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15 de Abril de 2025 - Nº 798

Paritarias encargados de edificios 2025

En un atronador silencio se espera la homologación del acuerdo

Pasado 50 días, las entidades de administradores que rubricaron el último acuerdo paritario en nombre de los consorcios de propietarios todavía no comunicaron la novedad Pequeñas Noticias facilita a sus lectores una copia del acta acuerdo publicado por SUTERyH Mar del Plata Según opinó el Dr. Enrique Albisu en un caso anterior, si la Secretaría de Trabajo no presenta objeciones el acuerdo podría quedar homologado tácitamente el 14 de abril.

[BPN-15/04/25] Desde el 27 de febrero el procedimiento administrativo para homologar el acuerdo paritario firmado el 25 de febrero no registra movimientos. Al día de hoy las entidades de administradores que rubricaron este acuerdo paritario en nombre de los consorcios de propietarios no comunicaron la novedad.

Cronología

El 25 de febrero se inició el expediente de homologación...


Administración Global


Gremiales

Víctor Santa María adhirió al paro general

El titular del SUTERH anunció por sus redes sociales la adhesión del gremio al paro convocado por la CGT bajo la consigna "para que el Gobierno sepa lo mal que la estamos pasando. La dignidad no se negocia" Señaló que servirá para que "la dirigencia sindical pueda sentirse más respaldada que nunca por sus trabajadores".

Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal

Por tercer año consecutivo bajaron los puestos de trabajo

En 2024 se advirtió nuevamente una disminución de los puestos de trabajo de los encargados de edificios con respecto al año anterior Se venía advirtiendo esa tendencia en las mediciones trimestrales Con ligeras variaciones, se mantiene la diferencia en las remuneraciones entre varones y mujeres.



Registro Público de Administradores porteño

Fueron examinados los primeros aspirantes a administradores

Aprobó el 85% de los aspirantes a administradores de consorcios durante el primer examen presencial realizado por Defensa del Consumidor porteño Un 16% se inscribió pero no se presentó.


Proyecto de ley porteño

Por 3ª vez La Libertad Avanza busca modificar la Ley 941

Cinco legisladores de La Libertad Avanza presentaron un proyecto de ley que propone eliminar de las obligaciones impuestas por el RPA porteño las declaraciones juradas y el curso de capacitación anual No exigirá ni el "Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal" ni el "Informe expedido por el Registro de Juicios Universales".


Registro Público de Administradores bonaerense

Ya van tres meses sin anuncio oficial sobre un nuevo director

Al día de la fecha no se hizo oficial el nombre del sucesor de Marcos Hernández al frente del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal de PBA Todo hace pensar que el cargo está ocupado informalmente o vacante.


Proyecto de ley nacional

Buscan facilitar la toma de decisiones de los autoconvocados

Nueve diputados nacionales del PRO presentaron un proyecto de ley que busca facilitar la toma de decisiones cuando las asambleas son autoconvocadas Proponen cambiar las mayorías necesarias tanto para autoconvocarse como para aprobar las decisiones.


Proyecto de ordenanza en Rosario

Habría acuerdo para que los inquilinos participen de las asambleas

Así lo aseguró un concejal rosarino, autor de un proyecto de decreto que busca promover la participación de los inquilinos en las asambleas de sus consorcios cuando se traten temas relacionadas con las expensas comunes.


Índice de escalas salariales de encargados de edificios

Sin homologación las escalas pierden en los tres frentes

Si hasta mediados de abril no aparece el acuerdo homologado, las escalas salariales de los encargados de edificios de este mes nuevamente perderán contra la inflación mensual, la acumulada y la interanual El haber mínimo de los jubilados que pagan expensas tampoco tiene suerte, perderá en la medición mensual y la acumulada aunque ganará en la medición interanual.

Borrador de proyecto de ley nacional

Pagano busca bajar las expensas mediante cinco puntos

Pone el eje en paritarias consorcio por consorcio, eximición del impuesto al cheque, cuentas bancarias gratuitas y eximición del IVA para alquileres, empresas de limpieza y seguridad Señaló que este borrador se basa en las recomendaciones de Eduardo Awad para bajar las expensas.


Proyecto de ley porteño

Quieren que sean gratis las obleas del ascensor, calderas, etc.

Son tres tasas anuales cuyo costo recae mayoritariamente en los hombros de los consorcistas porteños Durante 2025 estas tres obleas recaudarán de los contribuyentes 1,7 millones de dólares.


Medios

Consorcios 360 ganó el premio 'Destino... Malvinas'

El premio lo recibió en la categoría "Periodístico sobre propiedad horizontal" Asistieron a la gala Claudio García de Rivas, Daniel Sánchez Rivera y Silvia Bercovsky Sánchez Rivera recibió el premio en nombre de todo el equipo del programa.


Proyecto de ley nacional

Buscan que sean voluntarias ciertas contribuciones patronales

Tres diputados nacionales presentaron un proyecto para que sean de carácter voluntario las contribuciones patronales destinadas a capacitaciones o la creación y mantenimiento de instituciones administrados por sindicatos o entidades empresarias.


Agencia Gubernamental de Control

La cobertura de ascensores y calderas subió un 16%

La cobertura mínima del seguro de un ascensor subió a los 219 millones de pesos La cobertura de una caldera de alta presión llegó a los 293 millones Es de suponer que estos cambios influirán en el costo de esos seguros y derramará a las expensas.


Correo de Lectores

Sobre "De cara a las elecciones del SUTERH se reunieron las dos listas" 

por el Frente Nacional de Trabajadores de Edificios


Correo de Lectores

Aclaraciones sobre "De cara a las elecciones del SUTERH se reunieron las dos listas

por la Lista Bordó


Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados OFRECIDOS

Vínculos a nuestras redes sociales


Paritarias encargados de edificios 2025

En un atronador silencio se espera la homologación del acuerdo

La comunidad consorcial esperando que se homologuen y comuniquen en tiempo y forma las paritarias del sector [Fotoilustración Pequeñas Noticias]

La comunidad consorcial esperando que se homologuen y comuniquen en tiempo y forma las paritarias del sector [Fotoilustración Pequeñas Noticias]


[BPN-15/04/25] Desde el 27 de febrero el procedimiento administrativo para homologar el acuerdo paritario firmado el 25 de febrero no registra movimientos. Al día de hoy las entidades de administradores que rubricaron este acuerdo paritario en nombre de los consorcios de propietarios no comunicaron la novedad.

Cronología

El 25 de febrero se inició el expediente de homologación y ese mismo día se presenta el acta acuerdo.

El 27 de febrero el asistente administrativo de la dirección de negociación colectiva "estima" que corresponde su giro a la Asesoría Técnico Legal para emitir opinión al respecto.

El 11 de marzo Víctor Santa María, titular del SUTERH (Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal), anunció por redes sociales que acordó con las tres entidades de administradores que representan a los consorcios en su calidad de empleadores aumentos en las escalas salariales de marzo y tres bonos para marzo, abril y mayo [1].

El sindicalista no mencionó que se aumentó la contribución solidaria ni que se otorgó para junio un bono del 20% similar al que ya existe en diciembre.

Ninguna de las tres entidades de administradores que firman las paritarias en nombre de los consocios en su calidad de empleadores comunicó la novedad, ni a sus socios ni a la comunidad consorcial.

El 14 de marzo el equipo de Consorcios 360 comunica en primicia los nuevos aumentos paritarios que afectarán tanto a encargados como a consorcistas y administradores. También informa que se triplicó la contribución solidaria aunque en ese momento no se sabía que estaba relacionada con el último acuerdo entre administradores y el gremio [2].

El 21 de marzo el equipo de Consorcios 360 hace público los puntos más relevantes del acta acuerdo [3].

El 25 de marzo Pequeñas Noticias publicó el contenido detallado del acta acuerdo [4].

El 5 de abril SUTERyH Mar del Plata publica en Facebook una copia del acta acuerdo firmado el 25 de febrero. A simple vista el documento que figura con las firmas de los signatarios parece copia del original [5] [copia del acta].

Si bien en esa publicación FATERyH Mar del Plata afirma que el último acuerdo está homologado y publican un número de expediente, este número pertenece a un acuerdo anterior que fue firmado el 30 de diciembre de 2024 y que se homologó el 25 de febrero mediante la Disposición 432.

