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24 de Abril de 2023 - Nº 751

Paritarias 2023

Nuevo acuerdo salarial para encargados de edificios

Según el nuevo acuerdo los trabajadores de los consorcios recibirán un 38% de aumento repartidos en cuatro escalones Se resalta que este mes se cae el bono de 26 mil pesos que se pagó en marzo Por otra parte, se retendrán 3 mil pesos y 1.500 pesos a los trabajadores de acuerdo a su función para un nuevo fondo de estudio.

[BPN-24/04/23] El pasado 20 de abril el Ministerio de Trabajo homologó un acuerdo que estableció un aumento salarial para los encargados de edificios del 38% sobre las escalas salariales de enero a pagar según el siguiente cronograma: 20% en abril, 6% en mayo, 6% en julio y 6% en agosto.

Por otra parte le estableció para los trabajadores de jornada completa un aporte de 3.000 pesos y a las "restantes categorías" uno de 1.500 pesos a descontar en abril que será destinado a un fondo de educación...


 

 

Paritarias 2023

El último acuerdo contradice al artículo 19 bis

El último acuerdo determinó que los que no trabajen jornada completa deberán aportar 1.500 pesos a un fondo de educación que creó un nuevo artículo en el Convenio Colectivo de Trabajo Sin embargo, en un acuerdo anterior el Ministerio de Trabajo había homologado un tope del 2% a ese aporte.

Sueldos Abril de 2023

Nueva escala y nuevo descuento en los recibos

Abril tiene un 20% de aumento sobre los valores básicos y adicionales de marzo  Una vez por año todos los trabajadores deberán aportar de su sueldo un importe que este año será –como máximo- de $3.000 destinado a un fondo de Educación y Comunicación que controlará FATERYH También se aprobaron nuevos valores para el Salario Mínimo, Vital y Móvil.



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Paritarias 2023

Nuevo acuerdo salarial para encargados de edificios

[BPN-24/04/23] El pasado 20 de abril el Ministerio de Trabajo homologó un acuerdo que estableció un aumento salarial para los encargados de edificios del 38% sobre las escalas salariales de enero a pagar según el siguiente cronograma: 20% en abril, 6% en mayo, 6% en julio y 6% en agosto.

Por otra parte, le estableció para los trabajadores de jornada completa un aporte de 3.000 pesos y a las "restantes categorías" uno de 1.500 pesos a descontar en abril que será destinado a un fondo de educación y comunicación administrado por la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH) [1].

Este acuerdo fue firmado el 12 de abril entre esa federación sindical y las tres entidades de administradores que representan a los consorcios en su calidad de empleadores [2].

Los números del aumento

Si se toma el promedio de las escalas salariales de marzo –incluido el bono de 26 mil pesos- y se lo compara con el de agosto se observa que en total los salarios durante los próximos cinco meses subirán un 18,65%. El promedio de las escalas de marzo fue de 185.440 pesos y el de agosto será de 220.027 pesos.

ABRIL

En abril se cae el bono de 26 mil pesos porque ni cuando se otorgó ni cuando se prorrogó se estableció que se incorporaría a las escalas salariales.

O sea que por una parte se cae el bono y por otra se otorga un 20% sobre las escalas de enero. Como positivo para los trabajadores se resalta que al modificar las escalas salariales se modifican también los adicionales, cosa que no sucedía con los bonos.

En resumen, restando el bono y sumando el 20%, en abril las escalas habrán subido un 3,18% con respecto al mes anterior (incluido el último bono).

MAYO

En mayo está previsto un aumento del 6% pero sobre la escala de enero. O sea que para obtener la escala de mayo hay que sumarle a la escala de abril el 6% de la escala de enero.

Eso representará un aumento de un 5% con respecto al mes anterior.

JUNIO

En junio no hay aumentos, se repite la escala de mayo.

JULIO

En julio también hay previsto un aumento del 6% sobre la escala de enero. O sea que se repite la fórmula, hay que sumarle a la escala de junio el 6% de la escala de enero

Eso representará un aumento de un 4,76% con respecto al mes anterior.

AGOSTO

En este último mes antes de la revisión paritaria se vuelve a repetir la fórmula y se debe sumar a la escala de julio el 6% de la escala de enero.

Eso representará un aumento de un 4,55% con respecto al mes anterior.

