIPH

El Dr. Marcos Bergenfeld, titular de la Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal (APIPH), se retiró de la actividad consorcial a fines de 2018 luego de 14 años de intensa actividad Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 696 del 15/01/2021: "Huertas le pidió a Montenegro un protocolo para las asambleas".

[2] BPN Nº 708 del 15/07/2021: "El Defensor del Pueblo impulsará la colegiatura".

[3] BPN Nº 710 del 16/08/2021: "Eduardo Awad vuelve a postularse para diputado nacional".

[4] BPN Nº 718 del 15/12/21: "La entidad de Awad ya ingresó a la IGJ".

[5] BPN Nº 700 del 15/03/21: "Zulberti le pidió explicaciones a Bouza".

[6] BPN Nº 702 del 15/04/21: "Zulberti pidió la intervención de la Defensoría del Pueblo".

[7] BPN Nº 710 del 16/08/21: "Andrés Zulberti llegará hasta la Corte Suprema de Justicia".

[8] BPN Nº 15/11/21: "Zulberti denunció que el poder judicial ya no brinda información".

[9] BPN Nº 704 del 14/05/21: "Quieren que se pueda consultar el estado fiscal del consorcio".

[10] BPN Nº 15/11/21: "La Comuna 6 preparó otra petición para la AFIP".

[11] BPN Nº 622 del 22/12/17: "Ya hay dos entidades de propietarios con personería gremial".

[12] BPN Nº 628 del 22/03/18: "APH participó de una primera reunión paritaria".

[13] BPN Nº 629 del 12/04/18: "Facundo Carrillo y Felipe Miguel promocionan a APH".

[14] BPN Nº 646 del 13/12/18: "La FATERyH desconoció la representatividad de APH".

[15] BPN Nº 652 del 14/03/19: "APH volvió a la carga contra el último acuerdo".

[16] Clarín del 25/03/11: "A días de que venza el mandato de los administradores, cómo hacer una asamblea virtual de consorcio".

[17] BPN Nº 716 del 15/11/21: "Abrevaya retomó su contacto con parte de los consorcistas".

[18] Gobierno de la CABA sin fecha.

[19] Artículo 1º del Decreto 1299/98: "Incorpórase a continuación del segundo párrafo del artículo 53º del Decreto N° 1397 del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones, el siguiente: 'No será necesaria esa comunicación si el contribuyente hubiera omitido presentar sus declaraciones juradas durante tres períodos fiscales consecutivos si estos fueren anuales o treinta y seis períodos consecutivos cuando fueren mensuales. En tal caso su condición de no inscripto regirá para los períodos que venzan a partir de esas incumplimientos´".


Administración Liliana Silvia Bo

Servicios informáticos para administradores y consorcios.


Defensa y Protección del Consumidor porteño

Finalmente, luego de 5 meses se cumplió una orden de la Justicia

Edificio Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el Registro Público de Administradores [Foto Pequeñas Noticias]

Edificio Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el Registro Público de Administradores [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/02/22] El pasado 24 de enero Vilma Bouza, directora general de Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DyPC), a pedido de la Justicia Penal inhabilitó por dos años -desde el 12 de agosto de 2021 hasta el 13 de agosto de 2023- a la administradora de consorcios involucrada en el fallecimiento del futbolista Ezequiel Esperón que se cayó de un sexto piso al ceder una puerta metálica con apertura hacia el exterior.

Los hechos de pe a pa

Cinco meses antes, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 49, a cargo de la Dra. Ángeles M. Gómez Maiorano, Secretaría N° 169, a cargo de la Dra. María José Bianchi había ordenado excluir a la administradora procesada por resolución firme del día 12 de agosto de 2021 en la causa se abrió contra la mandataria del consorcio por homicidio culposo.

Dos semanas después de recibir la orden judicial el coordinador del Registro Público de Administradores (RPA), Diego Sarrabayrouse, confirmó públicamente que había recibido una orden judicial para excluir a esa administradora. El 2 de septiembre en el marco de una disertación de la que participó por Zoom develó: "Hace poquito tiempo recibimos una notificación en un caso que fue muy conocido del lamentable fallecimiento que hubo de una persona que estaba en un cumpleaños, se apoyó en una baranda cuya puertita cedió y la persona cayó [al vacío] y falleció. La administradora fue condenada por homicidio culposo y en esa sentencia el juez penal nos pidió a nosotros –como Registro Público- que tomáramos nota de esa inhabilitación" [2].

Luego de esperar un tiempo prudencial, el 15 de diciembre el coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, Andrés Zulberti, le pidió explicaciones a Sarrabayrouse por la falta de publicación en el Boletín Oficial del acto administrativo necesario para cumplir con la orden judicial. Lo que no sabía es que todavía ese acto administrativo aún no se había realizado.

El 5 de enero la redacción de Pequeñas Noticias -vía "Acceso a la información pública"- le solicitó al funcionario que detalle el número de disposición que ordenó la inhabilitación de la administradora a pedido de la Justicia Penal, su fecha y la razón por la cual luego de cuatro meses no había sido publicada en el Boletín Oficial. Todo hace suponer que tampoco en ese momento se había cumplido con lo exigido por la Justicia.

Finalmente el 24 de enero Bouza ordenó la Disposición Interna DI-2022-548-GCABA-DGDYPC inhabilitando por dos años a la mencionada administradora.