El 8 de abril Víctor Santa María junto a Osvaldo Bacigalupo afirmó en un video en vivo que "pasado los 30 días si no hay oposición de las partes queda homologado de hecho". Según la Ley 14.250 la oposición debería ser planteada por la Secretaría de Trabajo y no por aquellos que ya firmaron y ratificaron el acuerdo.

Al día de hoy el expediente no presenta movimientos nuevos o sea que todavía no habría sido girado a la Asesoría Técnico Legal para emitir opinión.

Según el análisis del Dr. Enrique Albisu para un caso similar anterior, si la Secretaría de Trabajo no presenta objeciones al acta acuerdo podría quedar homologado tácitamente el 14 de abril luego de 30 días hábiles [6].

Puntos a destacar:

En el acta acuerdo no figura el día en que se habría firmado aunque figura el mes y la hora exacta. Administradores con mucha experiencia en redactar actas de asambleas explicaron a este medio que esto hace suponer que los paritarios no se reunieron un día en un lugar para llegar a un acuerdo que plasmaron en un papel sino que alguien lo redactó en un lugar y los paritarios lo firmaron en otro.

1.- Incremento salarial del 1,1% a calcular sobre la escala de febrero. No dice a qué mes aplicar.

3.- Una cifra fija remuneratoria de 50 mil pesos a TODAS las categorías a pagar en marzo, abril y mayo.

4.- Se modificó el importe de la Contribución Solidaria a 24 mil pesos indexados según las escalas salariales del sector.

5.- La contribución solidaria es proporcional a las horas trabajadas. Media contribución para media jornada, etc...

6.- Se suma a los haberes de junio un bono del 20% similar al de diciembre. En el acta acuerdo se expresa: "Las partes acuerdan que será de aplicación la bonificación establecida en el art. 15º inciso "7" del convenio colectivo de la actividad con el pago de la primera cuota del sueldo anual complementario".

7.- Las partes se reunirán en MAYO para discutir recomposiciones/incrementos para futuros períodos.

8.- El acuerdo lo firmó Osvaldo Bacigalupo (FATERyH) con Miguel Ángel Summa (CAPHyAI), Patricia Fernández (AIERH) y Osvaldo Primavesi (UADI) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 796 del 15/03/25: "Un 1,1% para marzo y tres bonos de 50 mil pesos".

[2] Consorcios 360 Nº 81 del 14/03/25.

[3] Consorcios 360 Nº 82 del 21/03/25.

[4] BPN Nº 797 del 25/03/25: "Seguimos hablando con potenciales".

[5] Facebook de SUTERyH Mar del Plata del 5/04/25.

[6] BPN Nº 794 del 15/02/25: "El acuerdo de octubre podría estar tácitamente homologado".


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


Gremiales

Víctor Santa María adhirió al paro general

[BPN-15/04/25] El pasado 9 de abril Víctor Santa María, titular del SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal), anunció por sus redes sociales la adhesión del gremio al paro convocado por la CGT (Confección General del Trabajo) bajo la consigna "para que el Gobierno sepa lo mal que la estamos pasando. La dignidad no se negocia".

Es de recordar que el paro del jueves 10 fue precedido el día anterior por una movilización al Congreso en coincidencia con la habitual protesta que los jubilados realizan los miércoles.

Héctor Daer, secretario general de la CGT, había explicado que los objetivos del paro eran exigir la libertad para negociar paritarias libres, la homologación de los acuerdos, el aumento y actualización del bono para los jubilados, y la revisión de las asignaciones familiares.

A ninguno de estos temas se refirió Santa María en su convocatoria. En primer lugar se explicó: "Son medidas tal vez que son de las últimas que nos gustaría tomar". Agregó a continuación que el paro es necesario para que el Gobierno se dé cuenta lo mal que lo pasan los trabajadores, mencionó los aumentos de luz, el gas y el agua y concluyó que por esas razones el paro es absolutamente necesario. Resumió que servirá "para que tomen conciencia [de estos problemas] quienes toman las decisiones políticas del país".

Llamó la atención que a continuación mencionó que también servirá para que "la dirigencia sindical pueda sentirse más respaldada que nunca por sus trabajadores". La extrañeza surgió porque -si como lo expresó anteriormente- los que la pasan mal son los trabajadores, ¿por qué es la dirigencia sindical la que debe sentirse respaldada por los trabajadores y no al revés teniendo en cuenta que éste es el eslabón más débil de la cadena?

Textualmente Santa María en su comunicado a los afiliados expresó:

"...también saben muchos de Uds.-y muchas preguntas nos han hecho con respecto a ésto- es qué va a pasar con el paro. Son medidas tal vez que son de las últimas que nos gustaría tomar como trabajadores [...] que tienen que ver con un paro pero son necesarias para tratar que el Gobierno se dé cuenta de lo mal que lo estamos pasando. No les voy a hablar a Uds. lo que aumentó la luz, lo que aumentó el gas, lo que aumenta el agua, lo que aumentó el transporte público y todo eso sale del bolsillo del trabajador [...]. Por eso el paro es absolutamente necesario.

Vamos a acompañar las decisiones que haya tomado la Confección General del Trabajo (CGT) y vamos a hacer todo lo posible para lograr que este paro y esta movilización que también hay en el día de mañana sea en paz, que sirva simplemente para que tomen conciencia quienes toman las decisiones políticas del país y para que la dirigencia sindical pueda sentirse más respaldada que nunca por sus trabajadores. Por eso vamos a estar ahí junto a los compañeros de la CGT para seguir luchando por cada uno de estos temas que son de suma importancia para el pueblo trabajador argentino.

Fue imposible verificar el nivel de acatamiento que tuvo la adhesión al paro en los consorcios de propietarios. Sin embargo, en redes sociales no hubo quejas ni de consorcistas ni de administradores por este motivo y todo hace suponer que habiendo medios de transporte alternativos al subte y los trenes, no debe haber sido masivo Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal

Por tercer año consecutivo bajaron los puestos de trabajo

[BPN-15/04/25] Durante el año pasado disminuyó en un -1,85% la cantidad de puestos de trabajo del sector de la propiedad horizontal con respecto al mismo período del año pasado.

Por tercer año consecutivo desciende la cantidad de puestos de trabajo. Se destaca que esta tendencia ya se venía advirtiendo durante las mediciones trimestrales [1].

Por otra parte, el promedio anual de los ingresos mensuales aumentó un 181,5%.

PROMEDIO ANUAL

Año

Puestos de trabajo

Variación

2014

49.635

 

2015

50.316

1,37

2016

52.870

5,07

2017

55.538

5,05

2018

55.385

-0,28

2019

56.003

1,12

2020

56.831

1,48

2021

57.143

0,55

2022

56.279

-1,51

2023

54.841

-2,56

2024

53.826

-1,85

En promedio, durante el 2024 hubo -1.015 puestos de trabajo menos que durante el 2023.

Desagregando por género, los varones perdieron 742 (-1.88%) puestos de trabajo durante el 2024 mientras que las mujeres 273 (-1,78%) puestos. En total suman los ya mencionados 1.015 puestos de trabajo menos para el año.

Las remuneraciones

Durante el 2024 la remuneración promedio anual informada por el Ministerio de Trabajo subió de 279.094,58 pesos mensuales a 785.524,79 pesos (181,5%) con respecto al 2023.

Hay que tener en cuenta que en 2024 la remuneración mensual comenzó en enero con 368.995 pesos mensuales y terminó en diciembre con 1.409.649 pesos mensuales. Eso representó un aumento interanual de diciembre a diciembre de un 236,5%.

PROMEDIO ANUAL REMUNERACIONES

Año

Remuneración

Variación

2016

8.918,25

 

2017

21.102,75

136,6 %

2018

27.245,75

29,1 %

2019

43.506,83

59,7 %

2020

59.357,92

36,4 %

2021

71.953,46

21,2 %

2022

124.870,00

73,5 %

2023

279.094,58

123,5 %

2024

785.524,79

181,5 %

Durante el año pasado el ingreso promedio de un varón fue de 981.601 pesos mensuales y el de una mujer 589.448 pesos.

El ingreso promedio de una trabajadora se mantiene en el 60,05% del de un trabajador. Sin embargo, como las escalas salariales del sector no discriminan varones y mujeres –o sea que a igual función y categoría igual remuneración- quedará por investigar las causas de estas diferencias.

