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Boletín  de  Pequeñas  Noticias

la comunidad consorcial como espejo de la sociedad

Miércoles 19 de Setiembre de 2007 - Nº: 329

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El Boletín de Pequeñas Noticias fue preparado para una visión óptima con una resolución de pantalla de 1024 x 768 pixeles.

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Dr. Cristóbal Orlando Ruano, ex secretario de la CAPHyAI y candidato de la oposición en las elecciones de noviembre del 2006.Dr. Cristóbal Orlando Ruano

Si hubiera negociado hoy sería presidente

El ex candidato de la oposición de la CAPHyAI, Dr. Cristóbal Ruano, aseguró que en las últimas elecciones no quiso negociar con la actual comisión directiva Destacó que no lo hizo porque creía que debía haber un cambio profundo dentro de la institución Advirtió que si las puertas de la CAPHyAI antes estaban entreabiertas, ahora se van cerrando del todo Reflexionó que durante la campaña no supo transmitir el mensaje o quizás los socios no le creyeron por haber formado parte del consejo durante 12 años.

[BPN-19/09/07] "No quise negociar de ninguna manera. Si hubiera querido negociar, a lo mejor, hoy era el presidente de la cámara pero no lo hice porque estaba convencido de que tenía que haber un cambio", aseguró el Dr. Cristóbal Orlando Ruano. El ex secretario de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y candidato a presidente en las últimas elecciones de la entidad, aseguró que si –en mayo de 2006- decidió encabezar una lista de oposición...

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Morosos por expensas

Chispitas sobre el nuevo registro

Administradores y propietarios coincidieron en que hay que analizar con sumo cuidado el uso de la base de datos de morosos por expensas que creó Globinfo Advirtieron que es difícil comprobar la veracidad de los datos El Adm. Mario Bernetti subrayó que solo denunciaría a un consorcista moroso si cuenta con el apoyo de la asamblea.


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Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.Dr. Osvaldo Loisi

Consorcistas incomunicados

La Fundación Liga del Consorcista consideró que todos los consorcios deberían contar obligatoriamente con un espacio de reunión y esparcimiento para los consorcistas Argumentó que han comprobado que alrededor de un veinte por ciento de las consultas recibidas corresponden a problemas originados en la incomunicación.


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Dr. Jorge Fidalme: "la Ley 941 tuvo en cuenta más la honestidad que la idoneidad".ICI-CIA

Jornadas abiertas y gratuitas

El Instituto de Capacitación Inmobiliaria de la CIA organizó un ciclo de jornadas gratuitas sobre "Administración de Consorcios" Serán nueve encuentros en el que diversos especialistas disertarán sobre una amplia variedad de temas.


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Construcción: ¿Una avalancha de pedidos?.Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Postergan la limitación a las construcciones

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires postergó para julio de 2008 los certificados obligatorios para construir Si bien el Ejecutivo aprobó la ley que garantiza que nuevos edificios no perjudicarán la infraestructura de servicios, las empresas constructoras tendrán casi un año para presentar sus proyectos sin cumplir estos requisitos.


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Fabiana LizarraldeSueldos Septiembre/07

Casi todo bajo control

En este vuelve a la tranquilidad En lo que queda del año los básicos de bolsillo y los adicionales se mantendrán según la escala vigente al mes de Agosto de 2007 Habrá que modificar el importe de las asignaciones familiares con sus topes y tener en cuenta que la doble indemnización quedó sin efecto aunque a la fecha todavía no se publicó Ninguna de estas últimas novedades han sido publicadas.


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Correo de Opinión

Visiones opuestas e interesadas de un mismo hecho objetivo 

por el Dr. Samuel Knopoff


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Correo de Opinión

La sanción de la Ley 2428 

por la Sra. Teresa Villanueva


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Rincón Solidario

Los hidrantes no preveen agua

Dr. Juan Antonio Costantino


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Rincón Solidario

¿Es indefinido su mandato?

Dr. Jorge Maldonado


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Rincón Solidario

Hay una moto en mi cochera

Dr. Juan Iglesias


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Rincón Solidario

Deuda en cuotas

Adm. Adrián Hilarza


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Rincón Solidario

Trato mas bien tosco

Dra. María Cristina Carrera


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Esta semana los afortunados fueron....