Es de destacar que en los considerando mencionó que "el Registro Público de Administradores dejó asentado que desde la recepción de la manda judicial se procedió a tomar debita nota de la medida dispuesta modificando la condición de la administradora en el respectivo sistema" y menciona un informe el IF-2022-03195748-GCABA-DGDYPC que por su número es de este año. O sea como mínimo cuatro meses luego de solicitado por la Justicia.

El pasado 26 de enero Ariel Urwicz, gerente operativo de DyPC, en respuesta al pedido de la redacción de Pequeñas Noticias adjuntó la disposición sancionatoria y aclaró que "habiendo procedido el precitado acto administrativo en el marco de una manda judicial y no dentro de un procedimiento sumarial conforme lo prevé la Ley 941, no procede la publicación de la misma en el Boletín Oficial".

En principio, esta respuesta se contradeciría con el artículo 7º de la Ley 941 que ordena: "El Registro es de acceso público, gratuito, y debe estar disponible para su consulta en la página web del Gobierno de la Ciudad, pudiendo cualquier interesado informarse respecto de la totalidad de los requisitos e informes exigidos en el artículo 4° de la presente, así como también de las sanciones que se hubieren impuesto en los últimos dos años" [2].

Mientras tanto, Andrés Zulberti sigue esperando que le respondan.

Homicidio culposo

Según explica el Periódico Judicial "el homicidio culposo se trata de una conducta activa u omisiva violatoria del deber de cuidado. Éste género admite diversas especies a saber: imprudencia, negligencia, impericia -en el arte o la profesión- e inobservancia -de reglamentos o deberes a cargo-, que produce la muerte de otra persona. Si pudiéramos mencionar algún caso en los que se da el homicidio culposo sería por ejemplo en un accidente de tránsito cuando una persona comete una negligencia y el resultado es una muerte" [3].

Actualmente el RPA porteño está coordinado por el mencionado Sarrabayrouse, depende de la DGDyPC cuya directora general es Bouza y cuyo superior directo es desde el 1º de agosto de 2021 Julia Domeniconi, secretaria de Atención y Gestión Ciudadana Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 720 del 15/01/22: "Pequeñas Noticias le pidió explicaciones a Sarrabayrouse".

[2] Ley 941 del 3/12/02.

[3] Periódico Judicial del 10/02/2021: "Diferencias entre los delitos de homicidio doloso y culposo".


Administración Silvia Losada


Ley Zago

El curso del SERACARH aumentó a 5.320 pesos

[BPN-15/02/22] Desde este año el curso del SERACARH [1] que obligatoriamente deben realizar los encargados de edificios pasará a costar 5.320 pesos por trabajador. Aumentó un 40% desde el 2020, año en que se pagó 3.800 pesos y casi un 1.000% (964%) desde que se creó en 2012 y se le impuso un valor de 500 pesos.

De acuerdo a los datos proporcionados por el Ministerio de Trabajo durante el 2021 hubo 57.031 puestos de trabajo en la propiedad horizontal. Si este año se mantienen esos números y cada uno de esos encargados realiza el curso, el SERACARH recaudará sólo por este concepto más de 300 millones de pesos (303.406.693) o casi tres millones de dólares (2.826.987) según la cotización oficial [2].

En total, desde su creación el curso habría costado a los consorcistas porteños más de 36 millones de dólares (36.174.239).

Año

Valor

Puestos
de Trabajo

Costo en $

1 u$s [2]

Costo en u$s

2012

500

47.201

23.600.583

4,55

5.189.581

2013

500

48.521

24.260.708

5,46

4.443.657

2014

700

49.879

34.915.067

8,12

4.302.188

2015

850

50.659

43.059.867

9,27

4.647.473

2016

1.050

52.358

54.975.550

14,84

3.703.790

2017

1.450

55.929

81.097.533

16,65

4.870.197

2018

1.600

55.803

89.284.800

28,20

3.166.636

2019

No se dictaron cursos

2020

3.800

57.078

216.895.133

71,73

3.023.731

2021

No se dictaron cursos

2022

5.320

57.031

303.406.693

107,33

2.826.987

 

Total

36.174.239

La cantidad de puestos de trabajo de 2012 y 2013 fueron estimados.


Es de recordar que el 30 de agosto de 2018, la Legislatura porteña aprobó la Ley 6.004 que modificó la Ley 4.803 (Ley Zago) y a partir de ese momento se obligó a los consorcios a pagar a sus encargados un curso en el SERACARH sobre "Higiene, seguridad y medidas de prevención contra incendios" cada dos años en lugar de uno. De hecho durante el 2019 y 2020 los encargados estuvieron eximidos de asistir a ese curso.

El Ejecutivo nacional fundamentó este cambio en la frecuencia del curso del SERACARH por cuatro razones:

1.- "La experiencia desarrollada en el ejercicio a nivel local de la Ley N° 941 indica que el contenido de los mismos se repite año tras año sin aportar en lo sustancial nuevas experiencias para los encargados y generando gastos excesivos para el consorcio".

2.- "La capacitación y educación en materia de propiedad horizontal, en lo que hace a temas de seguridad y reducción de riesgos, debe actualizarse de forma práctica y beneficiosa sin redundar en actividades repetitivas y dispendiosas".

3.- "Resulta indispensable disminuir la frecuencia de las capacitaciones fijando su obligatoriedad cada dos años" [3].

El SERACARH está compuesto por las tres entidades de administradores que representan a los consorcios en paritarias (AIERH [4], CAPHyAI [5] y UADI [6]) y la FATERyH (Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal).

