Sistema 9041 para la administración de consorcios.

17 de Noviembre

Año 2003 - Nº: 190

El oficio de administrar consorcios esta lleno de Pequeñas Noticias....


Boletín  de  Pequeñas  Noticias

la comunidad consorcial como espejo de la sociedad

Miembro de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal

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Consecuencias de la Ley 941

Un paso al frente

En una audaz iniciativa, en el marco de un evento realizado el miércoles 12 de este mes (noviembre de 2003), los Administradores Independientes de la Propiedad Horizontal (AIPH) y los representantes de la mayor parte de las cámaras de proveedores del sector firmaron un Acta Compromiso donde se obligaron a luchar unidos para "eliminar el trabajo no profesional, en negro y desleal..." Con el apoyo de la Liga del Consorcista se habría concretado por primera vez un único frente común donde administradores, proveedores y propietarios lucharían juntos por un mismo objetivo.

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Informe especial

Transporte accesible para Personas con Movilidad Reducida.

De acuerdo a lo anunciado se llevó a cabo en el Senado de la Nación, el pasado 31 de octubre, la Jornada sobre Transporte accesible para personas con movilidad reducida, con el auspicio de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. El Sr. Raúl Guinzburg, miembro de REDI y del Consejo de Lectores de Pequeñas Noticias, realizó una detallada crónica de lo allí acontecido.


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Breves Pequeñas Noticias

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Ahorro de luz

Febo asoma ya sus rayos...


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Correo de Lectores

"NO" queremos mantenerlo como empleado


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Correo de Lectores

El trabajador jubilado, su antigüedad y sus vacaciones


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Correo de Lectores

Cuadernos Especiales de Asesoría


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Gran Sorteo 

Esta semana los afortunados fueron....

Todos quisieron participar en el fabuloso sorteo de los tres premios de la semana: cenas, almuerzos, espectáculos, mini-turismo, shows, clases de baile árabe.... ¿Ud. habrá tenido suerte....?


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Gran Sorteo

¡¡¡ Sea el FELIZ GANADOR...

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Sueldos

La clase obrera va al paraíso

Con el objetivo de reactivar el consumo interno, el Gobierno dispuso para enero del 2004 un nuevo incremento de $50 en los sueldos de los trabajadores privados, llevar la jubilación mínima a $240 y un salario mínimo vital y móvil a $350.


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Rincón Solidario

Estoy organizando un consorcio

Cdor. Sebastián H. Wolkowicz


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Rincón Solidario

El consorcio colocó una reja

Dra. Victoria Loisi


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Rincón Solidario

En disconformidad

Ing. Pablo Burna


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Rincón Solidario

Una solución y una pregunta

Dr. Jorge Maldonado


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Rincón Solidario

Obligación de tener administrador

Adm. León Estrugo


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Ascensores

Empresas conservadoras


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Impuestos

Vencimientos Mensuales


Consecuencias de la Ley 941

Un paso al frente

En una audaz iniciativa, en el marco de un evento realizado el miércoles 12 de este mes (noviembre de 2003), los Administradores Independientes de la Propiedad Horizontal (AIPH) y los representantes de la mayor parte de las cámaras de proveedores del sector firmaron un Acta Compromiso donde se obligaron a luchar unidos para "eliminar el trabajo no profesional, en negro y desleal..." Con el apoyo de la Liga del Consorcista se habría concretado por primera vez un único frente común donde administradores, proveedores y propietarios lucharían juntos por un mismo objetivo.

Ante la aparente inactividad de la dirigencia de la mayor parte de las entidades tradicionales que representan los intereses de los administradores, en la Asociación Española de Socorros Mutuos se realizó el pasado miércoles 12 de noviembre de 2003 a las 9 de la mañana un evento organizado por los Administradores Independientes de la Propiedad Horizontal (AIPH) que, contando con la participación activa de representantes de las principales cámaras de proveedores y el apoyo del Dr. Osvaldo Loisi y su hija Victoria por la Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal (LCPH) culminó, con la abstención de este último, en la firma de un Acta Compromiso donde se comprometen a estimular la generación de un mercado idóneo, transparente y que estimule la sana competencia". Como una directa consecuencia a la Ley 941, que creó un Registro de Administradores en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, ésta sería la primera vez que se unen administradores, proveedores y propietarios para trabajar sobre objetivos comunes.

Los miembros firmantes de este nuevo frente fueron: el Adm. Fabián Pol en representación de AIPH, el Arq. Eduardo C. Rizzo por la Cámara de Empresarios Pintores y de Revestimientos Afines de la República Argentina (CEPRARA), el Ing. Roberto Pap por la Cámara de Ascensores y Afines (CADEAS), el Sr. Claudio Attwell de la Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines (CECAF), el Dr. David L. Stefanich de la Compañía Sudamericana de Control de Plagas y Ordenamiento del Medio, el Sr. Eugenio Señorans de la Cámara de Cerrajerías de Buenos Aires (CACEBA) y el Sr. Eduardo Jeremías de la Cámara Argentina de Seguridad (CAS).

El evento comenzó con una breve apertura a cargo del Adm. Marcelo Ruiz que, luego de agradecer la presencia de las cámaras, los asistentes, la participación especial de la Dra. Diana Sevitz en su calidad de abogada, árbitro, mediadora especialista en propiedad horizontal y co-conductora del programa radial Consorcios Hoy y al gerente de marketing de Xerox Argentina, aclaró que estaban convocados bajo el lema "juntos para alcanzar la seguridad y calidad de los servicios en beneficio de la comunidad consorcial"

AIPH: La visión estratégica

Adm. Adrián HilarzaAdm. Adrián Hilarza: "No todos los administradores trabajamos mal, no todos los trabajadores somos delincuentes como dicen por allí, entonces la idea es que en forma conjunta administradores, proveedores y los propietarios, por medio de sus ligas, tenemos que trabajar en forma aunada para revertir esta imagen."

A continuación el Adm. Adrián Hilarza tomó la palabra y comenzó su exposición diciendo:

"Hoy es 12 de noviembre y un día como hoy, exactamente nos reunimos un grupo de administradores en un bar en el centro preocupados por la mala imagen y el desprestigio que tienen los administradores de consorcios. No nos sentíamos representados en ese momento y de alguna forma empezamos a buscar administradores que sean de nuestra confianza, que no tuvieran antecedentes, fundamentalmente penales que estén relacionados con la propiedad horizontal (o por lo menos con nuestra actividad), y nos comprometimos en principio a apoyar la Ley 941 que, si bien no es del todo la ley que estábamos esperando los administradores, es un primer escalón que debería haber existido desde hace bastante tiempo. Creo que a partir de ahí debemos nosotros generar una bisagra como para comenzar a prestigiar esta actividad. 

El lema de AIPH, que todos Uds. conocen, es la jerarquización de la profesión. En eso nos estamos encaminando. La jerarquización la podemos hacer de múltiples formas. Una de las formas es realizando eventos. Nosotros hemos realizado cuatro eventos sobre la Ley 941, sobre la Ley 757, Sobre el Art. 8º (cómo se contratan empresas) y ahora este evento, que de alguna forma lo que queremos es llegar con mayor precisión, en forma conjunta con las diferentes cámaras [de proveedores] como para de alguna manera ir transmitiendo y fijando pautas claras a todos los administradores y proveedores de forma que no queden dudas en cuanto al bendito artículo 8º que tanto nos preocupa a los administradores. Si bien esas responsabilidades ya las teníamos, porque el Código Civil y el Código Penal prevé este tipo de contrataciones, ahora el Gobierno de la Ciudad se ha ocupado de normarlo y tenemos que trabajar en forma bien coordinada. 

Dra. Patricia Fernández (AIERH)

Dra. Patricia FernándezPN: ¿Qué le pareció el evento de AIPH?

PF: Me pareció muy interesante, me pareció que tuvo muy buena convocatoria, el hecho de que se hayan acercado tantas cámaras y lamento que todos estos eventos, en realidad, son muy cortos para lo que tiene que ver con contestar preguntas, que es quizá lo que más nos lleva a asistir. Pero muy bueno.

PN: ¿Qué es lo que ve como más positivo, que podría resaltar de este encuentro de las cámaras, los administradores y de un representante de los consorcistas como el Dr. Loisi?

PF: Esto es algo que tenemos en común. Nosotros, como AIERH, asesoramos a administradores, miembros de consejos y a copropietarios, lo que me parece nos hace tener una visión más general del tema y poder sentir el mismo respeto cuando tenemos que tocar un tema que puede llegar a ser conflictivo o contradictorio entre administrador y propietario.

Por eso me parece muy importante y se lo dije a un asociado de nuestra cámara, que compartíamos totalmente el hecho que esté presente la Liga del Consorcista. Nos quedamos exclusivamente, también para escucharlo al Dr. Loisi. Me parece que te da una visión un poco más amplia, que no es tan extremista como una cámara que asesora o defiende solo a administradores o sólo a propietarios.

PN: ¿Le parece que tendría que tener alguna reserva, o algo con qué cuidarse con esta comunión de todos?

PF: No. No creo que haya que tener reservas. Yo creo que lo mismo que le decimos a un administrador, si es que está haciendo bien su tarea, sería lo que le diríamos al propietario si es que pretende algo que no le corresponde. A veces los administradores nos dicen "Puedo traer al propietario para que lo escuche?", por su puesto porque lo mismo que le estoy diciendo a usted, se lo diría a él. Si uno tiene razón posiblemente el otro no, pero el diálogo es igual.

PN: ¿Podemos entender, con su presencia acá, que el AIERH le da todo su apoyo a esta iniciativa, a estos administradores que se han unido en AIPH?

PF: Nuestra presencia tiene que ver con que hay un miembro de AIPH que es socio de AIERH, entonces desde ya que vamos a apoyar toda iniciativa que con el tiempo demuestre que va a ser positiva para la propiedad horizontal. Tiene que ver con eso.

