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15 de Marzo de 2023 - Nº 748

Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal

Intento de censura a Pequeñas Noticias

Diego Graziadei, presidente de una entidad de administradores, intimó a Pequeñas Noticias a borrar un párrafo de una noticia que no fue de su agrado Amenazó también con juicios penales y civiles en caso de mencionar a la asociación civil que dirige o a los miembros de su comisión directiva Se solidarizaron con el medio la Liga del Consorcista, la CAPHyAI, ADEPROH y la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, entre otros.

[BPN-15/03/23] El pasado 22 de febrero el presidente de la Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal (ACAPPH), Diego Graziadei, intimó al medio periodístico Pequeñas Noticias y a su director en forma personal a retirar un párrafo de una nota que informó que mediante un acuerdo realizado con un banco privado multinacional cada administrador que abra a sus consorcios una cuenta de ese banco recibirá un "regalo" personal de 20 mil pesos...


 

 

La Liga del Consorcista

La Dra. Rita Sessa repudió beneficios personales en forma oculta

La Liga del Consorcista repudió "cualquier beneficio personal que obtengan los administradores a costa de sus administrados en forma oculta y sin informarlo a la asamblea en forma explícita" Lamentó también que se ataque al periodista que cumple con su deber de informar y con ello a la libertad de prensa.

Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

Summa reiteró que los beneficios deben ser para los consorcios

El presidente de la CAPHyAI ratificó que si un banco desea otorgar un beneficio por contratar sus servicios debe ser para el consorcio y no para los administradores Repudió el intento de censura a Pequeñas Noticias y expresó su apoyo incondicional a la libertad de prensa.



Mercedes García

Se sumó otro repudio al intento de censura a Pequeñas Noticias

La presidenta de ADEPROH, Mercedes García, consideró que como sociedad es nuestro deber proteger la libertad de prensa y defenderla con firmeza Agregó que el papel de los medios de comunicación es fundamental para garantizar la transparencia de una sociedad organizada.

Registro Público de Administradores porteño

Aumentó la cantidad de multas dispuestas contra administradores

Durante el año pasado Defensa del Consumidor porteño aumentó las multas contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley 941 Sus montos no se actualizaron al ritmo de la inflación Un porcentaje alto fueron recurridas ante la Justicia.


Administración Global


Registro Público de Administradores porteño

El difícil arte de sancionar a un administrador

Todavía falta publicar en el Boletín Oficial un porcentaje importantes de sanciones por infracciones a la Ley 941 de los años 2018 y 2019 A esto se le suma una cantidad significativa que las apela en los tribunales Por último, a otro porcentaje hay que cobrárselas vía judicial.


Profesionales de Consorcios

Se estrenaron dos nuevos programas sobre la propiedad horizontal

El Dr. Juan Martin Luciani Otaño estrenó dos programas sobre propiedad horizontal Bajo el nombre "Profesionales de Consorcios" comenzó un programa de radio semanal y un programa mensual en formato TV que se puede ver por YouTube.


Auditoría General de la CABA

La Auditoría revisará los sistemas informáticos de Defensa del Consumidor

Durante este año dedicará casi 3 mil horas a revisar los sistemas informáticos aplicados al control de los derechos del consumidor Es de recordar que uno de los protagonistas del año pasado fue el malfuncionamiento del buscador de administradores del RPA.


Registro Público de Administradores

Se pueden presentar las DDJJ hasta el 31 de octubre

Los mandatarios de los consorcios dispondrán desde marzo hasta octubre para realizar las DDJJ de los edificios que administraron el año pasado La matrícula personal se debe renovar según la fecha indicada en el último certificado.


Agencia Gubernamental de Control

La cobertura de ascensores y calderas subió un 36%

En la medición interanual la unidad fija aumentó bastante menos que la inflación que mide el INDEC Eso se debería a que el precio de la nafta que está "atado" al programa "Precios Justos".


Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Las escalas ganan en el interanual por quinto mes consecutivo

En marzo las escalas salariales de los encargados de edificios volverán a perder contra la inflación mensual y la acumulada anual pero seguirán ganando en la medición interanual Por otra parte, los haberes mínimos de los jubilados que pagan expensas ganarán en la medición mensual, la acumulado anual y la interanual.


Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados OFRECIDOS

APCCRA

Finalmente el Dr. Awad inauguró su asociación de consorcistas

El presidente de la nueva entidad no se calló nada: habló sobre los objetivos de su asociación, su relación con el Banco Hipotecario, sus objetivos en la mesa paritaria, su postura sobre los honorarios de las inmobiliarias, su invitación a Víctor Santa María, la Ley de Alquileres y anunció que publicitará en la web a los sancionados por el RPA.


Medios

Ya comenzó un novedoso programa de radio, Consorcios 360

Un consorcista, un administrador y un abogado opinaran sobre cada una de las noticias sobre propiedad horizontal de la semana que les irá presentando un periodista La idea es tener una visión panorámica completa sobre las novedades que afectan al sector.


Acuerdo de cooperación mutua

Nuevo modelo de ‘Certificado de expensas

Es el resultado de un acuerdo entre la CAPHyAI y el Colegio de Escribanos de la CABA Podrá ser gestionado de forma completamente virtual tanto por los administradores como por los escribanos La CAPHyAI desarrollará una aplicación para gestionarlo.


Registro Público de Administradores porteño

Formularios para descargar y presentar

El RPA de la CABA proporcionó el listado de entidades autorizadas para dictar los cursos y tres formularios para descargar y presentar: de inscripción, de altas y bajas de consorcios y el certificado de domicilio.


Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal

Leve descenso de la cantidad de puestos de trabajo

En 2022 se advierte una leve disminución de los puestos de trabajo con respecto al año anterior Ya en las mediciones trimestrales se venía advirtiendo esta tendencia Con ligeras variaciones, se mantiene la diferencia de las remuneraciones entre varones y mujeres.


Correo de Opinión

Ataque/amenaza a la libertad de expresión/prensa 

por el Sr. Andrés Zulberti


Correo de Opinión

¿Y si lo mejoramos

por el Cr. Gustavo Gallego


Correo de Lectores
Cantidad de horas extras anuales

(23/02/2023)


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Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal

Intento de censura a Pequeñas Noticias

[BPN-15/03/23] El pasado 22 de febrero el presidente de la Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal (ACAPPH), Diego Graziadei, intimó al medio periodístico Pequeñas Noticias y a su director en forma personal a retirar un párrafo de una nota que informó que mediante un acuerdo realizado con un banco privado multinacional cada administrador que abra a sus consorcios una cuenta de ese banco recibirá un "regalo" personal de 20 mil pesos y que si el administrador es socio de la entidad se le bonificará su última cuota societaria [1].

Graziadei consideró calumnioso, injurioso y tendencioso un párrafo que expresó: "En muchos sectores de la comunidad consorcial se generó el temor de que la oportunidad de un regalo personal de este tipo impulse a muchos administradores a considerar la apertura de cuentas en los consorcios que administran en la búsqueda de lucro personal aún por encima de la conveniencia o la voluntad de sus mandantes". El destacado pertenece a la nota original.

Amenazó también a Pequeñas Noticias con juicios penales y civiles en caso de mencionar tanto a la asociación civil que dirige como a los miembros de su comisión directiva.

Por otra parte, en el sitio web institucional de la entidad Graziadei develó un dato que hasta ahora no se conocía: "Hay más de diez entidades financieras que proponen beneficios similares para los administradores", sin embargo no aclaró de que entidades se trataría. Lamentó también que la nota no hubiera mencionado que "entre los beneficios [que brinda el banco] está la ’gratuidad de la cuenta para el consorcio’" y resaltó que "dicho beneficio impacta directamente en la economía de todos los administrados en este difícil momento que atraviesa nuestro país".

Si bien en esa nota Pequeñas Noticias comunicó la posición crítica de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) sobre este tipo de bonificaciones, Graziadei no hizo mención alguna a las autoridades de esa entidad colega sobre ese punto ni en su intimación a Pequeñas Noticias ni de ninguna otra forma.

La CAPHyAI mediante una circular había dictaminado que el Banco fue "muy mal asesorado" ya que este beneficio debe ser exclusivamente para el consorcio y no para el mandatario. Calificó ese beneficio a los administradores como "fuera de ética" y responsabilizó a las autoridades de ACAPPH explicando: "Si bien la entidad financiera no tiene por qué conocer la mecánica del vínculo consorcio/administrador es función de las entidades que nuclean la actividad velar porque no ocurran estas situaciones".

Luego de difundida la amenaza de censura de ACAPPH, se solidarizaron con el medio –entre otros- la Dra. Rita Sessa de la Fundación Liga del Consorcista [ver nota], el Adm. Miguel Ángel Summa, presidente de la CAPHyAI [ver nota], Mercedes García, presidenta de ADEPROH [ver nota] y Andrés Zulberti, coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3 [ver nota].