Antecedentes

El 28 de noviembre de 2013, la Legislatura porteña aprobó un proyecto de ley del legislador Oscar Zago –por entonces del bloque PRO y ahora de "La Libertad avanza "- que obliga a los administradores de propiedad horizontal a "exhortar" al personal de cada uno de los consorcios que administra a concurrir anualmente a una capacitación "sobre higiene, seguridad y medidas de prevención contra incendios". La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será la autoridad de aplicación de la norma.

Según el texto de la ley, dicha capacitación "deberá ser dictada por una institución especializada, conformada por representantes de todos los sectores de la actividad reconocidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a efectos de asegurar la plena representación de la totalidad de los intereses involucrados en la labor prestada en los edificios de propiedad horizontal" [7].

Al momento de escribir esta nota todavía sólo el SERACARH está en condiciones de cumplir estos requisitos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

[2] Para el cálculo del promedio del valor dólar oficial de cada período mencionado se promediaron todas sus cotizaciones diarias actualizado al 09/02/22.

[3] BPN Nº 639 del 10/09/18: "El curso del SERACARH desde ahora será cada dos años".

[4] AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

[5] CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

[6] UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

[7] BPN Nº 510 del 4/12/13: "El curso del SERACARH tiene su propia ley" y BPN Nº 513 del 23/01/14: "La Ley Zago se aprobó casi sin debate".


Administración López.

Marta Granados - Administraciones


Ley Carrillo

La CAPHyAI no se rinde

Sede de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [Foto archivo Pequeñas Noticias]

Sede de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [Foto archivo Pequeñas Noticias]


 

[BPN-15/02/22] El pasado 1º de febrero el Dr. Jorge Martín Irigoyen, en nombre de Daniel Tocco y otros, interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra la resolución adversa dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA dictada el 21 de diciembre pasado [1].

Esta acción se enmarca en la dura lucha judicial que mantiene la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) contra la "Aplicación Oficial Consorcio Participativo" promovida por el por entonces secretario de Atención y Gestión Ciudadana, Facundo Carrillo, e impulsada en la Legislatura por Horacio Rodríguez Larreta, jefe de Gobierno de la CABA.

En primer término, la CAPHyAI apunta contra el inciso h) del artículo 9º de la Ley 941 al que acusa de promover una "bancarización compulsiva" porque "expropia a la asamblea la posibilidad de decidir por no abrir una cuenta bancaria" [2].

En segundo busca que derogue el inciso n) del artículo 9º de la Ley 941 argumentando que "pretende regular los derechos de los consorcistas bajo el ropaje de ejercer el poder de policía sobre la actividad de los administradores de consorcios lo que violenta el principio de dignidad y autonomía personal de estos últimos" [3].

Es de destacar que el Gobierno de la CABA a través de la inclusión de este inciso y el capítulo VI de la Ley 941 impone a los administradores cargar en la aplicación mencionada datos que no le pertenecen -porque pertenecen al consorcio y a los consorcistas- y cuando se le advierte al gobierno que invade áreas de la vida privada de los edificios y sus ocupantes argumenta que el uso –o sea la consulta de esos datos que ya fueron almacenados en sus servidores- es optativa.

Martín Irigoyen lo explica claramente aunque en los términos jurídicos de rigor: "El GCBA no posee facultades para inmiscuirse ni apropiarse de los datos de los consorcistas ni mucho menos para tipificar infracciones a los administradores por la voluntad de los consorcistas que en asamblea están legalmente habilitados para instruir a su mandante para que no utilice la aplicación Consorcio Participativo".

Agregó también: "El GCBA ha incurrido en un avance intolerable sobre derechos que no estaba a su alcance regular como ser los de los consorcistas que no pueden ser obligados a la bancarización compulsiva ni mucho menos a tolerar que sus datos personales y patrimoniales estén al alcance de una aplicación gubernamental". En resumen redondeó: "En buen romance, si el GCBA no podría dictar una norma destinada a obligar a los consorcistas a brindar los datos relativos al consorcio a un aplicativo estatal, a fortiori [4] tampoco podría implementar el uso de esta aplicación a los administradores de consorcios coercitivamente y bajo pena de infracción".

El letrado explicó también cual fue –en su opinión- la intención final para impulsar y hacer aprobar el proyecto Carrillo: "Mediante la imposición efectuada a los administradores de consorcios de dar de alta y mantener actualizados los datos del Consorcio respectivo en un aplicativo, sistema o programa web destinado a la gestión administrativa del mismo, conforme se enuncia a lo largo del artículo 14º de la Ley 5983 (Consorcio participativo), el GCBA pretende administrar y apropiarse de manera monopólica de la totalidad de la información relativa a los consorcios, impidiendo que los administradores de consorcios puedan elegir su herramienta de trabajo y adquiriendo en el camino una completa base de datos referida a los intereses económicos de los propietarios (verdaderos destinatarios de la medida)".

Sobre la falta de pruebas que mencionó la Cámara de Apelaciones, el letrado de la CAPHyAI luego de citar numerosa jurisprudencia señaló que éstas surgen del texto de la ley cuestionada: "Se quiere dejar en claro que la supuesta falta de prueba a la que hace mención el sentenciante carece de todo sentido, puesto que surge del propio texto de la ley".

Por último señaló: "En el hipotético e improbable caso de que V.E. mantenga el criterio recurrido mantengo la reserva del caso federal desarrollada en el escrito de inicio, lo que solicito se tenga presente" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 720 del 15/01/22: "Se cayó la apelación de la CAPHyAI".