Más en detalle, el incremento promedio anual de ingreso de los varones durante el 2024 con respecto al 2023 fue de 632.756 pesos mensuales (181,39%) mientras que el de las mujeres fue de 380.104 pesos (181,57%).

 

Puestos

Varones

72,09 %

Mujeres

27,91 %

Durante el año pasado la relación porcentual de puestos de trabajo de varones y mujeres se mantuvo en sus porcentajes históricos con mínimas variaciones.

La fuente

Para confeccionar este informe se tomó en cuenta a los trabajadores alcanzado por los Convenios Colectivos de Trabajo 589/10 590/10 y no contempla al personal de las empresas de limpieza.

La fuente de los datos fue el Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial (OEDE) que depende de la Dirección General de Estudios y Estadísticas Laborales (DGEyEL) cuyo superior directo es la Subsecretaría de Políticas, Estadísticas y Estudios Laborales (SSPTyEL) del Ministerio de Trabajo de la Nación.

Según su sitio web el OEDE es un sistema de información construido a partir de la vinculación de diversos registros administrativos adaptados para usos estadísticos. Su objetivo es elaborar un conjunto de indicadores para el análisis estructural y dinámico del empleo y de las empresas, orientado a la toma de decisiones Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 790 de 15/12/24: "Durante el 3º trimestre se mantiene la caída de puestos de trabajo".



Registro Público de Administradores porteño

Fueron examinados los primeros aspirantes a administradores

[BPN-15/04/25] El pasado 26 de marzo se realizó el primer examen presencial a 68 administradores de consorcios que deseaban inscribirse en el Registro Público de Administradores de Consorcios (RPA) de la CABA.

Aprobó el examen oral el 85,3% (58) mientras que 10 aspirantes fueron reprobados. Es de destacar que si bien se anotaron 84 personas para rendir sólo se presentó el 81%.

Para examinar a los aspirantes se conformaron tres mesas examinadoras conformadas por funcionarios de Defensa y Protección al Consumidor y por cinco representantes de entidades autorizadas a dar los cursos de capacitación. Fueron éstos Alejandro Casella y José Luis Alonso Gómez (CAPHyAI), Laura Colucci (AIERH), Roberto Cacheiro Frías (CIDEI) y Jorge Scampini (CPCE).

Las próximas mesas examinadoras se conformarán durante el mes de julio de este año.

Algunas consideraciones

De mantenerse este nivel de aprobaciones es de suponer que el ritmo de crecimiento del padrón de administradores habilitados en la CABA comience a decaer.

Según el RPA, al 31 de enero de este año había 10.037 inscriptos con matrícula activa. El promedio de inscripciones nuevas durante los últimos 5 años (desde 2020 hasta 2024) fue de 612 administradores por año.

Si las mesas se constituirán cada trimestre y aprueban cerca de 60 administradores, en el año el padrón se incrementaría en unos 240 administradores nuevos lo que representará un déficit de 372 administradores menos que la media de los últimos cinco años Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Marta Granados - Administraciones


Borrador de proyecto de ley nacional

Pagano busca bajar las expensas mediante cinco puntos

[BPN-15/04/25] Días pasados trascendió un borrador de proyecto de ley de la diputada nacional Marcela Pagano (La Libertad Avanza) que propone reducir las expensas mediante cinco puntos:

1.- Realización de paritarias consorcio por consorcio.

2.- Eximición del impuesto al cheque a los consorcios.

3.- Otorgamiento de cuentas bancarias gratuita para los consorcio de propietarios.

4.- Eximición del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los alquileres cuando se trate de una unidad funcional propiedad del consorcio.

5.- Eximición del IVA a los consorcios que contratan servicios de seguridad o de limpieza.

Fundamentos

En sus fundamentos la diputada nacional textualmente señaló:

Se calcula que en Argentina hay 80.000 porteros de edificios y los salarios son desproporcionados en relación a la comparativa del personal empleado en casas particulares, siendo similares las tareas.

[...]

Así, el principal cuestionamiento que se enfrenta es si realmente el sector representativo de los propietarios de consorcios en los Convenios Colectivos de Trabajo responden efectivamente a los intereses de los mismos.

Es por eso que el presente proyecto, reúne las recomendaciones del prestigioso referente legal sobre Propiedad Horizontal el Dr. Eduardo Awad, expresidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, para reducir el impacto de las expensas.

A tal efecto se propone: eliminar la obligatoriedad de porteros y asistentes de portería, definir paritarias por consorcio, eximir a los consorcios del impuesto a débitos y créditos (ya que no deben ser tratadas como empresas porque nunca tendrán ganancias) y las transferencias son esenciales para transparentar la administración, cuentas consorcios sin costo de apertura y mantenimiento y excepción del IVA por el alquilar de las unidades de propiedad del consorcio y por el pago de servicio de seguridad y limpieza, ya que resultan esenciales.

El borrador del proyecto consta de siete artículos de los cuales uno es de forma.

Paritarias consorcio por consorcio

La iniciativa propone modificar el texto del artículo 7º de la Ley 12.981 (Estatuto del Encargado) que establece el sistema de remuneraciones de los encargados de edificios por el siguiente texto:

Cada consorcio de propietarios tendrá la libertad de decidir si requiere el servicio de portería y asistencia de portería y determinará, en función de sus necesidades y capacidades, la cantidad de personal, sus horarios y funciones.

La negociación de las condiciones laborales y salariales del personal de edificios residenciales, comerciales y barrios cerrados se llevará a cabo en el ámbito de cada consorcio sin la participación ni intervención obligatoria de sindicatos ni Convenios Colectivos de Trabajo y no podrán ser inferiores a las escalas establecidas para el trabajador o trabajadora de casas particulares

Impuesto al cheque

La diputada pretende agregar un inciso d) al artículo 2º de la Ley 25.413 (Ley de Competitividad) que trata sobre las exenciones al gravamen.

Estarán exentos del gravamen:

[...]

d) Los créditos y débitos en cuentas bancarias correspondientes a consorcios de propietarios

Es de resaltar que ya existe un inciso d) para ese artículo que exime del gravamen a las cuentas bancarias exclusivas para recaudar locaciones cuyo destino es casa-habitación.

Cuentas bancarias gratuitas

El borrador del proyecto –en caso de convertirse en ley- ordenará al Banco Central "implementar los lineamientos necesarios para que las entidades bancarias ofrezcan cuentas sin costo de apertura y mantenimiento a los consorcios de propietarios residenciales y comerciales".

Alquiler de la unidad del consorcio

La iniciativa propone incorporar a las excepciones previstas en el Decreto 280/97 (Texto ordenado de la Ley de Impuesto al Valor Agregado) a los ingresos provenientes del alquiler de la unidad propiedad de los consorcios de propietarios. En otras palabras, el alquiler de la portería estaría exento de IVA lo cual lo haría más atractivo para los inquilinos o más conveniente para los consorcios.

Empresas limpieza y seguridad

Por último, a las mismas excepciones del Decreto 280/97 (Texto ordenado de la Ley de Impuesto al Valor Agregado) el proyecto busca agregar "a los servicios de seguridad y limpieza llevados a cabo en consorcio de propietarios al considerarse esenciales para la adecuada conservación de los edificios".

Este último beneficio podría abaratar estos dos servicios volcando la balanza hacia su tercerización en lugar de contratar un trabajador en relación de dependencia Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Proyecto de ley porteño

Por 3ª vez La Libertad Avanza busca modificar la Ley 941

[BPN-15/04/25] El pasado 14 de marzo 5 legisladores de La Libertad Avanza presentaron un proyecto de ley que busca eliminar de las obligaciones impuestas por el Registro Público de Administradores (RPA) porteño las declaraciones juradas y el curso de capacitación anual, y eliminar todo el capítulo dedicado a la "aplicación de la plataforma web oficial" Consorcio Participativo que nunca se reglamentó.

Se destaca que si bien mantiene que "no pueden inscribirse en el Registro o mantener la condición de activo" a los condenados en sede penal, quebrados o concursados, para inscribirse los exime de presentar el "Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal" y el "Informe expedido por el Registro de Juicios Universales".

Este proyecto es casi idéntico a uno que presentó en solitario el 16 de junio de 2022 y que perdió estado parlamentario sin ser tratado [1].

