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15 de Marzo de 2022 - Nº 724

Encargados de edificios

Se exceptuó a las encargadas mujeres trabajar los 8 de marzo

La excepción será desde el 8 pasado en adelante El acuerdo lo firmaron las tres entidades de administradores y el sindicato Se homologó en ocho días hábiles Por otra parte, se pudo confirmar la cantidad de puestos de trabajos que brindan los consorcios a varones, mujeres y sus remuneraciones promedio mensuales.

[BPN-15/03/22] El pasado 3 de marzo el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social homologó el acuerdo celebrado entre las tres entidades de administradores que representan al sector patronal y la FATERyH que exceptúa a las mujeres encargadas de edificios de prestar tareas en los consorcios todos los días 8 de marzo con el fin de apoyar su participación y movilización en los actos por el Día Internacional de la Mujer. El acuerdo establece también que "la liberación acordada [...] implica que las trabajadoras no sufrirán descuento alguno en sus remuneraciones"....


 

 

Paritarias encargados de edificios 2022

El acuerdo en detalle por el Dr. Enrique Miguel Albisu

El prestigioso abogado laboralista analizó punto por punto el acuerdo paritario que exceptuó a las encargadas de edificios mujeres de prestar tareas en los consorcios todos los días 8 de marzo con el fin de apoyar su participación y movilización en los actos por el Día Internacional de la Mujer.

Día Internacional de la Mujer

Una mirada genérica sobre (casi) toda la comunidad consorcial

De una investigación realizada por Pequeñas Noticias se desprendió que en un futuro las administradoras mujeres podrían ser mayoría   Por primera vez se pudo confirmar que entre los encargados de edificios hay más puestos de trabajo cubiertos por varones que por mujeres.


Administración Global


Registro Público de Administradores de Consorcios porteño

El año pasado se denunció a un administrador cada 5 horas

Durante el 2021 se denunció a un administrador de consorcios cada 5 horas Sin embargo, Defensa del Consumidor porteño ordenó una sanción cada 17 horas Todavía faltan publicar en el Boletín Oficial casi el 50% de los sancionados en 2018 En años posteriores esa relación va subiendo hasta llegar al 75%.


Registro Público de Administradores

El RPA exhortó a los administradores a cumplir con la Ley Zago

Según los funcionarios se ha detectado "en muchos casos" la omisión de acreditación de la realización del curso del SERACARH Se espera que este año ese curso genere ingresos por más de 300 millones de pesos.


Medios

Consorcios en la mira

Dos exintegrantes del programa de TV por cable "Reunión de consorcios TV" inauguraron su propio programa en el mismo canal llamado "Consorcios en la mira" Se definieron como un programa de servicios Los dos primeros programas se dedicaron principalmente al tema de alquileres.


Registro Público de Administradores bonaerense

ADEPROH se unió al pedido de reglamentación de la Ley 14.701

La entidad abrió una petición en la plataforma change.org en la que solicitó se reglamente la ley que hace 8 años creó un Registro Público de Administradores bonaerense A lo largo de estos años ni los funcionarios del PRO ni los del Frente para la Victoria demostraron interés en el tema.


Proyecto de ley porteño

Sistema de Gestión Digital de Alquileres

Tres legisladoras del Frente de Todos presentaron una iniciativa según la cual se concentrarían todos los datos de contratos de alquiler, propietarios, inquilinos, empresas y expensas en los servidores informáticos de la CABA Se llevaría un registro de las comunicaciones entre los actores Promoverían la bancarización obligatoria de todos los pagos relacionados con los alquileres.


Proyecto de ley porteño

Subsidios y créditos para el mantenimiento de pequeñas consorcios

Cuatro legisladores porteños presentaron una iniciativa que otorgará subsidios y créditos para el mantenimiento y puesta en valor de consorcios de hasta 20 unidades y más de 20 años de antigüedad Para realizar las obras deberán contratar profesionales y PyMEs locales.


Administradores de consorcios

Clara Muzzio les organizó una visita al Centro de Reciclaje porteño

El objetivo fue que las autoridades de la CAPHyAI, AIERH y ACAPPH vieran de primera mano cómo funciona el sistema de reciclado luego de la separación en origen Las autoridades consideraron que los administradores les permiten llegar a los vecinos para concientizarlos.


Correo de Lectores

Administrar en provincia de Buenos Aires

(7/03/2022)


Pequeñas Noticias

Nosotros

Consorcios en tiempos de pandemia

El fin de los protocolos en los consorcios

Vilma Bouza derogo el último protocolo vigente para la propiedad horizontal luego de casi dos años de firmado el primero Consideró que para tomar la medida consideró el descenso de casos positivos de COVID-19.


Registro Público de Administradores

Hay tiempo hasta el 31 de octubre para hacer las DDJJ

Los mandatarios de los consorcios dispondrán desde el 1º de marzo hasta el 31 de octubre para realizar las DDJJ de los edificios que administraron el año pasado En el certificado que se emita constarán las multas que se le hubieran impuesto durante los dos últimos años.


Medios

¡¡¡Vuelve Consorcio de Radio!!!

Se trasmitirá todos los miércoles de 20 a 21 hs. por el medio digital Radio Capital Gracias a las cámaras de video en el piso habrá varias opciones para ver el programa en vivo por la web El miércoles 30 el director de Pequeñas Noticias conversará con los conductores sobre la actualidad consorcial.


SUTERH + AFA + Amazon Prime Video

Santa María explora nuevas posibilidades de negocios

La AFA comunicó que su presidente, Claudio Tapia, se reunió con el titular del sindicato de encargados de edificios y el director de la multinacional para explorar nuevas unidades de negocios.


Proyecto de ley porteño

Una nueva oblea, esta vez de eficiencia energética

Cuatro legisladores porteños presentaron un proyecto de ley que crearía una nueva oblea para propietarios y consorcios llamada "Etiqueta de eficiencia energética" La iniciativa es copia de un proyecto de agosto de 2020.


Proyecto de ley porteño

Oficina Comunal de Atención y Orientación sobre Alquileres

Siete legisladores porteños presentaron un proyecto de ley que crearía en cada comuna una oficina que brindará información y asistencia gratuita a toda persona que tenga interés en alquilar un inmueble con destino habitacional.


Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Pérdida en el mensual y el interanual pero ganancia en el acumulado

En marzo las escalas salariales de los encargados de edificios perderán contra la inflación mensual y en la medición interanual pero ganarán en el acumulado  La inflación de febrero superó lo previsto en casi un punto.


Correo de Lectores

La liquidación de vacaciones en el caso de jornaleros

(3/03/2022)


Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados

Vínculos a nuestras redes sociales


Encargados de edificios

Se exceptuó a las encargadas mujeres trabajar los 8 de marzo

Fotoilustración creada sobre fotos de Pequeñas Noticias.

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[BPN-15/03/22] El pasado 3 de marzo el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social homologó el acuerdo celebrado entre las tres entidades de administradores que representan al sector patronal [1] y la FATERyH [2] que exceptúa a las mujeres encargadas de edificios de prestar tareas en los consorcios todos los días 8 de marzo con el fin de apoyar su participación y movilización en los actos por el Día Internacional de la Mujer. El acuerdo establece también que "la liberación acordada [...] implica que las trabajadoras no sufrirán descuento alguno en sus remuneraciones".

Según la redacción del acuerdo, éste había sido firmado "luego de un intenso intercambio de ideas y posiciones" el 17 de febrero entre Osvaldo Bacigalupo (FATERyH), el Adm. Osvaldo Emilio Primavesi (UADI), el Adm. Miguel Ángel Summa (CAPHyAI) y la Dra. Patricia Fernández (AIERH).

Las encargadas de edificios

Según fuentes oficiales [3] durante el 2021 las trabajadoras de los consorcios representaron el 27,61% de la fuerza laboral en este sector y los varones el 72,39%.

Por otra parte –según las mismas fuentes- la remuneración promedio de una encargada de edificio mujer fue el 37,33% del total de los salarios promedio del mes mientras que la de los hombres fue el 62,67%. En otras palabras el salario promedio durante ese año de una encargada fue de 15.742 pesos mensuales mientras que los hombres percibieron en promedio 41.401 pesos mensuales.

Relación trabajadores varones y mujeres durante el 2021.

Como las escalas salariales de sector de la propiedad horizontal no permiten discriminar entre varones y mujeres, las razones de estas diferencias tal vez habría que buscarlas en la cantidad de horas promedio que trabajó cada uno de los grupos estudiados y en qué funciones se desempeñó.

Los argumentos del acuerdo

Retomando, los signatarios del acuerdo lo fundamentaron argumentando:

Que en los últimos años se viene sensibilizando a la población argentina en materia de violencia de género, lo que permite una mayor visibilización de las situaciones dadas para encarar acciones que busquen su eliminación.

Que la lucha contra la erradicación de las violencias contra las mujeres se lleva adelante tanto por los colectivos de personas, organizadores civiles y por el Estado Nacional.

Que mediante la Ley 26.485 se estableció la protección integral de las mujeres, para prevenir, sancionar y erradicar todo tipo de violencias contra ellas.

Que en el marco de la actividad de trabajadores/as de edificios, las partes están fuertemente comprendidas en la prevención y lucha contra las situaciones de violencia, lo que han reflejado en el art. 33 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 589/10 y 590/10.

Que como reflejo de eses compromiso, la FATERyH lleva adelante un Programa de Prevención y Orientación a través de la Red Vivir Sin Violencia,

Que el 8 de marzo de cada año se conmemora el día internacional de la mujer, en el cual se convocan actos traducidos en acciones concretas y colectivas a nivel mundial, antes las distintas violencias que las mujeres padecen, realizándose en la Argentina diversas actividades en torno a dicha convocatoria.

Que las partes expresan la importancia de apoyar, fomentar y participar directamente en medidas y acciones que logren la eliminación de todo tipo de violencia en general y en la actividad de trabajadores/as de edificios en particular.

La novedad había sido anticipada por Pequeñas Noticias en primicia exclusiva quien la difundió entre sus seguidores en sus redes sociales el 24 de febrero [4].

El 3 de marzo, la Secretaría de Trabajo luego de observar que "las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente" ordenó su homologación mediante la Resolución Nº 423.

La noticia en los medios

El primero en difundir la novedad fue Página/12 medio que pertenece al Grupo Octubre conducido por Víctor Santa María, titular del gremio que impulsó ese acuerdo.

Sin embargo, su título "8M: Día no laborable para las trabajadoras de edificios" aportó confusión al tema porque el concepto "día no laborable" está normado por el artículo 166º de la Ley de Contrato De Trabajo que define claramente: "En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador [...]. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple." [5].

Según el título de Página/12 más de un consorcio o administrador puede interpretar que como es día no laborable el consorcio tiene la potestad de decidir si lo otorga o no.

Es de señalar que éste no es el caso. El derecho de la trabajadora a quedar exceptuada de sus tareas no depende de la voluntad del empleador porque fue impuesto por un acuerdo paritario que, una vez homologado, tiene fuerza de ley.