[2] Inciso h) del artículo 9º de la Ley 941: "Depositar los fondos del consorcio en una cuenta bancaria a nombre del Consorcio de Propietarios. Para los consorcios que soliciten la apertura de la cuenta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza como opción la gratuidad de dicha cuenta, la cual incluye el trámite de alta, mantenimiento mensual, emisión de chequeras, transferencias bancarias y/o cualquier otro cargo que corresponda a la ciudad".

[3] Inciso n) del artículo 9º de la Ley 941: "Dar de alta al consorcio que administra en la plataforma web de la Aplicación Oficial y mantener actualizada la misma, con las especificaciones establecidas en el Capítulo VI de la Ley".

[4] A fortiori es una locución latina que significa 'con mayor motivo'.


Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios


Ley de alivio fiscal

La CAPHyAI pidió a la AFIP que incluya a los consorcios

Sede de la AFIP frente a Plaza de Mayo [Foto Pequeñas Noticias]

Sede de la AFIP frente a Plaza de Mayo [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/02/22] El pasado 13 de enero la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) solicitó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) que incluya a los consorcios de propietarios entre los beneficiarios del régimen de condonación de deudas para entidades sin fines de lucro, micro y pequeñas empresas y pequeños contribuyentes. Éste fue creado por la Ley 27.653 también conocida como "Ley de alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el COVID-19" [1].

Las autoridades de la entidad explicaron que de acuerdo al espíritu de la norma para ser beneficiario los contribuyentes deben reunir dos características: La primera no deben perseguir fin de lucro y la segunda haber sido directamente perjudicados en su economía por las medidas restrictivas que hubo que adoptar para combatir la pandemia COVID-19 y agregaron: "Dentro de ese grupo de contribuyentes directamente perjudicados entendemos se encuentran los consorcios de propiedad horizontal".

Sobre la primera característica puntualizó: "La gran mayoría de los consorcios de propiedad horizontal están inscriptos como empleadores y a la vez no realizan actividad económica alguna -excepto cuando perciben alquileres- con lo que los ingresos para hacer frente a sueldos, cargas sociales y demás gastos provienen de la recaudación de expensas".

Sobre la segunda amplió que "la gran mayoría de ellos producto de la crisis económica que se había desatado a partir del año 2018 sumado a los perjuicios generados por la pandemia COVID-19 han sufrido demoras en la recaudación de las expensas que derivaron inevitablemente en la acumulación deudas de seguridad social ya que, con toda lógica, en caso de no contar con fondos suficientes siempre se prioriza el pago de sueldos por sobre el de obligaciones fiscales".

Por otra parte agregó: "La mayoría de la población del país vive en grandes centros urbanos y se estima que el 80 % de esa población vive en consorcios de propiedad horizontal. Con el agravante que aun siendo bien de familia o única vivienda no queda protegido frente a embargos por deudas de expensas".

Le recordó a la AFIP que el 30 de enero de 2020 consideró a los consorcios de propietarios como entidades civiles sin fines de lucro y que mediante el inciso b) del artículo 4º de la Resolución General AFIP Nº 4667/20 [2] les asignó el código 167.

Código

Forma Jurídica

86

Asociación

87

Fundación

94

Cooperativa

95

Cooperativa Efectora

167

Consorcio De Propietarios

203

Mutual

215

Cooperadora

223

Otras Entidades Civiles

242

Instituto De Vida Consagrada

256

Asociación Simple

257

Iglesia O Entidades Religiosas

260

Iglesia Católica

Por último resaltó: "Resulta imperioso que se pueda incorporar a los consorcios en este régimen de condonación de deudas, para aliviar la situación angustiante de millones de personas que están viviendo en edificios de propiedad horizontal"  Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Ley 27.653 (BO: 11/11/21).

[2] Resolución General AFIP N° 4667/20.


Administrador Adolfo Tami


Banco de la Ciudad de Buenos Aires

Moderado aumento de las ‘cuenta consorcio

[BPN-15/02/22] Durante el 2021 se abrieron 1.320 ‘cuentas consorcio’ en el Banco Ciudad de Buenos Aires. En el año este tipo de cuentas creció un 28.21%. Durante el año pasado se abrieron 1.320 cuentas.

Año

Promedio
incremento
mensual

2017

23

2018

59

2019

175

2020

40

2021

110

Se observa que el incremento mensual promedio de la apertura de cuentas no creció significativamente durante la pandemia. El año pasado si bien mejoró con respecto al 2020 no llegó a los niveles de 2019.

Números finos

De las 6 mil cuentas consorcio que existían en el Banco Ciudad el 31 de diciembre del año pasado, 5.857 (97,62%) pertenecían a clientes de la CABA y 143 (2,38%) a consorcios situados en la provincia de Buenos Aires.

 

Cuentas

CABA

5.857

PBA

143

Total

6.000

La fuente

La información fue provista el pasado 13 de julio por Alejandra Díaz de Vivar, funcionaria de la Secretaría de Directorio de esa entidad financiera estatal local ante un pedido de información pública que se le realizara en el marco de la Ley 104. Textualmente se le solicitó que informen la cantidad de cuentas corrientes activas "Consorcio de propietarios" durante el segundo semestre de 2021, en forma mensual Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración Alas

Administradora Rosa Matilde Núñez


Curso del SERACARH

Zulberti le pidió a Zago que proponga derogar su ley

Andrés Zulberti, Coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3 [Foto archivo de Pequeñas Noticias]

Andrés Zulberti, Coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3 [Foto archivo de Pequeñas Noticias]


[BPN-15/02/22] El pasado 9 de febrero Andrés Zulberti, Coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, le solicitó al legislador Oscar Zago (La Libertad avanza) mediante un correo electrónico que proponga derogar Ley 4.803 (Curso del SERACARH) del cual fuera su autor en 2013 [1].