El 4 de julio del año pasado presentó una versión en la que eliminó los puntos más polémicos de la iniciativa anterior. Esta segunda versión mantuvo la pretensión de eliminar las declaraciones juradas anuales pero propuso llevar el curso de capacitación de anual a trienal (cada tres años) y conservó su intención de eliminar todo lo relacionado con Consorcio Participativo [2].

Firmaron la iniciativa Leonardo Saifert, Rebeca Fleitas, Marina Kienast, Lucía Montenegro y María Del Pilar Ramírez e ingresó por mesa de entradas bajo el número 771-D-2025. El proyecto consta de nueve artículos de los cuales uno es de forma [texto original].

El proyecto en detalle

El artículo 1º de la iniciativa propone derogar los incisos que establecen que para inscribirse en el RPA los administradores deben presentar:

1.- Un certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (inciso d).

2.- Un Informe expedido por el Registro de Juicios Universales (inciso e).

3.- Un certificado de libre deuda expedido por el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as (inciso g).

El artículo 2º del proyecto de Saifert intenta eliminar la obligación de revalidar anualmente el certificado de aprobación de 10 horas que ordena el inciso ‘f’ de ese mismo artículo.

Por su parte en su artículo 3º elimina el impedimento para inscribirse en el RPA a "los inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos" que establece el inciso ‘e’ del artículo 5º de la Ley 941.

El artículo 4º del proyecto extiende la vigencia del certificado de acreditación de 30 a 90 días (artículo 6º de la Ley 941).

En el artículo 5º de la iniciativa busca derogar el artículo 8º de la Ley 941 que establece que el administrador debe presentar anualmente una constancia del certificado de inscripción en el Registro actualizado en la asamblea ordinaria. En dicha oportunidad hará entrega de una copia de la presente ley al consorcio de propietarios presentes. De igual forma procederá en cualquier asamblea donde se considere su designación o continuidad.

El su artículo 6º propone eliminar el artículo 12º de la Ley 941 que ordena que los administradores inscriptos en el Registro deben presentar anualmente un informe con la información detallada en cada uno de sus incisos que tiene carácter de declaración jurada.

En su artículo 7º busca eliminar que se establezcan sanciones por no cumplir con lo establecido por el artículo 6º (Certificado de Acreditación) y por no cumplir con ya derogada presentación de las declaraciones juradas anuales (artículo 12º).

Por último, en el artículo 8º de la iniciativa busca eliminar los diez artículos que componen el Capítulo 6º de la Ley 941 llamado "aplicación de la plataforma web oficial" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 732 del 15/07/22: "Buscan que puedan volver a administrar los condenados por delitos".

[2] BPN Nº 780 del 15/07/24: "Saifert insiste con su proyecto de ley, pero modificado".



Proyecto de ley porteño

Quieren que sean gratis las obleas del ascensor, calderas, etc.

[BPN-15/04/25] El pasado 25 de marzo el Jefe de Gobierno porteño presentó un proyecto de ley que -entre otras muchas cosas- busca que tres tasas anuales cuyo costo recae mayoritariamente en los hombros de los consorcistas porteños sean gratis. Se trata del servicio de Registro de Conservación de Elevadores, del Registro de Mantenimiento de Instalaciones Fijas contra Incendio y del Registro de Verificación de las Instalaciones Térmicas, conocidos también como obleas de ascensores, calderas e instalaciones fijas.

Para tener una idea de la magnitud del ahorro para los consorcios -donde mayoritariamente están ubicados estos artefactos- durante el 2025 esas tres obleas significará una erogación de 1.400 millones de pesos (1.381.185.540) o 1,7 millones de dólares (1.678.819).

En total los contribuyentes porteños erogaron en concepto de estas tres obleas 4.500 millones de pesos (4.492.256.593) o 36 millones de dólares (35.892.059).

El 65% de esta recaudación la produjo la oblea del ascensor, el 18% la oblea de las calderas y el 17% restante la oblea de las instalaciones fijas contra incendios.

La iniciativa

Para lograr su objetivo el proyecto busca modificar los artículos 77º, 78º y 79º del anexo de la Ley 6.806 (Ley Tarifaria 2025) estableciendo que esos servicios son sin costo.

En sus fundamentos el Poder Ejecutivo local expresó: "El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires efectúa un proceso de análisis y revisión permanente de los conceptos no tributarios, con el propósito de identificar aquellos trámites y/o gestiones que fueran susceptibles de ser eliminados, o bien reducidos a costo cero, para así beneficiar a los vecinos y las vecinas de la Ciudad y simplificar las gestiones ante la administración local".

Agrego: "El Poder Ejecutivo ha confeccionado el proyecto de ley que se acompaña, mediante el cual se impulsa la eliminación de la tarifa de más de 60 trámites, correspondientes a distintas áreas de gobierno".

La iniciativa consta de 20 artículos de los cuales uno es de forma e ingresó por Mesa de entradas de la Legislatura porteña bajo el número 897-J-2025 [vínculo].

Ascensores

La primera oblea en crearse fue la del ascensor en diciembre de 2013 bajo la gestión de Mauricio Macri como Jefe de Gobierno porteño con un costo de 250 pesos por máquina lo que representó en aquel año unos 46 dólares a cambio oficial (45,79).

Desde entonces hasta ahora ese monto fue subiendo en pesos y bajando en dólares a causa de la inflación. Este año la oblea del ascensor cuesta 1.080 por máquina (u$s 12,25).

El Gobierno porteño llevará recaudado hasta este año 2025 por este concepto 3 mil millones de pesos (2.922.755.840) o 29 millones de dólares (u$s 28.947.208).

Calderas

En 2018 bajo la gestión de Horacio Rodríguez Larreta el Gobierno porteño creó la oblea de las calderas (instalaciones térmicas) y las instalaciones fijas contra incendios a un precio de 830 pesos por año o 29,4 dólares a cotización oficial.

Tal cual pasó con la oblea de ascensores este valor fue creciendo año tras año en pesos aunque descendió en dólares. En 2025 cada oblea cuesta 9.660 pesos o 11,7 dólares.

Por este concepto el Gobierno porteño llevará recaudado hasta este año 2025 más de 825 millones de pesos (825.159.313) o 4 millones de dólares (3.611.209).

Instalaciones fijas

Ese mismo 2018 el Gobierno porteño agregó a la oblea de las calderas, la oblea de instalaciones fijas contra incendios al mismo precio de 830 pesos o 29,4 dólares.

Hasta fin de este año habrá recaudado por este concepto 744 millones de pesos (744.341.440) o tres millones de dólares (3.333.641) a cotización oficial.

Durante los últimos años la cantidad de máquinas registradas en la Ciudad de Buenos Aires al último día de cada año fue provista por la subgerencia operativa de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras dependiente del Ministerio de Justicia Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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BPN Nº 497 del 26/06/13: "25 millones de pesos anuales para controlar los ascensores".


Administración Silvia Losada

Administración Liliana Silvia Bo


Registro Público de Administradores bonaerense

Ya van tres meses sin anuncio oficial sobre un nuevo director

Los espacios donde deberían figurar los datos de la autoridad a cargo están vacíos [Fotoilustración Pequeñas Noticias]

Los espacios donde deberían figurar los datos de la autoridad a cargo están vacíos [Fotoilustración Pequeñas Noticias]


[BPN-15/04/25] Al día de la fecha [1] todavía no se hizo oficial el nombre del sucesor de Marcos Hernández al frente del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal de PBA (Ley 14.701).

Desde que Marcos Hernández comunicó que fue apartado de su cargo a la fecha transcurrieron casi tres meses sin que se sepa oficialmente quién está a cargo del Registro Público de Administradores bonaerense (RPAC) bonaerense.

En la página del Gobierno de la provincia de Buenos Aires no figura ni el nombre del funcionario a cargo, ni la norma que lo designó ni la fecha en que se publicó en el Boletín Oficial.

El pueblo quiere saber

El 10 de enero Andrés Zulberti, coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3 de CABA solicitó a la Dra. Silvia Andrea García, directora provincial de Personas Jurídicas, le informe quién es el nuevo director del RPAC. Tomó esta iniciativa a consecuencia de rumores de diversas fuentes de que Hernández ya no se desempeñaba como director del RPAC.

El 20 de enero recibió como respuesta que "aún no está la resolución firmada" y que "se informará a través de la página de la Dirección".