Todos quisieron participar en el fabuloso sorteo de los dos premios de la semana: cenas, almuerzos, espectáculos, mini-turismo, shows, clases de baile árabe.... ¿Ud. habrá tenido suerte....?


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Nosotros

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Consorcistas morosos

Están en el horno

La empresa privada Globinfo creó una base de datos de morosos de expensas FRA sugirió a los administradores que denuncien por este medio a los consorcistas morosos Según esta entidad, a partir de este registro el problema de la morosidad encontraría una solución efectiva En su sitio WEB, Globinfo aclaró que es imposible asegurar la exactitud, vigencia y completitud de la información que se brinda.


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Leg. Fernando Caeiro (Coalicion Civica), aunque observó la ley, finalmente votó a favor.Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Se amplía la vivienda del encargado

La legislatura porteña modificó el Código de Edificación Urbana y todo edificio que conste de quince o más unidades, supere los 800 metros cuadrados o tenga cuatro o más pisos, deberá poseer una vivienda destinada al encargado Como mínimo, la unidad deberá contar con una sala común, dos dormitorios, baño y cocina.


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El Cr. Fernando De Gregorio, asesor de la diputada nacional Stella Maris Córdoba en el programa Hablemos de Consorcios de la Unión de Medios Independientes de Propiedad Horizontal.Dip. Stella Maris Córdoba

Reforma integral de la Ley 13.512

En el programa de radio de UMIPH, Hablemos de Consorcios, el asesor de la diputada Stella Maris Córdoba, Dr. Fernando De Gregorio, adelantó que la nueva Ley 13.512 -en la que está trabajando- tendrá cerca de 40 artículos, será de Orden Público e incluirá, entre otras cosas, la figura del Consejo de Administración Consideró que los propietarios deben participar de los Convenios Colectivos de Trabajo El Dr. Samuel Knopoff en el mismo programa reiteró que los administradores no tienen mandato para representar a los empleadores.


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CAPHyAI

Acuerdo con EDENOR

Los administradores podrán pagar las facturas de EDENOR con cheques propios de la administración Previamente, deberán hacer llegar al gerente comercial de una de las dos sucursales adheridas un listado indicando las direcciones de los consorcios que administra y su número de cuenta en EDENOR Adelantaron que han estado realizando una gestión similar con EDESUR.


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El presidente Néstor Kirchner acompañado por Rafael Bielsa en  el Parque Industrial de Sauce Viejo (29/08/2007).Doble indemnización

Ya puso el gancho

El pasado 10 de septiembre el presidente Néstor Kirchner firmó el decreto para eliminar la doble indemnización y al día siguiente se publicó en el Boletín Oficial.


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Correo de Opinión

Reflexiones sobre "Un freno a los malos administradores" 

por el Sr. Celso Enrique Perez Ciccone


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Correo de Opinión

Un aporte a la reforma de la Ley 13.512 

por el Sr. Celso Enrique Perez Ciccone


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Correo de Opinión

Justicia por mano propia 

por el Sr. Celso Enrique Perez Ciccone


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Correo de Opinión

Horas extras 

por Yolanda D.


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Correo de Lectores

Buscando la Ley 941 (06/09)


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Correo de Lectores

Formularios preimpresos (04/09)


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Impuestos

Vencimientos Septiembre/2007


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Dr. Cristóbal Orlando Ruano, ex secretario de la CAPHyAI y candidato de la oposición en las elecciones de noviembre del 2006.

Dr. Cristóbal Orlando Ruano, ex secretario de la CAPHyAI y candidato de la oposición en las elecciones de noviembre del 2006.

Dr. Cristóbal Orlando Ruano

Si hubiera negociado hoy sería presidente

El ex candidato de la oposición de la CAPHyAI, Dr. Cristóbal Ruano, aseguró que en las últimas elecciones no quiso negociar con la actual comisión directiva Destacó que no lo hizo porque creía que debía haber un cambio profundo dentro de la institución Advirtió que si las puertas de la CAPHyAI antes estaban entreabiertas, ahora se van cerrando del todo Reflexionó que durante la campaña no supo transmitir el mensaje o quizás los socios no le creyeron por haber formado parte del consejo durante 12 años.