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AIERH: Asociación Inmobiliaria de Edificios Renta y Horizontal

La segunda forma es la capacitación por medio de cursos en forma permanente y otra forma de capacitarse es la que conocemos como la transmisión de todo lo que es la información a través de nuestra página web y los boletines quincenales. La página web va teniendo muy buena respuesta. En los últimos cien días ha tenido más de 1400 entradas o visitas. Ahí tratamos de volcar todo lo que es la información que nos interesa a los administradores de consorcios donde fijamos pautas salariales, fijamos las distintas legislaciones que implican esta actividad, las formas de contratación con las empresas, tenemos un correo de lectores con el cual tratamos de mantenernos en contacto permanente con nuestros colegas. La otra forma que dije son los boletines quincenales, que hoy está llegando a más de 600 personas, todas relacionadas a la propiedad horizontal, donde tratamos de transmitir las modificaciones o novedades que van surgiendo. Insisto, la idea es que nos mantengamos informados porque hoy nuestros clientes, que son los propietarios, lo están exigiendo.

Como último punto, dentro de lo que consideramos que es la capacitación, la conformación de los eventos y los cursos estamos en pos (a largo plazo) de crear un Colegio Independiente. 

Lo que queda claro es que a través de los últimos años quedó demostrado que los administradores de consorcios solos no pueden trabajar en todo esto. No alcanza con las buenas intenciones. Las pruebas están a la vista, que todo fue creciendo, todo fue mejorando y los administradores de consorcios nos fuimos quedando en el tiempo al punto tal que simplemente quedamos disminuidos a un montón de lamentos. 

Nuestra idea es empezar a trabajar en forma efectiva. La mejor de las formas consideramos que es que nosotros mismos nos ocupemos y que no nos pase lo que nos pasó con la Ley 941 que prácticamente no tuvimos participación. 

La idea es que armemos un grupo de trabajo compacto y efectivo de manera que no nos diluyamos en la dispersión como es en la actualidad. Esta forma de trabajar fundamentalmente tenemos que hacer hincapié en dos cosas: hacer docencia entre colegas y con los copropietarios (nuestros clientes) y transmitirle los motivos por los cuales consideramos que es importante para un consorcio de propiedad horizontal contratar administradores capacitados y administradores profesionales. 

Eso es fundamental porque el consorcista necesita empezar a escuchar esto en forma reiterada pero no de parte de los necios sino de parte de nosotros mismos. Es decir, es un desafío que nos tenemos que plantear. Con eso podemos demostrarle a los propietarios a través del tiempo, y a muchos de nosotros ya nos debe haber ocurrido, que eso va generando a la larga ahorro en tiempo, en problemas y en dinero para el consorcio.

De la misma forma tenemos que hacerlo con los proveedores, el mismo hincapié. Los proveedores son nuestra cara en los edificios, muchos de ustedes nos representan en el edificio y si ustedes quedan mal, no solo quedan mal ustedes sino nosotros también, acompañamos en ese tema. Por eso es fundamental que los proveedores tomemos, junto con los administradores, el compromiso profesional de mejorar la calidad, el servicio, la forma de contratación y las garantías de los trabajos. Esto es fundamental. Yo creo que de esta forma, dentro de los que estamos en AIPH, consideramos que estas políticas, junto con la matriculación del administrador de consorcios, de alguna forma van a ir cambiando la imagen del administrador y la imagen se va a ir traduciendo en el tema de los benditos honorarios de los cuales, lamentablemente como está el mercado planteado hoy, nos encontramos con muchísima competencia desleal, con administradores "advenedizos" que el mercado permite que ingresen, obviamente, pero somos nosotros mismos los que tenemos que luchar, no digo eliminarlos pero sí reducirlos a una expresión, de forma tal que los consorcistas tomen conciencia, insisto, en la obligación, en la necesidad, en lo que significa tomar un administrador capacitado.

No todos los administradores trabajamos mal, no todos los trabajadores somos delincuentes como dicen por allí, entonces la idea es que en forma conjunta administradores, proveedores y los propietarios, por medio de sus ligas, tenemos que trabajar en forma aunada para revertir esta imagen."

La adhesión de las cámaras de los proveedores

Luego del discurso del Adm. Hilarza los distintos representantes de las Cámaras de Proveedores presentes fueron exponiendo al auditorio las ventajas de trabajar con empresas adheridas a ellas, las desventajas de no hacerlo y los requisitos que los administradores debían tener en cuenta a la hora de contratar a empresas de cada uno de los sectores que ellas representaban.

De esta forma antes de las 10 de la mañana la primera exposición estuvo a cargo de las cámaras del sector de pintores y revestimientos, cerrajería y seguridad. El arquitecto Eduardo C. Rizzo expuso el tema en representación de CEPRARA; luego tomó la palabra el Sr. Eugenio Señorans, presidente de CACEBA y finalizó la exposición de la primer mesa el Sr. Eduardo Jeremías de CAS.

La segunda mesa inició su exposición cerca de las 10.30 y estuvo formada por dos representantes del sector control de plagas. El Sr. Rodrigo Fernández y el Dr. David L. Stefanich, de la Cámara Sudamericana de control de plagas, explicaron los puntos a tener especial atención al contratar empresas del sector.

Luego continuaron exponiendo los representantes del sector ascensores. El Ing. Norberto Pap, de la Cámara de Ascensores y Afines y el Sr. Claudio Attwell de CECAF dieron las recomendaciones oportunas para la contratación de empresas relacionadas con el transporte vertical.

Dr. Osvaldo Loisi

Dr. Osvaldo Loisi y su hija la Dra. Victoria Loisi Dr. Osvaldo Loisi: "No quisiera caer, por ejemplo, en una violación a la Ley 22.262 que prohíbe las prácticas anticompetitivas. Si nosotros decimos que queremos desplazar del mercado a quien no cumple con determinadas normas, esa actitud podría interpretarse como "práctica monopólico relativa", que es aquella conducta que tiende al desplazamiento de competidores mediante la creación de barreras de acceso. Hay que ser muy cuidadosos con eso porque la mencionada ley establece multas para los infractores.."

Pasadas las 11 de la mañana luego de un breve "break" fue el turno de disertar del Dr. Osvaldo Loisi quién acompañado de su hija la Dra. Victoria Loisi se dirigió al público asistente expresando su apoyo a AIPH en su deseo de "hacer cosas" aunque advirtiendo contra la posibilidad de caer en "prácticas monopólicos relativas" que explicó "es aquella conducta que tiende al desplazamiento de competidores mediante la creación de barreras de acceso" previstas en la ley 22.262. 

Reivindicándose como la primera entidad que comenzó en 1996 a luchar contra lo que denominó la corrupción en los consorcios centrada en la figura del administrador criticó, sin embargo, duramente a aquellas instituciones que promueven la auto-administración. Por último realizó la propuesta de crear "un centro que actúe a modo de feria permanente o mercado dedicado a la exposición de los productos y servicios [relacionados con la propiedad horizontal] junto con la difusión de las normas legales y las normas de calidad para cada rubro"

La exposición del Dr. Loisi: 

"En nombre de la Fundación Liga del Consorcista agradezco la invitación que se nos cursara y, a título de colaboración, brevemente quisiera "tirar" algunas ideas que podrían tal vez servir de ayuda para la elaboración del proyecto que se quiera implementar en definitiva. Teniendo en cuenta el clima de cordialidad y la "buena onda" existente, así como la mutua voluntad de salir del letargo en que estamos sumidos los argentinos para comenzar a "hacer cosas", de una vez por todas, más que fijar principios rigurosos, creo que en este estado embrionario del proyecto es útil hacer lo que en la sicología moderna se llama: un "brain-storming", que consiste en arrojar sobre la mesa todo tipo de ideas, aún las que podrían parecer más descabelladas, para hacer con ellas lo que hacen los chicos frente a un rompecabezas. Muchas veces salen creaciones muy interesantes y útiles.

Cuando en 1996 creamos la Liga del Consorcista, el estado de corrupción de los consorcios era alarmante y estaba centrado en los administradores. Recuerdo un artículo de página entera del Diario Página 12 que decía: "Cómo combatir la tiranía de los administradores". Ellos parecían ser el eje del sistema y, si tenemos en cuenta que la legislación sólo permite el control de su actividad a través de las asambleas, puede imaginarse fácilmente con qué grado de impunidad actuaba y actúa un administrador inescrupuloso en un consorcio de 60, 90, o 300 unidades. 

Poder reunir en un mismo lugar, en un mismo día y a una misma hora a una cantidad considerable de personas es casi imposible y por esa causa es que se ha desprestigiado tanto una profesión que debiera ser tan digna como la de ser abogado, médico, enfermero, martillero o contador. 

En realidad, la apatía de la gente en concurrir a las asambleas no ocurre tanto en las sociedades comerciales, porque en ellas las personas se unen cada una con un aporte para ganar dinero, y entonces, se supone que cuando hay asambleas concurren con mayor interés. Pero la gente que compra un departamento o un local en PH lo hace para vivir o trabajar en paz. Ello explica la dificultad en reunir en las asambleas la cantidad de personas necesarias para controlar a quien maneja el dinero de los gastos comunes. 

A Dios gracias, simultáneamente a nuestra aparición, tuvimos el concurso de la prensa, que se nos unió espontáneamente en una campaña nacional tendiente a moralizar las administraciones de consorcios, apoyando asimismo varios proyectos de leyes de nuestra autoría. También contamos, naturalmente, con la adhesión del público en general, que comenzó a tomar conciencia de lo que significa ser propietario de un edificio sometido al régimen de PH y sus responsabilidades inherentes.

Lamentablemente, como suele ocurrir en todos los planos de la vida social, luego ha aparecido cierta institución que promueve lo que se ha dado en llamar la "autoadministración" en los consorcios, que propone que sean los propios vecinos quienes se ocupen de la liquidación de expensas, el pago de las cargas sociales del personal, el cumplimiento de las normas legislativas y el mantenimiento de los edificios, tema sobre el cual prefiero no opinar. 