El 22 de enero Hernández comunicó por redes sociales que fue apartado por su jefa de su cargo de coordinador del RPAC bonaerense. Ésta ya le había anticipado en diciembre que su cargo se asignaría a una persona que en ese momento se desempeñaba como asesor [2].

El 21 de febrero la Sra. Ana María Huertas, presidenta de ACoPH (Asociación de Consorcistas de Propiedad Horizontal de Mar del Plata)  solicitó a la Dra. García que informe quién está a cargo del RPAC. Al día de hoy no obtuvo respuesta.

El 26 de febrero Pequeñas Noticias le solicitó a la Dra. García que informe el nombre completo y cargo del funcionario recientemente designado y que adjunte los documentos administrativos (resolución, disposición, etc.) mediante los cuales se desvinculó el funcionario saliente (Dr. Marcos Hernández) y se nombró al funcionario entrante. Al día de hoy no recibió respuesta a su correo.

El 7 de marzo Marcos Hernández –en el marco de una "entrevista" que se le realizó en su propio programa de streaming- contó detalles de la transición entre su gestión como director del RPAC y –un tal Guillermo- quien habría sido nombrado su sucesor aunque dejó trascender que no continuaría [3].

El Guillermo mencionado podría ser el Dr. Guillermo Echeverría, un funcionario bonaerense que según su perfil en LinkedIn se desempeñó casi 14 años en la Inspección General de Justicia y durante los últimos tres meses como director de Registro y Gestión Administrativa en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] 14/04/2025

[2] BPN Nº 794 del 15/02/25: "Marcos Hernández fue apartado del RPAC".

[3] BPN Nº 796 del 15/03/25: "Finalmente Marcos Hernández recurrió a los insultos".


Volvió Consorcios 360, Tercera temporada I...de infarto!


Medios

Consorcios 360 ganó el premio 'Destino... Malvinas'

[BPN-15/04/25] El pasado 29 de marzo el programa de radio Consorcios 360 recibió el Premio Internacional "Destino... Malvinas" en la categoría "periodístico sobre propiedad horizontal". Asistieron a la gala Claudio García de Rivas (periodista), Daniel Sánchez Rivera (administrador) y Silvia Bercovsky (abogada).

En nombre de todo el equipo del popular programa de radio, Sánchez Rivera agradeció el premio a los organizadores, a sus compañeros de equipo faltantes -Diana Sevitz (abogada), Andrés Zulberti (consorcista) y Mariú Cáceres Quinde (asistente de producción)- para concluir con un sonoro "¡Las Malvinas fueron, son y serán argentinas!".

Este es el cuarto premio que cosecha el programa Consorcios 360. Durante su primer año al aire recibió el "Premio Nacional Faro de Oro", durante el segundo el "Premio Raíces" y nuevamente el "Faro de Oro", y en lo que va de éste el "Premio Destino... Malvinas".

El Premio Internacional "Destino... Malvinas" nació el 2 de abril de 2016 de la mano de su creador, Claudio Domínguez, quien en aquel momento señaló que su objetivo es: "Hacerles revivir lo que creemos es lo justo, conocer nuestras Malvinas a través de los ojos de los que combatieron, a través de los veteranos de guerra y familiares de esos héroes".

Aquel año agregó: "Tendremos un jurado conformado por veteranos de guerra. Sólo el presidente del jurado no lo será [...] En el salón de la gala se podrá conversar con veteranos de guerra de diferentes fuerzas y grados. Allí se encontrarán soldados, suboficiales, oficiales y civiles...".

Finalmente concluyó: "Queremos que en sus vitrinas puedan tener este premio creado por nosotros para que atesoren una parte de lo que sentimos los que defendimos la Patria".

Este año el premio se organizó bajo la consigna "Ellas también estuvieron" en homenaje tanto a las enfermeras e instrumentadoras quirúrgicas que cumplieron tareas esenciales para salvar la vida de los soldados como a las oficiales, cadetas y radiotelegrafistas de la Marina Mercante que ocuparon roles claves.

En total se trató de 16 mujeres que estuvieron en el Teatro Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) y que fueron reconocidas en 2012 como veteranas de guerra por Resolución del Ministerio de Defensa N° 1438 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración López.

Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios


Proyecto de ley nacional

Buscan facilitar la toma de decisiones de los autoconvocados

[BPN-15/04/25] El pasado 28 de marzo nueve diputados nacionales del PRO presentaron un proyecto de ley que busca facilitar la toma de decisiones cuando las asambleas son autoconvocadas.

Para lograr su objetivo los diputados proponen que con una "mayoría absoluta computada sobre la totalidad de los propietarios de las unidades funcionales" se pueda validar tanto la autoconvocatoria como el temario tratado, en lugar de los "dos tercios de la totalidad de los propietarios" que rige actualmente.

O sea que –de aprobarse la iniciativa- los vecinos se podrán autoconvocar y tomar decisiones válidas con el voto positivo del 51% de los dueños de los departamentos en lugar del 66,67%.

Es de recordar que a la hora de contar los votos sigue rigiendo la doble exigencia del número de unidades y el porcentaje que representa cada departamento en el edificio establecido en el artículo 2.060 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) [vínculo].

Para lograr su objetivo proponen modificar el artículo 2.059 del CCyC -texto señalado en rojo y subrayado- que actualmente ordena:

Convocatoria y quórum. Los propietarios deben ser convocados a la asamblea en la forma prevista en el reglamento de propiedadhorizontal, con transcripción del orden del día, el que debe redactarse en forma precisa y completa; es nulo el tratamiento de otros temas, excepto si están presentes todos los propietarios y acuerdan por unanimidad tratar el tema.

La asamblea puede autoconvocarse para deliberar. Las decisiones que se adopten son válidas si la autoconvocatoria y el temario a tratar se aprueban por una mayoría de dos tercios de la totalidad de los propietarios.

Son igualmente válidas las decisiones tomadas por voluntad unánime del total de los propietarios aunque no lo hagan en asamblea.

Y reemplazarlo por el texto en verde y subrayado:

Convocatoria y quórum. Los propietarios deben ser convocados a la asamblea en la forma prevista en el reglamento de propiedad horizontal, con transcripción del orden del día, el que debe redactarse en forma precisa y completa; es nulo el tratamiento de otros temas, excepto si están presentes todos los propietarios y acuerdan por unanimidad tratar el tema.

La asamblea puede autoconvocarse para deliberar. Las decisiones que se adopten son válidas si la autoconvocatoria y el temario a tratar se aprueban por una mayoría absoluta computada sobre la totalidad de los propietarios de las unidades funcionales.

Son igualmente válidas las decisiones tomadas por voluntad unánime del total de los propietarios aunque no lo hagan en asamblea.

La iniciativa ingresó por mesa de entradas bajo el número 0003-D-2025 y consta de dos artículos de los cuales uno es de forma. Son sus firmantes Gerardo Milman, Germana Figueroa Casas, José Nuñez, Karina Ethel Bachey, Laura Rodríguez Machado, María Sotolano, Marilú Quiroz, Sergio Eduardo Capozzi y Silvana Giudici. Actualmente se encuentra en la Comisión de Legislación General [texto original].

Fundamentos

A la hora de fundamentar su iniciativa, los diputados nacionales señalaron: "El objetivo del presente Proyecto de Ley es fortalecer los derechos de los propietarios y simplificar el proceso para autoconvocarse en asamblea y dirimir cuestiones internas vinculadas a la propiedad horizontal en los términos establecidos por el Código Civil y Comercial de la Nación".

Ya más en detalle explicaron: "Actualmente el Código Civil y Comercial de la Nación establece la posibilidad de autoconvocarse a los copropietarios de un consorcio de propiedad horizontal y de tomar decisiones cuando lo hacen con una mayoría agravada de dos tercios de la totalidad de los propietarios.

"Sin embargo, es sabido que en muchos consorcios de propietarios se da la dificultad que cuando el administrador no convoca a asamblea, ya sea por la gran cantidad de unidades funcionales o por la poca participación de los propietarios, se torna extremadamente dificultoso lograr reunir los dos tercios del total de los propietarios para autoconvocarse".