Por otra parte, Página/12 destacó que "el SUTERH se convirtió en el primer sindicato que tiene el 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer Trabajadora, como día no laborable", destacando su condición de pionero pero reiterando el erróneo concepto de "no laborable".

Antecedentes

El 21 de abril de 2017 las mismas entidades de administradores y el sindicato habían firmado un acuerdo que estableció que las encargadas mujeres podían ser liberadas de sus tareas a partir de las 13 horas de ese miércoles 8 de marzo (8M) para participar en las actividades y movilizaciones convocadas por los organizadores del "Paro internacional de mujeres" y del colectivo "Ni una menos".

Es de destacar que en esa oportunidad se pactó que si la trabajadora ese día se retiraba del trabajo a la hora acordada no sufría descuento alguno en sus remuneraciones pero si decidía no abandonar sus tareas, esas horas trabajadas se liquidarían normalmente como cualquier día hábil de trabajo [6] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[2] Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (FATERyH).

[3] El Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial (OEDE) que depende del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

[4] Página de Facebook, grupo Pequeñas Noticias en Facebook, grupo Comunidad Consorcial en Facebook, Instagram, Telegram, grupo Pequeñas Noticias en LinkedIn y lista de distribución de WhatsApp.

[5] Ley de Contrato de Trabajo.

[6] BPN Nº 603 del 10/05/17: "Finalmente se homologó la licencia del 8M".


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


Paritarias encargados de edificios 2022

El acuerdo en detalle por el Dr. Enrique Miguel Albisu

Dr. Enrique Miguel Albisu [Foto archivo Pequeñas Noticias]

[BPN-15/03/22] El Dr. Enrique Miguel Albisu consideró que aquellas encargadas de edificios mujeres que no participen de las actividades y movilización que se realicen por el Día Internacional de la Mujer tienen que trabajar y si no lo hacen se les tendría que descontar el día. Agregó también dos conceptos importantes: de trabajar ese día cobrarían el jornal ordinario y de superponerse ese día con las vacaciones no se computaría para su cálculo.

Pequeñas Noticias entrevistó sobre este tema y el experto desarrolló sus argumentos jurídicos para sustentar su posición

Como consecuencia del acta que firmaran la FATERyH conjuntamente con UADI, AIERH y la CAPHyAI en el que se acordó que a partir del día 8 de marzo de 2022 y durante los años sucesivos las mujeres de la actividad "estarán exceptuadas de prestar tareas con el fin de apoyar la participación de todas ellas en las actividades y movilizaciones organizadas en torno a la convocatoria por el día Internacional de la Mujer".

Luego de la lectura de ese escueto acuerdo, debemos decir que son muchas más las preguntas que nos tenemos que hacer que las respuestas que se puedan dar.

Según lo que las partes acordaron, la trabajadora mujer estaría exceptuada de prestar tareas pero agrega una "condición" que está perfectamente determinada y es la siguiente: "con el fin de apoyar la participación de todas ellas, en las actividades y movilizaciones organizadas en torno a la convocatoria por el Día Internacional de la Mujer".

Aquí nos debemos preguntar cuáles son tales actividades, quién es el encargado de establecerlas, cómo se publicitan las mismas y en qué lugares físicos se desarrollarán.

Por ello, si la mujer trabajadora no cumple la condición establecido en el acta firmada tendría que prestar tareas ya que solo quedarían exceptuadas aquellas que van a participar de las actividades y de la movilización.

Ahora bien, aquellas mujeres que realicen actividades y participen de la movilización organizada por el día Internacional de la Mujer, ¿cómo lo acreditará fehacientemente ante su empleador? Ya que tendríamos que concluir que si no participan de los actos y las actividades no estarían dentro de la "excepción".

Siguiendo con este tipo de preguntas: ¿A qué tipo de "actividades" se refiere lo acordado?

¿Qué autoridad o institución es la encargada de determinar concretamente cuáles son tales actividades?

¿Qué institución será la encargada de controlar que la trabajadora X concurrió a la movilización organizada por el día internacional de la mujer, o participó de las "actividades"?

Por otra parte, podemos concluir que aquellas trabajadoras que demuestren haber cumplido y acreditado que participaron de actividades relacionadas con el tema o que participaron de la movilización tendrían justificada la inasistencia y consecuentemente con ello estarían exentas de la aplicación de sanciones disciplinarias y percibirán el día. Ahora, ¿qué pasa con aquellas que no justifiquen ni acrediten haber participado de las actividades y la movilización?

El punto II del acta firmada dice: "La liberación de tareas acordadas en el punto anterior implica que las trabajadoras no sufrirán descuento alguno en sus remuneraciones" pero recordemos que en el punto I claramente se había establecido que esta excepción de prestar tareas tenía una condición que es bueno recordarla "con el fin de apoyar la participación de todas ellas, en las actividades y movilizaciones organizadas en torno a la convocatoria por el día Internacional de la Mujer" con lo cual nos preguntamos, ¿si la mujer trabajadora que el 8 de marzo no participó de las actividades ni de la movilización por el Día Internacional de la Mujer ni concurre a trabajar, ¿se le descontará el día?

La lógica nos indica que aquellas mujeres trabajadoras que no participen de las actividades y movilización por el día de la mujer tienen que trabajar y si no lo hacen se les tendría que descontar el día.

 Si ello no fuera así esta medida sería total y absolutamente discriminatoria.

Siguiendo con la lectura de lo acordado -como el día 8 de marzo no es un feriado nacional ni tampoco se ha acordado convencionalmente que sea un día asueto- tenemos que concluir que es un día ordinario de trabajo y que si la trabajadora presta servicios no tendría que percibir más que el jornal ordinario sin incrementos de ninguna especie.

Alguien puede decir, que el día del gremio (2 de octubre) no es ni feriado nacional ni asueto a lo que le tenemos que responder que es cierto pero si leemos el artículo 13º del Convenio Colectivo de Trabajo en el mismo se dice que se considerará como si fuera un feriado cosa que en este acuerdo firmado no se dice.

Dicho esto, y ante una pregunta que nos hacemos, ¿qué pasa con el "8 de marzo" para la consideración de las vacaciones? Dentro de aquellas actividades que los días de vacaciones se cuentan solo en días hábiles tengo que pensar que no lo podemos considerar como día inhábil por el hecho de no ser ni un feriado nacional ni un día asueto establecido convencionalmente.

En definitiva, y con esto quiero concluir diciendo algo que no me pertenece sino que me comentó una colega que al consultarme por el 8 de marzo y luego de conversar del tema me dijo que en definitiva lo que quieren las personas que han firmado este acuerdo es que en los consorcios no se tomen más mujeres ya que con tantas medidas que encarecen las expensas -como el tener que pagar días por violencia de género o tener que permitir que no trabaje por el día de la mujer- los empleadores directamente no las contratarán más.

Si eso es lo que se busca, hay que convenir que es una medida acertada.

El Dr. Albisu

Enrique Miguel Albisu, se recibió de abogado en 1970 y desde el primer momento comenzó a trabajar como abogado especialmente en temas laborales.

En el año 1973 fue designado en el Ministerio de Trabajo de la Nación, desempeñándose en la Dirección de Asuntos Jurídicos, Departamento de Representación y Defensa en Juicio, durante más de veinte años, donde diariamente concurría en representación de los trabajadores que le eran asignados, en la defensa de sus intereses ante los Juzgados Nacionales del Trabajo y también en el asesoramiento jurídico. Al desaparecer este departamento renunció.

Aparte de la práctica privada continuó su labor de asesoramiento en materia laboral en la CAPHyAI. En esta entidad colaboró y colabora con notas y diversas presentaciones en la Revista de la Propiedad Horizontal como en cuestiones vinculadas con el quehacer diario de la materia.

En septiembre de 2018 publicó el libro "Manual práctico para trabajadores y empleadores de la propiedad horizontal" bajo el sello de Ediciones Rio Reconquista.

Participó como orador en numerosas conferencias y mesas redondas no solo organizadas por la CAPHyAI sino también por otras instituciones Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Caldén: Control de plagas.


Día Internacional de la Mujer

Una mirada genérica sobre (casi) toda la comunidad consorcial

Fotoilustración creada sobre fotos de Pequeñas Noticias.

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[BPN-15/03/22] De una investigación realizada por Pequeñas Noticias surgió que el padrón del Registro Público de administradores (RPA) porteño está compuesto casi en la misma proporción por hombres y mujeres aunque en un futuro esa situación podría cambiar. Por otra parte, los hombres tienden a ser más sancionados por infracciones a la Ley 941 que las mujeres. Mientras tanto, del personal que trabajó en los consorcios en 2021 la mayoría fueron hombres y su promedio salarial también fue superior. Sobre la participación de los consorcistas y sus entidades no hay suficientes datos.

Por último, se observó que las comisiones directivas de las entidades de administradores y el sindicato cumplen con las cuotas de género que exige la ley, en algunos casos en forma estricta y en otros casos más igualitaria.

Los administradores

Hasta marzo de 2020, el trabajo de administrar consorcios en la CABA se repartió en forma igualitaria entre hombres y mujeres. Según datos oficiales en esa fecha había inscriptos en el Registro Público de Administradores porteño un 48,82% de varones, un 48,72% de mujeres y 2,46% de empresas. En ese momento el padrón estaba integrado por 8.261 mandatarios de los cuales 4.033 eran varones, 4.025 mujeres y 203 eran empresas.

Sin embargo, según la tendencia de los últimos 10 años, esa situación se revertiría en un futuro no lejano. De los inscriptos a partir de 2010 hay mayor cantidad de mujeres que de hombres con excepción de 2014 en que los hombres inscriptos superaron a las mujeres en una sola persona.

Esa tendencia tuvo su pico máximo en 2019 con una diferencia entre varones y mujeres de 102 inscriptas. Durante los tres primeros meses de 2020 la diferencia a favor de las mujeres fue de 32 inscriptas y de continuar esa tendencia es de suponer que había llegado a 128 administradoras.

Lamentablemente el RPA porteño desde esa fecha no hace públicos los datos del padrón de administradores.

Padrón de administradores hasta marzo de 2020.

En el gráfico se puede apreciar que si bien en un principio el padrón estaba claramente dominado por hombres en 2010 esa tendencia tiende a revertirse hasta que en 2019 rotundamente se inscriben más mujeres que hombres.

Las sanciones

Desde 2014 y hasta febrero de 2022 del total de sanciones publicadas en el Boletín Oficial contra administradores -en promedio- los hombres representaron el 57% del total mientras que las mujeres el 36%, una significativa diferencia de 21 puntos porcentuales a favor de las mujeres. Las empresas representaron sólo el 7%.

Multas desde 2014 hasta febrero de 2022.

