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Boletín de Pequeñas Noticias
la comunidad consorcial como un espejo de la sociedad
21 de Julio del 2003 - Nº: 173
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Usuarios & Consumidores
El administrador León Estrugo y el Centro Cultural y Social Aníbal Ferreyro de la Red de Barrios establecieron un acuerdo para que funcione en ese ámbito una Defensoría del Consorcista que luche contra la corrupción y la desinformación en los consorcios. Funciona en una unidad del consorcio de propietarios de Donizetti 59 que pertenece al plan de viviendas del CMV.
El pasado miércoles 16 de este mes (julio-2003) comenzó a atender a los primeros vecinos que se acercaron a aclarar dudas y pedir consejo a la nueva Defensoría del Consorcista dirigida por el Adm. León Estrugo que abrió sus puertas dentro del Centro Cultural y Social Aníbal Ferreyro de la Red de Barrios presidido por el vecino consorcista Omar Duples.
La Red de Barrios es una organización social que representa a 5200 viviendas divididas en ocho barrios construídos por la Comisión Municipal de la Vivienda donde viven alrededor de 20 mil personas.
La Defensoría del Consorcista
Adm. León Estrugo: "También se acercó a Donizetti una señora que mostraba que tenía todos los comprobantes de pagos al día pero el administrador, como ella pagaba con cheques diferidos y lo viene haciendo desde hace dos o tres años, le daba unos recibos provisorios y jamás le dio el recibo definitivo. En este caso en un momento determinado le reclaman toda la deuda porque no tiene los recibos. Ya nuestro equipo jurídico está trabajando en el caso porque esta señora con esos recibos provisorios puede hacer valer sus pagos como también con la acreditación de todos los cheques personales que ella entregó para los pagos..." |
El Adm. León Estrugo cuando Pequeñas Noticias, único medio periodístico que cubrió la inauguración, le preguntó cuáles habían sido las razones que lo llevaron a acometer este emprendimiento respondió que "estando en el tema de la administración de consorcios ví que hay varias organizaciones, que se dedican a asesorar al copropietario pero que con la falsa imagen de que son gratuitas terminan dando un bono que deja de ser gratuito. La idea mía fue realmente asesorar a toda la comunidad consorcial de una manera netamente gratuita. Primero lo empecé a hacer en varios medios de Internet, en el Boletín de Pequeñas Noticias, inclusive en televisión en un programa de cable en Cablevisión donde se reciben consultas y les respondemos a la gente...". Esta idea central la redondeó afirmando que "ahora se dio la posibilidad de instalarnos en el Centro Cultural Aníbal Ferreyro en Donizetti 59. Aquí vamos a asesorar y a asistir a los consorcistas acompañándolos hasta lograr una resolución final del problema que tienen con la administración de su edificio...."
Uno de los temas centrales era saber qué tipo de problemáticas iba a atender la flamante Defensoría del Consorcista y qué herramientas pensaba utilizar para lograr su cometido: "Hay quienes tienen problemas con el administrador, pero hay quien tiene problema con los vecinos o con propiedades linderas. En propiedad horizontal el consorcista desconoce muchas cosas. Es realmente un problema de educación y de conocimiento. Hay que educar a la gente para vivir en propiedad horizontal, muchos piensan que porque pagan las expensas tienen derecho a ser los dueños del edificio, cosa que no es así, cada copropietario tiene obligaciones como responsabilidades y también derechos que desconocen completamente."
El Adm. Estrugo no está solo en su cometido. Está apoyado y asesorado por un equipo de profesionales con los que estudia cada problema que se le presenta para estar en condiciones de elaborar la mejor respuesta posible para el vecino que requiera de su ayuda. En sus palabras "un administrador si bien hace cosas de abogado, de escribano, de contador, de ingeniero o de arquitecto no es un profesional en ninguna de estas áreas pero sí es un conocedor de todas estas temáticas. La Defensoría del Consorcista está avalada por un equipo de profesionales, abogados, contadores e ingenieros que me sustentan en todas las dudas que yo pueda tener y yo soy la cara visible para la respuesta y la transmisión al copropietario de las dudas o inquietudes que tienen.”
La inauguración fue modesta y seria: no hubo ni torta ni velitas ni discursos. Rápidamente se acomodó un espacio con una mesa, una sillas y un cartel que decía DEFENSORIA DEL CONSORCISTA y se comenzó a atender los primeros casos que se presentaron con problemas consorciales a resolver. Esta primera vez estuvieron con él dos compañeros de su máxima confianza: "En el equipo de abogados están mi hijo el Dr. Ariel Estrugo y la Dra. Elvira Lucero, entre otros."
Este emprendimiento surge de la inquietud del Centro Cultural de la calle Donizetti en dar una respuesta a los problemas de los vecinos consorcistas y los conocimientos y la vocación solidaria de León Estrugo que ya venía hace un tiempo desarrollando su Defensoría: "Cuando tuve la oportunidad de conocer al Sr. Omar, me encontré con una persona muy cálida, muy sensible y dispuesta a brindarle a la comunidad que el representa toda el asesoramiento necesario para que ellos puedan hacer valer sus derechos como corresponde."
Adm. León Estrugo: "A la Defensoría vino un matrimonio que viven en un complejo de viviendas que no es de la comisión (CMV) en donde ellos son minorías y toda las decisiones las tiene la empresas constructora por ser mayoría y no pagan expensas. Hacen y deshacen lo que quieren, nuestro equipo de abogados ya está trabajando en el tema para darles una solución. Por otro lado vino una persona con el caso de su consorcio donde una mayoría quiere dejar al administrador y los vecinos nunca logran juntarse, porque es un edificio que está en la costa. Cuando hay convocatoria de asamblea no tienen el quórum necesario para remover al administrador..." |
El Sr. Omar Duples, presidente de la Red de Barrios, comentó a raíz de la inauguración de este nuevo servicio que se brindará a los vecinos que "es una especie de sueño cumplido porque era algo que queríamos hacer. Abrirle a los vecinos, a la gente que venía de los barrios (un espacio) para tratar de resolverles sus problemas. Es espectacular como ha pegado en los lugares donde yo lo charlé. Hoy pasé por la CMV y lo comenté (a mis compañeros) y me dijeron: ¡que bárbaro, la verdad que hacía falta!"
Ante la pregunta de Pequeñas Noticias sobre que tipo de casos pensaba atender y qué planes tenía para el futuro el Adm. León Estrugo aclaró que "la Defensoría está abierta para todos los que estén relacionados con el tema consorcial. No solamente asesoramos a los propietarios, también aquellos administradores que pueden en su trabajo tener alguna duda y quieran venir a consultarnos ya que nuestras puertas están abiertas para darles todo tipo de solución.
Acá no solo vamos a asesorar sino que también estamos previendo una vez por mes o mes y medio hacer algunas conferencias abiertas a toda la comunidad consorcial donde desarrollaremos temas específicos de la propiedad horizontal como, entre otros, las convocatorias a asambleas, las asambleas, las liquidaciones de expensas o qué temas debe tener en cuenta un propietario a la hora de elegir un administrador"
El Centro Cultural Aníbal Ferreyro
Sr. Omar Duples: "Sí. Cuando nosotros vinimos a vivir acá, todo el mundo decía que este lugar era para Coto. Es más, cuando abrimos por primera vez encontramos el cadáver de un perro. Para que se den una idea de, vaya a saber cuántos años, hacía que no se abría...." |
El Sr. Omar Duples contó que el Centro Cultural y Social nace por dos razones principales: "una que en la zona no había oferta y lo más cercano que tenían los vecinos era Flores, ni siquiera en Liniers... La otra cuestión, que también es central, es que este edificio es un edificio simbólico de V. Luro y siempre estuvo mal visto por los vecinos... Cuando nosotros veníamos a vivir acá éramos discriminados... Entre otras cosas la gente decía: "¡Se vino a vivir la gente de la villa 31!"... No duró demasiado tiempo eso porque enseguida los chicos empezaron a ir a los colegios y el tema de la discriminación se empezó a cortar inmediatamente..."