Por último, señalaron: "Esta modificación busca facilitar el ejercicio de los derechos de los propietarios, permitiendo la realización de asambleas autoconvocadas que den lugar a la discusión sobre cuestiones referidas a la propiedad horizontal y a la adopción de medidas en los casos en lo que el administrador ha sido intimado a que convoque a asamblea y por distintas razones no efectúa la convocatoria solicitada" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administrador Adolfo Tami

Administración Mared


Proyecto de ley nacional

Buscan que sean voluntarias ciertas contribuciones patronales

[BPN-15/04/25] El pasado 4 de octubre tres diputados nacionales presentaron un proyecto para que sean de carácter estrictamente voluntario las contribuciones patronales que esten destinadas a capacitaciones o a la creación y mantenimiento de instituciones administrados por sindicatos o entidades empresarias.

Para lograr su objetivo los diputados proponen modificar el artículo 9° de la Ley 14.250 (Convenciones Colectivas de Trabajo) al que le agregaron dos párrafos que se destacaron en azul:

La convención colectiva podrá contener cláusulas que acuerden beneficios especiales en función de la afiliación a la asociación profesional de trabajadores que la suscribió.

Las cláusulas de la convención por las que se establezcan contribuciones a favor de la asociación de trabajadores participantes, serán válidas no sólo para los afiliados, sino también para los no afiliados comprendidos en el ámbito de la convención.

Los aportes o contribuciones especiales patronales, que tengan como fin, por ejemplo, fomentar capacitaciones o como destino la creación o sostenimiento de instituciones administrados por sindicatos o gremios empresarios, serán de carácter voluntario por parte del empleador. Asimismo, los seguros obligatorios dispuestos en las cláusulas de las convenciones no podrán ser dirigidos de forma excluyente a un solo beneficiario o dependientes exclusivamente de sindicatos o de gremios empresarios.

El primer párrafo agregado reafirma lo ya establecido: Lo ordenado en los acuerdos paritarios a favor del gremio es ley para todo el universo de trabajadores del sector.

Sin embargo, en el segundo aparecen límites cuando se trata de las contribuciones que deben pagar los empleadores. Éstas serán voluntarias cuando su destino sea fomentar capacitaciones o la creación y sostenimiento de instituciones administrados por sindicatos o gremios empresarios. En relación con la propiedad horizontal, tanto el curso del SERACARH como el SERACARH mismo podrían estar incluidos en esta prohibición.

Por otra parte, la iniciativa busca impedir que los único en brindar los seguros obligatorios dispuestos en los acuerdos paritarios sean empresas "dependientes" de entidades de empleadores o sindicatos. O sea que –volviendo a la propiedad horizontal- permitirá a los consorcios elegir la mejor propuesta de calidad o económica entre todas las empresas del mercado asegurador y no sólo por la creada por el sindicato.

Fundamentos

Si bien algunos puntos de este proyecto calzan perfectos con situaciones que se viven en la propiedad horizontal, nació a iniciativa de la Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas (CADAM). En sus fundamentos los autores expresaron:

Casi el 50% del precio de un producto de primera necesidad son impuestos, tasas, aportes y contribuciones, que agobian a las pymes, aumentan sustancialmente los costos laborales y de producción y, por ende, se trasladan a los precios.

Es por eso que, a través del presente proyecto, impulsado por la Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas (CADAM), se modifica la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo Nº 14.250.

Los diputados firmantes ponen como ejemplo el caso de un curso de capacitación para los empleados de comercio que -llamativamente parecido al Curso del SERACARH que rige en propiedad horizontal- por año recaudaría 57 mil millones de pesos o más de 42 millones de dólares al año según el cambio del día.

A modo de ejemplo, vale subrayar la injustificable contribución patronal "obligatoria" al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), homologado por la Secretaria de Trabajo de la Nación, en el marco del Convenio Mercantil.

El aporte involucra el 0.50% del salario para la categoría Maestranza "A" inicial, que en el mes de agosto de 2024 se ubicó en $ 792.241,35 según la escala salarial, lo que representa $ 3.961,21 de aporte para INACAP.

La contribución se paga mensualmente desde el año 2008, por cada empleado de comercio (aunque su empleado nunca se capacite), que alcanzan a 1.2 millones de trabajadores (la paritaria más grande del país), por lo que se recaudaría, tomando ese parámetro, más de $4.700 millones mensuales y $57 mil millones al año.

El proyecto

La iniciativa cuenta con dos artículos de los cuales uno es de forma e ingresó por mesa de entrada bajo el número 5799-D-2024 y los firmaron Marcela Marina Pagano (La Libertad Avanza), Pablo Raúl Yedlin (Unión por la Patria) y Lourdes Micaela Arrieta (Fuerzas del Cielo) [texto original] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Servicios informáticos para administradores y consorcios.


Proyecto de ordenanza en Rosario

Habría acuerdo para que los inquilinos participen de las asambleas

[BPN-15/04/25] En las próximas semanas se estaría votando en la ciudad de Rosario el proyecto de ordenanza que encomienda al Poder Ejecutivo local que suscriba un convenio con el Colegio de Corredores de Rosario para que se busquen modos de incentivar a los propietarios para que se autorice a los inquilinos a participar de las asambleas de sus consorcios cuando se traten asuntos relacionados con las expensas comunes [1].

Así lo manifestó a un medio local el autor de la iniciativa, Agapito Blanco (Juntos por el Cambio/PRO) quien agregó que "el proyecto está en comisiones, hay acuerdos para que prospere", rematando que "en las próximas semanas se va a votar".

Ya más en detalle explicó: "En líneas generales los propietarios no van a las asambleas de consorcistas y menos cuando los departamentos están alquilados. A sabiendas de que el inquilino paga las expensas, no les interesa participar de las asambleas. Por este motivo planteamos que por ordenanza se genere un acuerdo entre el municipio y las inmobiliarias para que aconsejen y recomienden a los propietarios que le den un poder a los inquilinos para representarlos en la asamblea de propietarios donde se ve el valor de las expensas ordinarias. Es importante, el propio propietario se vería beneficiado. Es un ganar-ganar para las partes" [2].

Es de recordar que la iniciativa se presentó el 28 de noviembre del año pasado y que textualmente –de ser aprobado- ordenará:

Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el Colegio de Corredores a los fines de que se incentive a los propietarios a autorizar a sus locatarios a representarlos en la defensa de los intereses mutuos ante la asamblea de consorcistas, cuando se trate de decisión se trate de asuntos relacionados con las expensas comunes y no así las extraordinarias.

El proyecto ingresó por mesa de entrada con el número de expediente 273.541, letra "P" y consta de dos artículos de los cuales uno es de forma [texto original] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 790 del 15/12/24: "Buscan promover que los inquilinos participen de las asambleas".

[2] Radiofónica del 31/03/25: "Un proyecto busca que los inquilinos puedan asistir a las asambleas de consorcio".


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

ENCARGADO DE PORTERÍA PERMANENTE: Buenos días! Me postulo para dicho puesto por la zona de Capital Federal, cuento con referencias comprobables, soy una persona trabajadora, puntual y responsable, cualquier otra duda estoy a disposición para responder - Nombre: HÉCTOR FERNANDO ARRIOLA TORRES - Llamar al teléfono: (11) 3006-5195 de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: romi_sakura@hotmail.com

ENCARGADO, AYUDANTE, SUPLENTE, INTENDENTE: 25 años de experiencia. Referencias y experiencia comprobable. Zona indistinta. Disponibilidad full time. Recomendaciones de miembros de la CAPHyAI del CPCE - Nombre: Carlos Facundo Ríos González - Llamar a los teléfonos: (11) 5385-2109 / (11) 6597-4834 durante todo el día - Localidad: Capital Federal - Correo electrónico: cfacundo06@hotmail.com

ENCARGADO, AYUDANTE, SUPLENTE, INTENDENTE: 25 años de experiencia. Referencias y experiencia comprobable. Zona indistinta. Disponibilidad full time. Recomendaciones de miembros de la CAPHyAI del CPCE - Nombre: Carlos Facundo Ríos González - Llamar a los teléfonos: (11) 5385-2109 / (11) 6597-4834 durante todo el día - Localidad: Capital Federal - Correo electrónico: cfacundo06@hotmail.com

ENCARGADO PERMANENTE: Busco trabajo tengo disponibilidad Horaria soy trabajador y resposable - Nombre: Horacio Torres - Llamar al teléfono: (11) 6981-7209 durante la mañana o tarde - Localidad: Olivos / Buenos Aires - Correo electrónico: duke.ryko@gmail.com