Si se observa el gráfico de las sanciones publicadas año tras año, se observa que en general la relación de multas de hombres y mujeres se mantiene –en promedio- cercano a los 17 puntos porcentuales de diferencia salvo en 2016 en que las sanciones contra los hombres suben al 72% del total y contra las mujeres bajan al 21% llegando a una diferencia record de 51 puntos porcentuales.

Multa promedio desde 2014 hasta febrero 2022.

Sin embargo a la hora de evaluar el importe de las multas que recibe cada género se observa que durante el 2014 y el año posterior el promedio de las multas de las mujeres fue superior al de los hombres. El pico máximo fue en 2015 con una multa promedio de 38 mil pesos contra los 24 mil que pagó un varón.

A partir de esa fecha los números se equilibraron aunque se observó que las multas a los varones fueron levemente superiores a los de las mujeres con excepción de este año en que volvió a revertir la tendencia.

Los cargos directivos

La igualdad que se refleja en el padrón de administradores del Registro Público porteño la cantidad de varones y mujeres está más o menos en las mismas proporciones, en los cargos directivos de algunas de las entidades de administradores esto no pasa.

Esto no necesariamente demostraría un "techo de cristal" para acceder a estos puestos. Habría que analizar el grado de participación y voluntad de las mujeres para acceder a esos cargos y eso requeriría una investigación aparte.

CAPHyAI

De los 21 cargos que componen el Consejo Directivo de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) 7 (33%) están ocupados por mujeres y 14 (67%) por hombres.

De un análisis más exhaustivo se observa que los 10 primeros cargos (presidencia, vicepresidencias, secretaría, tesorería y vocalías) están ocupados por hombres. En general los cargos de las mujeres son las suplencias salvo una mujer que es una de los titulares del tribunal de cuentas.

AIERH

La comisión directiva de la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) es sensiblemente más chica que la de la CAPHyAI, está compuesta de 10 cargos de los cuales 5 están ocupados por varones y 5 por mujeres en forma más o menos alternada. Si bien la presidencia la ocupa un hombre, la secretaría (en esa entidad no hay vicepresidencia) la ocupa una mujer.

La UADI –una de las tres entidades que firman los acuerdos salariales- no difunde públicamente la composición de su comisión directiva por lo que no se pudieron extraer datos.

Los encargados de edificios

Puestos de trabajo e ingresos durante 2021.

Si bien hasta este momento no se sabía qué porcentaje de mujeres compone la fuerza de trabajo de los consorcios ahora se puede asegurar –gracias a información oficial- que durante el 2021 las encargadas de edificios mujeres representaron el 27,61% del total y los hombres el 72,39% restante. O sea que a grandes rasgos por cada cuatro encargados hombres hay una encargada mujer [1].

SUTERH

En la comisión directiva del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) se refleja esta proporción de trabajadores de los consorcios que, casualmente, es el cupo mínimo que exige la ley.

De los 10 cargos que lo componen 7 están ocupados por hombres y 3 por mujeres de las cuales la secretaria adjunta está en un cargo cercano a la cúspide de la pirámide. Las otras dos son titulares de la Secretaría de Turismo, Deporte y Recreación; y la Secretaría de Actas, Prensa y Propaganda.

FATERyH

Ya en el plano nacional, los números mejoran para las mujeres. La comisión directiva de la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH) está compuesta de 16 miembros de los cuales 10 (63%) son varones y 6 mujeres (38%).

Como en el caso del SUTERH una mujer es secretaria adjunta (2º puesto en la jerarquía de cargos) y una es secretaria de actas, prensa y propaganda. Las demás son vocales titulares y suplentes Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Según datos del Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial (OEDE) que depende del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.


  Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.


Registro Público de Administradores de Consorcios porteño

El año pasado se denunció a un administrador cada 5 horas

Evolución de las denuncias realizadas ante el RPA porteño.

[BPN-15/03/22] A la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) porteño todavía le falta publicar en el Boletín Oficial el 44% de las disposiciones sancionatorias que se ordenaron contra administradores de consorcios durante el 2018, el 63% de lo dispuesto en 2019 y el 77% de lo ordenado durante el 2020 y 2021.

Según datos oficiales durante el 2021 la cantidad de disposiciones sancionatorias ordenadas contra los administradores de consorcios en la CABA no acompañó el importante crecimiento de denuncias realizadas por los consorcistas.

Denunciados y sancionados en 2021 con respecto al padrón general.

Si tenemos en cuenta que hay 8.316 administradores inscriptos en el Registro Público de Administradores de Consorcios (RPA) porteño los denunciados representan un 26,36% del padrón y los efectivamente sancionados un 5,93%.

Denuncias vs. disposiciones

El año pasado se presentaron 1.943 denuncias contra administradores de consorcios ante Defensa y Protección del Consumidor porteño lo que representó un aumento del 43,6% con respecto al año anterior (2020).

Sin embargo, en 2021 se ordenaron 493 disposiciones –entre sancionatorias y exculpatorias- contra las 434 que se habían dispuesto durante el 2020. Eso representó un aumento de la cantidad de expedientes finalizados del 13,59%. Una diferencia negativa con respecto a las denuncias de -30 puntos porcentuales.

Para ser más claros: el año pasado se presentaron 590 denuncias más que durante el 2020 pero se ordenaron 59 (10%) disposiciones más que durante el período anterior.

De lo dispuesto...

Año

...se publicó

No se publicó

2018

56,37%

43,63%

2019

37,09%

62,91%

2020

23,27%

76,73%

2021

23,12%

76,88%

Otro punto a destacar es que -tomando los tres últimos años- a Defensa y Protección del Consumidor porteño le falta publicar en el Boletín Oficial el 43,63% de las disposiciones emitidas contra administradores de consorcios por faltas a la Ley 941 de 2018, el 62,91% de las ordenadas en 2019, el 76,73% de las de 2020 y el 76,88% de las de 2021.

Evolución de las denuncias

En la siguiente tabla se puede apreciar el año pasado las denuncias contra los administradores retomaron los niveles previos a la pandemia, poco más de 1.900 por año.

Año

Denuncias

2014

488

2015

1.007

2016

922

2017

1.090

2018

1.312

2019

1.984

2020

1.353

2021

1.943

Mientras que en 2014 comenzó con unas tímidas 488 denuncias, al año siguiente se duplicaron y más o menos se mantuvieron hasta 2019 en que volvieron a duplicarse llegando a ser casi 2.000 por año. El único bache fue el 2020 en que –supuestamente a causa de la pandemia- disminuyeron a los valores de 2018.

Evolución de las disposiciones

La redacción de Pequeñas Noticias lleva el registro de las disposiciones emitidas por Defensa del Consumidor porteño desde 2018.

Año

Disposiciones

2018

479

2019

515

2020

434

2021

493

Según la tabla precedente se observa que la "producción" de "justicia" de Defensa del Consumidor está rondando siempre los mismos valores: entre 434 y 515 disposiciones anuales independientemente de la cantidad de denuncias que se hayan producido.

Esa situación genera una fuerte sensación de desprotección e impotencia en los consorcistas y así lo hacen saber en grupos privados en las redes sociales –sobre todo en Facebook- que se dedican a tomar informalmente pero en detalle las denuncias contra los administradores y las hacen públicas con nombres, apellidos.

Otro tema que llama la atención es la gran cantidad de denuncias que no prosperaran año tras año.

Año

Denuncias 

que no prosperaron

2018

833

2019

1.469

2020

919

2021

1.450

En 2018 prosperó el 36,51% de las denuncias, en 2018 el 25,96%, en 2019 el 32,08% y en 2021 el 25,37%.

¿Qué pasó con las denuncias de las que no se supo más nada? ¿Estaban mal hechas? ¿No correspondían a una infracción contemplada en la Ley 941? ¿Fueron "cajoneadas"? ¿El consorcista desistió de su demanda?

Las explicaciones de Defensa del Consumidor son insuficientes y no están documentadas.

La publicación de las sanciones

Aquí aparece otro tema complejo. En los tiempos que Edgardo Aoun fue director general de DyPC (2014) las disposiciones sancionatorias se publicaban -en promedio- luego de 4 meses, en 2015 subió a los 6 meses y en 2016 –todavía bajo su gestión- bajó a los 2 meses entre la firma de la disposición y su publicación,

Con Bouza en 2017 ese número subió a los 9 meses y medio y al año siguiente (2018) rompió la barrera del año y se ubicó en 1 año y días. En 2019 paso al año y casi cinco meses, en 2020 al año y medio y en 2021 consiguió reducirlo a 5 meses y medio.

Pero junto con esta reducción de los tiempo entre la firma de la disposición sancionatoria/absolutoria también las sanciones publicadas en el Boletín Oficial cayeron a la mitad. Una brusca reducción de la que informara Pequeñas Noticias en su edición de enero de este año [1].

En resumen

Durante el 2018 de cada 100 denuncias que realizaron los vecinos sólo prosperó –con una disposición- el 37% de los casos, en 2019 ese número cayó al 26% para volver a trepar al 32% en 2020. Finalmente en 2021 quedó en un 25%.

De lo denunciado...

Año

...se dispuso (%)

...se publicó (%)

2018

36,51

20,58

2019

25,96

9,63

2020

32,08

7,46

2021

25,37

5,87

Solo el 21% de los consorcistas que realizaron una denuncia vieron culminar su trámite con la publicación de rigor en el Boletín, al año siguiente (2019) ese número bajó a la mitad y continuó bajando hasta que el año pasado llegó a su piso histórico del 6% Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 720 del 15/01/22: "La publicación de multas a administradores cayó a casi la mitad".


Servicios informáticos para administradores y consorcios.


Consorcios en tiempos de pandemia

El fin de los protocolos en los consorcios

Edificio Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el Registro Público de Administradores [Foto Pequeñas Noticias]

Edificio Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el Registro Público de Administradores [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/03/22] El pasado 4 de marzo la directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño, Vilma Bouza, derogó el ‘Protocolo de Recomendaciones para la Utilización de los Espacios Comunes de la Propiedad Horizontal’ que había ordenado el 30 de noviembre pasado mediante la Disposición 5774.

La funcionaria consideró que "teniendo en consideración la situación sanitaria actual que presenta un descenso en el número de casos positivo de COVID-19 en la gran mayoría de las jurisdicciones, sumado a que se alcanzaron altas coberturas de vacunación con dos dosis, resulta adecuado dejar sin efecto el protocolo de recomendaciones de uso de los espacios comunes".

Mediante la Disposición 1479 (BO: 10/03/22) finalizó 1 año, 11 meses y 16 días de protocolos para los consorcios por causa de la pandemia de COVID-19.

EL COVID-19

El 11 de marzo el Gobierno de la CABA informó que durante las últimas 24 hs. se reportaron 1.154 casos positivos, 681 recuperados y 6 fallecidos. En total, desde el inicio de la pandemia fallecieron por COVID-19 13.023 residentes y 4734 no residentes.

COVID-19: Parte diario de la situación sanitaria del 11 de marzo.

Según Chequeado, la CABA tiene una cobertura de vacunación del 94% de su población con al menos una dosis; el 91% con 2 dosis y el 59% con la tercera.