Adm. Heriberto Lozada (CADAPH)

Adm. Heriberto Lozada"Me parece que todo lo que sea cercenar la posibilidad de que el administrador contrate a quien corresponde y le parece que es coherente, es una cosa que estamos hablando fuera de la Constitución.

Justamente la libertad [que garantiza] la Constitución es poder contratar a quien vos considerás más idóneo y no porque esté inscripto en una cámara [necesariamente se] es idóneo. ¿O vos me podés garantizar que todos los que se anotaron, los 3000 administradores que están anotados en el registro, son todos idóneos. ¿Vos me vas a decir qué idoneidad le va a dar un listado de una cámara de prestadores? Yo te puedo decir que hay más de uno que se anotan en esas cámaras [de proveedores] y son un sello de goma porque subcontratan todos los servicios, como lo hacen casi todos los arquitectos...

 Yo tengo que laburar. No tengo una secretaria o un segundo que me hace los trabajos del consorcio. Yo laburo personalmente y lo mismo hace Alfonso [Macedo].

Porque justamente CADAPH es una cámara de gente, de administradores chicos. Y yo laburo porque yo voy todos los días a los consorcios. Es una forma de trabajo que es mía y que muchos no la comparten porque se sientan y atienden los consorcios desde el escritorio con un teléfono. Yo no, yo voy y entonces no tengo tiempo para perder y menos para hacer política, yo tengo que laburar, tengo que llevar el mango a mi casa todos los días...

Justamente, por eso la diferencia es tan grande. Nosotros [en CADAPH] damos capacitación para que los administradores tengan más armas para laburar, no hacemos política. Ustedes a eso no lo entienden. Desde el momento que se formó CADAPH hace dos años fue exclusivamente para darle capacitación y tener un teléfono donde el administrador pueda venir a buscar una solución y no un problema. Eso es lo que ustedes no entienden nunca. Y estoy cansado de repetirlo en todas las reuniones: CADAPH no es una cámara, es una unión de administradores para lograr mejorar la profesión, no para hacer política.

Y si no lo entendés y no lo entiende nadie, están los hechos de lo que hemos realizado desde que estamos acá. Siempre tratando de hacer conferencias y cosas para expresar y mejorar la forma de administrar.

No es una cámara para hacer política, es una cámara unida para darle profesionalidad al administrador, y la profesionalidad no se hace haciendo política. Se hace capacitando y sacando a los que no son idóneos y demostrando que los demás sí pueden serlo. Por culpa de 4 o 5 tipos [administradores] que han robado, todos los demás somos unos h... de p...

Pero si piensan que CADAPH es simplemente un sellito de goma para ir a ponerlo, no muchachos, nosotros tratamos de capacitar a la gente y por eso estamos haciendo lo que estamos haciendo y trabajamos conjuntamente con la Defensoría del Pueblo en varios lados.

Y lo que está haciendo la Dra. Diana [Sevitz] en el CGP 6 todos los miércoles es lo mismo que nosotros planteamos siempre, es darle capacidad a quien sea para que sepa lo que es la propiedad horizontal."

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CADAPH: Consejo Argentinos de Administradores de Propiedad Horizontal

Por supuesto que habiendo sido los primeros en haber llamado la atención de la opinión pública sobre el estado de corrupción generalizada que afecta a los consorcios, hemos efectuado un seguimiento de la evolución del fenómeno. Y ¿qué hemos descubierto? Que en la práctica diaria, muchas veces el mal administrador desplazado de su cargo es reemplazado por una tríada de vecinos que se apoderan del edificio para hacer lo mismo que hacía aquel mal administrador. Pero con una diferencia: que siendo ellos propietarios del inmueble, resulta mucho más difícil removerlos. Esta realidad nos ha llevado a considerar la conveniencia de jerarquizar la profesión de administrar consorcios, incluso a nivel universitario. Siempre hemos considerado que se trata de una tarea sumamente compleja, que requiere de conocimientos de carácter no sólo jurídicos sino contables y de arquitectura, materiales, instalaciones, etc.

Ahora bien, para referirnos al tema específico que nos reúne hoy, debemos comenzar por reconocer la conveniencia de que quien administra y deba contratar con terceros, a tenor de la responsabilidad que la reciente ley de registro le atribuye, debe tener una lista o guía que le facilite la tarea de escoger al proveedor adecuado. Eso por un lado.

Pero por el otro me preocupa el cómo se va a redactar el proyecto. No quisiera caer, por ejemplo, en una violación a la Ley 22262 que prohíbe las prácticas anticompetitivas. Si nosotros decimos que queremos desplazar del mercado a quien no cumple con determinadas normas, esa actitud podría interpretarse como "práctica monopólico relativa", que es aquella conducta que tiende al desplazamiento de competidores mediante la creación de barreras de acceso. Hay que ser muy cuidadosos con eso porque la mencionada ley establece multas para los infractores.

La idea, no obstante, es buena y lo que nosotros proponemos es complementarla. Es necesario que simultáneamente se arbitren los medios para crear un centro que actúe a modo de feria permanente o mercado dedicado a la exposición de los productos y servicios junto con la difusión de las normas legales y las normas de calidad para cada rubro. Un emprendimiento donde el administrador, el consorcista y los miembros de los consejos de administración puedan evaluar las ofertas en un marco de transparencia y competitividad. Pensemos que el verdadero destinatario es quien va a pagar en definitiva, que son los propietarios y si esta idea tiene alguna razón superior es lograr los mejores bienes y servicios al menor costo. Por supuesto, dentro de los marcos legales correspondientes.

Todos sabemos que una mayor competitividad en la economía estimula la innovación y la eficiencia en los negocios y va en beneficio de los inversores, de los productores, de los consumidores y de toda la comunidad.

El mercado que proponemos podría autofinanciarse con el producido de los alquileres de los diversos stands. Y aquí sí, el Estado podría colaborar cediendo alguno de los tantos predios baldíos de que dispone"

El cierre

Finalizando ya el evento, se formó una gran mesa con representantes de todas las cámaras de proveedores participantes, el Dr. Loisi y el Dr. Daniel Elizondo, por AIPH. Se respondieron preguntas y consultas hechas por los presentes que fueron surgiendo de las distintas exposiciones a lo largo de todo el evento.

Minutos antes de las 12 del mediodía se dio por finalizado el 4º Seminario de AIPH y se firmó un acta compromiso, con la abstención de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal, entre las cámaras de proveedores y AIPH, la entidad organizadora del evento.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Sueldos

La clase obrera va al paraíso

Con el objetivo de reactivar el consumo interno, el Gobierno dispuso para enero del 2004 un nuevo incremento de $50 en los sueldos de los trabajadores privados, llevar la jubilación mínima a $240 y un salario mínimo vital y móvil a $350.

A partir del próximo mes de enero de 2004, el Gobierno dispuso otorgar un nuevo incremento a los sueldos del sector privado, a la jubilación mínima y al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).

El incremento de los $50 para el sector privado será de tipo no remunerativo, por lo tanto no tendrá incidencia en las horas extras, vacaciones, aguinaldos o indemnizaciones.

La jubilación mínima, actualmente de $220, pasará a $240 además de anunciarse el adelanto en el pago de sueldos y haberes a jubilados y pensionados.

El SMVM se elevará en $50, ya que actualmente el Decreto 388/03 (BO del 15 de julio de 2003) viene incrementando el importe del SMVM en $10 para aquellos trabajadores jornalizados y mensualizados que cumplen con la jornada legal de trabajo a tiempo completo, comprendidos en el artículo 140 de la ley 24.013. Estos aumentos hacen que en diciembre de 2003 el SMVM llegue a $300 y ahora con la nueva disposición, aumentará a $350 a partir del 1/1/2004.

Con todas estas medidas, el objetivo a alcanzar por parte del Ejecutivo es la reactivación el consumo interno, aunque una gran parte de trabajadores siga quedando al margen de esta mejora salarial como los del sector público.

Los empresarios y los sindicatos

En general, la reacción de los distintos sectores empresariales fue positiva aunque no dejaron de expresar algunos requerimientos al Gobierno.

Al titular de la Unión Industrial Argentina (UIA), Sr. Alberto A. Gaiani, le pareció una cifra lógica el incremento en los sueldos; al presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) el aumento tiende a recomponer el mercado interno y estima que repercutirá en una mayor demanda y ventas.

"Muy positivo" dijo el Sr. Carlos de la Vega, de la Cámara de Comercio, al opinar sobre las medidas y el Sr. Carlos Bueno, de la Cámara de Calzado, fue cauto y dijo que algunos sectores crecieron y pueden afrontar el aumento pero otros no.

Los sindicatos le pidieron al ministro de Trabajo, Sr. Carlos Tomada, la incorporación de los 50 pesos al sueldo como un ítem remunerativo para que así se pueda tener en cuenta a la hora de realizar todos los aportes y contribuciones como por ejemplo Caja de Protección a la Familia, Cuota Sindical, etc... pero recibieron un "no" como respuesta.

La opinión en los consorcios

Con respecto al último aumento de $200 el Adm. Abel Mauri declaró a Pequeñas Noticias que fuera de pequeños grupos de propietarios que ofrecieron alguna resistencia en algunos de los consorcios por él administrados, la mayor parte de los consorcistas lo aceptó sin mas reparos sobre todo cuando los vecinos sintieron que el encargado beneficiario de este aumento realizaba sus tareas en forma satisfactoria. 