Consultado sobre el tema Claudio García de Rivas, director de Pequeñas Noticias, explicó: "Los periodistas sabemos cuándo una nota es más o menos delicada. En este caso me quedé muy sorprendido por lo exagerado de su reacción. Puede ser que hayamos mencionado un punto sobre el que hay más cosas que no sabemos. De todos modos no consideramos que haya temas sobre los que no se pueda debatir en libertad, no en estos tiempos. Eso pertenece a un pasado totalmente olvidable. Lo que sí, no quiero dejar de agradecer a todos aquellos que nos hicieron llegar su apoyo irrestricto a la libertad de expresión como un valor superior al gusto o disgusto personal por una u otra nota".

Allá lejos y hace tiempo

Uno de los últimos intentos de censura a este medio fue hace 16 años, en noviembre de 2007. En aquel momento quien fuera el presidente de la CAPHyAI, Horacio Bielli, pidió a los "colegas que apoyan con publicidad a los medios que no quieren el colegio [...] hablen con ellos porque no podemos darle dinero a nuestros enemigos, no podemos darle dinero a los que le dan letra a los sellos de goma, a los que hacen injurias".

Ese pedido lo realizó en el marco de la 15º Convención de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina –organizada por Fundación Reunión de Administradores (FRA)- que se realizó el 23 de noviembre en el salón auditorio de la Federación Argentina de Municipios (FAM).

El pedido de Bielli fue explícito y directo a dos medios en particular, Pequeñas Noticias y Radio Mitre: "las empresas que hacen publicidad con el Dr. Eduardo Awad en radio Mitre los sábados y los que hacen publicidad en medios como Pequeñas Noticias dan espacio a instituciones que nos atacan y a abogados que, por lo menos, no deben haber aprendido derecho constitucional" [2].

Con el tiempo de develó que lo que había provocado la reacción de Bielli fue que el mes anterior Pequeñas Noticias le había hecho una entrevista a un grupo de administradores que habían conformado una lista de oposición de cara a las elecciones del año siguiente. Uno de los objetivos de la Línea Renovación CAPHyAI –así se llamaba- era la de es profesionalizar la Cámara y crear un colegio de administradores [3] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 746 del 15/02/23: "Produjo rechazo la ‘promo’ de ACAPPH con un banco multinacional".

[2] BPN Nº 335 del 29/11/07: "¿Por qué no te callas?"

[3] BPN Nº 331 del 17/10/17: "Queremos salvar a la CAPHyAI".


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


La Liga del Consorcista

La Dra. Rita Sessa repudió beneficios personales en forma oculta

Dra. Rita Sessa, Fundación Liga del Consorcista [Foto archivo Pequeñas Noticias]

Dra. Rita Sessa, Fundación Liga del Consorcista [Foto archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-15/03/23] El pasado 22 de febrero la Dra. Rita Sessa en nombre de la Liga del Consorcista repudió "cualquier beneficio personal que obtengan los administradores a costa de sus administrados en forma oculta y sin informarlo a la asamblea en forma explícita". Agregó también: "Es siempre ominosamente lamentable que se ataque al mensajero, al periodista que cumple con su deber de informar y con ello se ataque a la libertad de prensa, protegida constitucionalmente".

Respondió así al comunicado oficial que hiciera el 20 de febrero la Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal (ACAPPH) en el que defendió el acuerdo que realizó con un banco privado multinacional para que se otorgue un regalo personal de 20 mil pesos a cada administrador que logre que los consorcios que administra abra una cuenta en ese banco [1] y a la amenaza de juicios penales y civiles a Pequeñas Noticias por publicar esa información [2] [ver nota].

La Dra. Sessa explicó que el beneficio que promete el banco "debiera ser para el consorcio, nunca para él. Ello así porque la cuenta sería del consorcio, que es lo que le interesa al banco. El beneficio debiera ser para el mandante -titular de la cuenta- no para el mandatario".

La especialista fundamentó jurídicamente las razones de su postura:

El administrador debe verificar si el beneficio que promete la entidad bancaria es para él o para el consorcio. Debiera ser para el consorcio, nunca para él. Ello así porque la cuenta sería del consorcio que es lo que le interesa al banco. El beneficio debiera ser para el mandante -titular de la cuenta- no para el mandatario. Y esto es para todo el país. El mandante (consorcio) se expedirá por asamblea si acepta o no la propuesta que ofrecen. Obviar esto no corresponde por ser contrario a la ética, a la buena fe, a la transparencia de gestión y a los alcances del mandato. Sea la cuenta gratuita o no.

Desde la Liga del Consorcista repudiamos cualquier beneficio personal que obtengan los administradores a costa de sus administrados en forma oculta y sin informarlo a la asamblea en forma explícita.

Sin perjuicio de las elementales razones éticas, no informar a la asamblea en forma explícita y con lujo de detalles cualquier "beneficio extra" personal que pudieran recibir antes de celebrar cualquier contratación violentaría lo normado por el artículo Nº 159º del Código Civil y Comercial de la Nación.

En efecto, el Código ordena a los administradores "...implementar sistemas y medios preventivos que reduzcan el riesgo de conflictos de intereses en sus relaciones con la persona jurídica".

Obtener un beneficio oculto por una contratación en nombre del consorcio genera un claro conflicto de intereses excepto que ello se aclare, como decíamos, explícita y detalladamente.

Y no alcanza con la publicidad por cualquier medio que la empresa en cuestión pudiere hacer sobre la contratación, se requiere un llamado a asamblea concreto donde el tema esté específicamente indicado en el orden del día y donde se trate con detalle sin dejar lugar a dudas que realizando la contratación con una determinada empresa se beneficiará personalmente al administrador en forma directa.

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[1] BPN Nº 746 del 15/02/23: "Produjo rechazo la ‘promo’ de ACAPPH con un banco multinacional".

[2] ACAPPH del 20/02/23: "Comunicado oficial de ACAPPH".


Caldén: Control de plagas.


Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

Summa reiteró que los beneficios deben ser para los consorcios

Miguel Ángel Summa, presidente de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [Foto Pequeñas Noticias]

Miguel Ángel Summa, presidente de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/03/23] El pasado 27 de febrero el presidente de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), Adm. Miguel Ángel Summa, ratificó que si un banco desea otorgar un beneficio por contratar sus servicios debe ser para el consorcio y no para los administradores. Subrayó que es función de las entidades de administradores asesorarlo sobre la mecánica consorcio/administrador y velar que estas cosas no ocurran. Por último, repudió el intento de censura a Pequeñas Noticias y expresó su apoyo incondicional a la libertad de prensa [ver nota].

Pequeñas Noticias le realizó una entrevista a Summa sobre éste y otros temas de interés para la comunidad consorcial en su oficina en la sede de la CAPHyAI.

La entrevista

Pequeñas Noticias: ¿Qué opina sobre estas promociones que benefician con premios y regalos a los administradores que actúan en nombre de los consorcios.

MiGuel Ángel Summa: Reitero lo que ya expresamos en su momento públicamente: considero que el banco fue muy mal asesorado ya que de haber beneficios deben ser para los consorcios y no para los administradores. Si bien las entidades financieras no tienen por qué conocer la mecánica del vínculo consorcio/administrador es función de las entidades que nuclean la actividad velar porque no ocurran estas situaciones.

PN: ¿Un beneficio de este tipo beneficia la economía de los administradores, teniendo en cuenta el difícil momento que atraviesa nuestro país?

MAS: La solución a la situación económica de los administradores no pasa por los beneficios que puedan otorgarle un banco u otro proveedor. Pasa por recibir un honorario justo que en estos momentos de inflación y ante la falta de actualización no alcanza para nada. En mi opinión se debe cambiar el artículo 14º de la Ley 941 que exige que el administrador sólo pueda aumentar sus honorarios con acuerdo de la asamblea. Ese artículo habría que cambiarlo por alguna fórmula de actualización automática.

PN: ¿Qué opina sobre el hecho de que las multas por los recipientes diferenciados se realizan a los administradores en lugar de a los consorcios?

MAS: No estoy de acuerdo porque en los consorcios se generan muchas situaciones que escapan a la voluntad del administrador y no es justo que en esos casos seamos sancionados. Por ejemplo, en el consorcio no hay lugar físico para disponer los recipientes, no tiene dinero para afrontar el gasto, etc.

PN: Ud. expresó que la Ley 941 cumplió su ciclo. Que piensa que debería cambiarse. ¿Existe alguna iniciativa legislativa con respecto a este tema? ¿En qué ámbito?

MAS: Se debería modificar incorporar la forma de actualizar los honorarios de los administradores. También se debería poner algún filtro a las denuncias de los propietarios. Hoy cualquiera hace una denuncia y termina indefectiblemente en una multa. El RPA sólo debería tomar aquellas denuncias que fueron formuladas por uno o dos propietarios o que son acompañadas con la firma de un miembro del Consejo. El resto de las modificaciones hay que seguir analizándolas.

PN: Un senador propuso eliminar el impuesto al cheque en los consorcios, ¿la CAPHyAI piensa hacer algo con respecto a esta iniciativa?

MAS: Estoy de acuerdo. Los consorcios deben recaudar y generar los pagos a través de una cuenta bancaria, por lo que les genera un gasto adicional que no pueden descontar de ninguna manera. Después de todo no deja de ser un impuesto recaudatorio.

PN: ¿Qué opina sobre el proyecto de Martin Tetaz de que los aumentos salariales sean según una formula? ¿Considera que puede tener éxito?