Los comienzos no fueron fáciles: "desde el primer día que nosotros vinimos a vivir acá entre el grupo que terminó conformando la Red de Barrios nos rompíamos la cabeza pensando cómo hacer para que esta inmensa mole de cemento se integrara al barrio". Omar tiene muy claro que representa un grupo de personas de la magnitud de un pueblo mediano de la Provincia de Buenos Aires y el objetivo de sus compañeros y de él mismo es que esta gente pase "a formar parte de la cultura de V. Luro".
El Centro Cultural funciona desde hace un año y tres meses y sus comienzos fueron, vistos a la distancia, épicos: "Cuando vimos que la CMV sacó por tercera vez a la venta este local y no lo podía vender, un empleado de allí nos dijo: “che, por qué ustedes no se ponen a hacer algo ahí. Total ese local no se va a poder vender nunca”. Todavía no había empezado la gestión de Eduardo Jozami porque esto pasó un año antes de que accediera a su puesto como Subsecretario de Vivienda. Nosotros habíamos trabajado con los otros barrios muy fuerte con el tema de la ley 177 y una de las cosas que hicimos cuando él recién asumió fue traerlo al barrio para que lo conociera y por supuesto le dijimos que teníamos solicitado este espacio en la CMV para ver si nos podía dar una mano."
El Centro Cultural se financia con los talleres que se dan. Con un mecanismo que otorga un 70% de los que se cobra es para el profesor y el 30% para el Centro Cultural. Por otra parte se organizan eventos, rifas, aportes de los compañeros de la Red de Barrios y donaciones particulares. La única ayuda del Estado que han tenido vino del Programa de Autoempleo que les dio un subsidio de 1800 pesos para desarrollar un proyecto en este sentido el año pasado y ciertos aportes de la Secretaria de Cultura en el Programa Social de Cultura que les mandó libros y gracias a eso pudieron abrir una biblioteca. El Centro Cultural Aníbal Ferreyro realiza un aporte a los más necesitados por medio de un merendero que se sostiene sólo con donaciones privadas ya que el Estado no les brinda ningún tipo de ayuda económica.
La Red de Barrios
Un grupo de nenas de menos de ocho años participa del taller de Danza Arabe el día de la exhibición realizada el sábado 12 de julio de este año (2003) por la celebración del 1º aniversario del Centro Cultural Aníbal Ferreyro en el consorcio de Donizetti 59 en la Capital Federal. |
Según Omar la Red de Barrios que él preside es una organización que nace espontáneamente con tres o cuatro objetivos muy precisos. Originalmente se llamaba Red de Barrios Municipales y estaba compuesto por los barrios construidos por la Comisión Municipal de la Vivienda. En principio los vecinos de Donizetti iban a la CMV en forma individual hasta que, según contó Omar, "empezamos a ver que venían vecinos de otros barrios con las mismas dificultades que teníamos nosotros". Un día salía de una de estas reuniones de la Comisión Municipal de la Vivienda y Aníbal Ferreyro, un compañero que años más tarde fallecería, le dice a Omar "Flaquito, tenemos que armar un club de barrio porque esta gente tiene los mismos problemas que nosotros". Según Omar el hecho de que Aníbal haya sido uruguayo fue muy importante porque sostiene que "tienen en general mayor conciencia civil de la que tiene el argentino". Aprovechando el "empuje impresionante" de Aníbal se fueron poniendo en contacto con otros vecinos hasta que llegó a ser una Organización Civil que abarcó ocho barrios: Copelo, Samoré, La Fuente, Rivadavia II, Illia, Donizetti, Sabio III y Consorcio 16. Estos ocho barrios estaban comprendidos en una resolución de la Comisión de la Vivienda que instalaba una especie de programa de regularización dominial.
Los problemas que tuvieron que afrontar en conjunto fueron muy duros y en sus palabras nos explicó: "Todos estos temas que surgían en los barrios mal construidos, con precios altísimos y problemas consorciales terribles. Nosotros en ese momento teníamos al administrador que lo habíamos echado por una asamblea de 370 personas pero (mientras tanto) lo teníamos metido acá adentro. Los puntos de unión (entre los vecinos) eran varios. Los objetivos que teníamos eran resolver estos temas que estaban cruzado por otro montón de cuestiones: corrupción, edificios que habían costado 10 millones de pesos terminaron costando 40, administradores que entraron en la industria del juicio en acuerdo con algunos personajes que todavía están..."
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Comisión Municipal de la Vivienda
El Dr. José María Orelle, director responsable de los cursos de Administración de Consorcios programados por la Comisión Municipal de la Viviendo junto a la Faculta de Derecho de la Universidad de Bs. As., dio todas las precisiones a Pequeñas Noticias sobre este nuevo emprendimiento del Ejecutivo Porteño en una entrevista exclusiva.
-Ariel: ¿Escribano Orelle díganos cuál es su actividad dentro de la Universidad de Buenos Aires?
-Dr. Orelle: La actividad docente la desarrollo en varias facultades pero especialmente en la UBA, en la facultad de derecho. Allí mi cargo es el de Director del Departamento de Derecho Privado II. Esa es la denominación técnica y de ahora en más soy profesor de dos materias: una como titular la otra como adjunto cuyo contenido es, precisamente, el derecho inmobiliario.
-Ariel: Quería que nos cuente cómo es el convenio que ha firmado la Facultad de Derecho con el Gobierno de la Ciudad para los cursos de Administración de Consorcios en el marco de la Comisión Municipal de la Vivienda
-Dr. Orelle: Esto ha sido en realidad una conexión que hizo la Comisión Municipal de la Vivienda directamente con la Facultad de Derecho. En la Facultad de Derecho hay un departamento de Extensión Universitaria que es la que se ocupa puntualmente de este tipo de desarrollos, de emprendimientos y de lo que no es la tarea curricular común ordinaria de la Facultad. Se celebró un convenio con la Comisión Municipal de la Vivienda para que nosotros les prestáramos el curso con los profesores que podían hacerse cargo de esta tarea que es realmente fascinante porque significa para nosotros el desafío de dar cursos a personas que no son ni profesionales ni estudiantes, sino a la comunidad. Además esto me parece magnífico porque significa que se amplían los objetivos de la facultad que es que tenga presencia en la comunidad.
Este desafío, desde el punto de vista docente, es dar cursos a quienes no son de la profesión, lo cual implica una metodología distinta y un lenguaje distinto que es lo que estamos diseñando con mucha minuciosidad y además de eso significa esta oportunidad, repito, de poder hacer útiles los conocimientos para la comunidad en forma amplia. Este es un objetivo que está perfectamente entroncado con la filosofía del actual decano, el Dr. A. Alterini al que se suman mis propias conclusiones personales.
-Ariel: ¿Qué metodología están utilizando y cómo se va a organizar desde el punto de vista práctico?
-Dr. Orelle: En primer lugar serían dos bloques: un bloque de información que sería el que nosotros vamos a dar como profesores con un particular lenguaje para que sea accesible y para que pueda ser fácilmente comprensible y en segundo lugar tenemos planeado desarrollar un segundo bloque dentro de cada una de las clases en las cuales haya una ejercitación por parte de los docente porque esto tiene que ver con algo que veníamos aplicando con los alumnos. El conocimiento que solamente se relata sin que haya una vivencia personal queda prendido con alfileres. De esta manera queremos aplicar esta metodología adecuada al tipo de curso para cumplir con el objetivo de que realmente los cursos salgan con un valor agregado.
No solamente con haber escuchado algo que queda sujeto a las débiles leyes de la memoria, sino a algo que se ejercita, que realmente queda incorporado. Esto debería complementarse con un servicio de asistencia posterior permanente a las personas que cursan que son todos integrantes de los consorcios y administradores o consejo de administración.