[BPN-19/09/07] "No quise negociar de ninguna manera. Si hubiera querido negociar, a lo mejor, hoy era el presidente de la cámara pero no lo hice porque estaba convencido de que tenía que haber un cambio", aseguró el Dr. Cristóbal Orlando Ruano. El ex secretario de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y candidato a presidente en las últimas elecciones de la entidad, aseguró que si –en mayo de 2006- decidió encabezar una lista de oposición fue porque intentó hacer un cambio profundo dentro de la institución: "este consejo no debía continuar; quizás, yo tampoco debía seguir. Si estuve 12 años no soy inocente de nada".

En una entrevista exclusiva concedida a Pequeñas Noticias, el Dr. Ruano –que en seis meses y medio consiguió en las elecciones de noviembre del año pasado la confianza del 38% de los socios de la entidad- reconoció que probablemente no supo transmitir el mensaje o tal vez la gente no le creyó por haber formado parte de la comisión directiva durante muchos años: "deben haberse preguntado cómo este hombre ahora está en desacuerdo, seguro que simplemente quiere la bandita".

A casi un año de la gestión del actual presidente, Lic. Horacio Bielli, el Dr. Ruano consideró que el desempeño de la CAPHyAI "ha sido más o menos parecido a los anteriores. Está la misma gente y la mayoría de los integrantes del consejo directivo son los mismos de antaño, varios de ellos con una antigüedad de 15 o 20 años, como Néstor Pirosanto o Ricardo Pérez Centeno".

Al mismo tiempo, advirtió que si en su momento dijo que las puertas de la CAPHyAI estaban entre abiertas o entornadas, ahora, " ya se van cerrando del todo. No veo convocatoria a los socios". Explicó que la forma de convocar a los asociados no es simplemente distribuir una circular informando que la situación económica de la cámara está mal y que van a armar un plan para mejorar las cosas.

"No me llamó nadie"

"Actualmente, solo soy socio de la CAPHyAI y no pienso convocar a nadie. Desde el 30 de noviembre no me llamó nadie aunque como contrapartida se puede decir que yo tampoco los he llamado", destacó.

Adelantó que no encabezará ninguna lista: "si alguien quiere que yo encabece algo que lo diga, pero creo que ya estoy totalmente olvidado. Nadie me va a pedir que encabece nada. Las instituciones son así. Aunque sea se logró que después de 50 años varios amigos se pusieran nerviosos. Los puse nerviosos y tuvieron que moverse bastante". El ex secretario de la CAPHyAI señaló que si bien en las últimas elecciones no participó demasiada gente, la asamblea no fue invicta: "hubo una derrota digna, la asumo y listo".

Sin embargo, sostuvo que si se presenta una lista de oposición -de acuerdo a las personas que integren esa lista- podría sumarse y acompañarlos. "Mi criterio va a ser no por simpatías personales sino por la trayectoria que tengan y las ideas que impulsen. Esto si se presenta una propuesta, a lo mejor a esta cámara le gusta que siempre haya una lista única", resaltó.

Si hubiera sido presidente

El Dr. Ruano aseguró que si hubiera sido electo presidente de la CAPHyAI inmediatamente hubiera convocado a los socios para escuchar sus propuestas, inquietudes y opiniones.

"Había montones de cosas para hacer pero entre una docenas de iluminados no se puede hacer demasiado[...], aparentemente el actual consejo considera que no necesita para nada de la colaboración de los socios", destacó.

Según él, si no hay convocatoria, no hay masa crítica y explicó que lo que él quería era que se armaran equipos de trabajo y comisiones en las que los socios pudieran decir abiertamente qué iniciativas tenía cada uno, qué era lo que querían y lo que no les gustaba.

El último CCT

En cuanto a la firma del último Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), señaló que él hubiera tratado "de patalear y de pelear un poco más. Hubiera convocado a la gente y hablado con las asociaciones de consorcistas para que vinieran a hacer fuerza y así ver la capacidad de movilización que tienen".

Por otra parte, reconoció que la firma era muy difícil de manejar porque todos los sindicatos pidieron lo mismo de acuerdo a las instrucciones que dio el Gobierno, "con la firma de la cámara o no, ese aumento hubiera salido igual".