MAS: No estoy de acuerdo. Las Leyes laborales impulsan las discusiones paritarias como medio para acordar los aumentos salariales. Además, la dinámica de la economía -sobre todo en estos tiempos de inflación- impide un aumento de salarios mediante una fórmula.

PN: ¿Piensa que la reglamentación del RPA bonaerense perjudicará el proyecto de crear una colegiatura para la profesión?

MAS: No, la Colegiación puede llegar a ser una muy buena herramienta para eficientizar y regular la profesión, ya que solamente un colegiado cuenta con los conocimientos necesarios.

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Mercedes García

Se sumó otro repudio al intento de censura a Pequeñas Noticias

Mercedes García, presidenta de la Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA (ADEPROH) [Foto archivo Pequeñas Noticias]

Mercedes García, presidenta de la Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA (ADEPROH) [Foto archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-15/03/23] El pasado 13 de marzo la presidenta de la Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA (ADEPROH) repudió el intento de censura a Pequeñas Noticias por parte del presidente de la Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal (ACAPPH), Diego Graziadei [ver nota].

Sin emitir juicio de valor sobre la nota cuestionada, consideró que como sociedad es nuestro deber proteger la libertad de prensa y defenderla con firmeza, y agregó: "El papel de los medios de comunicación es fundamental para garantizar la transparencia de una sociedad organizada. La censura al periodismo limita el acceso a la información y obstaculiza la capacidad de la sociedad para tomar decisiones informadas".

Finalizó señalando que "este intento de censurar una nota periodística es inaceptable" y que "debemos trabajar juntos para garantizar que la prensa tenga la libertad de informar en libertad sin temor a represalias".

La adhesión

Estimado director de Boletín de Pequeñas Noticias:

En mi carácter de presidenta de la ADEPROH (Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA) me dirijo a Ud. para expresar mi más enérgico repudio al reciente intento de censurar una nota periodística publicada por vuestro medio. Este acto es una flagrante violación de la libertad de prensa, uno de los derechos fundamentales y más importantes en cualquier sociedad democrática.

Sin ánimo de emitir juicio de valor sobre la nota publicada, considero que es nuestro deber proteger la libertad de prensa y defenderla con firmeza. El rol de los medios de comunicación es fundamental para garantizar la transparencia en una sociedad organizada. La censura al periodismo limita el acceso a la información y obstaculiza la capacidad de una sociedad para tomar decisiones informadas.

La prensa en sus diferentes modalidades tiene varias funciones: informar, persuadir, promover y formar opinión. En caso de intentar restringir la palabra y/o reprimir la difusión de una opinión y/o una crítica, se contribuye a conformar una atmósfera de autocensura, ejerciendo control sobre la información y provocando un disciplinamiento ejemplificador para que no se repita.

En resumen, este intento de censurar una nota periodística es inaceptable y debe ser condenado. Debemos trabajar juntos para garantizar que la prensa tenga la libertad de informar sin temor a represalias.

Atentamente,

Mercedes García

(13/03/2023)

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Registro Público de Administradores porteño

Aumentó la cantidad de multas dispuestas contra administradores

Gráfico

[BPN-15/03/23] Durante el año pasado aumentó en un 15,32% la cantidad de multas ordenadas por la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor (DGDyPC) porteño contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley 941 (Registro Público de Administradores). En 2022 se ordenaron 557 disposiciones sancionatorias mientras que en 2021 fueron 493. De esas 557 la mayoría fueron multas económicas (554) mientras que 3 fueron apercibimientos. El año pasado se ordenaron también 5 sobreseimientos.

Año

Cantidad

Sancionatorias

Exculpatorias

2018

479

457

22

2019

515

507

8

2020

434

428

6

2021

493

483

10

2022

562

557

5

Desde que Pequeñas Noticias lleva un registro, DGDyPC ordena en promedio 497 disposiciones anuales. El año que menos sanciones ordenó fue en 2020 (434) mientras que el año pasado superó los niveles de 2019 (515).

En pesos

Las 554 multas económicas sumaron más de 41 millones de pesos (41.076.817) lo que representó un incremento del 46% con respecto al año anterior en el que se recaudaron más de 28 millones de pesos por este concepto.

Año

Sancionatorias

Monto $

2018

457

14.954.868

2019

507

20.051.062

2020

428

23.339.167

2021

483

28.116.786

2022

557

41.076.817

La multa promedio del año pasado fue de 73.747 pesos mientras que la de 2021 fue de 58.213 pesos. Teniendo en cuenta que la inflación de un año a otro fue de un 100% se observa que en pesos el valor real de la multa promedio descendió.

En dólares

Convirtiendo los pesos de cada multa al valor promedio del dólar oficial de ese mes, durante el año pasado el Gobierno de la CABA recaudó en concepto de multas casi 320 mil dólares (319.417) lo que representó un incremento del 10,62% con respecto al año anterior. En 2021 dispuso multas por casi 289 mil dólares (288.760).

Año

Sancionatorias

u$s

2018

457

557.754

2019

507

423.003

2020

428

330.164

2021

483

288.761

2022

557

319.417

En dólares se confirma que las multas no siguen el ritmo de la inflación, mientras que la sanción promedio del año pasado fue de u$s 604 durante el 2021 fue de u$s 577 o sea que su valor descendió casi un 5% (4,56).

La judicialización

Se observó que al mismo ritmo que crecen las disposiciones sancionatorias aumentan también las presentaciones de los administradores de consorcios en la justicia para revocarlas.

Año

Judicializadas

%

2018

116

25,4

2019

117

23,1

2020

24

5,6

2021

102

21,1

2022

127

22,8

Se puede observar como lentamente el porcentaje de sanciones recurridas va subiendo luego de la caída abrupta del 2020, año de inicio de la pandemia.

Gráfico

Actualmente, el Registro Público de Administradores (RPA) porteño está coordinado por Diego Sarrabayrouse, depende de Defensa y Protección del Consumidor cuya directora general es Vilma Bouza y su superior directo es desde el 1º de agosto de 2021 Julia Domeniconi, secretaria de Atención y Gestión Ciudadana y es dependiente funcional de Eduardo Macchiavelli, secretario de la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial (UPFDT) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


  Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.


Registro Público de Administradores porteño

El difícil arte de sancionar un administrador

Gráfico

[BPN-15/03/23] A pesar de que durante el 2022 la publicación de disposiciones sancionatorias en el Boletín Oficial de la CABA contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley 941 (Registro Público de Administradores) creció un casi 400%, todavía falta publicar en el boletín oficial el 46% de las sanciones impuestas durante el 2018, el 64% del 2019 y el 54% del 2020.

Año

Disposiciones

Publicadas

No publicadas

Porcentaje

2018

479

258

221

46,14

2019

515

185

330

64,08

2020

434

201

233

53,69

2021

493

385

108

21,91

2022

562

425

137

24,38

En la tabla se puede observar que –a diferencia de años anteriores- ahora están más actualizados los años más cercanos en el tiempo que los más lejanos. El más complicado es el 2019 y el más actualizado el 2021.

A la ecuación agregamos las denuncias

A grandes rasgos, durante el 2022 una de cada tres denuncias se concretó en una disposición sancionatoria contra el administrador y una de cada cinco también se publicó en el Boletín Oficial.

Cantidades

De lo denunciado...

Año

Denuncias

Disposiciones

...se dispuso (%)

...se publico (%)

2018

1.312

479

36,51

19,66

2019

1.984

515

25,96

9,32

2020

1.353

434

32,08

14,86

2021

1.943

493

25,37

19,81

2022

1.904

562

29,52

22,32

La Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor porteño conoció años mejores y peores: durante el 2018 casi el 37% de las denuncias se concretaban en una sanción mientras que durante el 2021 ese número bajó al 25%.

Ahora sumamos las apeladas...

El hecho de que Defensa del Consumidor termine sancionando a un administrador pude no finalizar el trámite. En promedio un 20% de las sanciones se recurren a la Justicia ya sea para anularlas o para bajar sus montos.

Año

Disposiciones

Judicializadas

Porcentaje

2018

479

116

24,22

2019

515

117

22,72

2020

434

24

5,53

2021

493

102

20,69

2022

562

127

22,60

...y agregamos la falta de pago

Aún si la multa no fue recurrida a la justicia hay un porcentaje significativo de sanciones que deben ser cobradas con el auxilio de la Justicia (ejecuciones fiscales):

Año

Disposiciones

Ejecución Fiscal

Porcentaje3

2019

515

85

16,50

2020

434

74

17,05

2021

493

24

4,87

2022

562

23

4,09

Si bien en 2021 y 2022 el porcentaje de aperturas de causas para cobrar las multas desciende, es de recordar que el Gobierno de la CABA se estuvo tomando en promedio cerca de tres años para iniciar las demandas por falta de pago de las multas por lo que en un futuro los porcentajes de esos dos años es probable que suban Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Servicios informáticos para administradores y consorcios.


APCCRA

Finalmente el Awad inauguró su asociación de consorcistas

Claudio Vodánovich (tesorero), el Dr. Eduardo Awad (presidente) y Alejandro Bennazar (secretario general) [Foto Pequeñas Noticias]

Claudio Vodánovich (tesorero), el Dr. Eduardo Awad (presidente) y Alejandro Bennazar (secretario general) [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/03/23] El pasado 2 de marzo el Dr. Eduardo Awad finalmente presentó en sociedad la Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la República Argentina (APCCRA) de la cual es su presidente.