-Ariel: ¿Los cursos van dirigidos solamente a aquellos que están bajo la órbita de la Comisión Municipal de la Vivienda, es decir los que viven o habitan la vivienda social o está abierto a toda la comunidad.?
-Dr. Orelle: No le puedo contestar con un cien por ciento de seguridad porque esto ha sido una decisión tomada por la Comisión Municipal de la Vivienda, pero hasta donde yo conozco está focalizado, de una u otra manera, a consorcistas, ya sean administradores, ya sean integrantes del Consejo de Administración pertenecientes a edificios vinculados con la Comisión Municipal de la Vivienda.
-Claudio: El consorcista no necesita solamente conocimientos de derecho, en la parte práctica utiliza conocimientos contables mínimos y hay un aspecto formal que es liquidación de sueldos y hay una interdisciplina en aspectos de arquitectura, contables, jurídicos y otros. ¿Esto está previsto?
-Dr. Orelle: Magnífica la pregunta porque me da la oportunidad de aclarar que lo hemos tenido muy en cuenta lo cual también significó para nosotros un aprendizaje. Fíjese que en la formación de grado y aún de pos-grado generalmente debo confesar que nos focalizamos en los temas estrictamente jurídicos, o sea que con esto le quiero decir que lo que le voy a contar ahora ha sido parte de nuestro propio valor agregado para encarar esta tarea. Nosotros hemos incluido, a propósito de las conversaciones previas con la gente de la Comisión Municipal de la Vivienda, la inserción del tema de tipo contable. Esenciales para que un administrador pueda desarrollar bien su tarea, los aspectos vinculados con los seguros es algo que hoy en día es muy sensible ya que sabemos y nos consta que los accidentes que puedan ocasionarse de mil maneras en un ascensor, en una escalera, en un piso resbaladizo tienen que estar capacitados para poder prever la cobertura de estos riesgos. El tema también de mantenimiento que lamentablemente nos enteramos cuando suceden hechos dolorosos, o sea abarcar los temas como usted bien dijo interdisciplinarios para que toda la gestión del edificio se pueda desarrollar bien y en esto no puedo dejar de mencionar la tarea de mediación que también se ha tomado en cuenta...
Claudio: Yo quiero entender porque se me está desdibujando el organigrama, ¿va haber un organismo o va a ver algo que va a coordinar la capacitación dentro de lo cual entra la UBA o la UBA se va a encargar de capacitar.?
-Dr. Orelle: A nosotros nos han convocado para dictar, un curso en diez clases de tres horas para permitir estos dos bloques que mencioné antes con los cuales vamos a impartir estos conocimientos interdisciplinarios.
-Claudio: O sea que todo el desempeño del curso...
-Dr. Orelle: ...lo organiza la Comisión Municipal de la Vivienda pero no solo de este curso sino de otras medidas que están simultáneamente implementando... esto es parte de un programa de la Comisión Municipal de la Vivienda que además dará un servicio de asistencia permanente jurídica y quizás, pero esto no se lo puedo precisar, que abarque también los otros ítems: contables, de seguro, mantenimiento, etc.
-Ariel: ¿Como asistencia?
-Dr. Orelle: Será una asistencia permanente a los consorcistas.
-Ariel: Yo escuché que desde la CMV se promocionaba o se promovía la autogestión en los consorcios, ¿esto tiene que ver con estadísticas en la idea que dentro de los consorcios de la Comisión de la Vivienda están autogestionados o tiene que ver con una política?
-Dr. Orelle: Mire, del tema político no le puedo hablar porque lo desconozco, pero hay un matiz de lo político que sí le puedo decir que es que la Comisión Municipal de la Vivienda lo que ha detectado es que hay como una suerte de tensión dialéctica entre los edificios que tiene que ver con la manera en que se constituyeron esos barrios. Cuando digo dialéctico como el tema de reclamos quiero decir que no puedo dar respuesta y entonces el reclamo aumenta. Hay que salir del cruce de los problemas que es buscando la convergencia. Esta filosofía que sería que los consorcistas tengan primero la capacitación para poder autogestionarse. Llámese los conflictos, llámese la organización jurídica, por ejemplo regularizar los títulos de propiedad que la mayoría de los adquirentes no tiene, no han escriturado, regularizar la situación tributaria que esto tiene que ver también con lo anterior porque si no está escriturado todavía sigue responsable y transmitente lo cual eso es una anomalía que lleva ya muchas décadas.
Por autogestión se entiende de que haya la conciencia de hacer un grupo que vive en un edificio que tiene una regulación y que tiene que buscarse que funcionen los artefactos que tienen que funcionar, que la gente pague las expensas, que si tiene una dificultad que tenga una forma de solución y que no sea solo a través del juicio.
-Claudio: Hay muchos reclamos por parte de los propietarios contra los administradores...
-Dr. Orelle: Es verdad
-Claudio: ...y reclamos de los administradores contra los propietarios, uno de los reclamos de los administradores es que el propietario no se interesa por los temas del consorcio y después tienen problemas. Uno de los reclamos del propietario es que el administrador no siempre es honesto, ¿usted que se ocupa de la cátedra del derecho inmobiliario de qué manera se prepara al alumnado, al futuro abogado, para enfrentar esta problemática?
-Dr. Orelle: Bien, acá hay varios planos, hay un plano general yo le diría de casi filosofía jurídica y es que como le dije antes hay que partir para resolver los conflictos de una base de colaboración y de cooperación. Los avances más grandes que ha tenido el derecho en estos últimos años es lo que se llama medios alternativos de resolución de conflictos que tratan de evitar la imposición. Digo imposición porque la orden del juez de alguna manera es entendida de esa manera. Estos medios alternativos pasan por lo que podrían definirse como idea general de negociación y que tiene diversas formas de expresarse o sea mediación, arbitraje, pero fórmulas que estén más cercanos a la colaboración de los propios interesados en el conflicto, de la propia comprensión y de la búsqueda de soluciones que siempre se asume mucho más que si alguien de afuera, llámese un juez, le ordena lo que tiene que hacer. Hay otro plano que no pertenece lamentablemente al derecho sino que yo diría que es un drama cultural. Todavía los seres humanos pareciera que no hemos aprendido a manejarnos con solidaridad, hablamos en términos de obligación, también en el lenguaje: mandato, sentencia parecería que excluyen de qué estamos hablando y cómo podemos ayudarnos unos a otros a resolver el problema. Por último lo que concierne al tema de la propiedad horizontal, esta tensión es realmente muy nociva la que tiene que haber entre administradores y administrados. Fíjense que debería suceder todo lo contrario así como también en la política yo debería reconocer al administrador como mi delegado, especializado para resolverme los problemas y el administrador debería percibir al consorcista como el natural mandante que colabora para que pueda desarrollar sus gestiones...
La idea de solidaridad está allí
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Sueldos Junio/2003
Muchas cosas para tener en cuenta por M. Fabiana Lizarralde
Este mes y debido a todas las modificaciones, más que un ayuda memoria éste será un instructivo de cómo confeccionar los sueldos del mes.
Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM)
El Decreto 388/03, publicado en el Boletín Oficial (B.O.) del 15 de julio del corriente, fijó los montos del salario mínimo vital y móvil (SMVM) para los trabajadores jornalizados y mensualizados que cumplen con la jornada legal de trabajo a tiempo completo, comprendidos en el artículo 140 de la ley 24.013.