En primer término le explicó al legislador que los consorcios de propietarios -conforme el artículo 148° del Código Civil y Comercial de la Nación- no tienen por finalidad el lucro y sus integrantes son simples ciudadanos/consorcistas/propietarios unidos por un edificio en común.

En segundo le aclaró que "aquellos consorcios que son empleadores de trabajadores tienen la obligación de contratar una ART (Aseguradora de Riesgo de Trabajo) por Ley 24.557 y contribuir con un porcentual y una suma fija" y agregó: "Dicha ley contempla la capacitación de los trabajadores".

Finalmente le señaló que a partir de la ley de su autoría "se da la doble imposición en los consorcios de contribuir [sobre un mismo punto] por una ley local y a otra nacional".

Ya en plano personal lamentó profundamente que la Ley 4.803 fuera sancionada y le develó que no votó a la alianza LLA/MID (La Libertad Avanza [2]/Movimiento de Integración y Desarrollo) en las últimas elecciones –siendo este su primer voto nulo - cuando se enteró por Pequeñas Noticias que se postuló como tercer precandidato a legislador porteño" [3].

Es de recordar que el Curso del SERACARH ya costó a los consorcistas porteños más de 36 millones de dólares [ver nota] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 510 del 4/12/13: "El curso del SERACARH tiene su propia ley".

[2] La alianza electoral transitoria La Libertad Avanza (LLA-Lista 504) está integrada por los partidos: Unite por la Libertad y la Dignidad, Movimiento de Jubilados y Juventud y Movimiento de Integración y Desarrollo cuyo jefe político es Javier Milei.

[3] BPN Nº 710 del 16/08/21: "¡¡¡ Volvió Oscar Zago !!!".


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA O SUPLENCIA: Busco trabajo en Capital Federal, tengo referencias comprobables, soy responsable, puntual. - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 6283-5195 de 9 a 23 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: fernando_torres83@hotmail.com

ADMINISTRATIVA, RECEPCIONISTA, SECRETARIA: Tengo 27 años, soy estudiante de Medicina y estoy buscando un empleo part time que me permita desarrollarme, adquirir experiencia y del mismo modo seguir solventando mi carrera universitaria. Dispongo de CV actualizado con experiencia en administración de centro de salud, atención al cliente y ventas - Nombre: Teresa Belén Gomez - Localidad: Florencio Varela / Buenos Aires - Correo electrónico: teresagomez994@gmail.com

LIMPIEZA: Me ofrezco como operaria de limpieza. Tengo gran experiencia y referencias disponibles. Tengo muchas ganas de trabajar, soy puntual y comprometida con mi trabajo. Siempre estoy dispuesta a aprender más si así se require. - Nombre: Nadia Fiorella López - Llamar al teléfono: (11) 6619-5143 de 9 a 19 hs de lunes a jueves - Localidad: Boedo (Capital Federal) - Correo electrónico: marilynmanson636@gmail.com

ENCARGADO PERMANENTE DE EDIFICIO CON VIVIENDA: Estoy buscando empleo como encargado permanente de edificio con o sin vivienda en CABA. - Nombre: Miguel Escobar - Llamar al teléfono: (11) 2396-6541 - Localidad: Floresta / - Correo electrónico: jotaerre2305@gmail.com

TRABAJOS ADMINISTRATIVOS: Puedo realizar conciliaciones y tareas de oficina - Nombre: Monica Martos - Llamar al teléfono: (11) 4429-5522 de 14 a 18 hs. - Localidad: CABA - Correo electrónico: monicamartos59@gmail.com

ENCARGADO NO PERMANENTE SIN VIVIENDA: Busco trabajo en la zona de Monte Castro, Floresta, Paternal, Caballito. A partir de las 12:00 ya que a la mañana estoy trabajando en un edificio. Soy responsable,cumplidor y puedo presentar referencias de la administración con la que trabajo. - Nombre: Daniel Nahuel Núñez - Llamar al teléfono: (11) 6557-9371 de 8 a 21 hs.- Localidad: Caballito Norte / Buenos Aires - Correo electrónico: 68danielnunez68@gmail.com

ASISTENTE ADMINISTRATIVA: Tengo 48 años, soy administradora de consorcios pero no ejerzo. Estoy buscando trabajo administrativo medio tiempo. Tengo referencias laborales - Nombre: Edith Karina Tuschi - Llamar al teléfono: (15) 2752-8814 de 15 a 19 hs. - Localidad: San Cristóbal / CABA - Correo electrónico: edithtuschi@gmail.com

ADMINISTRATIVO ADMINITRACIÓN DE CONSORCIOS: Labores dentro y fuera de la administración con experiencia en el rubro.Vivo en CABA - Estudiante universitario - Nombre: Pablo Isasmendi - Llamar al teléfono: (11) 5823-5200 de 11 a 18 hs. - Localidad: CABA/ Floresta - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com

ENCARGADO DE EDIFICIO: Busco trabajo de jornada completa en zona sur o Capital Federal - Soy muy responsable y trabajador - Nombre: Alberto Gustavo García - Llamar al teléfono: (11) 6521-7712 / 4230-3198 de 8 a 20 hs. - Localidad: Monte Chingolo / Provincia de Buenos Aires - Correo electrónico: agustavogarcia@yahoo.com.ar