Lo acompañaron Alejandro Bennazar (secretario general) y Claudio Vodánovich (tesorero): Ambos son presidente y secretario de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) respectivamente.

La presentación se realizó en el Salón Auditorio del Banco Hipotecario y duró aproximadamente 30 minutos.

Como dato de color se recuerda que Awad anunció por primera vez que crearía una asociación para la defensa de los derechos de los propietarios el 24 de noviembre de 2004 en el Centro Cultural Gral. San Martín. En aquel momento denunció que existe un 40% de sobrefacturación en el total de las expensas [1].

Pequeñas Noticias realizó una reseña de lo más importante de sus dichos:

El valor de las expensas

Esta asociación va a estar formada por consorcistas, por consorcios, por propietarios, por inquilinos y por gente que vive en los consorcios porque creo que esta gente necesita que alguien se ocupe de ellos. Fíjense que las expensas están impagables, hay expensas que igualan el valor del alquiler de un departamento. Esto es una barbaridad. Yo no digo que nosotros vamos a bajar las expensas pero sí vamos a trabajar para que la plata que se va en expensas por cosas que no tienen que ver con el mantenimiento del consorcio no se vaya.

La mesa paritaria

Vamos a trabajar para que nuestros asociados estén representados -que cuanto más seamos más fuerza vamos a tener- estén representados en la mesa de negociaciones paritarias de los sueldos de los encargados de edificios. Cosa que hoy no están representados porque ninguna de las entidades que dicen representar a los consorcistas representa a los consorcistas. Nosotros vamos a representar a los consorcistas en caso de que nos habiliten para participar en la mesa de las negociaciones paritarias. Eso no quiere decir que estemos en contra de alguien, no estamos en contra de nadie. Estamos a favor de que el consorcista pueda disfrutar de su hogar.

Los honorarios de la inmobiliaria

Hoy en día una pareja que tiene que ir a vivir a un departamento chiquitito -porque recién se casan o recién se van a vivir juntos- de un ambiente deben pagar 50 o 60 mil pesos. Entonces tenés el mes de adelanto, tenés el mes de depósito y no haces menos de 150 o 160 mil pesos. Y eso porque acá en la Capital los inquilinos no pagan honorarios de inmobiliaria pero fuera de acá se paga... ¡con todo derecho! y yo soy uno de los que siempre luchó para que eso que le sacaron a las inmobiliarias se lo devuelvan porque trabajan y todo trabajo se presume remunerado.

¿De dónde sacamos esto de que se trabaje gratis?

Awad y el Banco Hipotecario

Algunas personas dijeron "están con el Banco Hipotecario algo raro hay". Yo hoy les voy a decir lo siguiente [...] Nosotros somos APCCRA [...] No tenemos nada que ver con el Banco Hipotecario. El Banco Hipotecario ha tenido la gentileza de brindarnos este auditorio para dar la conferencia y ha tenido la gentileza de decirnos que nuestros asociados que deseen tener un producto del Banco Hipotecario van a tener una compensación del Banco que puede ser la cuota anual del asociado. El Banco le va a pagar la cuota anual del asociado para aquel asociado de APCCRA que quiera tener un producto del banco hipotecario. Esta es la única relación que existe entre nosotros y el Banco Hipotecario.

La invitación a Santa María

Cuanto más seamos más fuerza vamos a tener, no contra nadie repito sino a favor del consorcista. Yo invité - a pesar que mucha gente dice "no, están peleados a muerte"- a Víctor Santas María que venga a esta reunión. No pudo venir porque lo invite ayer [...], me dijo que lo disculpara, que no podía venir pero lo invité porque no estamos en contra de los encargados, no estamos en contra de los administradores de consorcios. Invité a Diego Sarrabayrouse, el coordinador del Registro Público de Administradores de la CABA. Esto quiere decir que no estamos en contra de nadie. Estamos para trabajar en conjunto a favor de los propietarios.

La Ley de Alquileres

El Dr. Awad dedicó largos minutos a los que calificó como los "crápulas que inventaron la Ley de Alquileres (Ley 27.551) que perjudicó a millones de personas entre inquilinos propietarios e inmobiliarios".

Los calificó de cínicos, bajos crápulas, legisladores de cuarta. Aseguró que "este legislador en especial a quien no voy a nombrar porque no le quiero hacer publicidad no puede legislar ni siquiera en un hormiguero".

Aseguró que ese legislador "reventó la economía de millones de personas", y agregó dirigiéndose a él en forma personal: "¡Sos una basura de legislador!".

Todo hace suponer que se refirió al autor de la Ley de Alquileres [2] y que actualmente es diputado de la provincia de Buenos Aires, Daniel Lipovetzky [3] por Juntos por el Cambio.

Vamos a trabajar para que deroguen esa ley de alquileres, vamos a trabajar para que el Estado no meta las manos en el plato -o los pies en el plato- porque cada vez que mete las manos o los pies hace una cagada. Históricamente cuando se habló de alquileres fue perjudicial.

La lista de sancionados

Nosotros vamos a publicar en nuestra página a los administradores de consorcios que estén sancionados para que la gente pueda tener idea de eso [sus antecedentes] cuando busque un administrador.

La Diplomatura en Derecho de Propiedad Horizontal

Vamos a tener una diplomatura en Derecho de la Propiedad Horizontal para todos aquellos que quieran anotarse y hacer la diplomatura con nosotros y la Universidad de Belgrano.

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[1] BPN Nº 231 del 28/19/04: "Las luces rojas".

[2] BPN Nº 682 del 15/06/20: "Los 13 puntos claves de la nueva legislación sobre alquileres".

[3] Wikipedia: Daniel Lipovetzky fue vicepresidente 2º del Colegio Público de Abogados de Capital Federal en el período 2014/2016 y ha sido miembro de las comisiones directivas de la Sociedad Argentina de Derecho Laboral y de la Asociación de Abogados de Buenos Aires.


Administradora Rosa Matilde Núñez


Profesionales de Consorcios

Se estrenaron dos nuevos programas sobre la propiedad horizontal

[BPN-15/03/23] Durante los primeros días de marzo el Dr. Juan Martin Luciani Otaño estrenó dos programas sobre propiedad horizontal. Bajo el nombre "Profesionales de Consorcios" comenzó un programa de radio semanal y un programa mensual en formato televisivo que se puede ver por YouTube.

El objetivo de estos dos programas es presentar cada tema relacionado con la propiedad horizontal desde las diferentes ópticas de cada uno de los actores de un consorcio: los administradores, los propietarios, el consejo de propietarios y los proveedores aunque principalmente va a estar enfocado a la mirada de los administradores y proveedores.

El programa de TV es conducido por Mariela Blanco -una periodista de Canal 26 y columnista en Radio Cultura- que condujo "Reunión de Consorcios TV" por el canal Metro desde el 2019 hasta el año pasado. En esta oportunidad la acompaña en su tarea el cantante, músico y actor Santiago Vega Olmos.

Los programas ya emitidos se pueden ver en https://www.youtube.com/@profesionalesdeconsorcios

La entrevista

Pequeñas Noticias: ¿Cuándo comenzaron con su nuevo programa de radio? ¿En qué días y horas se trasmite y donde se puede escuchar?

Juan Martin Luciani Otaño: Profesionales de Consorcios está compuesto por dos programas diferentes y a la vez complementarios: el programa de YouTube y el programa de radio.

El primer programa en YouTube se estrenó el miércoles 1º de marzo a las 18 hs. por nuestro canal "Profesionales de Consorcios". Es un programa pregrabado y al no ser en vivo se puede ver y volver a ver de manera gratuita la cantidad de veces que se quiera.

Al día siguiente –jueves 2 de marzo- a las 17 hs. estrenamos nuestro programa de radio por Radio Zonica. Este programa en vivo se puede ver desde la página web de la radio en www.radiozonica.com.ar. Quién lo desee lo puede buscar en nuestro canal en YouTube "Profesionales de Consorcios".

El Dr. Juan Martin Luciani Otaño y la Dra. Diana Sevitz [Foto gentileza JMLO]


PN: ¿Quiénes componen el equipo?

JMLO: El equipo está conformado por profesionales de diferentes áreas que tenemos en común la actividad en los consorcios: abogados, contadores, periodistas, arquitectos y administradores. La idea es ir invitando a diferentes proveedores referentes de diferentes actividades relacionadas con los consorcios rotando permanentemente entre todos.

Más en detalle el programa de YouTube lo conducen Mariela Blanco (Periodista) y Santiago Vega Olmos (Lic. Comunicación Social). Somos panelistas la Lic. Hortensia Otaño Moreno, experta en Gestión de Seguros, y yo en mi carácter de abogado especialista en seguros para la propiedad horizontal.

Como el programa de YouTube es de una entrega al mes, vamos a tratar de respetar estos puestos de conductores y panelistas, alternando los invitados.