Por otra parte según el Adm. Carlos Nessi, de Estudio Nessi, los copropietarios toman este tipo de medidas salariales con "resignación" y salvo contadas excepciones no se quejan de las mismas. Por otra parte aclaró que prorrateado por el total de las unidades la cifra del aumento no es significativa. Coincidió con el Adm. Mauri que cuando el encargado tiene una imagen positiva entre los copropietarios es menos cuestionado el aumento del que se beneficia, si bien expresó su temor de que esos $50 que se agregarán al sueldo como "no remunerativo" con el correr del tiempo, como está sucediendo con los últimos $224, quede integrado al sueldo incidiendo en las horas extras, vacaciones, aguinaldo, etc... 

¿Y ahora qué hay que hacer...?

Todavía no están definidos los descuentos a aplicar en los 50 pesos de aumentos, pero sí se anunció el carácter "no remunerativo" del mismo, con lo cual no tendría incidencias en el valor de las horas extras, de las vacaciones, de los aguinaldos o de las distintas indemnizaciones.

Si a este importe se le practicaran las mismas deducciones que a los actuales valores no remunerativos (2,7% para la Obra Social y 3% para el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados), el trabajador recibiría en su bolsillo $ 47,15. El empleador, de mantenerse todo igual, deberá contribuir con $3,45 por sobre los 50 pesos, correspondientes al 5,4% y al 1,5% respectivamente.

Es de remarcar que durante el mes de enero todavía quedarán valores no remunerativos correspondientes a los antiguos decretos 1641/02 y 905/03 cuyos importes están pasando mes a mes a formar parte del haber del trabajador. Este pasaje finalizará totalmente en el mes de febrero de 2004 y quedarán entonces totalmente incorporados a los haberes remunerativos y sólo quedará como no remunerativo el actual aumento de los $50.

En próximas entregas se detallará en general cómo implementar esta nueva medida en forma práctica para quienes realizan por cuenta propia las liquidaciones de sueldos de sus encargados y para los usuarios del Sistema 9041 se explicará en forma detallada los pasos a seguir para que el sistema lo pueda realizar automáticamente.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Informe especial

Transporte accesible para Personas con Movilidad Reducida.

De acuerdo a lo anunciado se llevó a cabo en el Senado de la Nación, el pasado 31 de octubre, la Jornada sobre Transporte accesible para personas con movilidad reducida, con el auspicio de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. El Sr. Raúl Guinzburg, miembro de REDI y del Consejo de Lectores de Pequeñas Noticias, realizó una detallada crónica de lo allí acontecido.

Con la concurrencia de aproximadamente 60 personas, representantes de ONGs. dedicadas al tema de la discapacidad, personas discapacitadas y familiares de discapacitados se desarrolló el evento con toda normalidad y con un éxito final en relación a las medidas a desarrollar de acuerdo con los tantos reclamos efectuados.

Sin embargo a mi criterio, muy personal por supuesto, en cuanto a la concurrencia no estoy conforme. Después de la promoción realizada y por el impacto que tiene la problemática en los sectores de la tercera edad, me parece existir una apatía generalizada ya que las propias organizaciones, asociaciones y centros de jubilados no le dan la trascendencia que esto merece ya que de ser lo contrario, el Salón debió estar colmado. Y aquí llegamos a lo que reiteradamente expreso: la falta absoluta de concientización en la Sociedad. Se piensa "a mí no me va a pasar", "todavía falta mucho para ser viejo", "para que ir a perder el tiempo", y muchas otras premisas sobre el particular. Pero en fin, pese a todo muchos seguimos trabajando para facilitarles una mejor calidad de vida a las personas con necesidades especiales y a los de movilidad reducida. Se expresa que el encuentro intenta ser algo así como una mesa de trabajo donde los funcionarios escuchen la opinión de los participantes que servirán luego para consensuar con la Defensoría del Pueblo acciones a seguir para hacer cumplir la legislación vigente en lo que se refiere a la accesibilidad en el transporte público.

El Dr. Alejandro Nató, Defensor del Pueblo, inicia el mismo manifestando que este espacio es para compartirlo con las organizaciones que trabajan en la discapacidad, que es un tema central en todo el andamiaje de la Defensoría. Explica el rol que les compete en la discapacidad, considerándose integrantes de una Red conformados por los concurrentes; la obligación legal y las posibilidades de hacer valer el derecho que tiene la Defensoría y que les corresponde en su función de velar por los derechos humanos en general y los derechos de la discapacidad en particular; la realidad de la situación que atraviesa el usuario y el servicio que creía era sólo para la discapacidad, pero que comprobó que la realidad era que la accesibilidad afectaba a todos los usuarios, principalmente en los trenes y los subtes. Que hay un número de situaciones que todavía no han sido cumplidas y repite una frase de un volante de la REDI (Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad) que había sido repartido- "Según el Decreto Reglamentario Nº 914/97 y su modificatoria Decreto Nº 467/98, para el 2002 el 100% de las unidades renovadas de transporte colectivo de pasajeros debieron ser accesibles. Hoy, apenas el 12% lo es. Y en la actualidad muchas de las unidades que alguna vez fueron accesibles han dejado de serlo...". Expresa a continuación que lo cierto es que hay una deuda de toda la Sociedad para con la discapacidad, que hay leyes muy buenas pero que no se cumplen y da el ejemplo de una sentencia a favor del Dr. Gómez Villafañe en cuanto a los molinetes de tren, que es válido también para los subtes, pero que no se cumple. Es decir no sólo no se cumple la Ley sino la aplicación de la ley por sentencias judiciales, por lo que considera que esto es una barbaridad. Se pasa a continuación un video en la que se realiza una encuesta preguntando a los usuarios sobre la seguridad, frecuencia, horarios, estado de las estaciones, los ruidos, la temperatura en los coches y el tema de la discapacidad, todo en subterráneos (ya se había hecho en trenes) con el resultado que las mayores quejas eran por la accesibilidad, las temperaturas en verano y que en las horas pico no hay coches suficientes para subir. Indica el Dr. Nató que ese día dictó una resolución al respecto y que ya fuera notificada, antes de esta reunión, dirigida a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte a efectos de que intime a la Empresa Metrovías a que realice en forma prioritaria los obras correspondientes para facilitar el acceso a discapacitados y/o personas con necesidades especiales a todas las estaciones de la red subterránea. Exhortar al Ente Unico Regulador de la Ciudad de Buenos Aires a lo mismo; recomendar a la Dirección General poner en conocimiento del Comité Nacional de Asesoramiento y Contralor el cumplimiento de los artículos 20-21 y 22 de la Ley 22431 (que define la accesibilidad); poner en conocimiento de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas con Discapacidades, dando un plazo de 30 días para el cumplimiento de la Recomendación y de no ser así, se apelará a la Justicia.

A continuación la Dra. Isabel Ferreira explica la metodología de la Jornada y que todos los aspirantes a ser usuarios del transporte público puedan manifestar sus necesidades que se transformarán en denuncias concretas a la que la Defensoría del Pueblo pudiera dar una resolución y ver la necesidad de acciones concretas que puedan ser sostenidas por los sectores involucrados en la discapacidad. Indica luego que hay una persona que está tomando nota para los discapacitados auditivos y que se manifiesta en una pantalla por lo que solicita que se hable lentamente e identificándose, ya que la misma sirve como Acta de la reunión. Comienza el debate en la que se manifiestan quejas puntuales: en general la mayoría habla sobre los "pases" en la que transportistas no respetan, fundamentalmente en larga distancia desde otras provincias hacia Capital, ni las reservas para esos viajes que por supuesto se hacen por razones de atención médica y rehabilitación (casos planteados por Cristina Caio de Azul; la Sra Ana María Martínez que es representante de la Asociación de Padres y Familiares de Personas Discapacitadas de la Costa del Río Uruguay, de Colón provincia de Entre  Ríos; la Sra. Mabel Manchuca de Formosa y el Sr. Mario Reynoso.)

En Capital Federal también hay líneas que desconocen esos pases o hacen interpretaciones arbitrarias cuando en el mismo se indica "con acompañante" que no significa que indefectiblemente el discapacitado debe ser acompañado, sino que puede viajar solo y si lo necesita lo hace con otra persona: en algunos casos hacen bajar al discapacitado no permitiéndole, subsidiariamente, abonar el boleto y en otros le expresan a la persona que ese pase "es falso": Casos planteados por Sr. Lucas Fiola; la Sra. Teresa Montiel (madre de un chico con micro-encefalia con retraso madurativo); la Sra. Ana Dones, presidenta de FALDAD.-

Otros problemas son la falta de accesibilidad de los coches incluyendo los de piso abajo y semi-bajo en cuyo interior no se respetan las medidas para personas con movilidad reducida: ancho de pasillo, altura de los asientos, falta de pasamanos incluyendo en las puertas de acceso, no accionamiento de rampas, eliminación de los espacios para silla de ruedas en los que se están colocando asientos, etc. Casos planteados por la Sra. Silvia Domsky; el Sr. Norberto Buttler (discapacitado en sillón-cama, con respiración asistida, que no puede salir de su casa desde hace 6 meses por no poder viajar en colectivo o en remises especiales por su alto valor). A su vez expresa que de no resolverse estos problemas los discapacitados deberán salir a la calle a cortar la circulación de colectivos y ante ello no permitiremos que nos tilden de radicalizados o subversivos; la Sra. Amalia (familiar de una persona con mal de Parkinson que aunque es un enfermo neurológico no lo reconocen como discapacitado y para viajar tiene serios problemas con el pasaje en razón de que este tipo de enfermos tienen movimientos involuntarios), y que pertenece al Grupo de Ayuda de la Enfermedad de Parkinson, Fundación Thompson, del Hospital Francés; el Sr. Mario Reynoso que denuncia a las Líneas 130 y 42 que van al Centro de Rehabilitación Nacional y sólo tienen (2) coches adaptados la primera y (5) la segunda y que en los fines de semana y feriados no funcionan en los recorridos por economía; el Sr. Diego Saura que denuncia a la Línea 146 que tiene todos los coches adaptados pero que no funciona las rampas en ninguno, también las líneas 124 y 12; el Sr. Domingo Torres, representante del Instituto por los Derechos del Trabajador de la C.G.T. que sugiere que todo ello es una maniobra de la F.A.T.A.P. para conseguir aumento de tarifas.-