Cada uno de sus artículos indica el valor a tener en cuenta en cada uno de los meses, a saber:
Artículo |
A partir del |
Trabajador jornalizado (por hora) |
Trabajador mensualizado (por mes) |
1º |
1/7/2003 |
$ 1,25 |
$ 250 |
2º |
1/8/2003 |
$ 1,30 |
$ 260 |
3º |
1/9/2003 |
$ 1,35 |
$ 270 |
4º |
1/10/2003 |
$ 1,40 |
$ 280 |
5º |
1/11/2003 |
$ 1,45 |
$ 290 |
6º |
1/12/2003 |
$ 1,50 |
$ 300 |
Suma no remunerativa
El Decreto 392/03, publicado en el B.O. del 15 de julio del corriente, en su 1º artículo incrementa a partir del 1º de julio la remuneración básica de los trabajadores del sector privado y en relación de dependencia, comprendidos en el régimen de negociación colectiva, en 28 pesos por mes durante 8 meses, hasta agregar la suma de 224 pesos a la remuneración vigente al 30 de junio de 2003.
El 2º artículo explica que el incremento del artículo 1º, será deducido de la asignación no remunerativa de $200 (Dtos. 1641/02 y 905/03) hasta que desaparezca. Mientras tanto se debe continuar abonando con su carácter no remunerativo y alimentario.
Entendemos que la suma no remunerativa irá disminuyendo a razón de 25 pesos por mes hasta su total desaparición y en cuanto a los trabajadores jornalizados deberá tomarse la incidencia de los 28 pesos en el valor del jornal dividiéndolo por las horas reales mensuales de trabajo o por las 200 horas del mes.
De todas formas, el artículo 6º del decreto faculta al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad a dictar normas complementarias y aclaratorias del presente decreto 392/03.
En la práctica
Al liquidar el sueldo del mes de Julio de 2003, según el decreto anterior, habrá que agregar un ítem que podríamos llamar "Decreto 392/03 - Cuota 1/8" cuyo valor será de 28 pesos al que se le calcularán todos los aportes y contribuciones, además de tener incidencia en el valor de las horas extras y posteriormente de las vacaciones y aguinaldos.
En cuanto a la suma no remunerativa, que hasta junio fue de $200, este mes será de 175 y se le calcularán los mismos aportes que a los 200 pesos anteriores, es decir, el 2,7% y el 3% para la Obra Social y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP). A las contribuciones también se le harán el 5,4% y el 1,5% respectivamente.
El "NO" aumento del 7% al 9% de la jubilación
El Decreto 390/03, también publicado el 15 de julio en el B.O., suspende el aumento del 2% en el aporte de los trabajadores bajo el régimen de capitalización quedando en el 7% hasta el 1º de julio de 2004.
El cronograma a seguir a partir de ahora será:
Desde el |
Hasta el |
% de aporte (AFJP) |
1/7/2003 |
30/06/2004 |
7% |
1/7/2004 |
30/09/2004 |
9% |
1/10/2004 |
- |
11% |
Nuevo Aplicativo. Versión 21 Release 1
La AFIP informa que se encuentra adecuando el aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJyP) ya que se suspendió el aumento del 7 al 9%, que la misma estará disponible en la última semana del mes de julio y aconseja hacer la presentación con el nuevo programa para evitar trámites innecesarios.
Resumen Julio/2003
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D A N T I L O |
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Daniel y Santiago Silvoso Tel/Fax: 4522-6702 |
Registro de Administradores
El 28 de julio comienza a funcionar el Registro Publico de Administradores de Consorcios en Esmeralda 340 y el día 11 de agosto se inicia la inscripción según un cronograma.
En una entrevista exclusiva con el Asesor de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor, Dr. Norberto Dorenztein, nos adelantó todos los detalles de la inminente inscripción.
El lugar físico será Esmeralda 340 donde funcionan las oficinas de la Dirección. El Registro empezará a funcionar como tal el día 28 de julio. Luego se dispondrá de dos semanas para dar información y asesoramiento. Por otro lado, el asesor jurídico del Arq. Miguel Fortuna, el Dr. Dorenztein, responsable de la reglamentacion de la Ley 941, explicó que "La idea es que las Cámaras puedan facilitarnos la inscripción, quizás prestando un servicio a sus asociados puedan venir con un trámite general trayendo, por ejemplo, 20 carpetas."
La inscripción propiamente dicha empezará el 11 de agosto y mediante un cronograma dependiendo de la terminación del número de CUIT. El primer mes se inscribirán los administradores cuyo CUIT termine en 1, 2 y 3; durante el segundo mes los administradores con CUIT terminados en 4, 5 y 6 y por último, en el tercer mes, los que terminen con 7, 8, 9 y 0.
En una primera instancia los Centros de Gestión y Participación (CGP) harán solamente el asesoramiento y la distribución de todos los formularios. Una vez completados los mismos deberán ser presentados en Esmeralda 340.
Y por ahora... ¡¡No hay más información, para este Boletín!!!.
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Administración Estrugo Atención personalizada Buenos Aires - San Bernardo Tel: (02257)46-8866/(011)4443-2466 E-mail: info@administracion.net.ar |
Ascensores
Mediante una nota, ahora la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro (DGFOC) indica cómo se deberá proceder para solicitar las Tarjetas de Control de Seguridad y Control de Conservación de Ascensores.
Después de idas, vueltas, más idas y otras tantas vueltas, con fecha 24 de junio de 2003 la DGFOC mediante la Nota Nº 105/DGFOC/03 y, según dice la nota, para "mejorar el sistema de gestión administrativa, con el fin de facilitar el cumplimiento de lo dispuesto, perfeccionar lo circuitos administrativos..." etc., etc., etc. y etc., redactó 6 artículos que son para volver loco a cualquiera... (Perdón, no a cualquiera, sólo a aquellos que quieren tener todo en regla y como corresponde).
En el primer artículo de la nota, cuya fecha es 24 de junio de 2003 y habiendo pasado ya dos prórrogas para el cumplimiento del decreto 1734/02, se informa dónde se debe presentar la solicitud, quiénes lo deben hacer y cuál es la documentación a presentar, a lo cual sólo cabe una pregunta: ¿No debería haber sido éste el principio de la historia?
El 2º artículo, como corresponde, dice que la falta o incumplimiento de alguno de los documentos exigidos, "conducirá al rechazo" de la solicitud.
El 3º artículo dice textualmente: "Las Tarjetas de Control solicitadas se retirarán a partir de los 20 días hábiles de iniciado el trámite en la Dirección Contralor de Instalaciones, de lunes a jueves de 9.30 a 13.30 hs".
El 4º artículo dice que el ¡trámite concluyó!, pero no se ponga contento, previamente usted tendrá que pasar por el 1º piso de Carlos Pellegrini 211 y timbrar las tarjetas recibidas.
El artículo 5º no tiene desperdicio: "Esta Disposición reemplaza la Disposición Nº 132/DGFOC/03. Por lo que los formularios Anexos I y II de la Disposición reemplazada, caducarán a partir de 5 días hábiles de la publicación de ésta en el Boletín Oficial, y no podrán ser presentados con el formato e indicaciones anteriores." ¿Qué tal?
El último artículo indica en forma imperativa: Regístrese..., publíquese..., comuníquese... y después de todo archívese..., que parece ser éste el deporte nacional.