En el programa de radio no hay conductores, participamos la Lic. Hortensia Otaño Moreno: Lic. en Gestión de Seguros, la Dra. Diana Sevitz (abogada), la Cra. Liliana Corzo (contadora) y yo en mi carácter de abogado especialista en seguros del sector.

Como el programa de radio es semanal es más difícil comprometerse por la agenda de cada uno ir todos los jueves por lo cual iremos rotando entre los cuatro con diferentes invitados de cada uno.

PN: ¿Cuál es tu objetivo con este nuevo programa de radio? ¿Qué es lo que te gustaría lograr para tus oyentes?

JMLO: El objetivo es ir abordando diferentes temas desde las diferentes ópticas de los distintos actores de un consorcio: administradores, propietarios, consejo y proveedores. Pero principalmente va a estar enfocado en las miradas de los administradores y proveedores.

La idea es colaborar en la profesionalización de las diferentes actividades y principalmente con la de los administradores.

PN: ¿Cómo fue la recepción que tuviste de los dos primeros programas emitidos?

JMLO: Creo que la recepción fue muy buena para ser los primeros programas de un ciclo nuevo.

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Administración Silvia Losada

Administración Liliana Silvia Bo


Medios

Ya comenzó un novedoso programa de radio, Consorcios 360

La Dra. Diana Sevitz, el Adm. Daniel Jorge Rivera, Claudio García de Rivas, Andrés Zulberti y la Dra. Silvia Marcela Bercovsky [Foto Pequeñas Noticias]

La Dra. Diana Sevitz, el Adm. Daniel Jorge Rivera, Claudio García de Rivas, Andrés Zulberti y la Dra. Silvia Marcela Bercovsky [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/03/23] El pasado 3 de marzo se inauguró Consorcios 360, un nuevo programa de radio sobre propiedad horizontal que se trasmite todos los viernes a las 17 hs. por la AM 1010 Onda Latina. Aquellos que no lo pueden escuchar en vivo pueden acceder a todas las emisiones desde la página en Facebook Consorcios 360.

Los integrantes del equipo son: Andrés Zulberti (consorcista), Claudio García de Rivas (periodista), Daniel Sánchez Rivera (administrador), la Dra. Diana Sevitz (abogada) y en reemplazo de esta última -cuando sus obligaciones profesionales no le permiten participar- la Dra. Silvia Marcela Bercovsky (abogada).

Este programa tiene un enfoque novedoso para la propiedad horizontal porque su eje central pasa por las diferentes miradas de los actores de la comunidad consorcial que componen la mesa sobre cada una de las novedades periodísticas que se vayan presentando.

O sea se informa una novedad que afecta al sector y cada uno de los integrantes del panel aportará su mirada sobre esa noticia: Zulberti como consorcista, Sánchez Rivera como administrador y la Dra. Sevitz –o su reemplazo- una interpretación jurídico general.

Consultado Claudio García de Rivas sobre el tema amplió: "La idea general de este programa es que frente a una noticia determinada podamos escuchar la opinión de un consorcista, de un administrador y de un abogado en forma general. Quiero aclarar que no nos olvidamos de los encargados y cuando tengamos algún tema laboral vamos a querer escuchar su opinión sobre el tema. No falta tanto para que esto pase porque calculo que en marzo o abril habrá novedades salariales".

Por otra parte agregó: "Es la primera vez que en este sector se intenta hacer una experiencia de este tipo en radio. No hay que olvidarse que hay muchos temas que atraviesan la propiedad horizontal sobre los cuales los que administradores, consorcistas y encargados tienen miradas diferentes y a mí como periodista me gustaría escucharlas".

Finalmente explicó: "Hay un quinto integrante del programa que no se menciona en los créditos y es el oyente. Hay muchas opiniones y formas de ver los hechos diferentes y nos gustaría conocerlas a todas. Con este objetivo abrimos una línea de teléfono para que puedan mandarnos mensajes por WhatsApp, el número es +54 9 11 3180-7764. Para los más clásicos hay tambien un correo electrónico cuya dirección es consorcios360radio@gmail.com" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Marta Granados - Administraciones


Auditoría General de la CABA

La Auditoría revisara los sistemas informáticos de Defensa del Consumidor

La Auditoría General de la CABA [Foto Pequeñas Noticias]

La Auditoría General de la CABA [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/03/23] Recientemente se dio a conocer que durante este año la Auditoría General (AGCBA) de la CABA examinará "los sistemas, herramientas y procesos tecnológicos aplicados al control del cumplimiento de los derechos del consumidor" de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor porteño. Así está previsto según el Plan Anual de Auditoria del 2023 de su Dirección General de Sistemas de Información.

La AGCBA tiene previsto dedicar un estimado de 2.700 horas para "relevar los sistemas [informáticos] vigentes, analizar el entorno informático y evaluar el nivel de cumplimiento de los marcos normativos tecnológicos".

Para tener una idea del tiempo que se le dedicará a este tema, 2.700 horas corresponden a más de 15 meses de una persona que trabaja 8 horas por día durante 22 días al mes.

El 2022 fue un año complicado

Es de recordar que durante ese año se produjeron muchas novedades relacionadas con los sistemas informáticos de Defensa y Protección al Consumidor, en general vinculados al mal funcionamiento del buscador de administradores y la información que presenta a los usuarios.

El 30 de abril de 2022 Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño, anunció que el 12 de mayo estaría inaugurado el buscado de administradores del Registro Público de Administradores (RPA) [1].

El 3 de mayo el buscados estuvo disponible con graves fallas y el viernes -tres días después- parte de sus herramientas fueron deshabilitados [2].

El 5 de mayo el coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, Andrés Zulberti, solicitó a Bouza que corrija 4 errores que detectó en el nuevo buscador de administradores del RPA de esta ciudad [3].

El 19 de mayo Zulberti presentó una denuncia contra la DGDyPC ante la Procuración General de la CABA por incumplimiento de los deberes de funcionario público. Argumentó que el buscador del RPA porteño nunca informó las sanciones que se impusieron a los administradores en los últimos años a pesar de lo ordenado por el artículo 7º de la Ley 941 [4].

El 3 de octubre Bouza ordenó ampliar los gastos en el sistema informático de su área en otros 13 millones de pesos. Hasta ahora ese sistema consumió casi 25 mil horas de programación y costó a los contribuyentes casi 70 millones de pesos u 809 mil dólares [5].

Finalmente durante el mes de diciembre del año pasado Defensa y Protección del Consumidor rehabilitó el buscador de administradores de consorcios que exige el artículo 7º de la Ley 941. En esta oportunidad informa las multas aplicadas y se puede buscar quién administra un consorcio determinado [6] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 728 del 15/05/22: "Bouza ya había adelantado que se reinauguraría el buscador".

[2] BPN Nº 728 del 15/05/22: "El buscador del RPA debutó con importantes fallas".

[3] BPN Nº 728 del 15/05/22: "Zulberti le solicitó a Bouza que corrija el buscador".

[4] BPN Nº 730 del 15/06/22: "Zulberti denunció a Defensa del Consumidor ante la Procuración".

[5] BPN Nº 738 del 15/10/22: "El sistema informático de DyPC ya costó más de 800 mil dólares".

[6] BPN Nº 744 del 15/01/23: "Se volvió a habilitar el buscador de administradores".


Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios


Acuerdo de cooperación mutua

Nuevo modelo de ‘Certificado de expensas

Miguel Ángel summa, presidente de la CAPHyAI, y Jorge Andrés Bártolo, presidente del Colegio de Escribanos [Foto gentileza CAPHyAI]

Miguel Ángel summa, presidente de la CAPHyAI, y Jorge Andrés Bártolo, presidente del Colegio de Escribanos [Foto gentileza CAPHyAI]


[BPN-15/03/23] La Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y el Colegio de Escribanos de la CABA acordaron crear en conjunto un "Certificado de Expensas" modelo que podría ser gestionado en forma enteramente virtual desde los sitios web institucionales de ambas entidades.

A través de este servicio, el escribano sólo deberá completar los datos del inmueble, tipo de acto para el que se solicita el certificado y los datos de titularidad de dominio. El formulario se generará en forma automática, se firmará digitalmente, y podrá ser enviado posteriormente por correo electrónico, lo que simplificará el trámite. Asimismo, el documento cuenta con el campo "observaciones", para que pueda solicitarse información adicional, además de la indicada en el certificado modelo.

Este sería uno de los primeros resultados del acuerdo de cooperación mutua que firmaron el pasado 1º de marzo el Adm. Miguel Ángel Summa, presidente de la CAPHyAI, y Jorge Andrés Bártolo, presidente del Colegio de Escribanos.

Según sus firmantes, este nuevo convenio institucional fue pensado con el objeto de promover la mutua cooperación en temas jurídicos, tecnológicos, y, especialmente, en la coordinación de trabajos que sean de provecho para ambas instituciones Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administrador Adolfo Tami

Administración Mared


Registro Público de Administradores

Se pueden presentar las DDJJ hasta el 31 de octubre

Edificio Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el Registro Público de Administradores [Foto Pequeñas Noticias]

Edificio Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el Registro Público de Administradores [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/03/23] El pasado 2 de marzo Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección al Consumidor porteño, dispuso que los administradores de consorcios que hayan ejercido la actividad durante el 2022 tendrán tiempo de realizar las Declaraciones Juradas (DDJJ) anuales de los consorcios que administran desde el 1 de marzo pasado hasta el 31 de octubre inclusive (artículo 3º).