El Arquitecto Jorge Mosches (Integrante de la Mutual de Arquitectos) en sendas intervenciones indica que todo lo que se está planteando se encuentra resumido en el documento que la REDI ha entregado y a su vez alerta y le preocupa la falta de actuación a lo largo de los años de la CONADIS (Consejo Nacional Asesor para la Discapacidad y la Discriminación) que si hubiera sido efectivo no estaría haciendo la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires este acto voluntarioso. Por otra parte sus integrantes (Conadis) son empleados que el pueblo está pagando. Esta postura fue avalada por la generalidad de los presentes. El Licenciado Eduardo Joly solicita se cree un área en la Defensoría abocada específicamente a la discapacidad y que incluye el transporte y también el accionar para defender los derechos, en forma colectiva incluyendo otras organizaciones sociales como el FORO PRO, AMIA, CTA, etc... Esta postura es defendida también por la Arq. Silvia Coriat (Fundación Rumbos-Redi); el Sr. Abraham Felperin (Director de Discapacidad de la AMIA); la Sra. María Eugenia Carbajo (integrante ad-honorum en la Comisión de Discapacidad de la Cámara de Diputados) que a su vez denuncia que el Senado de la Nación disolvió la Comisión de Discapacidad y corre el mismo camino la de la Cámara de Diputados.- Se denuncia que está a la firma un Decreto de la Secretaría de Transportes dejando sin efecto el anterior Nº 467/98 sobre el plazo de cumplimiento por parte de las Empresas del 100% de coches accesibles, en su reposición, y que echaría por tierra con las obligaciones en tal sentido.

Por último el Sr. Joly y con el consentimiento de la Asamblea lee punto por punto un documento confeccionado por la REDI explicando el alcance de cada uno de ellos y que es aprobado con un consenso absoluto, agregándose algunos detalles. Al mismo tiempo y también aprobado por unanimidad, éste se convierte en documento de la Jornada y se eleva en tal sentido a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Secretaría de Transportes de la Nación y Secretaría de Transportes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

En lo personal mi intervención constó de las siguientes apreciaciones: "Soy Raúl Guinzburg, integrante de la REDI. Estamos hablando de accesibilidad. Yo no quiero hablar sobre la parte técnica de la accesibilidad en los transportes, pero sí quiero hablar de la parte humana, es decir, el cumplimiento por parte de las Empresas de Transporte en las disposiciones sobre movilidad reducida. Ustedes sabrán perfectamente los que usan, no digamos en silla de ruedas, sino que tienen impedimentos o movilidad reducida, los problemas que se suscitan al tratar de subir a un colectivo que le para en el medio de la calzada o que no es de piso bajo, o que no le paran en cualquier esquina de acuerdo a la disposición, o que no piden el asiento como está establecido: es decir sube una persona con movilidad reducida y tiene que ser ella la que solicitare el asiento al pasajero, en los asientos reservados. Sobre este particular yo he hecho una presentación en la Defensoría del Pueblo en el año 2002, haciendo precisamente estas quejas. Ha habido una resolución favorable, una recomendación de la Dra. Oliveira en la "cual intimas a la Secretaría de Transportes y a la CNRT al cumplimiento de estas disposiciones. Es decir, el parar en cualquier esquina de la Ciudad de Buenos Aires para ascender y descender, el respetar los pases –porque muchos no lo respetaron- y el trato al pasajero, porque había un descontrol por parte de los choferes. En esa resolución en los Considerandos se han dirigido al CNRT el cual contesta que todas las empresas tienen una Escuela de Capacitación de los choferes. Yo en este momento diría que eso es falso, hablado con los choferes me dicen que en ningún momento han hecho ese curso de capacitación. Segundo, si la Resolución ya está, yo digo, y no se cumple, ¿cómo seguimos? Yo estoy dispuesto a hacer una Acción de Amparo, si es que la Defensoría me apoya, para que esto se siga cumplimiento.

Entre otras cosas, también quiero contar, que yo he hecho 151 denuncias, desde el año 1999, al CNRT, cuando también estaba el CONTA (Comisión Nacional de Transporte Automotor), en los que están incluídos 84 relevamientos hechos para la Defensoría y el Co.M.O. (Consejo Multisectorial de Organizaciones Sociales), es decir, los elementos de prueba los tiene la Defensoría, lo que hay que hacer es actuar en este momento. Yo quiero saber cómo van a actuar. Y por último algo, no quiero ser muy reiterativo, algo que es muy importante, que esto que estoy diciendo trae aparejado otros inconvenientes y que es lo siguiente: el chofer normalmente en casi todas las calles de la Ciudad de Buenos Aires no puede arrimar al cordón, por qué?. Porque hay autos estacionados, hay camiones, etc... etc... etc.... Entonces se me ocurrió una idea, a lo mejor es una utopía, es una locura, en donde debería haber alguien que haga un proyecto que no se permita estacionar en la parte derecha de las calzadas. Yo entiendo personalmente, en mi modesta opinión, que el estacionamiento debe ser, donde hay líneas de colectivos, en la parte izquierda y la derecha sea única y exclusivamente para el transporte colectivo, en la cual entonces no va a haber más esa excusa: no podemos arrimar porque hay impedimentos. En las Avenidas por supuesto, prohibición absoluta. Y si no una de las alternativas sería que en las calles donde haya líneas de colectivos se permita estacionar del lado derecho, en la cuadra donde no hay parada, pero se debe excluir, es decir prohibir en esa cuadra donde haya parada de colectivos. Esto a su vez, debe haber un mecanismo de control muy asiduo para que se cumpla. Ya no podemos decir que vamos a hacer prevención, ya sea el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o la Policía Federal, no puede decir que vamos a hacer prevención, y que lo hacen por ejemplo quince días, sino que hay que decir que hay que "hacer REPRESION. Y por qué? Sencillamente porque el que saca un registro sabe cuáles son sus deberes y obligaciones y conoce perfectamente dónde debe y dónde no debe estacionar. Entonces esta es una ponencia y bueno, espero una respuesta de parte de la Defensoría. Gracias".-

Esto mereció una respuesta del Dr. Nató en la que a los efectos de no polemizar, expresó que si hay que hacer acciones de amparo lo harán. Que todos los reclamos que puedan ser viabilizados a través de la Justicia se efectuarán. Si no se hizo hasta ahora puede haber obedecido a una falta de definición común. Para ello es esta reunión y lo que está en deuda se compromete a hacer valer esos derechos en la Justicia.

Por último y cerrando la Jornada el Dr. Carlos Nicolini, Coordinador del Consejo Multisectorial de Organizaciones Sociales, agradece a todos los que han desarrollado la tarea y hecho las propuestas y el compromiso que asume la Defensoría de tomarlas y llevarlas adelante y el compromiso de todos de impulsar y lograr que las modificaciones se apliquen aún en los casos en que las leyes aunque no reglamentadas, deberían y deben ser cumplidas y son exigibles.

Es de destacar que el Dr. Nató, en un paréntesis de la Jornada, anunció que en la semana que viene se comprometía a crear el Area de Discapacidad en la Defensoría del Pueblo, de acuerdo al clamor de la Asamblea y los responsables del mismo serán la Dra. Isabel Ferreira y el Sr. Carlos Ferreres.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Raúl E. Guinzburg 
15 de Noviembre de 2003


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Breves Pequeñas Noticias

Ahorro de luz

Febo asoma ya sus rayos...

Este verano deberíamos adelantar una hora todos los relojes si el Gobierno decide tomar esta medida para ahorrar energía.

Si los técnicos de la Secretaría de Energía determinan que esta decisión representa para el país un real ahorro energético el gobierno estaría dispuesto a cambiar el actual uso horario. De ser así y teniendo en cuenta que durante los meses de verano los días son más largos, se podría disponer adelantar los relojes de todo el país una hora para aprovechar mejor los rayos del sol y ahorrar energía.

Esta medida no es nueva. Ya se puso en práctica cada verano desde 1930 hasta 1969 (39 años) y desde 1988 hasta 1993 (5 años). Sin embargo durante los últimos diez años ya con los servicios de provisión de energía privatizados, se suspendió. Aunque en estos años que no se implementó el "horario de verano" diez estados provinciales, en desacuerdo, adoptaron una hora distinta a la establecida por el poder central.

Según la Dra. Verónica Starowlansky, de la Administración María L Rodriguez, la incidencia del ahorro de esta medida en los gastos comunes del consorcio es mínima porque sólo afecta el consumo producido por las bombitas de luz y no genera ningún cambio en el gasto derivado por el uso de los ascensores y las bombas que conforman el grueso del componente de la factura de electricidad. Aunque aclaró que puede producir cierto tipo de ahorro en aquellos edificios donde existe un encargado con vivienda al que se le abonan sus gastos de consumo de energía eléctrica.

Mientras que la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios Argentina (Adecua) está recolectando firmas para apoyar el cambio en el horario y Horacio Bersten de Usuarios y Consumidores cree que es posible ahorrar electricidad si se adelanta el reloj en el verano, las empresas Edesur y Edenor dicen que no están ni a favor ni en contra de la medida pero que van a "acatar lo que resuelvan las autoridades",

De seguir avanzando con esta iniciativa, se debería adelantar el reloj una hora con lo cual el sol saldría una hora más tarde y únicamente ese día nosotros dormiríamos una hora menos. Allá por marzo, cuando el verano llegue a su fin y se deba restituir la hora adelantada, recuperaríamos la hora perdida de sueño y el sol volvería a asomar a la hora a la que estamos acostumbrados.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

 

Otra vez cambiaron la forma

de liquidar los sueldos...