Los números del aporte

El Ministerio de Trabajo de la Nación informó que en diciembre del año pasado en el sector de la propiedad horizontal había casi 54 mil puestos de trabajo.

Art. 19 bis

3.000

1.500

Trabajadores

26.954

26.954

Subtotales

80.862.000

40.431.000

Total $

121.293.000

Total u$s

567.904

En la presunción de que por cada encargado de jornada completa hay un ayudante de las "restantes categorías", la FATERyH recaudará más de 121 millones de pesos o casi 568 mil dólares para este nuevo fondo de educación y comunicación que estableció el ya mencionado artículo 19 bis [1] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] BPN Nº del 15/04/23: "¡¡¡ Poniéndo estaba la gansa !!!"

[2] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


Paritarias 2023

El último acuerdo contradice al artículo 19 bis

[BPN-24/04/23] El último acuerdo salarial establece que los empleadores deberán retener 3.000 pesos de las remuneraciones de los trabajadores de jornada completa y 1.500 de las "restantes categorías" según lo establecido por el recientemente agregado artículo 19 bis al Convenio Colectivo de Trabajo [1].

Sin embargo el mencionado artículo dice textualmente: "Con destino a un fondo de educación y comunicación que será administrado por la FATERyH establécese un aporte anual a cargo de todos los trabajadores de la actividad consistente en una suma de dinero cuyo importe no podrá ser superior al valor de una cuota sindical mensual que será determinado en oportunidad de acordar las modificaciones de las escalas salariales durante el primer semestre del año calendario".

El último acuerdo paritario, al establecer que el monto será de 1.500, pesos contradice lo autorizado por el Ministerio de Trabajo para todos los trabajadores que perciban un bruto inferior a los 75 mil pesos.

Por otra parte, cuando diferentes actores le pidieron aclaraciones a la FATERyH sobre el tema, ratificó todos los términos del último acuerdo pero agregó otro dato: ese importe lo debe retener cada edificio.

Resumiendo, si un encargado trabaja en tres consorcios chicos limpiando 4 horas, dos veces por semana –o sea trabaja 24 horas semanales- se le retendrán 4.500 pesos para este nuevo fondo de la FATERyH mientras que a un encargado permanente que trabaja 45 horas semanales sólo se le retendrán 3 mil.

Por otra parte, diferentes actores relacionados con las liquidaciones de sueldos, jornales y cargas sociales destacaron a Pequeñas Noticias que el aplicativos SiCayC (Sistema de Control de Aportes y Contribuciones de la Propiedad Horizontal) con el que liquidan aportes y contribuciones sindicales no permite cargar en el ítem "Artículo 19 bis" ningún otro número que no sea 3.000 o 1.500.

4 horas dos veces por semana

En este ejemplo la función es "Personal Jornalizado no más 18 horas", trabajará 32 horas por mes y su sueldo bruto será de 60.633,60 pesos. Si se aplicara el 2% del artículo 19 bis que autorizó el Ministerio debió aportar 1.212,6 pesos. La diferencia es de 287,3 pesos.

Sin embargo, teniendo en cuenta que con una "changa" de este tipo no alcanza para vivir, si trabaja en otros dos consorcios en las mismas condiciones su aporte sube a los mencionados 4.500 pesos.

4 horas una vez por semana

Si el encargado del ejemplo anterior trabaja cuatro horas pero sólo una vez por semana su salario bruto sería de 30.316,8 pesos y según el tope del 2% hubiera aportado 606,3 pesos en lugar de 1.500. Una diferencia de 893,7 pesos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Caldén: Control de plagas.


Sueldos Abril de 2023

Nueva escala y nuevo descuento en los recibos

Fabiana Lizarralde

[BPN-24/04/23] Los recibos de haberes correspondientes a abril tendrán un aumento del 20% comparados con los de marzo, ya no estará el bono y se agregará un nuevo descuento anual que se reflejará también en este mes.

Fondo de Educación y Comunicación

La Resolución que homologó la creación del fondo es la 547/2023 y su destino –según indica el acuerdo- es la educación y comunicación.

Estará a cargo del trabajador, se hará efectivo una vez al año y su valor "no podrá superar el de una cuota sindical mensual según el ingreso del trabajador al que se le retiene el importe". Así lo dice el punto tercero del acuerdo.