ENCARGADO PERMANENTE CON O SIN VIVIENDA: Poseo basta experiencia en el puesto - Referencias comprobables - CV actualizado - Suplencias - Nombre: Roberto Nicolas Forte - Llamar al teléfono: (11) 3319-2945 todo el dia - Localidad: Balvanera / Capital Federal - Correo electrónico: forterobertonicolas@gmail.com

ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS: Mi colaboración para con la empresa sería part-time. Cuento con experiencia en el rubro. Mis tareas fueron tanto dentro como fuera de las administraciones (trámites bancarios, pagos varios, atención telefónica a los consorcistas y encargados,etc.) - Nombre: Pablo Isasmendi - Llamar al teléfono: (11) 5823-5200 al mediodia - Localidad: CABA - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com

PORTERA / ENCARGADA: Estoy en búsqueda de trabajo como encargada o portera de consorcio con o sin vivienda. Actualmente trabajo en una empresa de limpieza que proporciona servicio a diferentes consorcio así que tengo experiencia - Nombre: Andrea Lugo - Llamar al teléfono: (11) 5059-4272 de 14 a 21 hs. - Localidad: La Boca / Capital Federal - Correo electrónico: andre-rmm@hotmail.com

ENCARGADO DE EDIFICIO/CABA: Soy Jorge Alejandro Garibotti, 57 años, casado y vivo en Belgrano/CABA. Busco empleo como encargado preferiblemente en CABA, tiempo completo, media jornada, etc. Tengo experiencia referencias y CV actualizado - Nombre: Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono: (11) 3814-0928 o (11) 5415-4882 (esposa) a partir de las 13 hs. - Localidad: CABA - Correo electrónico: avui1967@gmail.com o griludi62@gmail.com (mi esposa).

En caso de encontrar trabajo o desear dar de baja/modificar el aviso notificar al correo pequenasnoticias@gmail.com


Agencia Gubernamental de Control

La cobertura de ascensores y calderas subió un 16%

[BPN-15/04/25] Desde el pasado 6 de marzo la cobertura de los seguros de los ascensores y las calderas de los consorcios aumentaron un 16,09%. Si medimos el incremento en términos interanuales aumentó un 55,2%, levemente superior que la inflación del 53,64% que estiman las fuentes oficiales para ese período [1].

El motivo de este nuevo incremento está en el cambio del valor de la unidad fija (uf) que determinó el la Dirección General de Estadística y Censo. De 146,66 pesos se fue a 731,62 según fue publicado en el sitio web del GCABA [vínculo].

Hasta febrero el monto mínimo de cobertura por el primer ascensor debía ser de 189 millones de pesos (300.000 uf) y por cada ascensor adicional de 32 millones de pesos (50.000 uf). Desde el 6 de marzo ese valor trepó a los 219 millones de pesos para el primer caso y 37 millones de pesos para el segundo.

 

COBERTURA MÍNIMA

 

UF

febrero/2025

marzo/2025

Diferencia

Ascensor 1º o único

300.000

189.060.000

219.486.000

30.426.000

Ascensor adicional

50.000

31.510.000

36.581.000

5.071.000

Con respecto a las calderas y termotanques, mientras que hasta febrero el monto mínimo de cobertura debía ser de 252 millones de pesos para una "caldera de vapor de agua a alta presión" (400.000 uf) y 126 millones de pesos (200.000 uf) para una "caldera de vapor de agua a baja presión", a partir de marzo las coberturas subieron a 293 millones de pesos y 146 millones de pesos respectivamente.

COBERTURA MÍNIMA

UF

febrero/2025

marzo/2025

Diferencia

Caldera de vapor de agua a alta presión

400.000

252.080.000

292.648.000

40.568.000

Caldera de vapor de agua a baja presión

200.000

126.040.000

146.324.000

20.284.000

Caldera de agua caliente o de fluido térmico

100.000

63.020.000

73.162.000

10.142.000

Acumulador de agua (termotanque)

50.000

31.510.000

36.581.000

5.071.000

La UF pierde contra la inflación

En el gráfico que ilustra la nota se aprecia que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el INDEC supera el valor de la unidad fija. La línea roja expresa lo informado por el INDEC y lo estimado por el REM (Relevamiento de Expectativas de Mercado) del Banco Central.

Es de recordar que el Decreto 64/22 ordenó que a partir del 17 de agosto de 2021 cada unidad fija tendrá un valor equivalente al precio promedio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de medio litro de nafta de mayor octanaje que informe la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad de Buenos Aires, estableciéndose por períodos semestrales ese valor".

Anteriormente el valor de la unidad fija se determinaba también semestralmente pero según el valor de medio litro de nafta de mayor octanaje informado por la sede central del Automóvil Club Argentino.

Estadísticas y censo

Es de recordar que el Decreto 64/22 ordenó que a partir del 17 de agosto de 2021 cada unidad fija tendrá un valor equivalente al precio promedio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de medio litro de nafta de mayor octanaje que informe la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad de Buenos Aires, estableciéndose por períodos semestrales ese valor".

Anteriormente el valor de la unidad fija se determinaba también semestralmente pero según el valor de medio litro de nafta de mayor octanaje informado por la sede central del Automóvil Club Argentino.

Ascensores y otros

La obligación de contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil para cubrir daños a personas y bienes propios o de terceros causados por el uso del elevador surge del punto 2.7 del Anexo II de la Resolución 412 del 18/09/19 (BO: 24/09/19) firmada por Ricardo Pedace, director ejecutivo de la Agencia Gubernamental de Control (AGC).

Textualmente ordena:

El sujeto obligado debe poseer póliza de seguro de responsabilidad civil y constancia de pago, con cobertura vigente para cubrir daños a personas y/o a bienes propios y/o de terceros, por el uso del elevador.

La compañía de seguros contratada debe tener solvencia patrimonial y estar debidamente inscripta en la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Al momento de contratar la póliza de seguro, el sujeto obligado debe acompañar la validación -oblea con código QR- de que la instalación reúne las condiciones necesarias de seguridad y apta para su uso, según lo informado por el representante técnico de la empresa conservadora (resultado de la lectura digital del código QR de la oblea).

En la emisión de la póliza de seguro, debe figurar taxativamente la cobertura por:

• Daños/lesiones a personas -incluida la muerte-;

• Daños a bienes propios y/o de terceros;

• Toda tarea de control, mantenimiento y/o reparación que produzca un daño a los empleados de la empresa conservadora interviniente y/o a terceros.

La póliza de seguro debe ser contratada -con los montos mínimos de cobertura- según el siguiente detalle:

a) 300.000 UF para único o primer elevador;

b) 50.000 UF para cada elevador adicional;

En el caso de elevador instalado en vivienda unifamiliar podrá tener cobertura equivalente a la establecida en "elevador adicional", o sea 50.000 UF.

El sujeto obligado es responsable de mantener vigente la póliza de seguro.

Calderas y más

Por otra parte, la obligación de contratar un seguro por daños a personas o a bienes propios de terceros a causa del uso de la instalación surge del inciso 1) del punto 2.9 del Anexo III de la ya mencionada Resolución 412 que dispone:

El sujeto obligado está obligado a mantener actualizada la información en el registro de artefactos térmicos y exhibir cuando sea requerida, la siguiente documentación:

1- Póliza de seguro de responsabilidad civil, con cobertura vigente para cubrir daños a personas y/o a bienes propios y/o de terceros, por el uso de la instalación.

La compañía de seguros contratada debe tener solvencia patrimonial y estar debidamente inscripta en la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Al momento de contratar la póliza de seguro, el sujeto obligado debe acompañar la validación –oblea con código QR– de que la instalación reúne las condiciones necesarias de seguridad y está apta para su uso, según lo certificado por el profesional certificante (mediante la lectura digital del código QR).

En la emisión de la póliza de seguro, debe figurar taxativamente la cobertura por:

• Daños/lesiones a personas -incluida la muerte-;

• Daños a bienes propios y/o de terceros;

• Toda tarea de control y/o reparación que produzca un daño a los profesionales intervinientes y/o a terceros.

La póliza de seguro debe ser contratada –con los montos mínimos de cobertura– según el siguiente detalle:

a) 400.000 UF para único o primer caldera de vapor de agua a alta presión; para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera;

b) 200.000 UF para único o primer caldera de vapor de agua a baja presión; para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera;

c) 100.000 UF para único o primer caldera de agua caliente o de fluido térmico; para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera;

d) 50.000 UF para único o primer acumulador de agua (termotanque); para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera.