Y si todavía usted está leyendo esta nota, se merece que le describamos los pasos que "ahora" dicen que hay que seguir (Artículo 1º):
A) |
Lugar de Presentación de la Solicitud: Delegación Nº 1 de la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo. Carlos Pellegrini 291, piso 3, de lunes a viernes de 9.30 a 13.30 hs |
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B) |
Solicitantes Solamente están capacitados para solicitar las tarjetas de control de seguridad y control de conservación de ascensores, un propietario del inmueble, su Apoderado (con poder ante escribano público) o el Administrador del Consorcio. |
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C) |
Recurrentes (Las personas que presenten la documentación ante el GCBA) Podrán presentar la solicitud las siguientes personas: |
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1) |
El Propietario, el Administrador o el Apoderado del Propietario. Se acreditarán como tales, exhibiendo su documento de identidad y original o fotocopia (según su condición) de: Propietario: Escritura de propiedad en dicha dirección Administrador: Protocolización ante escribano público de la designación como tal por el consorcio de propietarios o Apoderado del Propietario: Poder ante escribano público. |
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2) |
Terceras personas (Cualquier persona mayor de edad): Se acreditarán como tales exhibiendo su documentación de identidad. |
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D) |
Documentación a presentar Se abrirá como antecedente del expediente de conservación, adjuntando: Cualquiera sea el recurrente: |
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1) |
Solicitud original según el formulario que forma parte como el Anexo I de la presente Disposición, firmado por el Propietario, el Administrador o el Apoderado del Propietario. |
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2) |
Fotocopia del permiso de habilitación del elevador (ascensor, etc.) |
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3) |
Fotocopia (exhibiendo su original) del certificado de habilitación del elevador sólo en el caso de no presentar el anterior permiso. |
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4) |
Fotocopia (exhibiendo su original) de la Póliza de seguro de responsabilidad civil del edificio o certificado de cobertura, con discriminación del monto destinado a las máquinas en cuestión. |
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5) |
Fotocopia (exhibiendo su original) del último recibo del pago de la póliza de seguro del ítem anterior. |
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6) |
Fotocopia (exhibiendo su original) del contrato actual con la Empresa Conservadora. La misma debe estar debidamente registrada y vigente ante el G.C.B.A. |
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7) |
Formulario en blanco de "Entrega de Tarjetas de Control de Conservación y de Seguridad" según el Anexo II, el que forma parte de la presenta Disposición. |
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Si el recurrente no es el solicitante: Terceras personas |
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8) |
La Carta Poder, con la firma del solicitante certificada ante institución bancaria. La Carta Poder será confeccionada según el prototipo denominado "CARTA PODER". Para presentar la solicitud de las tarjetas de control de seguridad y control de conservación de ascensores ante el G.C.B.A. y posteriormente poder retirarlas que forma parte como Anexo III de la presente Disposición, junto con la información adicional correspondiente. La carta poder podrá ser simple o múltiple respecto a la cantidad de inmuebles a consignar. En el prototipo se podrá aumentar la cantidad de líneas para cumplir con tal fin. |
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9) |
La fotocopia de la primera y segunda hoja del DNI del otorgante de la Carta Poder, legalizado ante escribano público, según lo establece el Decreto Nº 1.510 para la presentación de cualquier escrito por terceros ante la Mesa General de Entradas del G.C.B.A. |
Estimado lector, tengo tantas o más preguntas de las que usted se está haciendo en este momento, pero no tengo respuestas... me he quedado ¡¡sin palabras!!.
La peor opinión es el silencio... |
El portal de los administradores y consorcistas. ADMINISTRADORESph.com.ar Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar. Visítelo aquí. |
Gacetilla Informativa
Consideramos en AIPH que es de sumo interés que Ud. esté informado sobre las últimas novedades, específicamente sobre la Ley Nº 941 y su decreto reglamentario. Es por ello que en nuestra página web: www.aiph.com.ar le acercamos, entre otros temas, en el link "novedades" un cuadro comparativo entre ambas, a efectos de analizar con claridad y hacernos llegar vuestras inquietudes o sugerencias a la brevedad a correodelectores@aiph.com.ar Muchas gracias por su atención y colaboración Atentamente,
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Correo de Opinión
Carrera Universitaria para Corredor y Martillero
Estimado director:
No se si este tema puede interesar, pero como este boletín tan gentilmente me envían llega a la mayoría de administraciones, creo que dentro de ellas puede haber personal que le pueda interesar que la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL, Regional Buenos Aires, ubicada en Medrano 951- Piso 2º Secretaría de Extensión Universitaria, se viene dictando desde el año pasado la Carrera de "Técnico Superior en Negociación de Bienes" que permite, luego de la cursada de 2 años, matricularse como Corredor y Martillero Público, tal como actualmente lo exige la ley.-
Desde el año pasado a la fecha, hemos abierto cinco cursos de esta Carrera, de la cual soy uno de los Coordinadores; el próximo 4 de Agosto de 2003 a las 19 horas daremos una charla informativa, en el lugar mencionado, referente a un nuevo (6º) curso que comenzaremos a dictar el día 11 de Agosto de 2003, dos veces por semana.- La entrada a la charla es libre y a los que estén interesados en cursar se les recomienda reservar su vacante que son limitadas (no más de 25 alumnos por curso) al TE: 4867-7545 y 7564 preguntando por la Sra. Patricia.-
Desde ya, muchas gracias por la atención que preste al presente comentario.-
¡¡¡ los afortunados de esta semana son... !!!
Los ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente. - Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos - |
Correo de Opinión
Quiero comprar el Libro de Ordenes II
Estimado Claudio
Aportando mayor información en referencia a la información del boletín Nº: 172
(Rincón Solidario: Quiero comprar el Libro de
Ordenes) respecto al libro de ordenes para los trabajadores de casa de renta (Ley Nº: 12981), me agradaría comentarle que he caminado bastante por el centro y en el único lugar que lo he conseguido es
en la librería El Tucumano de la calle Corrientes 535,
Capital Federal. (En muchas librerías importantes me dijeron no saber qué era eso). Tengo entendido que ellos no se encargan de registrarlo.
Además, para información de las personas que reciben este maravilloso boletín, les comento que el lugar actual para su
rúbrica es en la Dirección General de Protección del Trabajo, en la calle Moreno 1170, Capital Tel. 5371-4940.
El horario de atención al público es de 9:30 a 13:00 (para la recepción de documentación)
y de 14:00 a 17:00 (retiro de documentación). Armarse de paciencia ya que generalmente este lugar es bastante concurrido, pero una vez que comienza la recepción, la cola camina bastante rápido.
En este lugar también, se rubrican, el Libro de sueldos y jornales (Ley Nº: 20.744 Art.52) que puede ser libro manual - hojas móviles - microfichas y las planillas de horario para el personal femenino (Art. 174 de la LCT) También libretas de trabajadores de Casa de Rentas.
Para mayor información les aconsejo consultar la web del GCBA: www2.buenosaires.gov.ar/areas/com_social/rubrica/index.asp. En ese portal podrán bajar e imprimir las solicitudes de rúbrica
Un saludo para todos
ADMINISTRADOR
(15/7/2003)
Estimado Sr. Mazzier:
Le agradezco mucho las precisiones que desinteresadamente acercó a nuestra redacción para poner a disposición de nuestros lectores.
Le enviamos un saludo cordial y lo invitamos a comunicarse con nosotros para participar en nuestro medio con su experiencia y conocimientos sobre estos importantes temas.
Claudio García de Rivas
Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo lunes 28 de julio a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.
(*) El mail debe ser dirigido a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. Todos los premios están sujetos a las condiciones impuestas por la empresa Solo Premios. Los premios gastronómicos pueden no incluir derecho al espectáculo (si lo hubiera) que en general tiene un cargo mínimo, uso del servicio, postres o bebidas y pueden tener una consumición mínima de una gaseosa o agua mineral por invitado. Los términos del premio están detallados con valores en el reverso de cada tarjeta de invitación y son inapelables por no depender de la producción de Pequeñas Noticias. Estos premios están auspiciados por www.administradoresPH.com.ar. Los premios se entregarán en las oficinas de Pequeñas Noticias a todos los participantes con domicilio en Capital Federal y Gran Buenos Aires y por correo postal a nuestro cargo a los habitantes del interior del país. En caso de inconvenientes con un premio determinado por razones ajenas a la producción de Pequeñas Noticias se canjeará por otro similar de sus mismas características no dando lugar a reclamo alguno. La participación en este sorteo implica la aceptación de las condiciones del mismo. |
Correo de Opinión
Discapacidad: Cumplimiento de la Ley de Cheques
Foro Pro
Foro Permanente para la Promoción y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad
Buenos Aires, 20 de Julio de 2003.