Por otra parte, la Resolución 655/2023 que homologó el acuerdo salarial impuso un descuento de $3.000 para los trabajadores de jornada completa y $1.500 para "las restantes categorías" lo que no resulta lógico –además de no respetar el punto tercero del acuerdo- si analizamos el caso de los suplentes o jornalizados no más de 18 horas semanales.

El aplicativos SiCayC con el que se hará efectivo este pago, a la fecha no discrimina entre trabajadores de media jornada, suplentes o jornalizados: a todos les descuenta $1.500.

Es de esperar que esto se corrija porque no está respectando el tope del valor a descontar que ellos mismos impusieron.

Escala Abril 2023

La nueva escala tiene un 20% de incremento comparada con la escala anterior que estuvo vigente desde enero y hasta marzo inclusive. Se deber recordar que este mes desaparece el último bono pagado.

El importe de la escala de un Encargado permanente sin vivienda de 4° categoría pasó de $154.872 en marzo pasado a $185.846 en abril. El valor de un suplente de jornada completa pasó de $6.895 a $8.274, un 20% justo de incremento con respecto a la escala anterior.

Lo mismo se observa en los adicionales. El plus jardín, por ejemplo, pasó de $3.855,6 a $4.626,8 y el valor del retiro de residuos de $282,5 a $339,1

Abril 2023

RESOL – 2023- 655 – APN – ST#MT

FUNCION

1° Categoría

2° Categoría

3° Categoría

4° Categoría

Encargado Permanente con vivienda

189.736

181.830

173.925

158.113

Encargado Permanente sin vivienda

223.016

213.723

204.431

185.846

Ayudante Permanente con vivienda

189.736

181.830

173.925

158.113

Ayudante Permanente sin vivienda

223.016

213.723

204.431

185.846

Ayudante Media jornada

111.508

106.862

102.216

92.923

Personal Asimilado Con vivienda

189.736

181.830

173.925

158.113

Personal Asimilado Sin vivienda

223.016

213.723

204.431

185.846

Mayordomo Con vivienda

196.778

188.579

180.380

163.981

Mayordomo Sin vivienda

232.126

222.454

212.782

193.439

Intendente

284.120

284.120

284.120

284.120

Personal con más 1 función con vivienda

189.736

181.830

173.925

158.113

Personal con más 1 función sin vivienda

223.016

213.723

204.431

185.846

Encargado Guardacoches con vivienda

167.293

167.293

167.293

167.293

Encargado Guardacoches sin vivienda

181.667

181.667

181.667

181.667

Personal Vigilancia Nocturna

200.919

200.919

200.919

200.919

Personal Vigilancia Diurna

187.063

187.063

187.063

187.063

Personal Vigilancia Media Jornada

93.531

93.531

93.531

93.531

Encargado No Permanente Con vivienda

90.017

90.017

90.017

90.017

Encargado No Permanente Sin vivienda

97.835

97.835

97.835

97.835

Ayudante Temporario

183.244

183.244

183.244

183.244

Ayudante Temporario Media Jornada

91.622

91.622

91.622

91.622

 

Para Cualquiera de las Categorías

Personal Jornalizado no más 18 horas (según ART. 7 INC. P HORA)

1.894,80

Suplente con horario por día

8.274,00

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

339,10

Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA

5.839,60

Valor vivienda

1.245,60

Plus por antigüedad conf. Resolución 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año (1%)

1.858,50

Plus por antigüedad - por año ART. 11 ( 2%)

3.716,90

Plus limpieza de cocheras

4.626,80

Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades

6.850,40

Plus Jardín

4.626,80

Plus Zona Desfavorable

50%

Título de Encargado Integral de Edificio

10%

Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua

7.783,40

Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM)

La Resolución 1/2023 modificó los valores que cambiarán en abril, mayo y junio de la siguiente manera:

Desde el:

Mensualizado

Por hora

1° de abril de 2023

$80342

$401,71

1° de mayo de 2023

$84512

$422,56

1° de junio de 2023

$87987

$439,94

Si bien los importes en este sector de la propiedad horizontal son superiores al SMVM, se lo tiene en cuenta a la hora de calcular embargos.

Revisar y controlar

Abril 2023: Varios

1)

Escala salarial vigente (Res. 655/2023 del 20 de abril de 2023)

Abril 2023 

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 1/2023)

* A partir del 1° de abril de 2023: $80342 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $401,71 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de mayo de 2023: $84512 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $422,56 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de junio de 2023: $87987 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $439,94 por hora para los trabajadores jornalizados.