Se resaltó:

Finalizado el plazo estipulado [...] los administradores que no hayan dado inicio a la presentación allí establecida serán considerados infractores del artículo 12º de la Ley N° 941 y 12º del Decreto Reglamentario N° 551/2010, conforme artículo 15º, inciso f) de la Ley N° 941 (artículo 4º).

Es de recordar que por otra parte cada administrador deberá continuar renovando anualmente su matrícula personal según la fecha indicada en el último certificado expedido por el Registro Público de Administradores (RPA) porteño.

También se destacó:

Los administradores de consorcios de propiedad horizontal deberán exhibir en el hall de entrada del edificio que administran y a la vista de los propietarios el certificado otorgado por el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal [...] y poner a disposición de los consorcistas el certificado expedido por el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal... (artículo 6º).

Así se ordenó mediante la Disposición 1.502 que se publicó en el Boletín Oficial el 6 de marzo. Ésta incorporó también tres anexos: el primero es el modelo oficial de la constancia de inscripción del administrador, el segundo es el modelo oficial de certificado para cada uno de los consorcios que administró el año pasado y el tercero el "Manual de Procedimiento DDJJ".

DDJJ del administrador

Según éste al administrador que deba renovar su matrícula se le exigirá:

1. Completar el formulario con datos de la administración según se trate de persona física o jurídica.

2. Completar el formulario de los consorcios que administra.

3. El Certificado del Registro de Juicios Universales expedido durante los últimos seis meses anteriores a la realización del trámite.

4.- Certificado del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal expedido durante los últimos seis meses anteriores a la realización del trámite.

5.- Certificado de actualización del curso de capacitación en administración de consorcios de propiedad horizontal [listado de las instituciones habilitadas]. Su fecha deberá corresponder al año de realización del trámite o en su defecto expedido durante los últimos seis meses.

6.- Constancia de CUIT actualizada.

7.- Certificado de curso de Basura Cero. Los administradores que hayan renovado su matrícula en tiempo y forma durante los periodos 2019, 2020 y 2021 y que hayan presentado el mismo en dicha oportunidad, no será necesario que vuelvan a tomar el curso.

8.- Certificado de libre deuda expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

DDJJ de los consorcios administrados

Para completar la DDJJ anual de los consorcios administrados se les exigirá a los mandatarios presentar de cada uno de ellos:

1. Todas las declaraciones juradas emitidas como formulario 931 AFIP y sus correspondientes pagos realizados. Deberán ser escaneados en un solo archivo por todos los empleados de cada consorcio declarado.

2.- El comprobante de pago del curso de SERACARH de cada uno de los encargados del consorcio.

3.- El acta de asamblea que le aprueba la rendición de cuentas destacando el punto donde se trató la moción y se aprobó.

4.- El Seguro de Responsabilidad Profesional correspondiente al período del año declarado o el acta de asamblea donde se aprobó que el patrimonio del administrador será garantía de su gestión.

5.- Copia digitalizada de la 1° y 2º hoja de la póliza de Seguros de daños por responsabilidad civil del consorcio.

6.- Constancia de CUIT o el Código de Identificación Tributaria (CDI) del consorcio.

7. El acta de asamblea donde se haya tratado y aprobado el plan destinado a la limpieza y desinfección de tanques como así también el cuidado de aguas del consorcio.

Actualmente, el Registro Público de Administradores (RPA) porteño está coordinado por Diego Sarrabayrouse, depende de Defensa y Protección del Consumidor cuya directora general es Vilma Bouza y su superior directo es desde el 1º de agosto de 2021 Julia Domeniconi, secretaria de Atención y Gestión Ciudadana y es dependiente funcional de Eduardo Macchiavelli, secretario de la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial (UPFDT) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración Alas

Administración López.


Registro Público de Administradores porteño

Formularios para descargar y presentar

Foto sitio web RPA

[BPN-15/03/23] Durante la última semana de febrero el Registro Público de Administradores (RPA) porteño publicó en su sitio web tres formularios para descargar, completar y presentar ante la repartición y el listado de entidades habilitadas para dictar los cursos de primera vez y renovación.

Los cursos

Cursos para administradores: Instituciones autorizadas Listado de instituciones autorizadas para dictar cursos de administradores de consorcios [vínculo].

Los formularios

Formulario de Inscripción: Todos los administrados sean profesionales o no deben inscribirse ante el Registro de Administradores de la Propiedad Horizontal [vínculo].

Formulario de altas y bajas de consorcios administrados: El administrador debe presentar las altas y bajas de los consorcios que administra o deje de administrar dentro de los 30 días de ocurrida la modificación. Para ello debe completar el formulario y presentarlo ante el Registro Público de Administradores de Consorcios [vínculo].

Certificado de domicilio constituido: En caso de cambiar su domicilio constituido, por favor infórmelo con este formulario [vínculo].

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Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

SUPLENTE DE FIN DE SEMANA: Agradeceria me tengan en cuenta para realizar suplencias en edificios los fines de semana en CABA. En lo posible zonas Villa Ortuzar, Villa Urquiza, Parque Chaz Colegiales, Chacarita - Nombre: Marcela Cortese - Llamar al teléfono: (11) 6486-6590 - todo el día - Localidad: CABA / Bs. As. - Correo electrónico: cortesekarina@gmail.com

ENCARGADO DE PORTERÍA SIN VIVIENDA: Busco trabajo para dicho puesto, soy una persona muy responsable y comprometida. Tengo referencias comprobables. - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 6283-5195 a partir de las 9.00 hrs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: fernando_torres83@hotmail.com

ENCARGADO PERMANENTE SIN VIVIENDA: Tengo experiencia en el rubro y cuento con referencias comprobables - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 6283-5195 a partir de las 9 hs. - Localidad: CABA / Recoleta - Correo electrónico: arriola.limpiarte@gmail.com

ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS: Busco empleo part time. Soy estudiante Universitario y tengo experiencia dentro y fuera de la oficina (arreglos en unidades funcionales, pagos de servicios, bancos, etc) - Nombre: Pablo Isasmendi - Llamar al teléfono: (11) 5823-5200 de 12 a 17 hs. - Localidad: CABA/Floresta - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com

TRABAJO DE LIMPIEZA: Me llamo Fabiana y tengo 49 años busco trabajo de limpieza. Tengo referencias y experiencia en casas de familia. Necesito trabajar ya que pago un alquiler. Nombre: Fabiana Fernandez - Llamar al teléfono: (15) 5489-6449 durante todo el dia - Localidad: CABA - Correo electrónico: gffabi3298@hotmail.com

 

Agencia Gubernamental de Control

La cobertura de ascensores y calderas subió un 36%

Gráfico

[BPN-15/03/23] Desde el pasado 2 de marzo la cobertura de los seguros de los ascensores y las calderas de los consorcios aumentaron 35,94%. En términos interanuales aumentó un 76,32%, bastante menos que el 100,59% que estiman las fuentes oficiales para lo que va del año.

El motivo de este nuevo incremento está en el cambio del valor de la unidad fija (uf) que determinó el la Dirección General de Estadística y Censo. De 75,71 pesos se fue a 102,92 según fue publicado en el sitio web del GCABA [vínculo].

Hasta el febrero el monto mínimo de cobertura por el primer ascensor debía ser de casi 23 millones de pesos (300.000 uf) y por cada ascensor adicional casi 4 millones de pesos (50.000 uf). Desde el 3 de marzo ese valor trepó a los 31 millones de pesos para el primer caso y de poco más de 5 millones de pesos para el segundo.

 

COBERTURA MÍNIMA

 

UF

febrero/2023

marzo/2023

Diferencia

Ascensor 1º o único

300.000

22.713.000

30.876.000

8.163.000

Ascensor adicional

50.000

3.785.500

5.146.000

1.360.500

Con respecto a las calderas y termotanques, mientras que hasta febrero el monto mínimo de cobertura debía ser de 30 millones de pesos para una "caldera de vapor de agua a alta presión" (400.000 uf) y 15 millones de pesos (200.000 uf) para una "caldera de vapor de agua a baja presión", a partir de marzo las coberturas subieron a 41 millones de pesos y 21 millones de pesos respectivamente.

 

COBERTURA MÍNIMA

 

UF

febrero/2023

marzo/2023

Diferencia

Caldera de vapor de agua a alta presión

400.000

30.284.000

41.168.000

10.884.000

Caldera de vapor de agua a baja presión

200.000

15.142.000

20.584.000

5.442.000

Caldera de agua caliente o de fluido térmico

100.000

7.571.000

10.292.000

2.721.000

Acumulador de agua (termotanque)

50.000

3.785.500

5.146.000

1.360.500

La UF pierde contra la inflación

En el gráfico que ilustra la nota se aprecia que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el INDEC supera notoriamente el valor de la unidad fija.

Esto se debe a que el precio de la nafta súper está 20% por debajo de su valor internacional y esto se debe a que tanto la nafta como el gasoil se encuentran "atados" a los aumentos que fueron previamente pactados en el programa "Precios Justos" [2].