"Es una burrada"

El Dr. Ruano, ex presidente de las comisiones "Prensa y Difusión" y "Cursos y Conferencias Estudios Superiores", tuvo a su cargo la publicación de la revista de la CAPHyAI que la nueva comisión directiva decidió dejar de publicar. En diálogo con el medio, subrayó que le parece "una burrada haber suprimido la revista".

Recordó que en su momento cuando la publicación empezó a dar déficit "se tomó el toro por las astas y varios integrantes del consejo se empezaron a ocupar. Se la designó a María Rosa Farcy, el déficit disminuyó y la revista empezó a dar ganancias".

Reiteró que haberla suprimido fue absolutamente una burrada porque "era como un escudo, un símbolo de la CAPHyAI. Fue la primer revista de propiedad horizontal".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides consorciales: el 21/09/06 la Legislatura porteña aprobó los nuevos límites geográficos de las futuras comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Consorcistas morosos

Están en el horno

La empresa privada Globinfo creó una base de datos de morosos de expensas FRA sugirió a los administradores que denuncien por este medio a los consorcistas morosos Según esta entidad, a partir de este registro el problema de la morosidad encontraría una solución efectiva En su sitio WEB, Globinfo aclaró que es imposible asegurar la exactitud, vigencia y completitud de la información que se brinda.

[BPN-19/09/07] Hace unos días, la Fundación Reunión de Administradores (FRA) informó a sus asociados que la empresa Globinfo creó una base de datos de deudores morosos de expensas y sugirió a los administradores que inscriban en ese registro a los consorcistas deudores de los edificios que administran. Según esta entidad, a partir de este registro el problema de la morosidad en los consorcios encontrará una "respuesta especialmente efectiva".

A través de una gacetilla vía mail, les sugirió a los administradores que envíen –sin cargo- la información relativa a sus consorcios para que de esta forma puedan "disminuir la tasa de morosidad, incentivando la conducta responsable y el pago en término de las obligaciones".

Estos datos, a los cuales se puede acceder abonando los 18 pesos que cuesta el informe detallado que suministra Globinfo, permiten conocer cuál es el comportamiento de pago de las expensas. Pequeñas Noticias ingresó al sitio de Globinfo y comprobó que los datos pueden ser ingresados por cualquier persona –sea quien sea- y que al denunciante solo le solicitan el nombre y apellido sin exigir –aparentemente- ninguna prueba de su denuncia.

Personales, comerciales y judiciales

Según informan en su sitio WEB, "Globinfo Argentina es un informe de datos personales, comerciales y judiciales". Éstos –de acuerdo a lo que ellos especifican- son confeccionados de manera artesanal por investigadores y pueden incluir datos como domicilios y teléfonos, fecha de nacimiento del titular, posible estado civil, posibles familiares y vecinos, profesión y/o ocupación, información comercial relativa a AFIP y el Banco Central y juicios comerciales en Capital Federal, entre otros. El costo para obtener un informe sobre "cualquier persona en la República Argentina" es de 18 pesos o 6 dólares.

Los datos a informar

En el caso del registro de deudores morosos por expensas, el denunciante tiene que informar los siguientes datos del propietario moroso y de su unidad: la calle, el piso y la localidad de la unidad, el apellido, DNI y nombre del deudor, la fecha y mora de la deuda. Al mismo tiempo, se le da la posibilidad de escribir las observaciones que crea pertinente al caso.

Del denunciante sólo se exige que escriba su nombre y apellido y que acepte –tildando los casilleros correspondientes- las condiciones del servicio y que actúa por cuenta y orden del acreedor.

Puede que sí, puede que no

En los términos del uso del servicio, Globinfo aclara que el contenido del sitio se encuentra protegido por las leyes de propiedad intelectual y que todos los informes son confidenciales, reservados y no emiten juicio de valor alguno sobre sus contenidos o las personas mencionadas.

A su vez, advierten que el usuario queda comprometido a no utilizar la información para fines maliciosos, ilegales, contrarios a la dignidad de la persona o a derechos de terceros, como ser su privacidad e intimidad, entre otros.

Por otra parte, resaltan que si bien hacen un gran esfuerzo por brindar información significativa y abundante, las personas que utilicen ese servicio aceptan y consienten que "es imposible asegurar la exactitud, vigencia y completitud de la información".