Estas cifras son similares o superan a la de las principales ciudades de los países con mayor nivel de vacunación en el mundo, tales como Seúl (Corea del Sur), Santiago (Chile), Madrid (España) o Canberra (Australia).

Otras ciudades argentinas también tienen porcentajes similares, aunque con menor cobertura en la dosis de refuerzo Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración Silvia Losada


Registro Público de Administradores

El RPA exhortó a los administradores a cumplir con la Ley Zago

Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño [Foto Pequeñas Noticias]

Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/03/22] El pasado 3 de marzo el Registro Público de Administradores (RPA) porteño recordó a los mandatarios de los consorcios que la inscripción en el Curso del SERACARH es obligatoria. Según ellos esto se debió a que "se ha detectado, en muchos casos, la omisión de acreditación de la realización del curso de capacitación dirigido al personal dependiente de los consorcios de propiedad horizontal".

Como el RPA no dispone de los medios materiales para saber si un encargado inscripto en el Curso del SERACARH realizó o no el curso, es de suponer que los funcionarios se refirieron a la falta del comprobante de pago del curso por parte del administrador y no a su realización efectiva por parte del encargado.

Por otra parte, resultó llamativo que a dos días de comenzada las presentaciones de las DDJJ anuales los funcionarios ya hayan detectado esa falta "en muchos casos". Una segunda interpretación posible sería que en realidad se refieran a omisiones que se realizaron en 2020 y que las advierten recién ahora. La tercera –y tal vez la más probable- sería que fue el mismo sindicato quien les pidió que se pase el aviso.

Según números de Pequeñas Noticias, se espera que este año ese curso genere ingresos por más de 300 millones de pesos o casi tres millones de dólares [1].

Las autoridades del RPA reiteraron que "la realización de dicho curso resulta obligatorio, según lo establece la Ley 4.803 [Ley Zago [2]] y su modificatoria la Ley 6.004 del año 2018, como así también la acreditación de su realización ante el RPA, al realizar el trámite de Declaración Jurada de Consorcios Administrados anual".

Es de recordar que según el "Manual de procedimiento para la actualización anual de matrícula y consorcios administrados. Período 2021" que forma parte de la Disposición 731 como Anexo I se obliga a los administradores a presentar en la DDJJ de cada consorcio el comprobante de pago o el certificado del Curso de SERACARH de cada uno de los encargados de los consorcios que se declaran.

El SERACARH está compuesto por representantes de las tres entidades de administradores que firman los convenios paritarios y el sindicato de encargados de edificios [3].

Actualmente el RPA porteño está coordinado por Diego Sarrabayrouse, depende de Defensa y Protección del Consumidor cuya directora general es Vilma Bouza y cuyo superior directo es desde el 1º de agosto de 2021 Julia Domeniconi, secretaria de Atención y Gestión Ciudadana Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 722 del 15/02/22: "El curso del SERACARH aumentó a 5.320 pesos".

[1] Oscar Zago (La libertad avanza) se hizo conocido en la comunidad consorcial por haber hecho aprobar en la Legislatura porteña un proyecto de ley de su autoría que obliga a los administradores de propiedad horizontal a "exhortar" al personal de cada uno de los consorcios que administra a concurrir anualmente a una capacitación sobre "higiene, seguridad y medidas de prevención contra incendios" que -por las exigencias impuestas- sólo puede dictar el SERACARH. Casi cinco años después, el 30 de agosto de 2018, la Legislatura ordenó que ese curso sea cada dos años.

[2] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) y la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (FATERyH).


Administración López.

Marta Granados - Administraciones


Registro Público de Administradores

Hay tiempo hasta el 31 de octubre para hacer las DDJJ

Diego Sarrabayrouse coordinador del Registro Público de Administradores (RPA) porteño.

Diego Sarrabayrouse coordinador del Registro Público de Administradores (RPA) porteño.


[BPN-15/03/22] El pasado 18 de febrero Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño, dispuso que los administradores de consorcios que hayan ejercido la actividad durante el 2021 tendrán tiempo de realizar las Declaraciones Juradas (DDJJ) anuales de los consorcios que administran hasta el 31 de octubre inclusive.

Cerificado de las DDJJ del administradorEs de recordar que por otra parte cada administrador deberá continuar renovando anualmente su matrícula personal según la fecha indicada en el último certificado expedido por el Registro Público de Administradores (RPA) porteño.

Así se ordenó mediante la Disposición 731 que se publicó en el Boletín Oficial el 24 de febrero la que incorporó también tres anexos: el primero es un "Manual de procedimiento para la actualización anual de matrícula y consorcios administrados periodo 2021", el segundo el modelo oficial de la constancia de inscripción del administrador y el tercero el modelo oficial de certificado para cada uno de los consorcios que administró el año pasado.

DDJJ del administrador

Según éste al administrador que deba renovar su matrícula se le exigirá:

1. Completar el formulario con datos de la administración según se trate de persona física o jurídica.

2. Completar el formulario de los consorcios que administra.

3. El Certificado del Registro de Juicios Universales expedido durante los últimos seis meses anteriores a la realización del trámite.

4.- Certificado del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal expedido durante los últimos seis meses anteriores a la realización del trámite.

Certificado de las DDJJ de los consorcios administrados5.- Certificado de actualización del curso de capacitación en administración de consorcios de propiedad horizontal.

6.- Constancia de CUIT actualizada.

7.- Certificado de curso de Basura Cero. Los administradores que hayan renovado su matrícula en tiempo y forma durante los periodos 2018, 2019 y 2020 y que hayan presentado el mismo en dicha oportunidad, no será necesario que vuelvan a tomar el curso.

8.- Certificado de libre deuda expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

El artículo 6º de la Disposición 731 les recordó a los administradores de consorcios que deben "poner a disposición de los consorcistas el certificado expedido por el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal".

DDJJ de los consorcios administrados

Para completar la DDJJ anual de los consorcios administrados se les exigirá a los mandatarios presentar de cada uno de ellos:

1. Todas las declaraciones juradas emitidas como formulario 931 AFIP y sus correspondientes pagos realizados. Deberán ser escaneados en un solo archivo por todos los empleados de cada consorcio declarado.

2.- El comprobante de pago del curso de SERACARH de cada uno de los encargados del consorcio.

3.- El acta de asamblea que le aprueba la rendición de cuentas destacando el punto donde se trató la moción y se aprobó.

4.- El Seguro de Responsabilidad Profesional correspondiente al período del año declarado o el acta de asamblea donde se aprobó que el patrimonio del administrador será garantía de su gestión.

5.- Copia digitalizada de la 1° y 2º hoja de la póliza de Seguros de daños por responsabilidad civil del consorcio.

6.- Constancia de CUIT o el Código de Identificación Tributaria (CDI) del consorcio.

7. El acta de asamblea donde se haya tratado y aprobado el plan destinado a la limpieza y desinfección de tanques como así también el cuidado de aguas del consorcio.

También en el caso de la DDJJ de cada consorcio, la DGDyPC recordó en su disposición que "los administradores de consorcios de propiedad horizontal deberán exhibir en el hall de entrada del edificio que administran y a la vista de los propietarios, el certificado otorgado por el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal".

Por último, es de destacar que en este certificado se mencionan las multas que se le pudieran haber impuesto al administrador en los últimos dos años.

Actualmente el Registro Público de Administradores (RPA) porteño está coordinado por Diego Sarrabayrouse, depende de Defensa y Protección del Consumidor cuya directora general es la mencionada Bouza y cuyo superior directo es desde el 1º de agosto de 2021 Julia Domeniconi, secretaria de Atención y Gestión Ciudadana Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios


Medios

Consorcios en la mira

Programa Consorcios en la mira.

[BPN-15/03/22] El pasado 5 de marzo dos exintegrantes del programa de TV por cable "Reunión de consorcios TV" inauguraron su propio programa en TV por cable llamado "Consorcios en la mira".

Gabriela Pilar Saldivia, su hija Micaela, su pareja Damián Rojo, dos panelista y un movilero en exteriores estrenaron ese sábado a las 11 hs. por canal Metro (Grupo Clarín) un "programa de servicios dedicado al mundo de la propiedad horizontal". Rojo, en los primeros minutos del programa, develó que es un proyecto en el que se venía trabajando hacía varios meses y que "apunta a ayudar a la buena convivencia entre vecinos [y] a mejorar la calidad de vida de todos nosotros".

Tanto el primero como el segundo programa estuvieron dedicados casi exclusivamente a los alquileres. En el primero se le realizó una extensa entrevista al titular de una inmobiliaria sobre este tema y –en menor medida- otros temas relacionados con las propiedades. El segundo se dedicó a las estafas relacionadas con los alquileres, especialmente en la costa.

Damián Rojo, que se desempeñó con el profesionalismo que lo caracteriza, fue acompañado en la conducción por una joven Micaela Grinberg Saldivia que en el programa "Reunión de consorcios TV" había tenido algunas apariciones como movilera. Micaela fue presentada como abogada y modelo.

De los panelista también se notó la experiencia de su trabajo ante las cámaras de Alejandra Maglietti que es periodista, modelo, abogada, actriz, vedette y conductora. Actualmente trabaja en Canal 9 -Grupo Octubre- en dos programas: en "Bendita" como panelista y en "Me gusta el domingo" como conductora.

Completaron el equipo de panelistas la arquitecta Lucía Maranca Quijano y Gabriela Saldivia quien fue presentada por Rojo como impulsora del proyecto y "especialista en propiedad horizontal".

De las notas en exteriores se ocupó Martín Rojas que es cronista de radio La Red y durante 19 años de Intrusos. Es de destacar que Rojas en 2015 recibió el Martín Fierro al mejor movilero y fue nuevamente nominado a ese premio en 2019.

El productor fue Ignacio "Nacho" Padín (productor de invitados de "ESPN Show") y la productora fue "Colibrí Producciones una sociedad por acciones simplificada (SAS) que fue constituida por Damián Eduardo Olschansky el 27 de febrero de 2020.

Un programa de servicios

A grandes rasgos y de su primera emisión se advierte que el programa conserva la impronta de "programa de servicios" de su antecesor "Reunión de Consorcios TV" y descarta el abordaje a los conflictos y tensiones políticos propios de un medio periodístico. En general el programa se basa más en las opiniones, experiencias y conocimientos de los invitados y panelistas que en la difusión de las llamadas "noticias duras".

A modo de ejemplo, sobre el tema de alquileres e inmobiliario de su primer programa no se discutieron –ni de un lado ni del otro- las menciones a estos temas que realizaron tanto Alberto Fernández durante la apertura de sesiones del Congreso Nacional como Horacio Rodríguez Larreta durante el inicio de las actividades de la Legislatura porteña. Tampoco los diferentes proyectos de ley que se presentaron sobre el tema.