...¿y con el viejo programa cómo hago?

Con el Sistema 9041

de las actualizaciones nos ocupamos nosotros


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Cdor. Sebastián H. WolkowiczContesta el Cdor. Sebastián H. Wolkowicz

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Estoy organizando un consorcio

Solicito información 
He realizado un curso de 100 hs. en una escuela que depende de la Educación No Formal de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y me recibí de Administrador de Consorcios. 

Estoy organizando un consorcio de 6 unidades en el que la dueña de una U.F. tiene un comercio donde compró hace muchos años y por esa causa me pidió que me encargara del consorcio. En concepto de gastos por viáticos, llamadas telefónicas y otras cuestiones me abonan 80 $ por mes y yo quisiera inscribirme en el Registro pero no sé cómo proceder y si una vez inscripta debo pagar monotributo porque en realidad no he fijado un honorario y mi designación es por 6 meses hasta que el consorcio tenga en regla la limpieza del tanque, los matafuegos y designación de letrado para un juicio por cobro de expensas a un deudor de hace 2 años. 
Espero respuesta. 
Muchas Gracias. 
Alicia 
(7/11/2003)

Estimada ALICIA:

Es requisito para inscribirte en el Registro presentar constancia de inscripción en la AFIP (en tu caso comprobante de inscripción en el monotributo). y además debes completar los siguientes pasos:
Presentar en ESMERALDA 340 el Formulario de Inscripción (Solicitud de Inscripción - Ley 941) adjuntando la siguiente documentación:

La mencionada constancia de inscripción ante la AFIP, Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (Tucumán 1353 de 7:30 a 19), un informe expedido por el Registro de Juicios Universales (Talcahuano 550 - Subsuelo), si es una persona jurídica la copia del contrato social y/o acta de designación de autoridades y un poder. Por otra parte podrás (en forma voluntaria y sin obligación) adjuntar títulos de cursos de capacitación realizados y sus títulos o matrículas profesionales. 

El Art. 2º y 3º del Decreto 706 que reglamenta la Ley 941 establece taxativamente que "se entiende que hay administración onerosa cuando el desempeño de la administración de un consorcio de Propiedad Horizontal es efectuado a cambio de una contraprestación, sea ésta en dinero o en especie." y que "la administración gratuita sólo podrá ser desempeñada por los copropietarios que residan en el inmueble administrado o que posean en el mismo la sede principal de sus negocios."

Si no estás incluida dentro de estas definiciones la Ciudad de Buenos Aires entiende que estás realizando una actividad onerosa y que quedás encuadrada en las generales de la Ley 941 quedando obligada no sólo a inscribirte al registro sino también en la AFIP a los efectos de poder facturar tus honorarios. 

Si tu administración será "no onerosa", vivis en el edificio o es la sede de otros negocios no hace falta que te inscribas ni en la AFIP ni en el Registro Público de Administradores y podes, contra los comprobantes correspondientes, recibir del consorcio el reintegro total por los gastos que hubiera demandado tu gestión.

A la espera de que estas aclaraciones y sugerencias te sean de utilidad, te saluda atte.

Sebastián H. WolkowiczEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Contador Sebastián Wolkowicz es contador y administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema y cualquier consulta que se desee se le puede hacer escribiéndole al e-mail administracion@estudioshw.com.ar


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El consorcio colocó una reja

Estimados amigos: 

Leo frecuentemente vuestro excelente boletín y observo consultas relacionadas con problemas que se plantean en edificios de propiedad horizontal. 
El problema que nos afecta es el siguiente: somos propietarios de un local en la planta baja de un edificio, con acceso independiente. 
El frente del edificio está retirado cinco metros de la línea municipal, siendo ese espacio propiedad del consorcio. El consorcio colocó una reja, sin nuestra aprobación, cerrando ese espacio e impidiendo la normal concurrencia de público al comercio y a acercarse a la vidriera. 
A pesar del daño que nos ocasionan se ofreció al consorcio mantener la reja con la condición de que las puertas permanezcan abiertas de 8 a 21 horas todos los días del año, negándose sistemáticamente una mayoría de los copropietarios. Quieren que la reja permanezca abierta en los horarios de encargado únicamente y sábados, domingos y feriados cerrada permanentemente.
¿Es legal colocar un impedimento de estas características cuando existe un local comercial? 
A la espera de sus comentarios, los saluda atentamente 
Carlos A P

(21/10/2003)

Estimado Carlos:

En fecha 23/06/2003 Vd efectuó una pregunta similar a la presente, con la diferencia que aún no habían colocado la reja en cuestión.

En su momento le aconsejé que intimara al consorcio a abstenerse de colocar la reja sin antes convocar a asamblea para tratar el tema, puesto que si esta reja es nueva (es decir, no se pretendió cambiar una reja anterior o parapeto de alguna clase, por otro similar), usted tiene derecho a oponerse puesto que el valor comercial de su local se ve directamente afectado.

Mi pregunta es: ¿Intimó fehacientemente al consorcio como le sugerí?

Si el consorcio se encuentra en Capital, entonces previamente a iniciar un juicio, deberá iniciar la Mediación Prejudicial del Ministerio de Justicia, que resulta obligatoria en casos como el suyo.
De fracasar esta etapa, tiene la vía judicial expedita para iniciar acciones contra el consorcio.

Lo saluda cordialmente,

Dra. Victoria LoisiEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C"


La peor opinión 

es el silencio...

CorreoDeLectores@PequenasNoticias.com.ar

www.umiph.com.ar

Unión de Medios Independientes 

de Propiedad Horizontal


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Ing. Pablo BurnaContesta el Ing. Pablo Burna

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En disconformidad

Si en Asamblea Ordinaria, respecto de una decisión de la administradora que es arbitraria y contraria a la Ley, yo firmo agregando la leyenda "EN DISCONFORMIDAD" 
¿La administradora está obligada a convocar a una nueva Asamblea Ordinaria? 
¿Cómo puedo impugnar la Asamblea?
<Sin firma>
(27/10/2003)

A quien corresponda:

Respecto a la decisión de la ADMINISTRADORA, que sería ilegal, quiero interpretar que la decisión la tomaron los presentes en la asamblea, es decir los copropietarios. Habría que investigar el quórum, las mayorías reglamentarias y en particular el tema tratado dada la supuesta ilegalidad de la decisión. No creo que una administradora decida por los presentes y menos en representación de éstos ilegalmente. Si la decisión es de mayoría correcta reglamentariamente hablando y contraviene una disposición legal vigente, es la administradora quien debe negarse a adoptarla basándose en los fundamentos correspondientes, aunque la mayoría de copropietarios la quiera adoptar. Recordemos que una de las funciones importantísimas de un administrador es asesorar y conducir las decisiones de los copropietarios por el camino de la legalidad. Respecto a la nulidad de una asamblea, ésta se puede requerir cuando no se han observado los requerimientos de quórum, mayorías o aspectos legales y reglamentarios para su sesión. Todo esto debe documentarse fehacientemente para solicitar por carta documento la nulidad de la asamblea y convocar una nueva con los puntos rechazados.

Habría que profundizar un poco más los detalles de tu pregunta para poder sugerirte los pasos a seguir, pero en líneas generales es esto lo que corresponde.

Saludos, atte.

Ing. Pablo BurnaEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Ingeniero Pablo Burna es administrador de consorcios y cualquier consulta que se desee se le puede hacer escribiéndole al e-mail pfburna@yahoo.com.ar


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Dra. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

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Una solución y una pregunta
Hola:

Como siempre (nobleza obliga) mis felicitaciones por el boletín. Lo mejor que leí hasta ahora sobre Propiedad Horizontal.

Primero quiero compartir con Uds.. la solución de un problema que una vez les comenté y que aparentemente no existía: El tema era que al tomar una administración noto que los aportes del encargado habían sido realizados al no. de CUIL del anterior encargado. El anterior encargado había renunciado hacía más de 10 años y fallecido posteriormente. El nuevo encargado que trabajó no recibió nunca ningún aporte ya que iban a la cuenta de la AFJP del otro. El problema era cómo hacer para pasar los aportes de una persona a otra. Además de consultarlos a Uds. lo hablé con varios profesionales y personal de la Afip. Finalmente una contadora de la Afip me dió la solución: Aunque nadie lo crea existe un formulario (el F.933 "Modificación de CUIL incorrecto"). El trámite no es sencillo, además del formulario hay que presentar una serie de documentación respaldatoria (constancias de CUIL, certificación de servicios, etc.) También, y esto es lo más difícil, debe prestar conformidad la persona que recibió los aportes incorrectamente. En mi caso tuve que presentar el certificado de defunción. Bueno espero que les pueda ser útil si alguien llega a tener la misma situación.
Ahora la consulta:
Un encargado se jubila habiendo trabajado en un Edificio de 35 unidades con la categoría encargado permanente. Teniendo en cuenta las características del Edificio, el consorcio considera que no le es necesario tener un empleado de 8hs. por un trabajo que se podría realizar (y en la práctica se venía realizando) perfectamente en 2hs. durante 3 o 4 días a la semana. Reitero y resalto que las características del edificio no justifican un "encargado" (pocos espacios comunes, la mayoría de las unidades permanece sin moradores durante la mayor parte del año, no hay servicios centrales que atender). El trabajo a realizar es únicamente la limpieza de los palieres y vereda. La consulta es si el consorcio puede tener en vez de encargado a personal de limpieza bajo la figura de personal jornalizado no más de 18hs. a pesar de tener más de 25 unidades. El tema lo charlé con gente del sindicato (con la que tengo buenas relaciones) pero me advirtieron que podían llegar a iniciar juicio por categorizar mal al empleado siendo obligatorio la figura de encargado cuando hay personal en un edificio de más de 25 unidades y que lo contrario constituye un fraude laboral. Por lo que leí (leyes, decreto y convenio) no hay nada que avale la postura del sindicato. De todas formas supongo que lo más prudente será documentar la situación laboral en el contrato de trabajo y en el libro de órdenes. No se si uds. conocen algún caso parecido, alguna jurisprudencia o algo en la parte legal que se me haya escapado. Otro tema sería qué pasa si hay vivienda. En este caso no la hay, pero ¿si la hubiera? ¿puede el personal jornalizado habitarla? o ¿el consorcio alquilarla?
Como siempre muchas gracias y hasta pronto.
Claudio M
(7/11/2003)

Estimado Claudio: contra lo que le ha informado el sindicato, considero que no es cierto que contratar personal para realizar tareas de limpieza por un conjunto horario inferior a las veinte horas semanales constituya fraude laboral y que resulte obligatorio para el consorcio designar un encargado que asuma esas y todas las demás tareas propias de esa función en reemplazo del anterior que se jubiló (o renunció o fue despedido). No existe ninguna norma que así lo establezca y al respecto resulta clara la letra tanto de las leyes 12.981 y 13.263, del decreto 11.296 como de la convención colectiva nº 398/75. Aquella posición revela un concepto abusivo y hegemónico sin sustento legal. 