En este sentido, deslindan toda responsabilidad por la inexactitud, o la falta de vigencia o completitud de las informaciones que obtiene y provee, y el usuario renuncia a reclamos de cualquier tipo al respecto, como ser, reintegros de las sumas abonadas, o daños directos o indirectos de cualquier índole.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides consorciales: el 25/09/2004 la Unión de Consorcistas de la República Argentina salió a la calle para hablar cara a cara con los vecinos y conocer sus reclamos.


Morosos por expensas

Chispitas sobre el nuevo registro

Administradores y propietarios coincidieron en que hay que analizar con sumo cuidado el uso de la base de datos de morosos por expensas que creó Globinfo Advirtieron que es difícil comprobar la veracidad de los datos El Adm. Mario Bernetti subrayó que solo denunciaría a un consorcista moroso si cuenta con el apoyo de la asamblea.

[BPN-19/09/07] Después de que Fundación Reunión de Administradores (FRA) sugiriera a los administradores que denuncien en la base de datos de Globinfo a aquellos consorcistas que deben expensas, administradores y propietarios manifestaron su opinión sobre este registro y advirtieron que este tema debe tratarse con sumo cuidado.

Pequeñas Noticias dialogó con el presidente de Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH), Adm. Adrián Hilarza, el administrador Mario Bernetti, la presidenta de Red de Consorcistas Damnificados (RCD), Lic. Evangelina Perri y con la de coordinadora de la Asociación Consorcistas de la Ciudad de Buenos Aires, Teresa Villanueva.

Es de destacar que más allá de utilizar o no esta base de datos, Globinfo advierte -desde su sitio web- que deslinda toda responsabilidad por la inexactitud, la falta de vigencia o completitud de las informaciones que provee <ver nota>.

Sra. Evangelina Perri.

Sra. Evangelina Perri.

RCD

La Lic. Perri consideró que los administradores "no deberían suministrar esos datos a Globinfo. No se si lo van a hacer". Explicó que hay una diferencia entre las deudas por expensas y otro tipo de deudas.

Argumentó que cuando un ciudadano "no es buen pagador de créditos, es adecuado el sistema de control actual como el Veraz o el listado bancario de deudores porque permite que otras entidades bancarias o comercios no le otorguen crédito y así se prevengan nuevos incumplimientos".

Sin embargo, cuando un consorcista no abona sus expensas, "publicándolo en una base de datos no se está cumpliendo con la función de prevención para terceros. El consorcio sabe en forma inmediata que no pagó y tiene las armas legales suficientes para cobrarse dichas expensas".

Adm. Adrián Hilarza.

Adm. Adrián Hilarza.

La presidenta de RCD subrayó que ella no conoce la veracidad de esa base de datos: "nunca la utilice. No sé que datos contiene y si éstos son verdaderos. Creo que la solución de la morosidad está en el consorcio y no en este registro".

AIPH

El presidente de AIPH, Adm. Adrián Hilarza, subrayó que no está de acuerdo "con ningún registro de ese estilo, así como tampoco estuve de acuerdo con la base de datos de administradores que pretendía armar la Federación Argentina de Consorcios (FAC)".

Argumentó que el uso y el destino que se le puede dar a este tipo de registros es peligroso y que hay otros medios para evaluar si una persona es confiable o no: "yo no veo cuál es el beneficio para el consorcio".

A su vez, el Adm. Hilarza aseguró que de ninguna manera "cargaría los datos de mis morosos en ese registro. No estoy de acuerdo con ninguna de esas cosas. Esas prácticas hay que dejarlas de lado, hay que buscar otras modalidades que sean más productivas".

Lic. Mario Bernetti.

Lic. Mario Bernetti.

Mario Bernetti

El Adm. Bernetti –socio de la CAPHyAI- destacó que es un tema que debe tomarse con mucho cuidado y que el administrador que quiera registrar a un consorcista, antes de hacerlo, debería estar respaldado por una asamblea: "así nosotros deslindaríamos nuestra responsabilidad".

Sra. Teresa Villanueva.

Sra. Teresa Villanueva.