ENCARGADO DE EDIFICIOS Y/O AYUDANTE: Busco trabajo en la zona norte, CABA y zona sur - Responsable, trabajador, referencias comprobables, manejo de bombas de agua y calderas - Suplente para fines de semana preferentemente en CABA - Nombre: Martin Tejeda - Llamar al teléfono: (11) 5852-2362 de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / Buenos Aires - Correo electrónico: martinseb.tejeda@gmail.com

ENCARGADO: Busco Trabajo de encargado en CABA o Zona Sur. Disponibilidad horaria - Nombre: Cristian Beleni - Llamar al teléfono: (11) 6103-9305 - Localidad: CABA / - Correo electrónico: gastonbeleni@outlook.com

 

Claudio Moroni

Los trabajadores con coronavirus siguen cubiertos por las ART

Claudio Moroni, ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación [Foto Ministerio de Trabajo]

Claudio Moroni, ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación [Foto Ministerio de Trabajo]


[BPN-15/02/22] El pasado 4 de febrero Claudio Moroni, ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, afirmó que los trabajadores con coronavirus seguirán cubiertos por las ART (Aseguradoras de Riesgo de Trabajo) aunque aclaró que a diferencia de lo que sucedía al comienzo de la pandemia, en la actualidad "debe pasar por una comisión médica" como cualquier otra enfermedad que un empleado pueda contraer.

Este fue un escalón más en la pulseada que mantiene Moroni con el secretario adjunto del gremio de camioneros, Pablo Moyano, quién el día anterior había realizado una movilización masiva al Ministerio de Trabajo para reclamar la inmediata prórroga del Decreto 39/21 que obligaba a las ART a otorgar cobertura a los choferes del sector que contraigan la COVID-19 hasta el 31 de diciembre del año pasado.

Es de recordar que el decreto 39/2021 del Poder Ejecutivo determinó en enero del año pasado que esta enfermedad producida por el virus SARS-CoV-2 "se considerará presuntivamente [...] profesional (no listada) [...para los trabajadores que...] hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular", o sea al personal esencial, como por ejemplo los encargados de edificios.

El COVID-19 como enfermedad profesional

Fecha

Decreto

BO

Desde

Hasta

22/01/2021

39

23/01/2021

23/01/2021

23/04/2021

27/05/2021

345

28/05/2021

24/04/2021

30/06/2021

25/06/2021

413

28/06/2021

01/07/2021

31/12/2021

Sobre el tema el medio digital La Izquierda Diario reflexionó que ahora "cada trabajador tiene que demostrar, ante una comisión médica de la ART, que contrajo la enfermedad dentro de la empresa. Como las ART son un mero negocio, los tiempos y chances de lograrlo son casi imposibles. La decisión se da en medio de una montaña de deudas que tiene las aseguradoras con obras sociales y familiares de enfermos y víctimas".

Agregó también que uno de los motivos del malestar por el que pasan las cúpulas sindicales es que los ‘costos’ que no cubrirían las aseguradoras de riego de trabajo la tendrían que asumir las obras sociales que administran.

La Federación Nacional de Trabajadores Camioneros había anunciado para el jueves 10 de febrero a las 12 horas una nueva movilización al Ministerio de Salud pero finalmente la suspendió. Mediante un comunicado, anunció que "por parte del Gobierno Nacional se intenta llegar a un acuerdo mediante tratativas en las últimas horas, escuchando el pedido que encabeza Pablo Moyano" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Grupo Octubre

Santa María puso otro pie en la publicidad en la vía pública

Fotoilustración Pequeñas Noticias.

Fotoilustración Pequeñas Noticias.


[BPN-15/02/22] El pasado 4 de febrero se difundió que el Grupo Octubre realizó un acuerdo con Tembici - la empresa que opera las estaciones de Ecobici porteñas- para comercializar sus pantallas de publicidad llamadas también "chupetes verdes".

Este grupo es conducido por Víctor Santa María titular del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) y entre las empresas más importantes que lo componen están Canal 9, Página/12, AM 750 y la UMET.

Este es el segundo pie que pone Santa María en el negocio de la publicidad en la vía pública: El 28 de junio del año pasado se difundió que compró la empresa VPM Publicidad que se dedica hace más de 10 años a los carteles publicitarios en la vía pública, especialmente en los colectivos [1].

Esta empresa -integrada al Grupo Octubre- sería el trampolín del sindicalista para meterse en el negocio grande si la Ciudad alguna vez decide que es momento de volver a licitar las concesiones de la publicidad en la vía pública de la Ciudad.

Según el medio La Política Online (LPO) la este tipo de publicidad es uno de los negocios menos conocido y más lucrativos de la Ciudad por dos razones: la primera, porque es un negocio de liquidez fluida y la segunda, por la influencia que genera en la política que necesita de los carteles como el agua. En la actualidad y hace tiempo está monopolizado por sólo tres grandes jugadores.

Uno de ellos es Publicidad Sarmiento, perteneciente a la familia Terranova, cercana a Mauricio Macri. El otro es Wall Street Vía Pública de Enrique Albistur, amigo de Alberto Fernández y el jugados hoy más debilitado es PC de Gabriel Romero de origen radical que entró en conflicto irreparable con el kirchnerismo cuando testificó en la causa Cuadernos contra la vicepresidenta por supuestas coimas en la extensión del contrato de la Hidrovía.