Por último, no se hizo mención a ningunos de los demás temas de actualidad por los que atraviesan los consorcios. Es de recordar que el más reciente e importante fue la firma de un nuevo convenio colectivo de trabajo que afectó a los administradores que deben liquidarlos, a los consorcistas que deben pagarlos y a los encargados que deben cobrarlos.

Gabriela Pilar Saldivia

Es de recordar que Saldivia tiene una extensa trayectoria en la historia reciente de la propiedad horizontal: durante muchos años fue administradora de consorcios, en 2008 fue candidata a la presidencia de la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) [1], desde septiembre de 2009 hasta febrero de 2017 fue coordinadora del Registro Público de Administradores de la CABA (RPA) [2] , desde enero de 2016 es secretaria general de SEARA (Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina) [3], en agosto de 2017 participó como panelista del programa "Reunión de consorcios TV" hasta mayo de 2020 y ese mismo año se comprometió con Damián Rojo [4] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 360 del 22/10/08: "Nuevamente podrían confrontar dos listas".

[2] BPN Nº 387 del 7/10/09: "Dejó de administrar para hacerse cargo del RPA".

[3] BPN Nº 579 del 23/06/16: "Gabriela Pilar Saldivia es la titular de SEARA".

[4] BPN Nº 694 del 15/12/20: "Gabriela Pilar Saldivia vive una historia de amor con Damián Rojo".


Administrador Adolfo Tami


Medios

¡¡¡Vuelve Consorcio de Radio!!!

El equipo de Consorcio de Radio.

El equipo de Consorcio de Radio.


[BPN-15/03/22] El próximo 16 de marzo el programa de radio "Consorcio de Radio" conducido por el Adm. Daniel Sánchez Rivera y la Dra. María Mercedes Orueta Cossi comenzará una nueva temporada todos los miércoles de 20 a 21 hs por una emisora online: "Radio Capital".

En diálogo con Pequeñas Noticias, Sánchez Rivera adelantó que cada programa tendrá un tema central alrededor del cual girarán los diferentes bloques en los que habrá entrevistas, noticias de actualidad, notas de fondo y respuestas a las inquietudes de los oyentes. El primer tema a tratar el miércoles 16 será el "El reglamento de propiedad horizontal".

El conductor de "Consorcio de radio" aprovechó la oportunidad para invitar al piso al director de Pequeñas Noticias, Claudio García de Rivas, el miércoles 30 de marzo para conversar al aire con su coequiper sobre los temas más candentes de la actualidad consorcial.

Esta radio digital tiene la particularidad que incorpora cámaras en el piso y luego las retrasmite en vivo en su propio sitio web, en VivoTV.com, en YouTube, en Facebook, Twitter y Twitch.tv. En todas esas redes sociales se pueden encontrar sus programas bajo el usuario @vivotvradiocapital.

Es de recordar que Consorcio de Radio nació el 23 de octubre de 2013 de la mano de Sánchez Rivera y que en 2015 se incorporó como coconductora la Dra. Orueta Cossi quien le imprimió una impronta muy personal que hasta ahora no había sido vista en el sector de la propiedad horizontal.

Ese mismo año el programa ganó el premio "Faro de Oro 2015" de Mar del Plata y al año siguiente los premios "Fortaleza Argentina" de Bahía Blanca, "Rio de Los Pájaros" de Concordia, "Estampas de Bs As" de la CABA, "Antena Vip" de La Plata, "Reina Del Plata" de la CABA, "Cuna De La Bandera" del Rosario y "Latinoamericano Señal Latina" de la CABA.

El programa dejó de emitirse en marzo de 2020 cuando a causa de la pandemia de COVID-19 y ahora -dos años después- retoma sus actividades con toda la fuerza.

La producción del programa puso a disposición de sus oyentes el correo electrónico consorcioderadio@gmail.com y el WhatsApp +54 9 11 6828-9912 para consultas y mensajes Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración Alas

Administradora Rosa Matilde Núñez


Registro Público de Administradores bonaerense

ADEPROH se unió al pedido de reglamentación de la Ley 14.701

Petición en change.org.

[BPN-15/03/22] El pasado 9 de marzo ADEPROH (Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA) inicio en change.org una petición para que el Gobierno bonaerense reglamente la Ley 14.701 que hace más de ocho años creó un Registro Público de Administradores en la provincia de Buenos Aires.

Luego de tres días, al 12 de marzo la petición había juntado 96 firmas y 10 comentarios.

Entre estos últimos se destacó el de Edith que dijo: "Firmo porque hay mucha vulneración de derechos en propiedad horizontal en provincia y ninguna ley nos respalda sólidamente cuando un administrador hace mal su trabajo".

Por su parte Laura consideró: "Se necesita mayor control a los administradores de consorcios".

Por último Mariana señaló: "Es muy necesario que se reglamente la ley en Provincia de Buenos Aires estamos a merced de la prepotencia y mala gestión de los administradores".

La ley –que desde hace ocho años y dos meses espera reglamentación- fue aprobada el 17 de diciembre de 2013, fue promulgada por el gobernador Daniel Scioli el 23 de febrero de 2014 y fue publicada en el Boletín Oficial Nº 27.500 el 18 de marzo de ese mismo año [1].

Hasta ahora no demostraron interés en avanzar en su reglamentación ni los dirigentes del Frente para la Victoria (Scioli), ni del PRO (María Eugenia Vidal) ni los del Frente de Todos (Axel Kicillof) a pesar de los permanentes reclamos realizados por Ana María Huertas (ACoPH Mar del Plata) a los que ahora se sumó ADEPROH.

Los dirigentes de ADEPROH en su petición explicaron que "esta ley de 23 artículos prevé la creación del Registro Público de Administradores de Consorcio de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires. La ley es muy valiosa para los propietarios / consorcistas que, como se sabe, son damnificados por la mala gestión de los administradores".

Finalmente reiteraron: "Solicitamos se reglamente la Ley 14.701 a la mayor brevedad y así evitar que muchísimos copropietarios sigamos siendo víctimas de las maniobras fraudulentas de ciertos administradores que perjudican a todos los consorcistas de la provincia de Buenos Aires".

Aquellos que deseen adherir pueden hacerlo ingresando al vínculo: https://www.change.org/p/ministro-augusto-costa-reglamentacion-ley-14701-consorcios-y-propiedad-horizontal-provincia-de-buenos-aires Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 539 del 7/01/14: "Se creó un Registro Público de Administradores bonaerense".


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA O SUPLENCIA: Busco trabajo en Capital Federal, tengo referencias comprobables, soy responsable, puntual. - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 6283-5195 de 9 a 23 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: fernando_torres83@hotmail.com

ADMINISTRATIVA, RECEPCIONISTA, SECRETARIA: Tengo 27 años, soy estudiante de Medicina y estoy buscando un empleo part time que me permita desarrollarme, adquirir experiencia y del mismo modo seguir solventando mi carrera universitaria. Dispongo de CV actualizado con experiencia en administración de centro de salud, atención al cliente y ventas - Nombre: Teresa Belén Gomez - Localidad: Florencio Varela / Buenos Aires - Correo electrónico: teresagomez994@gmail.com

LIMPIEZA: Me ofrezco como operaria de limpieza. Tengo gran experiencia y referencias disponibles. Tengo muchas ganas de trabajar, soy puntual y comprometida con mi trabajo. Siempre estoy dispuesta a aprender más si así se require. - Nombre: Nadia Fiorella López - Llamar al teléfono: (11) 6619-5143 de 9 a 19 hs de lunes a jueves - Localidad: Boedo (Capital Federal) - Correo electrónico: marilynmanson636@gmail.com

ENCARGADO PERMANENTE DE EDIFICIO CON VIVIENDA: Estoy buscando empleo como encargado permanente de edificio con o sin vivienda en CABA. - Nombre: Miguel Escobar - Llamar al teléfono: (11) 2396-6541 - Localidad: Floresta / - Correo electrónico: jotaerre2305@gmail.com

TRABAJOS ADMINISTRATIVOS: Puedo realizar conciliaciones y tareas de oficina - Nombre: Monica Martos - Llamar al teléfono: (11) 4429-5522 de 14 a 18 hs. - Localidad: CABA - Correo electrónico: monicamartos59@gmail.com

ENCARGADO NO PERMANENTE SIN VIVIENDA: Busco trabajo en la zona de Monte Castro, Floresta, Paternal, Caballito. A partir de las 12:00 ya que a la mañana estoy trabajando en un edificio. Soy responsable,cumplidor y puedo presentar referencias de la administración con la que trabajo. - Nombre: Daniel Nahuel Núñez - Llamar al teléfono: (11) 6557-9371 de 8 a 21 hs.- Localidad: Caballito Norte / Buenos Aires - Correo electrónico: 68danielnunez68@gmail.com

ASISTENTE ADMINISTRATIVA: Tengo 48 años, soy administradora de consorcios pero no ejerzo. Estoy buscando trabajo administrativo medio tiempo. Tengo referencias laborales - Nombre: Edith Karina Tuschi - Llamar al teléfono: (15) 2752-8814 de 15 a 19 hs. - Localidad: San Cristóbal / CABA - Correo electrónico: edithtuschi@gmail.com

ADMINISTRATIVO ADMINITRACIÓN DE CONSORCIOS: Labores dentro y fuera de la administración con experiencia en el rubro.Vivo en CABA - Estudiante universitario - Nombre: Pablo Isasmendi - Llamar al teléfono: (11) 5823-5200 de 11 a 18 hs. - Localidad: CABA/ Floresta - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com

ENCARGADO DE EDIFICIO: Busco trabajo de jornada completa en zona sur o Capital Federal - Soy muy responsable y trabajador - Nombre: Alberto Gustavo García - Llamar al teléfono: (11) 6521-7712 / 4230-3198 de 8 a 20 hs. - Localidad: Monte Chingolo / Provincia de Buenos Aires - Correo electrónico: agustavogarcia@yahoo.com.ar

ENCARGADO DE EDIFICIOS Y/O AYUDANTE: Busco trabajo en la zona norte, CABA y zona sur - Responsable, trabajador, referencias comprobables, manejo de bombas de agua y calderas - Suplente para fines de semana preferentemente en CABA - Nombre: Martin Tejeda - Llamar al teléfono: (11) 5852-2362 de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / Buenos Aires - Correo electrónico: martinseb.tejeda@gmail.com

ENCARGADO: Busco Trabajo de encargado en CABA o Zona Sur. Disponibilidad horaria - Nombre: Cristian Beleni - Llamar al teléfono: (11) 6103-9305 - Localidad: CABA / - Correo electrónico: gastonbeleni@outlook.com

 

SUTERH + AFA + Amazon Prime Video

Santa María explora nuevas posibilidades de negocios

Santa María, Claudio Tapia y Pablo Iacoviello [Foto Twitter de la AFA]

Santa María, Claudio Tapia y Pablo Iacoviello [Sobre foto Twitter de la AFA]


[BPN-15/03/22] El pasado 11 de marzo la Asociación de Futbol Argentina (AFA) comunicó que su presidente, Claudio Tapia, mantuvo una reunión "para explorar nuevas unidades de negocios junto con el "editor general" del Grupo Octubre, Víctor Santa María y el director para Latinoamérica de Amazon Prime Video, Pablo Iacoviello.