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[1] El Índice de Precios al Consumidor (IPC) y que elabora el INDEC y el Relevamiento de Expectativas del Mercado que publica el Banco Central.



Índice de escalas salariales de encargados de edificios

Sin homologación las escalas pierden en los tres frentes

[BPN-15/04/25] Durante el cuarto mes de este 2025 el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios [1] perderá -2,2 puntos porcentuales con respecto al mes pasado, -24,81 pp en lo que va del año y -14,19 puntos en el cálculo interanual.

Esto se debe a que al día de la confección de esta nota todavía no trascendió ninguna noticia sobre la homologación del acuerdo salarial anunciado por Víctor Santa María para marzo, abril y mayo.

Ninguna de las entidades de administradores que firman los convenios colectivos de trabajo en nombre de los consorcios en su calidad de empleadores [2] anunció que se firmó un acuerdo y se espera su homologación.

El incremento mensual

Si no hay novedades durante la primera quincena de este mes, en abril el promedio de las escalas salariales no variará con respecto al mes pasado y será de 808.228 pesos mensuales.

El acumulado anual

En abril el promedio de las escalas salariales será un -13,89% menor con respecto a diciembre del año pasado. Esto se debe a que –como todos los años- en diciembre se pagó un bono del 20% que en enero no se cobró por lo que los promedios de las escalas salariales el primer mes del año bajaron.

Durante el último mes del año pasado el promedio de las escalas salariales estaba en 938.645 pesos mensuales.

La medición interanual

El incremento interanual de las escalas salariales desde abril del año pasado hasta el mismo mes de éste será de 32,25%.

El promedio de las escalas salariales de abril de 2024 fue de 611.143 pesos.

INDEC

Según el Índice de Precios de Consumidor que mide el INDEC la inflación de marzo fue de un 3,7% y para el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la inflación de abril será del 2,2%.

Según estos números, la inflación interanual de este mes será de un 46,44%.

Jubilados

Mientras tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en abril será de 355.821,64 pesos bruto a los que se deben descontar la "Obra social s/haberes PAMI".

Esto se debe a dos razones:

1- En marzo del año pasado se estableció que el haber mínimo a partir de julio se actualizará todos los meses de acuerdo a la inflación que calcule el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el INDEC (Decreto 274 del 22/03/24). Cómo la inflación de febrero fue del 2,4% las jubilaciones de abril aumentarán en ese mismo porcentaje (Resolución 179 del 25 de marzo).

2.- Se volvió a otorgar un "Bono Extraordinario Previsional" por un monto de hasta 70 mil pesos mediante el Decreto 231 del 25 de marzo.

En dólares

En dólares, este haber mínimo representa 330,97 dólares al precio oficial o 260,68 dólares según el mercado blue [3].

Contra la inflación

En abril del año pasado ese haber estuvo en 241.283 pesos.

Este mes el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue negativo contra la inflación mensual (-0,28 puntos), contra el acumulado anual (-2,96 puntos) pero positivo contra la medición interanual (1,03 puntos).

En enero de 2016 la jubilación mínima estaba establecida en 4.299,06 (u$s 312,98). Si ese haber hubiera aumentado al ritmo de la inflación este mes debería haber sido de 489.072,69 pesos mensuales (u$s 469,45 promedio a valor oficial).

Si calculamos, mes a mes, la diferencia de lo que debió ganar un jubilado siguiendo el ritmo de la inflación y lo que realmente percibió incluidos los bonos extras, observamos que en total lo perdido desde enero de 2016 hasta abril de 2025 fueron -1.945.950,52 pesos (u$s -1.867,88) incluida la incidencia de los medios aguinaldos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los acordados en paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional incluido el bono no remunerativo del 20% que se paga en diciembre.

[2] La Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[2] 12/04/2025.


Correo de Opinión

Sobre "De cara a las elecciones del SUTERH se reunieron las dos listas" por el Frente Nacional de Trabajadores de Edificios

En el programa radial Consorcios 360, haciéndose eco de una información de parte del Sr. Jorge Bustos que la lista Bordo a "iniciativa" del Frente Nacional se logró realizar un encuentro en un espacio que el Sr. Jorge Bustos pudo conseguir.

En honor a la verdad tenemos que decir que hubo dos reuniones previas en el cual se puede decir que hubo algunos acuerdos, lo cuales sirvieron para realizar el día 24 de febrero y definir la "alianza".

Este encuentro como toda posibilidad de "unidad" se discute, se debate democráticamente la "ubicación" de los distintos actores que formarían la Lista, nosotros como Frente para acortar pasos, y defender la unidad, les planteamos que estábamos a favor de que "la lista sea la Bordo", que el candidato sea JB.

Y aquí empieza el problema, a veces suele pasar que se "pone el carro adelante del caballo " y esto entorpece el andar, la actitud arbitraria y unilateral de JB lamentablemente entorpeció esa "unidad" tan deseada no solamente por nosotros sino por un amplio sector de trabajadores de edificios, que vería con buenos ojos que dos organizaciones se "unan", para enfrentar a la familia Santa María.

Queremos dejar claro que hasta la fecha es increíble que la lista que preside JB no haya mencionado que no hubo acuerdo y la responsabilidad tiene nombre y apellido y es el responsable de la lista Bordo Jorge Bustos.

La lista Bordo ha tenido posibilidades de participar en la última elección del gremio 2021/2025, pero por errores propios no pudieron, esta era una posibilidad concreta, pero lamentablemente no se pudo.

La historia nos dará la razón este era el momento de la unidad, JB tiene una mirada más individualista y personalista Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Frente Nacional de Trabajadores de Edificios

(18/03/2025)


Correo de Opinión

Aclaraciones sobre "De cara a las elecciones del SUTERH se reunieron las dos listas" por la Lista Bordó

Atentos a la información suministrada por el programa Consorcios 360 y en respuesta a los dichos de los colegas referentes del Frente Nacional, la Lista Bordó y sus titulares aceptaron una reunión para acercar posturas y así unificar la presentación de una sola Lista opositora a la actual gestión gremial de SUTERH.

Solo tuvimos dos reuniones, la primera fue para acercar distintas opiniones y posturas, siempre quedó en claro que se debía trabajar para recuperar el gremio y la obra social para los trabajadores; en la segunda reunión realizada el 24 de febrero de este año, los referentes del Frente Nacional se presentaron para solicitar cargos cuando no tenían en claro de cuantos cargos estábamos hablando ni de cuantos colegas se necesitan para formar una lista, es decir, que pretendían unirse a una lista sin haberse informado del funcionamiento del sindicato.

Si su intención era unirse a una lista que viene trabajando desde el año 2017 y que intentó presentarse en el año 2021 sin éxito pero logrando el reconocimiento del oficialismo y de muchos trabajadores, no pueden pretender desarmar el trabajo de años, la comisión directiva de la Lista Bordó ya está formada en todos sus cargos y como referente no voy a dejar a colegas de años de militancia por un grupo que solo pensaron en obtener cargos.

Mi postura jamás fue arbitraria y unilateral, solo defiendo a quienes me acompañan desde 2017, somos trabajadores que caminamos las calles y estamos presentes tanto en el sindicato como en el predio, siempre dando la cara ante los trabajadores y los dirigentes actuales, lamentamos que los referentes del Frente Nacional no entendieran que no se trataba sólo de repartir cargos. La Lista Bordó está abierta a todos los trabajadores que nos quieran acompañar con el fin de recuperar el sindicato que se encuentra en manos de los mismos dirigentes.

Si hasta el día de hoy no nos pronunciamos por el fracaso de una unión es porque simplemente no nos interesa entrar en polémicas sin sentido, estamos enfocados en seguir trabajando para recuperar lo que nos pertenece a todos los trabajadores y eso es lo más importante. El tiempo dirá que fue mejor, pero desde la Lista Bordó estamos tranquilos que hicimos todo lo posible para que hubiera una unión y seguimos abiertos al diálogo siempre pensando en mejorar y no en solamente obtener un cargo.

Por ahora los únicos que estamos trabajando para ser una alternativa en las próximas elecciones somos los colegas de la Lista Bordó y así vamos a seguir continuando Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Lista Bordó

(14/04/2025)


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


Boletín de Pequeñas Noticias (r)

1º Edición Nº DCCXCVIII

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