Sin perjuicio de lo expresado, es importante tener en cuenta una figura discutida del derecho laboral, respecto de la cual no existe la denominada jurisprudencia pacífica, es decir, una casi unánime posición de los tribunales a su respecto. Y esta figura es la del encargado no permanente, que es aquél que con un horario diario de cuatro horas continuas cumple las tareas propias del encargado, consistentes en la atención y cuidado generales del edificio entre las cuales se incluye las de limpieza. 

En consecuencia, si la intención del consorcio es contratar personal para realizar tareas de limpieza con un horario semanal que no supere las diecinueve horas, puede hacerlo sin necesidad de designar un encargado permanente o no permanente, es decir, un empleado cuyas características necesariamente deben consistir en la atención y cuidado generales del edificio con exclusividad, permanencia y habitualidad y en horarios diarios continuos de ocho o cuatro horas, según el caso. 

Teniendo en cuenta estas advertencias, pueden Uds. entonces contratar personal tal como pretenden.

Lo saludo cordialmente.

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a jorgearmandomaldonado@hotmail.com o comunicarse con él a los teléfonos 4672-2043 y (15)4169-4574.


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Menú a elección 4 personas


(*) El mail debe ser dirigido a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. Todos los premios están sujetos a las condiciones impuestas por la empresa Solo Premios. Los premios gastronómicos pueden no incluir derecho al espectáculo (si lo hubiera) que en general tiene un cargo mínimo, uso del servicio, postres o bebidas y pueden tener una consumición mínima de una gaseosa o agua mineral por invitado. Los términos del premio están detallados con valores en el reverso de cada tarjeta de invitación y son inapelables por no depender de la producción de Pequeñas Noticias. Estos premios están auspiciados por www.administradoresPH.com.ar. Los premios se entregarán en las oficinas de Pequeñas Noticias a todos los participantes con domicilio en Capital Federal y Gran Buenos Aires y por correo postal a nuestro cargo a los habitantes del interior del país. En caso de inconvenientes con un premio determinado por razones ajenas a la producción de Pequeñas Noticias se canjeará por otro similar de sus mismas características no dando lugar a reclamo alguno. La participación en este sorteo implica la aceptación de las condiciones del mismo.


Rincón Solidario

Sr. León R. EstrugoContesta el Adm. León Estrugo

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Obligación de tener administrador

¿La ley establece la obligación de tener administrador en un consorcio?

Si el administrador renuncia: ¿Se infringe alguna ley en caso de no nombrarse uno nuevo?

Silvina A

(7/11/2003)

Estimada Silvina A.

En lo que respecta a propiedad horizontal, se rige por la Ley 13512 y su decreto reglamentario, y en Capital Federal se le adiciona la ley 941 y su decreto reglamentario.

En referencia a tu pregunta "si la ley establece la obligación de nombrar un administrador", te respondo con el articulo 9 inciso a) de la ley, que dice textualmente: "Designación de un representante de los propietarios, que puede ser uno de ellos o un extraño, que tendrá facultades para administrar las cosas de aprovechamiento común y proveer a la recaudación y empleo de los fondos necesarios para tal fin. Dicho representante podrá elegir al personal de servicio de la casa y despedirlo.

Este artículo es en referencia a la constitución del consorcio y los elementos que debe contener el reglamento de copropiedad y administración.

El artículo 11 dice textualmente: "el representante de los propietarios actuará en todas las gestiones ante las autoridades administrativas de cualquier clase, como mandatario legal y exclusivo de aquellos. Está además obligado a asegurar el edificio contra incendio."
De la lectura de le ley podemos deducir que todo consorcio, debe tener un administrador, que es quien va a ser no solo el que desempeñe la función de administrar, sino también el representante legal del mismo.

En la segunda parte de tu pregunta, nos consultas si se infringe una ley, si no se nombra administrador, ante la renuncia del mismo.

Los propietarios en su conjunto no son los representantes legales del consorcio, y el edificio o consorcio de copropietarios, al no nombrar un nuevo administrador, se quedarían sin un representante legal y no tendrían las atribuciones, facultades y poderes para las gestiones que fueren necesarias. 

Espero haber aclarado tu inquietud, ante cualquier duda, volve a consultar al Rincón Solidario

León R. EstrugoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Adm. León R. Estrugo es titular de la Defensoría del Consorcista y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466


Listado Completo de Empresas Conservadoras de Ascensores

con permiso anual según el Decreto 578/01 y con permiso provisorio por falta de constancia de habilitación (falencia de la G. C. B. A.)

Listado proporcionado por la D.G.F.O.C.

Empresas Auspiciantes

Empresa

Teléfono

Localidad

Ascensores Elepar SRL

4433-2568

Capital Federal

Logica Electromecanica S.R.L.

4303-7461

Capital Federal

M. S. B. S.R.L.  

4554-5721

Capital Federal

Listado completo de empresas


Correo de Lectores

"NO" queremos mantenerlo como empleado

Sres. Pequeñas Noticias

Aprovecho la oportunidad para saludarlos y felicitarlos por su trabajo.-

Realmente me han cambiado el hábito de los medios días, ya que aprovecho los ratos de almuerzo para leer atentamente el Boletín.- Aunque tratando de evitar que quede cualquier vestigio de alimentos en el teclado (como comenta el Sr. Néstor Pita en el Boletín 178 "Todo bicho que camina").-

Bueno!! Sin más preámbulos les cuento el motivo de la consulta:

A diferencia del lector H.L.P. que en nota publicada en el boletín 189 comenta que quieren seguir manteniendo al encargado que está por jubilarse, ("Queremos mantenerlo como empleado") el caso que planteo es justamente al revés.-

El consorcio no está interesado en continuar la relación laboral.-

Lo que se hizo hasta el momento es notificarlo fehacientemente a fin de que inicie los trámites jubilatorios (esto se realizó un mes antes de cumplir los 65) e informándole que la relación laboral seguirá hasta que le sea otorgado el beneficio o hasta un plazo máximo de 1 año.-

Luego él contestó por telegrama que no tiene los suficientes años de aporte y que tiene que esperar hasta los 70 años (o sea 5 más) para jubilarse por edad avanzada.

En principio, creería que el Consorcio no tiene ninguna responsabilidad de que él no tenga los años de aportes suficientes, en todo caso la relación laboral terminaría al año (pues no le saldría el beneficio jubilatorio).

Es correcto el análisis?

Puede ser obligado el consorcio a mantenerlo en el puesto por 5 años más, hasta jubilarse por edad avanzada??

Desde ya les agradezco mucho la atención, quedando a la espera de su respuesta.-

Cordialmente.-

Ernesto Q.

(14/11/2003)

Estimado Ernesto, es todo un honor para el equipo de Pequeñas Noticias haber modificado la rutina de tus mediodías y ver con qué atención seguís lo publicado en cada uno de los boletines.

Es muy clara tu exposición y, como vos decís, es exactamente lo contrario al mensaje del lector H.L.P. del Boletín 189.

Ernesto, si bien tu análisis con respecto a la responsabilidad del consorcios en los aportes realizados por el trabajador parece lógica, no es tan así.

El empleador, en este caso el consorcio de copropietarios, no puede intimar al trabajador a que inicie los trámites para su jubilación pues no está en condiciones de poner a su disposición toda la documentación necesaria para que él inicie dichos trámites.

Es muy importante a la hora de tomar a alguien como empleado, hacer un chequeo de su situación con respecto a los aportes y contribuciones para cuando en un futuro llegue la hora de su jubilación. Sé que estarás pensando que esta recomendación no tiene mucho sentido a esta altura y que es tarde, pero deberás tenerla en cuenta para el futuro.

En el caso planteado por vos y al faltarle años de aporte, según lo dice el trabajador, quedaría averiguar cuántos años son los faltantes y analizar si es posible y viable acojerse a una moratoria para ponerse al día con los aportes o esperar, como vos decis en el mail, a que cumpla los 70 años y jubilarse por edad avanzada.

Como verás no hay muchas alternativas para elegir, son temas delicados con los cuales hay que ser muy previsor en el momento de tomar un nuevo trabajador porque el tiempo pasa mucho más rápido de lo que uno cree y los detalles que quizá en un determinado momento no revestían de importancia ahora son vitales y bastante engorroso de corregir.

Contanos cómo se va resolviendo este tema ya que muchos lectores se encuentra en tu misma situación o muy parecida y te enviamos un fuerte saludo y mucha suerte.