A día siguiente el tuit de la AFA había cosechado 15 retweets, 9 tweets citados y 72 "Me gusta". Llamó la atención que la mayoría de los comentarios del tuit fueron dedicados a Santa María y algunos muy irónicos.

Al día siguiente sólo dos medios del Grupo Octubre -Página/12 y Telenueve- difundieron la novedad -tipo "copia y pega"- sin aportar más datos relevantes.

Claudio Tapia

Desde el 29 de marzo de 2017 es el presidente de la AFA.

Siendo muy joven trabajó de barrendero. Jugó en las inferiores de independiente y luego en el Club Atlético Barracas Central como delantero, en donde llegó a jugar en la Primera División de ese club. Tiempo más tarde, jugó en el Club Sportivo Dock Sud. Luego de su corta carrera como futbolista, comenzó a trabajar en el Sindicato de Camioneros [1].

En el año 2000 un grupo de socios lo invitó a volver al club a ver al equipo. Al año siguiente asumió como presidente del club en un momento complicado institucionalmente de Barracas. Así comenzó su carrera como dirigente deportivo.

Finalizó su mandato el 26 de marzo de 2020 luego de haber dirigido el club por más de 18 años, siendo reemplazado por su hijo Matías.

Víctor Santa María

En su cuenta de LinkedIn el sindicalista se presenta como secretario general de SUTERH, presidente del PJ Ciudad [NR: en realidad desde el 12 de marzo del 2021 el presidente del PJ porteño es Mariano Recalde [1]], secretario general de FATERYH, diputado del Parlasur, director general de Grupo Octubre y presidente de Sportivo Barracas.

Pablo Iacoviello

Desde hace 5 años que trabaja para Amazon Prime Video desempeñándose como jefe de Adquisición de Contenidos para Latinoamérica (LATAM). Hace dos años ascendió a director de contenidos y desde hace 9 meses es director de Prime Video Latinoamérica.

Desde 1993 hasta 1999 estudió abogacía con orientación al Derecho Empresarial en la Universidad de Buenos Aires (UBA) y durante 2001 y 2002 estudio "Derecho comparado" en la University of Illinois Urbana-Champaign.

Desde 2006 hasta 2010 se desempeñó como gerente de asuntos legales para Latinoamérica de varias empresas multinacionales entre las que se encontró Playboy Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Expediente Político del 27/07/15: "¿Quién es el yerno de Moyano que quiere pelear la AFA?".

[2] BPN Nº 706 del 15/06/21: "Víctor Santa María es el presidente del Congreso del PJ porteño".



Proyecto de ley porteño

Sistema de Gestión Digital de Alquileres

Fotoilustración creada sobre fotos de Pequeñas Noticias y la Legislatura porteña.

Fotoilustración creada sobre fotos de Pequeñas Noticias y la Legislatura porteña.


[BPN-15/03/22] El pasado 8 de marzo tres legisladoras del Frente de Todos presentaron un proyecto de ley para crear un Sistema de Gestión Digital de Alquileres porteño que almacenará la totalidad de los contratos de alquiler de vivienda única, familiar y permanente realizados en la ciudad; los datos de las partes intervinientes en esos contratos; los pagos de alquileres mensuales, de depósito y garantía; los pagos de expensas ordinarias y extraordinarias asimismo como los servicios e impuestos; y toda la comunicación que se desarrolle entre los locadores, los locatarios, las inmobiliarias o martilleros, los garantes y las empresas de seguros de caución, entre otros.

Por otra parte, la iniciativa –de ser aprobada- impulsará la bancarización obligatoria de las transacciones relacionadas con los alquileres. Textualmente arbitrará "los medios necesarios a fin de garantizar la modalidad de transferencia bancaria para la realización de la totalidad de los correspondientes pagos acordados entre las partes contratantes e intervinientes".

Los legisladores, para justificar esta concentración masiva de datos privados en manos del Estado local, argumentaron: "El mercado de alquiler de inmuebles en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se ha constituido como un mecanismo cada vez más importante en el acceso a la vivienda y que la regulación del mismo constituye un avance en la asimetría que existe entre propietarios e inquilinos [por lo tanto] proponemos la creación de un Sistema Único de Gestión Digital de Alquileres en donde se registren [tanto] propietarios [como] inquilinos e inmobiliarias, se establezcan sus contratos [y] sea [el] medio de comunicación y de mediación entre las partes conformando un medio estatal y digital que garantice el cumplimiento de derechos y obligaciones de las partes".

Resumieron que "de este modo dicha herramienta permite al Estado conocer los contratos de alquiler de vivienda que se desarrollan en la Ciudad pudiendo arbitrar en caso de ser necesario -y solicitado por las partes-, agilizando, unificando y volviendo más eficientes los procesos de alquiler de vivienda".

La privacidad de los datos

El proyecto establece que "el Instituto de la Vivienda de la Ciudad [...] preservará la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 25.326 de protección de datos personales y la Ley N° 1845 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Esta concentración de datos personales, económicos y bancarios en manos del Estado es sumamente atractiva para la actividad criminal ya sea interna -empleados públicos corruptos- como externa. Ni las grandes empresas tecnológicas pueden evitar que sus datos sensibles sean vulnerados.

Se destaca especialmente que un día antes que los legisladores presentaron su iniciativa con esta garantía de confidencialidad e integridad de los datos que el Estado local concentraría en sus servidores, la empresa dueña de Mercado Libre y Mercado Pago terminó confirmando que el código fuente de la aplicación Mercado Libre fue objeto de un acceso no autorizado que vulneró datos sensibles de aproximadamente 300 mil usuarios. Especialistas de tecnología habían anticipado la novedad y señalaron que el culpable podría ser el grupo cibercriminal que hacía unos pocos días había hackeado a la multinacional Samsung.

Para finalizar el tema, es de recordar que en septiembre y octubre del año pasado se ofrecieron por la web los datos personales de todas las Fuerzas Armadas, Gendarmería, Ejército y Prefectura e incluso el número de teléfono personal del ministro de Seguridad, Aníbal Fernández.

A fines de octubre se difundió que un hacker había conseguido entrar en la base del Registro Nacional de las Personas (ReNaPer) y obtener datos personales de millones de argentinos.

Otras funciones

Otras funciones que tendrá el Sistema Único de Gestión Digital de Alquileres que dependerá del IVC (Instituto de la Vivienda) porteño serán:

Cooperar en la correcta información de las partes contratantes a fin de conocer la normativa vigente y los derechos y obligaciones concernientes al locador, locatario, corredor inmobiliario, garante o compañía de seguro de caución.

Generar espacios de asistencia, asesoramiento y mediación gratuitos, en caso de que las partes lo soliciten, a cargo de la Autoridad de Aplicación.

Recepcionar reclamos de locatarios, locadores y/o corredores inmobiliarios derivados de los respectivos contratos de locación.

Cooperar en la gestión, administración y seguimiento eficiente de la cartera de propiedades del sector inmobiliario a fin de contar con una herramienta unificada para la totalidad de las operaciones realizadas.

Brindar información estadística para el diseño y aplicación de políticas que permitan el mejor ejercicio del derecho a la vivienda, manteniendo la privacidad y confidencialidad de los datos personales de identificación de las partes intervinientes en los contratos de alquiler.

La iniciativa fue ingresada a la Legislatura porteña por Lucía Cámpora, María Bielli y Ofelia Fernández. Consta de 13 artículos de los cuales uno es de forma y lleva el número de expediente D-608-2022 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración Liliana Silvia Bo


Proyecto de ley porteño

Una nueva oblea, esta vez de eficiencia energética

Fotoilustración creada sobre fotos de Pequeñas Noticias y la Legislatura porteña.

Fotoilustración creada sobre fotos de Pequeñas Noticias y la Legislatura porteña.


[BPN-15/03/22] El pasado 2 de marzo cuatro legisladores de Vamos Juntos presentaron la Legislatura porteña un proyecto de ley que crearía una nueva oblea para propietarios y consorcios. Se llamaría –de ser aprobado- "Etiqueta de eficiencia energética" y su objetivo sería "brindar información a los propietarios y locatarios de inmuebles sobre los factores de incidencia en el consumo de energía" [sic].

Es de recordar que los consorcistas porteños pagarán este año casi 300 millones de pesos (u$s 2,2 millones de dólares) por las tres obleas ya existentes: la de ascensores, la de calderas y la de instalaciones fijas.

Desde la creación de cada una de estas obleas, el Gobierno de la CABA recaudó en total más de 1.100 millones de pesos (1.113.045.623) o más de 30 millones de dólares (30.493.227) por un servicio imposible de controlar porque no existen estadísticas oficiales sobre siniestros protagonizados por estos tres elementos [1].

La iniciativa legislativa impulsando la creación de la "Etiqueta de eficiencia energética" la presentaron María Cecilia Ferrero, Juan Facundo Del Gaiso, Hernán Reyes y Lucía Romano. Recibió el número de expediente 132-D-2022 y consta de 22 artículos organizados en cuatro capítulos [texto original].

El proyecto

Alcance

Si bien en la iniciativa -en principio- será obligatorio "para todas las construcciones de inmuebles nuevos con financiación del Instituto de la Vivienda (IVC)" [2] a continuación se aclara que "el Poder Ejecutivo determinará, de manera progresiva y contemplando las características de los inmuebles, la obligatoriedad de la certificación de eficiencia energética a los tres años de la publicación en el Boletín Oficial de la presente ley [3]". O sea que todo hace pensar que finalmente será obligatorio para todo el parque inmobiliario.

De la lectura de las definiciones –entre otros artículos- se infiere que la obligación de tramitar el certificado será de los propietarios de inmuebles. O sea que alcanzará no sólo al edificio sino también a cada unidad funcional por separado [4]. La oblea tendrá una validez de 20 años [5].

Criterios

De ser aprobada, la iniciativa ordenará que la autoridad de aplicación determine los criterios para efectuar la certificación de eficiencia energética que incluirá al menos los siguientes parámetros: la transmitancia [6] térmica para cada componente de la envolvente, las condiciones higrotérmicas [7], los riesgos de condensación, la demanda de calefacción y refrigeración, y el uso de energías renovables.

Registro

Para llevar a cabo este proyecto se crearía el Registro de Certificadores y Viviendas con Etiquetas de Eficiencia Energética que tendrá bajo su órbita:

a) El proceso de inscripción de los certificadores que serán los habilitados para efectuar la certificación de eficiencia energética;

b) La tramitación de la certificación de eficiencia energética; y

c) La emisión de la etiqueta de eficiencia energética [8].