Amigos:
La Cámara de Diputados sancionó la Ley que crea una Comisión Bicameral Parlamentaria Investigadora del cumplimiento de la Ley de Cheques N° 24.452. Tiene por objeto investigar el desvío de fondos de la Ley del Cheque (esta ley se creó en el año 1996 y tuvo vigencia hasta el día 3 de abril de 2001, que la derogó la Ley de Competitividad Nº 24.760), las multas condonadas a las Entidades Financieras y las multas cobradas por los Bancos, para sí, bajo el falso concepto de comisión.
Con la sanción de esta nueva norma, hoy son realidad, dos leyes impulsadas por la Campaña de Recuperación del Fondo Nacional para las Personas con Discapacidad, que lanzamos en octubre del año pasado en el multitudinario acto de la explanada del Congreso Nacional y que continuó con la Campaña Nacional de Firmas, en la que más de cien mil ciudadanos nos apoyaron. Somos conscientes de nuestras responsabilidades, por lo que ahora debemos acompañar la tarea de la Comisión para que pueda establecer fehacientemente cómo y quienes desviaron los fondos que les pertenecen a las personas con discapacidad. Este es un gran triunfo para el sector, es el triunfo de los sueños, de la utopía de pensar imposibles. Pocos creyeron que esto se lograría, algunos nos miraron con ironía y se sonrieron porque no resignábamos, frente a los poderosos, los derechos que les asisten a las personas con discapacidad. La fortaleza de este Foro y las convicciones probaron que es posible. Por eso este es un logro de todos y de cada persona que juntó firmas - en apoyo a esta Ley y a la Ley que establece multas a los Cheques Rechazados Nº 25.730 sancionada el 1 de marzo de este año - de todas las instituciones, de los profesionales, docentes, familiares y personas con discapacidad que respondieron a nuestra convocatoria en todo el país. Es merecida la serena alegría con que saludamos la sanción de esta ley que contribuirá a poner más justicia en la vida de las personas con discapacidad.
Pbro. Pablo A. Molero Coordinador (20/7/2003) |
El Centro de Gestión y Participación Nº 7 y Pequeñas Noticias lo invitan a propietarios, encargados, proveedores, administradores y profesionales a participar de la primer Comisión de Consorcios que funcionará en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires todos los miércoles de 19:30 a 20:30 hs en Rivadavia 7.202 3º piso. --- Formación de mesas de trabajo de estudio de proyectos y soluciones a la problemática de la comunidad de la propiedad horizontal. Asesoramiento solidario y gratuito
|
Rincón Solidario Recién he descubierto este boletín y me parece sumamente interesante. Quiero hacer una consulta bastante urgente. El reglamento de copropiedad del consorcio en el rubro Destino, dice que no es apto profesional salvo para el ejercicio de la profesión de los propietarios (año 1956). En el año 1989, en una asamblea general extraordinaria, se decide modificar ese destino diciendo que los consultorios tienen que contar con la aprobación del consorcio. Esa acta no está firmada por unanimidad, de 26 unidades, hay 16. No hay datos además de que fuera protocolizada o inscripta. ¿Es legal esa reforma del destino del edificio? ¿Dónde puedo comprobar fehacientemente que no esta protocolizada el acta? Desde ya muchas gracias. Gisela F (26/6/2003) Estimada Gisela F. Muy interesante tu pregunta: 1) Bajo ningún concepto se puede modificar el Reglamento de Copropiedad y Administración, tanto en los porcentuales, como en el destino de las unidades, cuando dicha modificación se realiza sin el quórum unánime, sin excepción. 2) Cuando digo unánime, me estoy refiriendo al 100% de los propietarios, o copropietarios, y no los que se encontraban presentes en la asamblea. Te saludo cordialmente. --- La Dra Elvira Lucero es abogada y administradora de consorcios. Para cualquier comentario sobre esta nota se pueden dirigir al teléfono XXXX-XXXX, por carta a XXXXXXXXXXXXXXXXXX cuerpo o al mail xxxxxxx@yahoo.com.ar |
Listado Completo de Empresas Conservadoras de Ascensores con permiso anual según el Decreto 578/01 y con permiso provisorio por falta de constancia de habilitación (falencia de la G. C. B. A.) Listado proporcionado por la D.G.F.O.C. |
Empresas Auspiciantes |
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Empresa |
Teléfono |
Localidad |
4433-2568 |
Capital Federal |
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4554-1877/4551-4585 |
Capital Federal |
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4303-7461 |
Capital Federal |
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4554-5721 |
Capital Federal |
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Rincón Solidario Contesta el Sr. León R. Estrugo Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas. |
Rincón Solidario
Rubricar el libro luego de comenzado
Gracias por los Boletines, son de mucha utilidad. Les envío una inquietud y les agradezco de antemano la respuesta. Si un consorcio de la Provincia de Buenos Aires, Partido de Vicente López se lleva desde hace 6 meses, momento en que se tomó la administración, y el Libro de Administración no se rubricó, ¿Dónde se realiza dicho trámite, y por otro lado, existirá algún inconveniente por rubricar el libro luego de comenzado?
Muchas gracias
Atte. Marcela G.
(14/7/2003)
Estimada Marcela G.
De acuerdo a la ley de propiedad horizontal 13512 y su decreto reglamentario 18734, la rúbrica del libro de actas como el de administración, es obligatorio
El artículo 5 del decreto reglamentario dice textualmente:
"Las decisiones que tome el consorcio de propietarios conforme al Art. 10 de la ley 13512, se harán constar en actas que firmarán todos los presentes. El libro de actas será rubricado, en la Capital Federal y Territorios Nacionales por el Registro de la Propiedad, y en las Provincias por la autoridad que los respectivos gobiernos determinen. Todo propietario podrá imponerse del contenido del libro y hacerse expedir copia de las actas, la que será certificada por el representante de los propietarios o por las personas que éstos designen. Las actas podrán ser protocolizadas. Será también rubricado por la misma autoridad el LIBRO DE ADMINISTRACIÓN DEL INMUEBLE"
No existe ningún impedimento legal para rubricar el Libro de Administración o el de Actas una vez iniciado. Teniendo en cuenta que la validez legal de sus contenidos comienza a partir de la fecha de la rúbrica careciendo de todo valor legal lo anterior.
Cualquier inquietud estoy a tu entera disposición.
Administrador de Consorcios
Defensoría del Consorcista
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El Sr. León R. Estrugo es titular de la Defensoría del Consorcista y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466
Empleo - Ofrecido |
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Rincón Solidario Contesta el Sr. León R. Estrugo Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas. |
Rincón Solidario
Quería saber si me pueden ayudar, o dónde puedo hacer varias consultas sobre cómo remover a una administradora que brilla por su ausencia y el edificio se deteriora cada vez más, se gasta mas de lo que se recauda, la encargada no cumple sus horarios, no hay matafuegos...y la última reunión de consorcio que llamo fue hace dos años y medio...como podrán ver es bastante serio y si me pueden dar una mano desde ya se los agradezco.
Marcelo S.
(4/7/2003)
Estimado Sr. Marcelo S
Al leer tu consulta, imagino la situación por la que están atravesando, donde una propiedad que uno posee y que en algunos casos poder obtenerla, denota un gran esfuerzo a través de los años, y que por que la administración del edificio no sea realizada como corresponde uno vea como disminuye su patrimonio, aparte de no cumplir con las ordenanzas y normativas vigentes en la materia.
Lugares donde consultar hay varios. Los que yo te recomiendo son: En la Comisión de Consorcios que funciona en el Centro de Gestión y Participación Nº 7 de Flores, Rivadavia 7200, los días miércoles de 19,30 a 20,30 hs donde se atiende a la comunidad consorcial gratuitamente, en el 3er. Piso, ahí el Boletín de Pequeñas Noticias coordina un espacio donde concurren propietarios a realizar sus consultas y son atendidos por profesionales y administradores.