Los incrementos del combustible han estado por debajo del IPC y en múltiples ocasiones los estacioneros han advertido que sus márgenes de rentabilidad se están achicando considerablemente. A tal punto que la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA) advirtieron que en los próximos meses podría haber faltantes de combustibles en todo el país.

Estadísticas y censo

Es de recordar que el Decreto 64/22 ordenó que a partir del 17 de agosto de 2021 cada unidad fija tendrá un valor equivalente al precio promedio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de medio litro de nafta de mayor octanaje que informe la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad de Buenos Aires, estableciéndose por períodos semestrales ese valor".

Anteriormente el valor de la unidad fija se determinaba semestralmente según el valor de medio litro de nafta de mayor octanaje informado por la sede central del Automóvil Club Argentino.

Ascensores y otros

La obligación de contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil para cubrir daños a personas y bienes propios o de terceros causados por el uso del elevador surge del punto 2.7 del Anexo II de la Resolución 412 del 18/09/19 (BO: 24/09/19) firmada por Ricardo Pedace, director ejecutivo de la Agencia Gubernamental de Control (AGC).

Textualmente ordena:

El sujeto obligado debe poseer póliza de seguro de responsabilidad civil y constancia de pago, con cobertura vigente para cubrir daños a personas y/o a bienes propios y/o de terceros, por el uso del elevador.

La compañía de seguros contratada debe tener solvencia patrimonial y estar debidamente inscripta en la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Al momento de contratar la póliza de seguro, el sujeto obligado debe acompañar la validación -oblea con código QR- de que la instalación reúne las condiciones necesarias de seguridad y apta para su uso, según lo informado por el representante técnico de la empresa conservadora (resultado de la lectura digital del código QR de la oblea).

En la emisión de la póliza de seguro, debe figurar taxativamente la cobertura por:

o Daños/lesiones a personas -incluida la muerte-;

o Daños a bienes propios y/o de terceros;

o Toda tarea de control, mantenimiento y/o reparación que produzca un daño a los empleados de la empresa conservadora interviniente y/o a terceros.

La póliza de seguro debe ser contratada -con los montos mínimos de cobertura- según el siguiente detalle:

a) 300.000 UF para único o primer elevador;

b) 50.000 UF para cada elevador adicional;

En el caso de elevador instalado en vivienda unifamiliar podrá tener cobertura equivalente a la establecida en "elevador adicional", o sea 50.000 UF.

El sujeto obligado es responsable de mantener vigente la póliza de seguro.

Calderas y más

Por otra parte, la obligación de contratar un seguro por daños a personas o a bienes propios de terceros a causa del uso de la instalación surge del inciso 1) del punto 2.9 del Anexo III de la ya mencionada Resolución 412 que dispone:

El sujeto obligado está obligado a mantener actualizada la información en el registro de artefactos térmicos y exhibir cuando sea requerida, la siguiente documentación:

1- Póliza de seguro de responsabilidad civil, con cobertura vigente para cubrir daños a personas y/o a bienes propios y/o de terceros, por el uso de la instalación.

La compañía de seguros contratada debe tener solvencia patrimonial y estar debidamente inscripta en la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Al momento de contratar la póliza de seguro, el sujeto obligado debe acompañar la validación –oblea con código QR– de que la instalación reúne las condiciones necesarias de seguridad y está apta para su uso, según lo certificado por el profesional certificante (mediante la lectura digital del código QR).

En la emisión de la póliza de seguro, debe figurar taxativamente la cobertura por:

• Daños/lesiones a personas -incluida la muerte-;

• Daños a bienes propios y/o de terceros;

• Toda tarea de control y/o reparación que produzca un daño a los profesionales intervinientes y/o a terceros.

La póliza de seguro debe ser contratada –con los montos mínimos de cobertura– según el siguiente detalle:

a) 400.000 UF para único o primer caldera de vapor de agua a alta presión; para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera;

b) 200.000 UF para único o primer caldera de vapor de agua a baja presión; para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera;

c) 100.000 UF para único o primer caldera de agua caliente o de fluido térmico; para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera;

d) 50.000 UF para único o primer acumulador de agua (termotanque); para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera.

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[1] El Índice de Precios al Consumidor (IPC) y que elabora el INDEC y el Relevamiento de Expectativas del Mercado que publica el Banco Central.

[2] Infobae del 8/03/23: "Pese a los aumentos, el precio de la nafta súper está 20% por debajo de su valor internacional".



Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal

Leve descenso de la cantidad de puestos de trabajo

Gráfico

[BPN-15/03/23] Durante el año pasado disminuyó en un -1,51% la cantidad de puestos de trabajo del sector de la propiedad horizontal con respecto al mismo período del año pasado. Ya se venía advirtiendo esta tendencia a la baja en las mediciones trimestrales de este año [1]. Por otra parte, el promedio anual de los ingresos mensuales aumentó un 73,54%.

ANUAL

Año

Puestos

Variación

2014

49.635

 

2015

50.316

1,37

2016

52.870

5,07

2017

55.538

5,05

2018

55.385

-0,28

2019

56.003

1,12

2020

56.831

1,48

2021

57.143

0,55

2022

56.279

-1,51

En promedio, desde durante el 2022 hubo 864 puestos de trabajo menos que durante el 2021.

Desagregando por género, los varones perdieron 737 (-1,78%) puestos de trabajo durante el 2022 mientras que las mujeres 127 (-0,81%) puestos. En total suman los ya mencionados 864 puestos de trabajo menos para el período.

Las remuneraciones

Durante el 2022 la remuneración promedio anual informada por el Ministerio de Trabajo subió de 71.953,46 pesos mensuales a 124.870 pesos (73,54%) con respecto al año pasado.

Hay que tener en cuenta que en 2022 la remuneración mensual comenzó en enero con 75.704 pesos mensuales y terminó en diciembre con 249.231 pesos mensuales. Eso representó un aumento interanual de diciembre a diciembre de un 107,96%.

ANUAL

Año

Remuneración

Variación

2014

 

 

 

 

 

2015

2016

18.935,25

2017

21.102,75

11,45

2018

27.245,75

29,11

2019

43.506,83

59,68

2020

59.357,92

36,43

2021

71.953,46

21,22

2022

124.870,00

73,54

Durante el año pasado el ingreso promedio de un varón fue de 156.726 pesos mensuales y de una mujer 93.014 pesos.

El ingreso promedio de una trabajadora se mantiene en el 59,35% del de un trabajador. Sin embargo, como las escalas salariales del sector no discriminan varones y mujeres –o sea que a igual función y categoría igual remuneración- quedará por investigar las causas de estas diferencias.

Gráfico

Más en detalle, el incremento promedio anual de ingreso los varones durante el 2022 con respecto al 2021 fue de 66.517 pesos mensuales (73,74%) mientras que el de las mujeres fue de 39.316 pesos (73,22%).

Durante este tercer trimestre la relación porcentual de puestos de trabajo de varones y mujeres se mantuvo en sus porcentajes históricos con mínimas variaciones.

 

Puestos

Varones

72,25%

Mujeres

27,75%

Gráfico

La fuente

Para confeccionar este informe se tomó en cuenta a los trabajadores alcanzado por los Convenios Colectivos de Trabajo 589/10 590/10 y no contempla al personal de las empresas de limpieza.

La fuente de los datos fue el Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial (OEDE) que depende de la Dirección General de Estudios y Estadísticas Laborales (DGEyEL) cuyo superior directo es la Subsecretaría de Políticas, Estadísticas y Estudios Laborales (SSPTyEL) del Ministerio de Trabajo de la Nación.

Según su sitio web el OEDE es un sistema de información construido a partir de la vinculación de diversos registros administrativos adaptados para usos estadísticos. Su objetivo es elaborar un conjunto de indicadores para el análisis estructural y dinámico del empleo y de las empresas, orientado a la toma de decisiones Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 732 de 15/07/22: "Leve descenso de la cantidad de puestos de trabajo".

BPN Nº 740 de 15/11/22: "Se acentúa el descenso de la cantidad de puestos de trabajo".

BPN Nº 744 del 15/01/23: "Continúa un leve descenso de la cantidad de puestos de trabajo".



Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Las escalas ganan en el interanual por quinto mes consecutivo

Gráfico

[BPN-15/03/23] Este mes de marzo el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios [1] perderá contra la inflación -5,21 puntos porcentuales, -7,68 en el acumulado anual pero ganará 32,29 puntos porcentuales en la medición interanual.

El incremento mensual

En marzo el promedio de las escalas salariales subirá un 1,09% con respecto al mes pasado. Esto se debe a que sigue vigente la escala salarial de enero pero el bono de 24 mil pesos del mes pasado subió a 26 mil pesos. Así fue pactado el 5 de julio del año pasado y reprogramado el 10 de noviembre por las tres entidades de administradores que representan a los consorcios en paritarias [2] y la FATERyH [3]. Los acuerdos fuero homologados mediante las Resoluciones 1.365 y 2.167 [4] [5].

Durante el tercer mes de este año el promedio de las escalas salariales será de 185.440 pesos mensuales.

El acumulado anual

El incremento acumulado anual de las escalas salariales desde enero de este año hasta marzo será de un 12,43%.