Multas

El propietario de un inmueble obligado a efectuar la certificación y etiqueta de eficiencia energética que incumpla será sancionado con una multa que irá de 100 a 1.000 unidades fijas -o sea de 5.300 a 53.000 pesos- y será intimado a la obtención de la misma en un plazo de 30 días.

Fundamentos

Esta iniciativa es una virtual "copia y pega" de un proyecto presentado por esos cuatro legisladores y Claudio Gabriel Cingolani (Vamos Juntos) el 10 de agosto de 2020 y que nunca pudo superar la comisión de "Planeamiento urbano".

En los fundamentos de la iniciativa se argumentó que "se busca maximizar el aprovechamiento de la energía y conocer el nivel de eficiencia energética de los inmuebles con el plan de optimizar su uso".

Agregaron también que "el proyecto apunta a desarrollar una política pública destinada a generar conciencia sobre el uso de la energía y buscar alternativas para hacer un uso más eficiente, propendiendo a la protección del medio ambiente".

En otras palabras: "El sistema de certificación de eficiencia energética de hogares es una medida destinada a conocer cómo los inmuebles emplean la energía.".

Develaron que "actualmente se está desarrollando una prueba piloto en forma conjunta entre Nación y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de etiquetado de viviendas en la ciudad y dispone de apoyo financiero del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a través de la Fundación Bariloche. En el marco del proyecto también se realiza un taller de capacitación a profesionales con el propósito de dotarlos de conocimiento técnico específico a los fines de concretar el relevamiento de las viviendas seleccionadas".

Por último, resaltaron que se proponen "avanzar en un esquema de certificación de eficiencia energética a fin de conocer la capacidad energética de los inmuebles de la ciudad de Buenos Aires, obtener datos precisos y poder trazar planes a mediano y largo plazo en el uso de la energía" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 720 del 15/01/22: "El Gobierno porteño recaudará 300 millones de pesos en obleas".

[2] Artículo 3º.

[3] Artículo 4º

[4] Artículo 2º y artículo 5º.

[5] Artículo 6º

[6] La transmitancia o transmitencia es una magnitud que expresa la cantidad de energía que atraviesa un cuerpo en la unidad de tiempo (potencia).

[7] Condiciones higrotérmicas son las determinadas por la temperatura, humedad, velocidad de aire y radiación térmica.

[8] Artículo 10º.


Curso/Taller de Sueldos para la Propiedad Horizontal.

Administración Mared


Proyecto de ley porteño

Subsidios y créditos para el mantenimiento de pequeñas consorcios

Fotoilustración creada sobre fotos de Pequeñas Noticias y la Legislatura porteña.

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[BPN-15/03/22] El pasado 3 de marzo cuatro legisladores porteños del Frente de Todos presentaron un proyecto de ley que otorgaría subsidios para la "puesta en valor y mantenimiento de edificios en propiedad horizontal de pequeña y mediana escala". Los autores expresaron que pretenden "fomentar el fortalecimiento de la práctica consorcial, elevar los niveles de mantenimiento de edificios e inyectar recursos públicos en la economía local".

Los consorcios que serían beneficiarios de esta ayuda deberán ser menores a las 20 unidades funcionales y acreditar una antigüedad mayor a los 20 años [artículo 5º].

Las tareas

Según la iniciativa se financiarán micro obras y obras menores. No se otorgará para realizar ampliaciones y sólo se podrán utilizar para:

- Tareas de impermeabilización de azoteas.

- Pintura e impermeabilización de frentes, contrafrentes y muros medianeros.

- Reemplazo de cañerías de alimentación a medidores y a cada unidad de gas natural.

- Reemplazo de caños de alimentación hasta tanque de reserva y distribución a cada unidad de agua.

- Reparación y/o reemplazo de caños pluviales y/o cloacales.

- Arreglos de paredes y pintura de pasillos y espacios de uso común.

- Incorporación o reemplazo de instrumentos de seguridad e higiene (matafuegos, luces de emergencia, cañería contra incendio - nichos hidrantes, señalética de evacuación, entre otros).

- Colocación y realización de rejas en espacios comunes y/o fachadas.

- Arreglo o reemplazo de puertas en espacios comunes y/o fachadas.

- Arreglo o reemplazo de ventanas en espacios comunes y/o fachadas.

- Reemplazo de baldosas o cerámicas en espacios comunes.

- Arreglo, mantenimiento o reemplazo de tanque de reserva de agua.

- Reemplazo de cables, cañerías o tableros eléctricos de la instalación desde la caja de medidores a la entrada de cada unidad.

- Arreglo de escaleras y barandas comunes.

- Instalaciones necesarias para el acceso o circulación de personas con discapacidad.

- Arreglos de fachadas para dar cumplimiento a la Ley 257/99 y la 6116/18.

Los propietarios de consorcios que sean incluidos en el programa, abonarán por el transcurso de dos años una alícuota adicional del 3% del ABL (Impuesto de Alumbrado Barrido y Limpieza). Ese dinero será destinado de manera exclusiva al IVC (Instituto de Vivienda de la Ciudad) y deberá ser utilizado para ampliar los alcances del programa.

Subsidios y créditos

Los consorcios se pueden beneficiar de un subsidio de hasta el 100% del costo de las obras, del 50% o un crédito a tasa fija de hasta 5 años según el siguiente detalle [artículo 17º]:

1.- Otorgamiento de un subsidio de hasta el 50% del costo de las obras, siendo el consorcio quien deba abonar el resto de la erogación que demande la obra. Esta modalidad deberá poseer un 33% de los proyectos aprobados durante el ejercicio económico correspondiente al año de referencia.

2.- Otorgamiento de un crédito a tasa fija con un plazo máximo de 5 años con una tasa de interés igual o menor al que se aplica a los beneficiarios de la ley 341/2000 por el 80% del costo de las obras. Esta modalidad deberá poseer un 33% de los proyectos aprobados durante el ejercicio económico correspondiente al año de referencia

3.- La autoridad de aplicación subsidiará el 100% del costo de las obras. Esta modalidad deberá poseer un 34% de los proyectos aprobados por cada ejercicio económico correspondiente al año de referencia.

Los proveedores

En la idea que los trabajos que requieran los consorcios sean una ayuda efectiva a profesionales y pequeñas y medianas empresas porteñas, sólo podrán efectuar las obras de mantenimiento y puesta en valor mencionados:

- Las cooperativas de trabajo con domicilio en el Área Metropolitana de Buenos Aires.

- Las PyMEs de hasta 30 empleados con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

- Los emprendedores y profesionales de la construcción que tengan domicilio en el Área Metropolitana de Buenos Aires y posean forma de acreditar experiencia mínima de tres años en las tareas pertinentes.

El proyecto

El proyecto fue presentado por Matías Barroetaveña, Claudia Neira, Manuel Salvador Socías y Juan Manuel Valdés. Consta de 26 artículos de los cuales uno es de forma e ingresó por mesa de entradas de la Legislatura porteña con el número 280-D-2022 [texto original]. Está previsto que sea analizado por las comisiones de "Planeamiento Urbano", "Vivienda" y "Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Proyecto de ley porteño

Oficina Comunal de Atención y Orientación sobre Alquileres

Fotoilustración creada sobre fotos de Pequeñas Noticias y la Legislatura porteña.

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[BPN-15/03/22] El pasado 8 de marzo siete legisladores porteños del Frente de Todos presentaron un proyecto de ley que creará en cada comuna de esta ciudad una "Oficina Comunal de Atención y Orientación sobre Alquileres" con el objetivo de brindar información y una asistencia integral y gratuita a toda persona que tenga interés en alquilar un inmueble con destino habitacional.

Las ocho funciones que tendrían estas oficinas comunales son textualmente:

a) Informar y asesorar acerca de los derechos y deberes que estipula la Ley 27.551 a los ciudadanos de cada comuna de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de manera accesible, completa e integral respecto a la locación de un inmueble con fines habitacionales.

b) Brindar asistencia técnica y orientación ante situaciones específicas.

c) Implementar espacios de mediación comunitaria a fin de resolver conflictos relativos a la locación de inmuebles con fines habitacionales suscitados entre locadores, locatarios, corredores inmobiliarios y/o intermediarios.

d) Proveer a toda persona que así lo requiera un modelo de contrato de locación orientativo, que se adecúe a la normativa vigente.

e) Asistir a toda persona que así lo requiera sobre las opciones de garantía establecidas según la normativa vigente en la Ley Nacional 27.551, así como también informar sobre el programa Garantía BA, o el que en el futuro lo reemplace, al fin de facilitar el acceso a la garantía requerida.

f) Difundir en lenguaje claro los derechos y obligaciones estipulados por las Leyes N° 27.551 y N° 5.859 respecto de locadores, locatarios, corredores inmobiliarios y/o intermediarios, generando mayor conciencia ciudadana y favoreciendo a la celebración de contratos en forma transparente e informada.

g) Brindar información y asesoramiento sobre los programas disponibles de acceso a la vivienda, acceso al crédito, el otorgamiento de subsidios habitacionales y todo otro programa ofrecido tanto por el Gobierno de la Ciudad Buenos Aires como el Estado Nacional que tengan como objetivo garantizar el acceso a una vivienda digna

h) Publicar en forma trimestral la estadística sobre el funcionamiento de la Oficina Comunal de Atención y Orientación sobre Alquileres.

La iniciativa propone que el Poder Ejecutivo asigne el personal capacitado necesario a cada oficina para el cumplimiento de las funciones encomendadas y permite que se suscriban acuerdos con asociaciones y colegios de profesionales para la capacitación de ese personal.

Los argumentos

A las hora de fundamentar la iniciativa los legisladores aportaron algunos datos interesantes: "Según datos aportados por la Dirección General de Estadística y Censos (DGEyC) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante los últimos diez años la tenencia propietaria disminuyó ocho puntos porcentuales, aumentando la tenencia de alquileres en la misma proporción pasando de un 27,7% en el 2006 para ubicarse actualmente alrededor del 35,1%".

Ampliaron a continuación: "Según datos más actualizados presentados por la [mencionada] DGEyC correspondientes al año 2018 -desglosando los niveles de tenencia de alquiler por comuna- podemos observar que las comunas con mayor tenencia de alquiler son la 1, 2, 3 y 14, con niveles que se elevan al 46,2%, 42,7%, 48,4% y 39,80% respectivamente sobre el total de la tenencia de vivienda".

Por último completaron: "Asimismo, las comunas con menores niveles de tenencia de la vivienda mediante alquiler, presentan una considerable proporción sobre el total, alcanzando casi un tercio de las viviendas bajo dicho régimen. Entre estas Comunas se encuentran la 4,8, 11 y 12, teniendo niveles de tenencia de alquiler de 28,10%, 23,50%, 24,40% y 26,30% respectivamente".