También tenés la Defensoría
del Consorcista, que atiende a la comunidad en Donizetti 59, de Capital Federal (Villa Luro), los días miércoles de 17 a 19 hs,
ahí encontrarás, asesoramiento, asistencia y acompañamiento hasta la resolución de tu
problema. Todo el proceso es absolutamente sin cargo.
También podes asistir a las charlas sobre propiedad horizontal que se realizan todos los meses, con entrada libre y gratuita y donde
podés aumentar tus conocimientos sobre la materia.
Cualquier inquietud estoy a tu disposición.
Administrador de Consorcios
Defensoría del Consorcista
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El Sr. León R. Estrugo es titular de la Defensoría del Consorcista y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466
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Rincón Solidario Sr. Director, (15/7/2003) Estimado Sr. Gonzalo: El “Consejo de Administración” no tiene entidad legal, sino que, por el contrario, es una creación de algunos reglamentos y algunas asambleas. Es por ello que Ud. deberá necesariamente remitirse al texto reglamentario para conocer las atribuciones del mismo, así como también para analizar si corresponde la elección de un determinado consorcista o no. La moción que pudiere efectuar algún copropietario, para poder ser votada y eventualmente aprobada, debe figurar en el Orden del Día correspondiente a la Asamblea en cuestión. De no figurar dicho tema, solamente puede ser tenida en cuenta como propuesta para ser dilucidada en una próxima reunión. Si
el Reglamento no establece como restricción para integrar el Consejo el estar
al día con el pago de expensas, solamente puede ser aprobado dicho cambio, con
las mayorías reglamentarias. Siguiendo
este razonamiento, la Asamblea en cuestión podría eventualmente impugnarse. Igualmente,
le recuerdo que la nulidad de un acto puede ser declarada tal, solamente por un
Juez. La
impugnación de una Asamblea, es una manifestación de voluntad que habilita a
concurrir ante la Justicia; es por ello que no hay formalidades específicas.
Bastaría con una notificación fehaciente al representante del consorcio, de su
voluntad expresa de impugnar el acto, declarando allí mismo las causas. Respecto
del segundo punto planteado por Vd, el pago de las expensas se acredita con el
RECIBO extendido por el administrador. El cheque es un medio de pago válido. En
conclusión: La prohibición a un propietario de integrar el Consejo de
Administración es una cuestión de gravedad, por lo que debe ser expresa y
constar en el Reglamento o en Asamblea con las formalidades antedichas. De no
ser así podría impugnarse y eventualmente acudir a la Justicia. Lo
saluda muy atentamente, Relaciones
Institucionales Fundación
Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal --- La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C" |
Su Majestad el Lector El pasado viernes 18 de julio de 2003 la Justicia Electoral Porteña habilitó las fórmulas a Jefe de Gobierno que se habían presentado el 14 de junio y para sorpresa de toda la comunidad consorcial el Adm. Jorge Hernández no figura entre los 25 candidatos que competirán por el puesto máximo de "poder en la Ciudad de Buenos Aires" De confirmarse esta noticia publicada en el día de hoy por el matutino Clarín cuya fuente es el Tribunal Superior Porteño éste sería el final de la gesta que comenzó cuando el administrador Jorge Hernández (Partido de Renovación Política) el 25/12/2002, en la Jornada 2002 que organizó CADAPH1, haciendo referencia a la inminente sanción del proyecto de ley de Registro de Administradores amenazó que "ahora que nos han desafiado vamos a ir por el poder en la Ciudad de Buenos Aires" <Justicia Infinita> El camino hacia la corona y el armiño soñado fue duro y lleno de espinas. Tal vez cuando dijo esas palabras estaba en su mejor momento porque poco tiempo después, a pesar de haber conseguido que las entidades que defienden los intereses de los administradores firmen un documento conjunto de 11 puntos de oposición a lo que después se convirtió en la Ley 941, perdió en terreno legislativo su primera batalla. A pesar de este revés, luego de la creación formal del Registro Público de Administradores el inquieto presidente de la Fundación Reunión de Administradores habría acercado propuestas concretas a los responsables de su reglamentación que tenderían a favorecer a la entidad que preside pero fueron rechazadas en su casi totalidad, según fuentes que prefirieron no dar a conocer su identidad. En una entrevista telefónica exclusiva con Pequeñas Noticias el candidato por el Partido de Renovación Política explicó que "el partido que formamos, si bien presentamos las firmas (que exige la Justicia Electoral), faltó que terminaran de aprobarlos antes del 5 julio" por lo cual no fue habilitado. Sin embargo aseguró que si bien no se presentará en esta oportunidad para ningún cargo "decidimos hacer renovación política y seguir trabajando para dentro de dos años cuando haya legislativas". Es de tener en cuenta que estas elecciones serían nacionales y que tal vez su aspiración sería la de ingresar como Diputado Nacional. Esta semana el Ing. Mauricio Macri (Compromiso para el Cambio) siguió en su carrera ascendente ampliando la distancia (12,8 puntos) que lo separa de su segundo competidor, el actual Jefe de Gobierno Porteño Aníbal Ibarra . También subió en tres puntos la cantidad de administradores que estarían dispuestos a votarlo y bajó en la misma cantidad la de los propietarios. Por su parte Aníbal Ibarra (Fuerza Porteña) bajó del 34,8 al 31,9% de intención de voto. Según nuestro sondeo de opinión de esta semana con respecto a la semana anterior la cantidad de administradores que lo votarían como Jefe de Gobierno bajaron 6 puntos, los propietarios subieron 2 puntos, los proveedores bajaron 2 puntos y aquellos que se auto-clasificaron como "otros" subieron 6 puntos. Estos números, tal vez estarían indicando que mientras Mauricio Macri tiene ascendiente sobre los administradores, Aníbal Ibarra a lo mejor como consecuencia de la tan polémica Ley de Registro Público de Administradores lo estaría teniendo entre los propietarios, proveedores y otros actores de la comunidad consorcial no clasificados. De los candidatos restantes el Dr. Luis Zamora (Autodeterminación y Libertad) subió de 13% de intención de voto a 14,9% mientras la Lic. Patricia Bullrich (Unión para Recrear Buenos Aires) bajo a 6,4% del 8,7% de la semana pasada junto al Dr. Cristian Caram (Unión Cívica Radical) que descendió del 2,8% de la semana anterior al 2,1% que lo eligió hasta el día de hoy. Esta semana comenzamos un nuevo ciclo luego de que la Justicia Electoral Porteña oficializara las fórmulas para las elecciones del 24 de agosto donde está incluídos todos los postulantes. Si se considera que existen 2,590,435 de electores en la Ciudad de Buenos Aires y según la teoría de que existe un 75% de la población viviendo en Consorcios de Propiedad Horizontal es interesante considerar que 1,942,826 personas con capacidad de votar son copropietarios y elegirán 1 Jefe de Gobierno, 1 Vice-Jefe, 12 Diputados Nacionales y 60 Legisladores para esta Ciudad.
Hay que recordar que esta encuesta se rige por unas pocas reglas: cada suscripto puede votar 1 sola vez por semana y no se computan los e-mails anónimos o de direcciones que no sean de lectores del medio. Esta encuesta la puede enviar:
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1.- CADAPH: Consejo Argentino de Administradores de Propiedad Horizontal
Correo de Lectores
¿Gastos extraordinarios o expensas extraordinarias?
Estimado Director del Boletín,
Lo molesto para hacerle una consulta referida a los gastos del Consorcio y su diferenciación entre gastos comunes, considerados como expensas comunes y los que serían expensas extraordinarias. ¿Cuáles arreglos, reparaciones o tareas de mantenimiento se consideran de un carácter o del otro? ¿Hay una normativa que lo defina y delimite? Si puede contestarme lo antes posible o recomendarme alguna bibliografía que me aclare por dónde pasa la división entre ambas cuentas, ya que me pidieron unos amigos para presentar en una próxima reunión de consorcio la respuesta antes del lunes 28 y no quiero contestarles sólo lo que hemos establecido como consenso en mi casa.