 

 

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de abril: 2

(Fuente: https://bit.ly/38evTl3)

Domingo 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.

Viernes 7: Viernes Santo Festividad Cristiana

Feriados inamovibles

Feriados trasladables

Feriados Turisticos

 

5)

Días no laborables de abril: 5

(Fuente: https://www.

argentina.gob.ar/interior/feriados-nacionales-2023)

Jueves 6: Jueves Santo Festividad Cristiana

Jueves 6 y viernes 7: Primeros dos días de la Pascua Judía (b)

Miércoles 12 y jueves 13: Últimos dos días de la Pascua Judía (b)

Viernes 21: Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán (Id al-Fitr) (c)

Lunes 24: Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos (a)

Días no laborables

6)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados y las notificaciones de AFIP, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea", el Libro de Sueldos Digital (LSD) o la versión vigente del SICOSS.

Para tener en cuenta a la hora de liquidar

Abril 2023: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%)

1)

Aporte Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social (Obra Social 2,55% + ANSSAL 0,45%)

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

7)

Seguro Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10)

0,75%

8)

Fondo de Educación y Comunicación (Res. 547/2023) Tope máximo

$3.000

Y ahora, a cargo del empleador

Abril 2023: Contribuciones patronales = 30,75% + ART + Etc...

1)

Jubilación

10,77%

2)

Ley 19032 / INSSJP

1,58%

4)

FNE

0,95%

3)

Obra Social + ANSSAL

6,00%

5)

Asignaciones Familiares

4,70%

6)

CPF (Boletas del sindicato)

1,50%

7)

FMVDD (Boletas del sindicato)

4,00%

8)

Contribución Solidaria OS CCT 589/10 por cada trabajador mensualizado de 8 horas por día. (Según Boletas sindicato marzo/2023)

$1.912

9)

SERACARH (Boletas del sindicato)

0,50%

10)

Seguro Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10)

0,75%

11)

Valor de la suma fija de ART - FFEP para el devengado 04/2023 (Disposición SRT 5/2022). No publicado a la fecha. El del mes 03/2023 fue de $200

---

12)

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

$78,36

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  Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.


Servicios informáticos para administradores y consorcios.


Administradora Rosa Matilde Núñez


Administración Silvia Losada

Administración Liliana Silvia Bo


Marta Granados - Administraciones


Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios


Administrador Adolfo Tami

Administración Mared


Administración Alas

Administración López.


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

SUPLENTE DE FIN DE SEMANA: Agradeceria me tengan en cuenta para realizar suplencias en edificios los fines de semana en CABA. En lo posible zonas Villa Ortuzar, Villa Urquiza, Parque Chaz Colegiales, Chacarita - Nombre: Marcela Cortese - Llamar al teléfono: (11) 6486-6590 - todo el día - Localidad: CABA / Bs. As. - Correo electrónico: cortesekarina@gmail.com

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ENCARGADO DE PORTERÍA SIN VIVIENDA: Busco trabajo para dicho puesto, soy una persona muy responsable y comprometida. Tengo referencias comprobables. - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 6283-5195 a partir de las 9.00 hrs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: fernando_torres83@hotmail.com

ENCARGADO PERMANENTE SIN VIVIENDA: Tengo experiencia en el rubro y cuento con referencias comprobables - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 6283-5195 a partir de las 9 hs. - Localidad: CABA / Recoleta - Correo electrónico: arriola.limpiarte@gmail.com

ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS: Busco empleo part time. Soy estudiante Universitario y tengo experiencia dentro y fuera de la oficina (arreglos en unidades funcionales, pagos de servicios, bancos, etc) - Nombre: Pablo Isasmendi - Llamar al teléfono: (11) 5823-5200 de 12 a 17 hs. - Localidad: CABA/Floresta - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com

TRABAJO DE LIMPIEZA: Me llamo Fabiana y tengo 49 años busco trabajo de limpieza. Tengo referencias y experiencia en casas de familia. Necesito trabajar ya que pago un alquiler. Nombre: Fabiana Fernandez - Llamar al teléfono: (15) 5489-6449 durante todo el dia - Localidad: CABA - Correo electrónico: gffabi3298@hotmail.com

 



¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


Boletín de Pequeñas Noticias

1º Edición Nº DCCLI

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