El promedio de las escalas salariales de diciembre del 2022 fue de 164.937 pesos.

El incremento interanual

Desde marzo de 2022 hasta el mismo mes de este año las escalas salariales se incrementaron en un 133,83%.

En marzo del año pasado el promedio de las escalas salariales fue de 79.306 pesos mensuales.

El promedio anual

El promedio anual de los primeros tres meses de este año contra los tres primeros del año pasado arrojó un aumento del 146,66%. Una diferencia de -7,04 puntos con respecto al mes pasado.

INDEC

Según el Índice de Precios de Consumidor que mide el INDEC en febrero la inflación coronó tres meses consecutivos en alza con un 6,6% y para el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la de marzo bajará a un 6,3%.

Según estos números, la medición de la inflación acumulada anual de estos tres primeros meses será de un 20,11% y la interanual de marzo está estimada en un 101,54%.

Jubilados

Mientras tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en marzo será de 73.665,44 pesos mensuales. Esto se debe a dos razones:

El 16 de febrero se ordenó que desde marzo se incrementen los haberes de la clase pasiva en un 17,04% en concepto de actualización trimestral (Resolución 27/ANSES).

Gráfico

El 28 de febrero se ordenó que desde marzo se otorgue un "refuerzo de ingreso previsional" por un monto máximo de 15 mil pesos que se repetirá en abril y mayo (Decreto 105).

Sin embargo, en dólares, este haber mínimo representa 366 dólares al precio oficial o 196 dólares según el mercado blue [6].

En marzo del año pasado ese haber estuvo en 32.630,39 pesos.

Este mes el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue positivo contra la inflación mensual (14,82 puntos), la acumulada anual (0,82) y la medición interanual (21,46 puntos).

En enero de 2016 la jubilación mínima estaba establecida en 4.299,06 (u$s 312,98). Si ese haber hubiera aumentado al ritmo de la inflación este mes debería haber sido de 85.369,44 pesos mensuales (u$s 425,20 promedio a valor oficial).

Pero si calculamos, mes a mes, lo que debió ganar un jubilado siguiendo el ritmo de la inflación y lo que realmente percibió incluidos los bonos extras, observamos que en total lo perdido desde enero de 2016 hasta marzo de 2023 fueron -212.613,69 pesos incluida la incidencia de los medios aguinaldos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los acordados en paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional.

[2] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[3] Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

[4] BPN Nº 732 del 15/07/22: "Se acordaron siete bonos remunerativos hasta febrero".

[5] BPN Nº 742 del 15/12/22: "Los bonos remunerativos se prorrogaron 30 días".

[6] 14/03/2023


Correo de Opinión

Ataque/amenaza a la libertad de expresión/prensa por el Sr. Andrés Zulberti

Sr. Andrés Zulberti  [Foto archivo Pequeñas Noticias]

Sr. Andrés Zulberti  [Foto archivo Pequeñas Noticias]


Estimado director de Pequeñas Noticias:

Por la presente le manifiesto mi más enérgico repudio al ataque/amenaza a la libertad de expresión/prensa dirigido a Ud. por el presidente de Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal (ACAPPH), Dr. Diego Graziadei. Espero que no sea necesario empezar a explicar que ordena la Constitución Nacional sobre la libertad de prensa.

Con respecto al "regalo personal" que ofrece este banco multinacional a los administradores de consorcios propongo a sus lectores que en aquellos casos que corresponda convoquen a una asamblea extraordinaria en sus consorcios para evaluar junto al administrador las políticas a adoptar por el consorcio cuando se presenten este tipo de casos.

Cordialmente le saluda Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Andrés Zulberti/.

DNI 92.013.843

(24/02/2023)


Correo de Opinión

¿Y si lo mejoramos? por el Cr. Gustavo Gallego

Cr. Gustavo Gallego [Foto archivo Pequeñas Noticias]

Cr. Gustavo Gallego [Foto archivo Pequeñas Noticias]


Los profesionales de cada actividad reciben una remuneración por los servicios profesionales que prestan, valga redundar, y los escribanos son profesionales.

Ahora toda profesión conlleva responsabilidades vinculadas y que hacen a la calidad del producto o servicio prestado, la vulgaridad (femenino, acción o expresión que carece de novedad, originalidad o importancia), que lleva al "copy-paste" o repetición textual de otros escritos (plagio: masculino, Idea u obra literaria, artística o científica de un autor, que se presenta como si fuera propia).

Ambas conductas se observan en la redacción de la mayoría de los Reglamentos de Propiedad Horizontal.

Tal estado de situación genera las disputas y la subjetiva interpretación de la letra de dichos cuerpos legales consorciales.

Veamos el texto: "se destinarán para viviendas u oficinas."

Cuando consultamos el R.A.E., la definición de "vivienda" es escueta: "Gral. Morada, habitación." Es tan deficiente que permite interpretaciones varias, por eso la Doctrina trata de encuadrarla pero la asemeja a la de "oficina", acepción 1 y 2 del mismo diccionario. Por ende la palabra vivienda ni el aporte de la Doctrina son adecuados.

Veamos la opción "oficina", su tiene varias acepciones en el R.A.E.: "Del latín. officina 'taller', 'fábrica'.1. f. Local donde se hace, se ordena o trabaja algo. 2. f. Departamento donde trabajan los empleados públicos o particulares. 3. f. Laboratorio de farmacia. . Existen la 4 y la 5 pero no son relevantes para lo que estoy planteando.

Es sabido que los buenos abogados se "estrujan el cerebro" para evitar todos los grises o vacíos en los contratos que pueden provocar interpretaciones contrapuestas, o inconvenientes a su cliente, para ello se capacitan prestigiando sus servicios.

Yendo al Reglamento de Propiedad Horizontal, un contrato entre los integrantes del consorcio al cual pertenece, puede decirse que no se le reconoció la importancia de su texto como si se hace en los contratos privados.

Según la RAE: "Contrato: masculino. 1. Acuerdo, generalmente escrito, por el que dos o más partes se comprometen recíprocamente a respetar y cumplir una serie de condiciones. 2. Documento en que figura este acuerdo, firmado por todas las partes, "sometido a las condiciones que figuran en el contrato".

Teniendo en cuenta los puntos planteados puedo argumentar que los problemas surgen, o se encuentran en la misma fuente, en la capacidad o interés profesional demostrado por el redactor del cuerpo legal Reglamento de Propiedad Horizontal", los conflictos posteriores surgidos de la interpretación o alcance de sus normas son sólo la consecuencia de un trabajo con escaso aporte profesional.

Las consecuencias siempre afectan a terceros, los consorcistas, por supuesto que estos pueden decidir no comprar en ese Consorcio y eso "justificaría" la desidia del profesional sobre las acciones que las provocan.

Seamos racionales, prioricemos el buen hacer pues con los años de experiencia, y el análisis de sus consecuencias, un buen profesional puede distinguir un hongo comestible de uno venenoso. Su experiencia posibilita evitar los conflictos que se derivan al comer el hongo venenoso, por ende deben corregir y perfeccionar sus prácticas para que sus servicios sean revalorizados y apreciados por la excelencia de los mismos.

Cuál debería ser la palabra adecuada? Gran tarea para abogados y escribanos si consideramos factible este dichos: "Ya es hora de dejar de hacer lo conveniente para empezar a hacer lo correcto." Robin Sharma Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Gustavo Gallego

(08/03/2023)


Correo de Lectores

Cantidad de horas extras anuales

Ilustración

Estimados:

Soy Juana, gracias por sus excelentes noticias.

Ahora si Ud. no lo toma a mal le voy a preguntar que cantidad de horas extras anuales puede hacer un portero.

Leí el Decreto 16.115/2000 y dice que no pueden excederse de las 320 horas anuales.

¿Puede ser?

Muy agradecida.

Juana

(23/02/2023) 

Estimada Juana:

Le voy a responder citando a uno de mis autores favoritos en temas de Derecho Laboral, el Dr. Enrique Miguel Albisu.

En su "Manual práctico para trabajadores y empleadores de la propiedad horizontal" explica textualmente:

En la mayoría de las actividades existe una limitación en la cantidad de horas extras permitidas que puede trabajar un dependiente.

Esto está establecido en el Decreto 484/2000 que en el artículo 1º establece: "A partir de la vigencia del presente Decreto, el número máximo de horas suplementarias previsto en el artículo 13º del Decreto Nº 16.115/33, modificado por el Decreto Nº 2.882/79, queda establecido en treinta horas mensuales y doscientas horas anuales, sin necesidad de autorización administrativa previa y sin perjuicio de la aplicación de las previsiones legales relativas a jornada y descanso".

Ahora bien, en la actividad de los trabajadores de edificios de propiedad horizontal existe una excepción al Decreto 484/2000, donde se permite realizar horas extras o suplementarias en exceso del límite reglamentario del decreto.

Es decir que los dependientes de la actividad del SUTERH pueden laborar más horas que las 30 horas anuales del Decreto 484/00 y esto surge de la Resolución de la Secretaría de Trabajo Nº 137 del 26 de septiembre de 2000.

Mejor explicado, imposible.

Un saludo grandote.

MFL Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


Boletín de Pequeñas Noticias

1º Edición Nº DCCXLVIII

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