Los autores del proyecto son Lucía Cámpora, Javier Andrade, Ofelia Fernández, Claudio Américo Ferreño, Victoria Montenegro, Claudio Alberto Morresi y Laura Velasco. El proyecto consta de siete artículos de los cuales uno es de forma e ingresó a la Legislatura porteña con el número de expediente 566-D-2022 [texto original] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administradores de consorcios

Clara Muzzio les organizó una visita al Centro de Reciclaje porteño

La ministra de Espacio Público e Higiene Urbana porteño, Clara Muzzio [Foto Gobierno de la CABA]

La ministra de Espacio Público e Higiene Urbana porteño, Clara Muzzio [Foto Gobierno de la CABA]


[BPN-15/03/22] El pasado 22 de febrero la ministra de Espacio Público e Higiene Urbana porteño, Clara Muzzio, recorrió el Centro de Reciclaje de la Ciudad junto a autoridades de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y la Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal (ACAPPH).

El objetivo de la visita fue que las autoridades de estas entidades de administradores vean de primera mano cómo funciona el sistema atrás de la separación en origen. Cómo funcionan las máquinas y cómo se procesan todos los materiales

En un spot publicitario aclararon el motivo de esta invitación: "Los administradores [de consorcios] tienen un rol fundamental, nos ayudan a nosotros a llegar a todos los hogares para seguir concientizando a más y más vecinos" sobre la importancia del reciclado y la separación en origen. Sin embargo, no hay que perder de vista que la separación en origen –como la palabra lo indica - comienza en la intimidad de cada hogar.

Los consorcios y la basura

Según informó el GCABA, los edificios son considerados macrogeneradores de residuos. En la ciudad hay 40 mil macrogeneradores de los cuales 30 mil son edificios y 10 mil comercios, hospitales y shoppings. Agregaron que para acceder a la recolección diferenciada los edificios se deben inscribir en un registro oficial: 11.700 ya están registrados.

Llamó la atención que informaran que sólo se dictaron 2.750 cursos de capacitación cuando se supone que los casi 8.500 administradores del Registro Público de Administradores ya sea para inscribirse o para renovar la matrícula anual debieron haber realizado por lo menos un curso de Basura Cero.

Agregaron que también se realizan 300 fiscalizaciones por semana para controlar la correcta separación.

Algunos números sobre nuestra basura

Actualmente, la Ciudad genera 8.500 toneladas de residuos por día, lo que equivale a 2.500 camiones llenos de basura uno atrás del otro de punta a punta en la General Paz.

7.500 toneladas de basura, es decir el 90% de esos residuos, son gestionados por la Ciudad de los cuales, 3.060 toneladas son áridos y voluminosos, 615 toneladas forestales y 400 toneladas son de reciclables.

Buenos Aires cuenta con 6.613 recuperadoras y recuperadores urbanos, 12 cooperativas, 4.580 campanas y contenedores verdes, y 70 puntos verdes que reciben reciclables en la Ciudad.

El Centro de Reciclaje de la Ciudad

Según su sitio web oficial, el Centro de Reciclaje de la Ciudad (CRC) está compuesto de cinco plantas de tratamiento de residuos y un centro educativo. Fue creado para darle tratamiento a las diferentes fracciones de residuos sólidos urbanos que se dirigían a ser relleno sanitario.

El principal objetivo del CRC es valorizar el residuo transformándolo en materia prima para introducirlo nuevamente en distintas industrias. Los materiales que llegan al CRC provenientes de diferentes circuitos de recolección entran en cada planta y comienzan un proceso de transformación específico para ser recuperados.

La comitiva

Si bien el Gobierno porteño comunicó que de la visita guiada participaron "encargados de edificios" no los mencionaron a la hora de detallar la lista completa de los visitantes.

Entre las autoridades porteñas que acompañaron a la ministra se encontraron también Pedro Comín Villanueva (subsecretario de Higiene Urbana), Julia Domeniconi (secretaria de Atención Ciudadana y Gestión Comunal), Vilma Bauza (directora general de Defensa y Protección al Consumidor) y Francisco Sánchez Moreno (director de Reciclado y Economía Circular) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Pérdida en el mensual y el interanual pero ganancia en el acumulado

Grafico de las escalas salariales desde 2016.

[BPN-15/03/22] Este mes el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios [1] perderá contra la inflación -1,94 puntos porcentuales con respecto al mes pasado, ganará 5,14 puntos en el acumulado anual y volverá a perder 0,87 puntos en la medición interanual.

El mes pasado finalizaron los acuerdos salariales del 22 de febrero [2] y 16 de junio del año pasado [3] y este mes comienza la primera etapa del nuevo acuerdo salarial firmado el 1º de febrero. Éste fue homologado el 7 de ese mes [4] entre las tres entidades de administradores que representan a los consorcios [5] y la FATERyH [6].

El incremento mensual

En marzo el promedio de las escalas salariales se incrementó un 2,16% con respecto al mes pasado.

Esto se debió a la integración del bono de los 8 mil pesos a las escalas salariales.

Según una lógica simple no debería haber habido un aumento porcentual de las escalas salariales con respecto al mes pasado. Sin embargo ésta se creó porque el mes pasado todas las funciones de las cuatro categorías cobraron 8 mil pesos mientras que este mes su integración fue proporcional.

El cálculo es simple: se sumó el bono a la cuarta categoría y a las demás se las calculó en forma proporcional -y habiendo entre ellas diferencias de 10%, 15% y 20%-, en las categorías más altas el bono llega a un máximo de 14.376 (Mayordomo de 1ª categoría) y a un mínimo de 4.555 pesos (Encargado no permanente con vivienda de 4ª categoría). En el total de la escala salarial el promedio que se integró fue de 8.869.

Durante el tercer mes de este año el promedio de las escalas salariales será de 79.306 pesos.

El acumulado anual

El incremento acumulado anual de las escalas salariales desde enero de este año hasta marzo será de un 18,39%. El incremento acumulado creció 2,51 puntos con respecto al mes pasado.

El promedio de las escalas salariales de diciembre del 2021 fue de 66.988 pesos.

El incremento interanual

Desde marzo de 2021 hasta el mismo mes de este año las escalas salariales se incrementaron en un 50,35%, una diferencia con respecto del mes pasado de 3,19 puntos.

En marzo del año pasado el promedio de las escalas salariales fue de 52.747 pesos mensuales.

El promedio anual

El promedio anual de los primeros tres meses de este año contra los tres primeros del año pasado arrojó un aumento del 48,87%. Una diferencia de 0,76 puntos con respecto al mes pasado.

INDEC

Para el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) la inflación de febrero fue de 4,7% -ina diferencia con lo estimado de 0,8 puntos porcentuales- y para el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la inflación de marzo será de un 4,1%.

Según estos números, la inflación acumulada anual será de un 13,24% y la interanual está estimada en un 51,22%.

Jubilados

Mientras tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en marzo será de 32.630,39 pesos mensuales, un aumento del 12,28% con respecto al mes anterior.

Esto se debe a la primera actualización trimestral de este año que se oficializó el 17 de febrero mediante la Resolución 26/2022 del ANSES.

En dólares, este haber mínimo representa 294 dólares al precio oficial, 174 dólares a cotización turista o 164 dólares según el mercado blue [7].

Grafico de la evolución de las jubilaciones desde 2016 a la fecha.

En marzo del año pasado ese haber estuvo en 20.571,44 pesos y en diciembre fue de 37.061,62 pesos por lo que el incremento acumulado anual fue negativo (-11,96%) y el interanual positivo (58,62%). 

La inflación de febrero redujo el poder adquisitivo de la jubilación de marzo de un 12,28% de aumento a un 8,18%. Por lo demás, los haberes minimos perdieron contra la inflación de 25,20 puntos en lo que va del 2022 y se apreciaron 7,40 puntos durante los doce últimos meses Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En octubre y noviembre se sumó los 2.500 pesos otorgados por el Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional mediante el Decreto 561/2019. Se sumó el incremento salarial que otorgó el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para enero y mil pesos más para febrero y meses subsiguientes.

[2] BPN Nº 700 del 15/03/21: "Santa María acordó un 32% de aumento en 4 tramos".

[3] BPN Nº 708 del 15/07/21: "Ya se homologaron los seis bonos de 8 mil pesos".

[4] BPN Nº 722 del 15/02/22: "Se firmó y homologó un nuevo convenio salarial".

[5] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[6] FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

[7] Según cotizaciones del 08/03/2022.


Correo de Lectores

La liquidación de vacaciones en el caso de jornaleros

A quien corresponda:

Quisiera saber si la liquidación de vacaciones en el caso de jornaleros es correcta.

Cuando la antigüedad supera los 5 años, ¿debe pagarse una jornada como si la hubiese trabajado por dos y de superar la antigüedad 10 años el mismo valor multiplicado por 3?

Muchas gracias.

Saludos.

Carolina [CABA]

(03/03/2022)

Hola Carolina:

El inciso d) artículo 12º del Convenio Colectivo 589/2010 dice: "d) Los trabajadores suplentes gozarán de las vacaciones totales establecidas en el inciso c) cuando trabajen más de la mitad de los días laborables comprendidos en el año calendario o aniversario de trabajo de conformidad con las normas legales vigentes. Los trabajadores suplentes que no reúnan el tiempo mínimo percibirán en concepto de vacaciones el salario correspondiente a un día por cada veinte días efectivamente trabajados o fracción mayor de quince días hasta los cinco años de antigüedad. Luego de cinco años de antigüedad y hasta los diez el salario por vacaciones se duplicará y desde los diez años en adelante se triplicará. En estos casos, el suplente gozará de las vacaciones durante los días que componen su jornada habitual".

Según este párrafo, deberás calcular la cantidad de días que le corresponde de vacaciones y luego se los abonás según la antigüedad.

Por ejemplo, si trabajó lunes y jueves durante todo el año 2021, trabajó aproximadamente 96 días en el año. 96 días / 20 es igual a 4,8 días. Eso quiere decir que tiene 5 días de vacaciones que gozará los lunes y los jueves que son los días que va al edificio. Dependiendo de la antigüedad, los abonaras simple, doble o triple.

Un saludo grandote.

MFL Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Correo de Lectores

Administrar en provincia de Buenos Aires

Buenas tardes: 

Mi consulta es si un administrador de CABA puede administrar en la provincia de Buenos Aires.

Atte.

Alejandro

(07/03/2022)

Estimado Alejandro:

Por el momento no hay ningún requisito para administrar en la provincia de Buenos Aires.

Le cuento que a fines de 2013 se sancionó en territorio bonaerense la Ley 14.701 que creó un Registro Público de Administradores (RPA) pero nunca se reglamentó.

Entre los abogados que más conocen sobre propiedad horizontal las aguas están divididas, unos opinan que algunas de las obligaciones que impone esa ley están vigentes aunque no se haya creado el RPA y otros que si no se crea el RPA esas obligaciones no son exigibles.

Si quiere profundizar sobre el tema, puede encontrar más material sobre el tema en el buscador de nuestro sitio www.pequenasnoticias.com.ar usando las palabras claves "RPA bonaerense".

Un saludo cordial.

CGdeR Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.


Boletín de Pequeñas Noticias

1º Edición Nº DCCXXIV

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