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Avisos Clasificados

EMPLEO - OFRECIDO

ADMINISTRATIVA CONTABLE - Silvina Noto - Teléfono: 4586-0466 - E-mail: notosilvina@argentina.com

EMPLEADA ADMINISTRATIVA - Amplia experiencia - Salazar Laura Amelia - Teléfono: 4752-1343 de 8 a 17 hs. - E-mail: lauraamelias@yahoo.com.ar

ATENCIÓN AL CLIENTE - Amplia experiencia - Mi disponibilidad es full time, soltera sin hijos y sin compromisos, virtudes que tengo me adapto muy bien al trabajo, pongo mucho esmero - Paz Emilia - Mensajes al teléfono 4200-7199 de 16 hasta medianoche - E-mail: paz_emilia@yahoo.com.ar

ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS - soy recién recibida, en administración de consorcios y me ofrezco para pasantía en una administración. horario disponible de 14 a 19 hs. - Marisa Berretta - Teléfono: (011)-4631-9528 después de 14hs. - E-mail: berrettas@hotmail.com

ENCARGADO o SUPLENTE - matrimonio sin hijos con experiencia y referencias se ofrece como encargado o suplente y/o franquero para edificios de vivienda u oficinas. Conocimiento de manejo, electricidad, pintura José Pedro Leguizamón - Teléfono: 4981-2994 todo el día - E-mail: cemdgi@yahoo.com.ar

PASANTIA COMO ADMINISTRADORA DE CONSORCIOS - Soy recién recibida de administración de consorcios y me gustaría hacer alguna pasantía con un profesional de primer nivel para adquirir experiencia, dispongo de horas libres por la tarde y algunos días por la mañana.- Berretta Marisa - Teléfono: 4631-9528 de 10 a 17 hs. - E-mail: berrettas@hotmail.com

RECEPCIONISTA, SECRETARIA, NIÑERA Soy estudiante de psicología, tengo 22 años, y me ofrezco para cualquier ocupación relacionada con el tema o para lo que fue puesto en el ítem anterior - Barbaglia Natalia Soledad - Teléfono: (0221)425-8044 por la mañana - E-mail: natalisky@hotmail.com

ENCARGADO DE EDIFICIO con experiencia como encargado de edificio en Capital Federal durante 3 años - Oficial electricista - Experiencia en pintura y cerámica - Carlos Basilio Ziombra - Teléfono: 4209-9454 de 8 a 20 hs - E-mail: eziombra@hotmail.com

AYUDANTE DE PORTERÍA con experiencia por haber hecho diversas suplencias en diferentes edificios en Capital y Provincia. Referencias Administración Buratti y Administración Peralta - Sr. Bartomeo, Gustavo Horacio - Teléfono: 4790-7368 - Llamar durante el día o dejar mensaje en contestador - E-mail: geachebe@yahoo.com.ar


Correo de Lectores

El trabajador jubilado, su antigüedad y sus vacaciones

La consulta está referida a un trabajador jubilado que reingresa a la actividad en el mismo Consorcio sin mediar cese formal de la relación laboral. ¿Cómo se computa la antigüedad para el pago de la bonificación y para el otorgamiento de los días por vacaciones?

Cristina T.

(14/11/2003)

Estimada Cristina, al parecer el tema de la jubilación del encargado, su reingreso a la actividad o sea seguir trabajando en el consorcio y el cese de la relación laboral por su jubilación parecen ser temas que presentan muchas dudas en los lectores y trataremos de despejarlas. También te invito a leer el correo de lectores del boletín anterior Nº 189 llamado "Queremos mantenerlo como empleado" y también en este boletín, además de tu correo hay otro relacionado con el tema.

Volviendo a tu caso y con respecto a la antigüedad, el artículo 7º de la ley 24.347 incorpora al artículo 253 de la Ley 20.744 un párrafo que dice: "En caso de que el trabajador titular de un beneficio previsional de cualquier régimen volviera a prestar servicios en relación de dependencia, sin que ello implique violación a la legislación vigente, el empleador podrá disponer la extinción del contrato invocando esa situación, con obligación de preavisarlo y abonar la indemnización en razón de la antigüedad prevista en el artículo 245 de esta ley (1 mes del mejor sueldo percibido durante el último año o durante el tiempo trabajado, por cada año de servicio o fracción mayor de 3 meses) o en su caso lo dispuesto en el artículo 247 (Idem artículo 245, pero tomando ½ sueldo).

En este supuesto sólo se computará como antigüedad el tiempo de servicios posterior al cese".

Como decíamos en el mail de la semana pasada no se aclara qué consideraciones hay que tener con el adicional que surge de la antigüedad y que debe abonarse mensualmente al trabajador junto con los haberes correspondientes. De igual manera no aclara nada con relación a las vacaciones del trabajador.

Teniendo en cuenta lo anterior, se le siguen computando los años de antigüedad desde el inicio de la actividad y el mismo concepto se tiene a la hora de abonarle las vacaciones.

No obstante ello, cuando un trabajador jubilado se reincorpora a la actividad el empleador está obligado a informar a la ANSeS esa situación mediante un formulario llamado "Declaración de Reingreso a la Actividad" adjuntándole la fotocopia de la orden previsional. De no cumplir con esta presentación la ley 24.347 preve una multa para el empleador.

También deberá hacer que el trabajador presente una nota, a modo de declaración jurada, en la que informa si es o no jubilado y si es o no pensionado.

Un saludo y mucha suerte.

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Gacetilla de Prensa

"AUTORIDAD Y PODER EN EL CONSORCIO. LA EDUCACIÓN PARA LA
CONVIVENCIA. EL CONSORCISTA Y EL CIUDADANO"

Sobre ese tema y con entrada libre y gratuita, se dictó como todos los segundos lunes de cada mes una clase magistral a cargo de la Fundación Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal el próximo lunes 15 de diciembre, de 10 a 13 horas, en la sede del Defensor del Pueblo de la Nación, Montevideo 1250, Capital Federal.

Las conclusiones de esta conferencia se podrán consultar en el sitio www.ligadelconsorcista.org

Para mayores informes sobre estos evento llamar a los teléfonos:

4811-9836 ó 4816-5111


Correo de Lectores

Cuadernos Especiales de Asesoría

¿Dónde y cómo puedo conseguir los Cuadernos Especiales de Asesoría que Uds. comentan en la página?

Susana A.

(12/11/2003)

Hola Susana, no me queda claro a qué te referís cuando hablás de los Cuadernos Especiales de Asesoría o en qué lugar de nuestro sitio o boletines los nombramos. ¿Podrás volvernos a escribir y decirnos en qué nota o comentario hablamos de ellos? Amplianos un poquito más dónde lo leíste para poder darte más información.

Un saludo cordial.

CGdeREnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Impuestos

Vencimientos Mensuales

En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principalEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Proveedores de Bienes y Servicios

Avisos destacados

   

En tiempos de crisis

los gastos son fundamentales...

 

....y el Sistema 9041

(para la Administración de Consorcios)

es la solución más eficiente 

y al mejor costo.

 

Beneficios del sistema:


Consultas por pantalla y más de 80 listados con toda la información ingresada al sistema.


Multi-administrador y multi-consorcio
Legajos del personal. Fichas de sueldo. Control de inasistencias, de entrega de ropa reglamentaria, controles médicos, etc...


Ingreso, control de facturas y pago a proveedores. Posibilidad de efectuar la retención del Impuesto a las Ganancias, emisión del comprobante correspondiente, resumen quincenal de las retenciones efectuadas para informar a la AFIP, etc... Control de próximos vencimientos de impuestos, servicios y prestaciones de mantenimiento.
Cuenta corriente consolidada de proveedores.


Opción de cambiar para uno o más propietarios, el interés por mora, entre dos períodos.


Cuenta corriente de propietarios.
Control del saldo de caja y financiero a través del detalle de sus movimientos para cada consorcio y consolidado. Registro de provisiones y deducciones.
Emisión de los libros obligatorios en hojas móviles: Libro de Caja (Administración) y Libro de Sueldos (Ley Nº 20.744, Art. Nº: 52).
Balance entre períodos de egresos, ingresos y movimientos de fondos, detallados ó resumidos, clasificados por rubro o concepto.


Control de ingreso y restricciones a los diferentes módulos que componen el sistema por medio de claves de usuario y niveles de acceso.
Seguimiento y control de obras y reparaciones que se realizan en cada consorcio.

Liquidación de sueldos y jornales, vacaciones, aguinaldos, asignaciones familiares, antigüedad, etc... Posibilidad de imprimir los comprobante en formulario preimpreso.


Detalle de todos los trabajos realizados para cada unidad entre dos períodos. 
Confección de la liquidación mensual, la distribución de gastos y el estado financiero por pantalla y en forma impresa.


Impresión de los recibos de expensas con único vencimiento, con segundo vencimiento con recargo ó en dos cuotas. Opción de impresión en papel blanco o formulario preimpreso.
Control exhaustivo de la composición del saldo de los propietarios, posibilidad de calcular el interés de la deuda de más de una forma, cobranza rápida, cobranza de deuda y cobranza adelantada.


Registro de obras y reparaciones pendientes y finalizadas en lugares comunes y particulares.
Registro de las actas comunes y extraordinarias con su texto completo.
Emisión y control de cartas documento e índice telefónico.
Posibilidad de diferentes configuraciones de acuerdo a las preferencias o necesidades de cada consorcio.


Seguimiento y control de los seguros del consorcio.


Auditor de datos con control de errores lógicos.

Seguimiento y control de los juicios del consorcio (en construcción)


Gral. César Díaz 2761

(1416) Capital Federal

Argentina

Teléfono/Fax: 4581-3906

Móvil: (15)4449-8137

Pagers: 4527-7674/6669


Boletín de Pequeñas Noticias

para la administración de consorcios

Número de Edición: 190

Fecha de publicación: 17 de Noviembre de 2003

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Columnista especial: M Fabiana Lizarralde

Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Sr. Raúl Guinzburg, Cdor. Norberto Wilinski y Dr. Marcelo Moggia.

Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina

Teléfono/Fax: 4581-3906

Móvil: (15)4449-8137

Radios: 4527-7674 y 4527-6669

E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar

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