Desde el Grupo Octubre ratificaron su interés en este segmento de la publicidad: "Hace más de un año que estamos con vía pública, con tv en los colectivos y lunetas. Tembici necesitaba una comercializadora para los chupetes que tienen en la calle y nos eligieron a nosotros", explicaron fuentes del Grupo Octubre a LPO Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 708 del 15/07/21: "Víctor Santa María sigue acumulando compras".



Colombia

Se desarrolló una aplicación que alerta sobre trámites inmobiliarios

Dra. Goethny Fernanda García Florez, superintendente de Notariado y Registro [Foto Facebook]

Dra. Goethny Fernanda García Florez, superintendente de Notariado y Registro [Foto Facebook]


[BPN-15/02/22] Desde el 1º de febrero los colombianos podrán ser informados por mensaje de texto o correo electrónico si se solicita algún trámite en alguna de sus propiedades inmobiliarias.

Para lograr este objetivo la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) de Colombia desarrolló un aplicativo llamado "Alertas Tempranas" que informará al usuario si se inician sobre alguna de sus propiedades cualquiera de más de 100 posibles actos registrales entre los cuales se encuentran la compraventa, la hipoteca, la sucesión, la permuta, el embargo, la demanda, la aclaración, el comodato, la fiducia, la servidumbre, el usufructo, etc.

De esta forma el Gobierno colombiano considera que el sistema de ‘Alertas Tempranas’ reducirá el riesgo de que se produzcan suplantaciones de identidad, la falsificación de firmas cuando se transfieran derechos sobre un inmueble y el abuso de confianza de un apoderado para apropiarse indebidamente de un bien o para enajenarlo sin autorización.

Desde el 1º de febrero y hasta el 1º de mayo el servicio será gratuito. Luego se cobrarán 12.500 pesos colombianos (u$s 3,16) por propiedad por año y 11.300 pesos colombianos (u$s 2,86) por propiedad por año cuando se trate de más de 5 propiedades.

Se calcula que en ese país hay 18,7 millones de propiedades inmobiliarias que podrían estar registradas en este sistema. Esto significa que para el Estado se trataría de un ingreso potencial de entre 53,5 y 59 millones de dólares anuales.

El director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Víctor Muñoz, dijo que "La Superintendencia de Notariado y Registro pone a disposición de la ciudadanía este servicio [...cuyo...] fin es alertar rápida y eficientemente a las personas sobre lo que pasa con sus propiedades y, si hay una irregularidad, podrán denunciarla y ponerla en conocimiento de las autoridades"

Por último, la Dra. Goethny Fernanda García Florez, superintendente de Notariado y Registro, aseguró que "con esta herramienta los ciudadanos tendrán en sus manos toda la información, en tiempo real, de lo que pase con sus predios y evitarán posibles actos de corrupción en su propiedad inmobiliaria" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Ámsterdam

Una propiedad se podrá vender luego de vivir cuatro años en ella

[BPN-15/02/22] El municipio de Ámsterdam planea introducir la obligación desde el 1º de abril a todos aquellos que compren una vivienda con una valuación fiscal de hasta 512.000 euros (585 mil dólares) de residir en ella durante los primeros cuatro años como una forma de paliar la fuerte crisis de vivienda en la ciudad.

Con esta medida planea paliar la fuerte crisis de vivienda en la ciudad y proteger el 60% de las viviendas en propiedad del riesgo de caer en manos de grandes inversores.

Según señaló a la emisora local AT5, mediante esta providencia "los compradores de primera vivienda y las personas de ingresos medios tienen más posibilidad de adquirir una casa". Se estima que la medida afectará a seis de cada diez viviendas en propiedad existentes en Ámsterdam.

Medios europeos informaron que la ciudad tiene disparados los precios desde hace años. En los últimos siete años, el coste de poseer una vivienda en la ciudad se ha más que duplicado, alcanzando un valor medio de unos 600 mil euros (u$s 685 mil) y el precio medio de un alquiler es de 1.466 euros (u$s 1.674) al mes. Además, no hay ya prácticamente viviendas asequibles para personas de ingresos bajos o medios.

Aunque el ayuntamiento todavía tiene que aprobar la norma el concejal de vivienda, Jakob Wedemeijer, no espera contratiempos porque considera que tiene el respaldo político suficiente. Estaba previsto que el comité de vivienda la discutiera el 9 de febrero, se votará una semana después en el concejo municipal y –de ser aprobada- entrará en vigor el 1 de abril.

Hay otros 130 municipios holandeses, incluidos Róterdam y Utrecht que también planean introducir esta medida Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Este mes las escalas salariales perdieron contra la inflación

[BPN-15/02/22] Este mes el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios [1] perderá levemente contra la inflación -0,28 puntos porcentuales con respecto al mes pasado, ganará 8,13 puntos en el acumulado anual y nuevamente perderá -3,62 puntos en el interanual.

El incremento mensual

En febrero el promedio de las escalas salariales se incrementó un 3,52% con respecto al mes pasado.

Esto se debió al aumento del 5% sobre las escalas salariales de febrero del año pasado y la última cuota del bono de 8 mil pesos. Ambos aumentos fueron acordados entre las tres entidades de administradores [2] y la FATERyH [3]. El primero el 22 de febrero del año pasado [4] y el segundo el 16 de junio y fue homologado el 24 de ese mes mediante la Resolución 779 por el Ministerio de Trabajo [5].

El segundo mes de este año el promedio de las escalas salariales será de 77.626 pesos.