Muchos saludos y desde ya muchas gracias.
Estela D.W.
PD: Sigo recibiendo con mucho agrado el Boletín semanalmente.
(21/7/2003)
Estimada Estela, antes que nada y aunque te vamos a responder la consulta de tus amigos te acercamos los nombres y autores de excelentes libros de propiedad horizontal que tratan este tema y muchos otros, como el "Manual Práctico de Propiedad Horizontal" del Dr. Carlos Diego Calvo; el "Manual Teórico-Práctico de Propiedad Horizontal. Ley 13.512. Comentada. Anotada" del Dr. Alberto Aníbal Gabás; el libro "Administración de Propiedad Horizontal y Propiedad Vertical. Locaciones" de Eduardo L. Lapa y otros muchos que no son menos importantes.
Antes de empezar debemos tener claro los siguientes términos: expensas comunes, expensas o cuotas extraordinarias, gastos comunes y gastos extraordinarios.
El Dr. Carlos Diego Calvo nos propone aclarar qué se entiende por "Expensas Comunes" y qué por "Cuotas Extraordinarias". Según la ley de propiedad horizontal, dice, todos los copropietarios tienen a su cargo los gastos de administración, de reparación de las partes y bienes comunes del edificio, las primas de seguro del edificio común y los gastos debidos a innovaciones dispuestas en dichas partes y bienes comunes por resolución de los propietarios para obtener su mejoramiento, uso o goce más cómodo o una mayor renta. También corresponde incluir dentro de las "expensas comunes" los gastos derivados de las obras nuevas que afectan al inmueble común, independientemente de las mayorías que se requieran para su realización. Aclara que aunque quede una minoría disconforme el pago corresponderá ser efectuado por todos los copropietarios. Hacen referencia a este tema los artículos 8 y 9 de la ley 13.512 de propiedad horizontal.
Cuando se habla de "Expensas Extraordinarias" en realidad debería decirse "Cuotas Extraordinarias" y el mismo autor nos aclara al respecto, que son cuotas extras que se realizan ante situaciones o gastos inusuales, que generalmente se hacen en forma separada para su mayor claridad u organización administrativa, pero que de todas maneras integran el concepto de expensas comunes.
Ahora bien, hasta aquí la diferencia entre expensas comunes y expensas o cuotas extraordinarias... ¿y la diferencia entre gastos comunes y gastos extraordinarios?
El Dr. Alberto Aníbal Gabás en uno de sus capítulos define a los gastos extraordinarios como "aquellos no comprendidos en los que regularmente demanda la administración y/o conservación del inmueble, sino que se efectúan por una sola vez y que por su monto exceden el gasto normal del consorcio, por ejemplo pintura del edificio, cambio de los balcones, compra e instalación de compactadora de residuos, cambio de ascensores, etc.".
Eduardo L. Lapa dedica una porción importante al tema bajo el título "Expensas comunes de unidades locadas" y donde relaciona los gastos derivados de innovaciones y mejoras o expensas especiales con los locatarios o inquilinos. Se desprende de su análisis que los gastos realizados en las partes comunes, la calefacción, los ascensores, los honorarios de administración y demás gastos ordinarios llevados a cabo para lograr el mantenimiento regular del edificio en beneficio de quienes lo habitan corresponden ser abonados por los inquilinos de las unidades funcionales y agrega que "es opinión generalizada que las llamadas "expensas especiales" o "expensas de emergencia" o bien "por innovaciones y mejoras", deben ser soportadas por los dueños de las unidades, porque se las considera mejoras de la propiedad, y no para su mantención, como ocurre con los gastos de expensas comunes" y termina diciendo que "es lógico que todas aquellas mejoras que puedan revaluar la propiedad sean soportadas por los titulares de dominio de cada unidad funcional, y no por los locatarios, que son sus ocupantes temporarios".
Como verás, no es un tema sencillo y todos los autores tienen algo que agregarle al mismo. Espero que esta respuesta le sea de utilidad a tus amigos en la reunión de consorcio.
En caso de necesitar consultar los artículos 8 y 9 de la Ley 13.512, los encontrarán en nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar dentro de Legislación y allí en Legislación de Propiedad Horizontal.
Un saludo cordial.
Correo de Lectores
Hola!!
Estoy preocupada con lo de la Ley 941, de repente no tuve acceso a más información ¿Pueden detallarme todos los pasos que hay que seguir para la inscripción o decirme si ya lo publicaron y en qué boletín fue?
Gracias por todo, no sé qué haría sin ustedes...
Mariana
(16/7/2003)
Mariana, no hay motivos para que te preocupes ya que recién el 11 de agosto comienza la cuenta regresiva y después de esa fecha tenés 3 meses más de tiempo para inscribirte en el Registro de Administradores. La dirección donde deberás hacerlo es Esmeralda 340 y tenés más precisiones en este mismo boletín en la nota llamada "Comienza la inscripción".
Un saludo cordial.
Correo de Lectores
Fabiana
Ref.: Obleas, ascensores
Te informo que hoy, al pretender cumplir con los requisitos establecidos para este trámite, resultó que todos los formularios que llevábamos, retirados a fines de junio por los distintos consorcios que representamos, "no servían".
Desde el 1º de julio hay nuevos formularios y además agregaron que se deben acompañar con el contrato del conservador.
Ref.: Registro de administradores
En lo que respecta a este trámite, también fue un día nefasto. No solo no hay formularios, sino que aún no han establecido espacio físico donde hacerlo, por lo que está prorrogado al 3 de setiembre. O sea, después de elecciones.
Para que otro no pierda tiempo te paso estos datos. Chau.
Mirta B.D.
(17/7/2003)
Mirta, antes que nada te agradecemos mucho el habernos contado tus "pesares" con todos estos trámites y para poner de sobre aviso a quienes estén por hacer el mismo "paseo".
Justamente en el presente boletín tocamos ambos temas y te resumo que, en cuanto al registro, el asesor de la Dirección Gral. de Defensa y Protección del Consumidor, Dr. Norberto Dorenztein, dijo exclusivamente a Pequeñas Noticias que el 11 de agosto del corriente año (2003) entran en vigencia los 90 días durante los cuales los administradores de la Ciudad de Buenos Aires deberán inscribirse. Será en Esmeralda 340 y habrá un cronograma para que la inscripción sea lo más ordenada posible.
Con respecto al nuevo trámite para solicitar las Tarjetas de Control de Seguridad y Control de Conservación de Ascensores te invitamos a leer la nota llamada "¡¡Sin palabras!!" y para el tema anterior la llamada "Comienza la inscripción".
Otra vez muchas gracias y suerte.
Correo de Lectores
Texto de la Ley 941 y su reglamentación
Estimado Director
Necesitaría, se ser posible, con carácter de urgente el texto completo de la nueva ley de la Ciudad de Buenos Aires en realción a la Administración de propiedades horizontales y su decreto reglamentario.
Un abrazo afectuoso
Guillermo L.
(15/7/2003)
Estimado Guillermo L. el texto completo de la Ley 941 y de su reglamentación lo encontrarás en el nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar en la sección Legislación y dentro de ella en la correspondiente a Legislación de Propiedad Horizontal.
Un saludo cordial.
En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal
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En tiempos de crisis los gastos son fundamentales...
....y el Sistema 9041 (para la Administración de Consorcios) es la solución más eficiente y al mejor costo.
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para la administración de consorcios Número de Edición: 173 Fecha de publicación: 21 de Julio del 2003Director: Claudio García de Rivas Propietario: Pewen Investigación y Desarrollo de Sistemas Informáticos Dirección: Gral . César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República ArgentinaTeléfono/Fax: 4581-3906 Móvil: (15) 4449-8137 Radios: 4527-7674 y 4527-6669 E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Datos personales del suscripto: Empresa: !*COMPANY_NAME*! Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*!
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