El acumulado anual

El incremento acumulado anual de las escalas salariales desde enero de este año hasta febrero será de un 15,88%. El incremento acumulado creció 3,94 puntos con respecto al mes pasado.

El promedio de las escalas salariales de diciembre del 2021 fue de 66.988 pesos.

El incremento interanual

Desde febrero de 2021 hasta el mismo mes de este año las escalas salariales se incrementaron en un 47,17%, una diferencia con respecto del mes pasado de -1.93 puntos.

En febrero del año pasado el promedio de las escalas salariales fue de 52.747 pesos mensuales.

El promedio anual

El promedio anual de los primeros dos meses de este año contra los dos primeros del año pasado arrojó un aumento del 48,11%. Una diferencia de -0.99 puntos con respecto al mes pasado.

INDEC

Para el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la inflación de febrero será de un 3,8%.

Según estos números, la inflación acumulada anual será de un 7,74% y la interanual está estimada en un 50,90%.

Jubilados

Mientras tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en febrero será nuevamente de 29.061,62 pesos mensuales, exactamente igual que durante el mes anterior.

En dólares, este haber mínimo representa 270 dólares al precio oficial, 159 dólares a cotización turista o 138 dólares según el mercado blue [6].

En febrero del año pasado ese haber estuvo en 19.035,45 pesos y en diciembre fue de 37.061,62 pesos por lo que el incremento acumulado anual fue de -21,59 –a consecuencia del bono de 8 mil pesos de diciembre- y el interanual de un 52,67%. Una pérdida de poder adquisitivo contra la inflación de 29,33 puntos en lo que va del año y una apreciación de 1,89 puntos durante los doce últimos meses Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En octubre y noviembre se sumó los 2.500 pesos otorgados por el Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional mediante el Decreto 561/2019. Se sumó el incremento salarial que otorgó el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para enero y mil pesos más para febrero y meses subsiguientes y el acuerdo que otorgó un bono de 8 mil pesos hasta febrero de este año.

2] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[3] FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

[4] BPN Nº 700 del 15/03/21: "Santa María acordó un 32% de aumento en 4 tramos".

[5] BPN Nº 708 del 15/07/21: "Ya se homologaron los seis bonos de 8 mil pesos".

[6] Según cotizaciones del 7/02/2022.


Correo de Opinión

Quienes representen a los consorcistas tienen que tener algún tipo de mandato por el Sr. Julio Gil Domínguez

Sr. Claudio García Rivas, director de Pequeñas Noticias:

Le solicito pueda publicar mi comentario y reclamo porque este diario digital de Pequeñas Noticias dedicado a la actividad consorcial es leído por administradores, legisladores, consorcistas, etc.

Solicito que entes del próximo convenio -quienes se presentan en representación de los consorcistas conjuntamente con el SUTERH y el Ministerio de Trabajo- primero tengan una reunión con los consorcistas para saber qué se va a tratar en las mismas.

Estas reuniones se pueden realizar en CAPHyAI y/o en las comunas de la ciudad (CABA) y difundir a través de publicaciones como pueden ser Pequeñas Noticias u otros medios que consideren, con una anticipación no menor a 20 días.

Por varios motivos quienes representen a los consorcistas tienen que tener algún tipo de mandato para representar a los consorcistas y el mismo tendría que ser aprobado por una cantidad representativa de consorcios para que tenga validez el convenio que se firme

A mi entender hay varias arbitrariedades en los convenios que se firman aunque -al margen de mi opinión- quienes representan a alguien tienen que contar con su aprobación, en este caso de los consorcistas.

A modo de ejemplo, hasta para autorizar aumentos en las tarifas de servicios públicos se debe hace una audiencia pública.

Teniendo en cuenta que estos convenios afectan al 70% de quienes viven en la CABA espero que quienes están relacionados con la actividad de los consorcios y legislan sobre el tema tengan en consideración esta propuesta ya que –de otro modo- el daño que se produce es muy grande. Hay que tener en cuenta que estos aumentos se agregan a otros gastos adicionales debido a nuevas normas y reglamentaciones que cada tanto se le exigen a los consorcios.

Agrego además que desde la recuperación de la democracia en año 1983 mucho se habla de los consorcios pero han pasado casi 40 años y todo sigue igual aunque con más gastos.

Mientras tanto jubilados y trabajadores están con salarios cerca de los mínimos

Agradezco la lectura de esta nota.

Saludos cordiales Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Julio Gil Domínguez

(26/01/2022)


Rincón Solidario

Impuesto a los débitos y créditos bancarios por la Cra. Viviana Grinberg

Hola, soy Jorge, administrador de algunos edificios de la ciudad de Azul y quisiera hacerles una consulta impositiva.

Podrían informarme si los consorcios tienen algún tratamiento diferencial respecto de la Ley 25.413 (Impuesto a los débitos y créditos bancarios).

Muchas gracias y saludos.

Jorge [Azul / Pcia. de Buenos Aires]

(8/02/2022)

Hola Jorge:

No tienen tratamiento diferencial. Se habló de eximirlos del pago, pero eso no sucedió.

Saludos.

Viviana Grinberg Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Contadora Publica Viviana Grinberg es especialista en Propiedad Horizontal y se desempeña en la práctica privada realizando  auditorías de expensas, seguimientos anuales y controles de gestión. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a vgrinberg@arnet.com.ar o llamarla a los teléfonos 4553-6094 ó 4552-9692.


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.


Boletín de Pequeñas Noticias

1º Edición Nº DCCXXII

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