Reflexionó que la creación de este registro puede servir únicamente para el caso de los morosos crónicos: "está bien para los no pagan las expensas a propósito. Yo tengo gente que espera a tener sentencia de remate y recién ahí ponen la plata. Son caprichos".

Sin embargo, subrayó que hay otros propietarios que momentáneamente están imposibilitados de pagar. En este sentido, consideró que habría que fijar una categoría porque éstos no deberían incluirse debido a que habitualmente cumplen con los pagos. "No puedo denunciar a una hombre que no pagó las expensas por un mes. Yo solo denunciaría al que especula", reiteró.

Al mismo tiempo, explicó que habría que estudiar muy bien el tema dado que el hecho de que figuren en un registro puede llegar a ocasionarles serios problemas como por ejemplo que no puedan sacar un crédito.

ACCABA

Para la coordinadora de ACCABA, la Sra. Villanueva, la creación de esta base de datos es invasiva: "quieren revisarnos y meterse en nuestra vida. Es un atropello tremendo".

Por otra parte, advirtió que no sabe si está permitido jurídicamente crear este registro y dar información privada de los consorcios tal como lo está haciendo empresa. Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides consorciales: el 28/09/2004 un consorcio del barrio porteño de Villa Luro realizó el primer piquete consorcial en repudio a una medida cautelar que amparaba a su anterior administrador.


Leg. Fernando Caeiro (Coalicion Civica), aunque observó la ley, finalmente votó a favor.

Leg. Fernando Caeiro (Coalicion Civica), aunque hizo una observación a la ley, finalmente votó a favor.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Se amplía la vivienda del encargado

La legislatura porteña modificó el Código de Edificación Urbana y todo edificio que conste de quince o más unidades, supere los 800 metros cuadrados o tenga cuatro o más pisos, deberá poseer una vivienda destinada al encargado Como mínimo, la unidad deberá contar con una sala común, dos dormitorios, baño y cocina.

[BPN-19/09/07] Finalmente, la Legislatura porteña aprobó la modificación del artículo 4.8.8 del Código de Edificación. De esta forma, todo edificio que conste de quince o más unidades, supere los 800 metros cuadrados o tenga cuatro o más pisos, deberá poseer una vivienda destinada al encargado del edificio que cuente como mínimo de una sala común (o comedor), dos dormitorios, baño y cocina.

La ley fue aprobada el pasado 30 de agosto luego de ser tratada en el recinto el 19 de octubre de 2006 que mediante el Decreto Nº 04-PSP-2007 convocó a una Audiencia Pública para el día 14 de marzo de 2007 donde -según las manifestaciones de los participantes- las opiniones fueron positivas.

A partir de esta modificación, la vivienda del encargado deberá contar con los mismos servicios centrales, de confort y necesidad que las restantes unidades sin perjuicio de la obligatoriedad que se establece en el Art. 4.8.2.1., y en ningún caso podrá tener más ambientes que la unidad funcional de mayor tamaño.

El proyecto de ley fue impulsado por la legisladora Sandra Bergenfeld con el objetivo de encontrar una solución a la necesidad habitacional de los encargados en lo que respecta a la superficie mínima y debido a que la mayoría suele tener familias con hijos. La legisladora tuvo en cuenta que la dimensión mínima que establecía el Código de la Edificación para la vivienda era de 30 m2 y la obligatoriedad era de sólo un dormitorio. "La mayoría de los encargados tienen familias con hijos, lo que significa que comparten los espacios comunes con los de dormir, provocando hacinamiento, atentando contra la dignidad de los trabajadores y lesionando su rendimiento laboral. Por ello considero necesario e imprescindible la ampliación de sus viviendas, elevando el metraje de las mismas en 10 metros cuadrados llevándolas de 30 m2 a 40 m2", argumentó.

La norma rige para los edificios que se construyan en la ciudad con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley. El Despacho 419 de segunda lectura contó con una observación del diputado Caeiro y el resultado de la votación fue sobre 40 votos emitidos, 39 votos a favor y uno -del legislador Enríquez- en contra.

Por otra parte, se incorporó una cláusula transitoria en la que se fijó que esta ley "no será aplicable a las solicitudes de permiso de obra en trámite".

La observación de Caeiro

El legislador Fernando Caeiro observó –aunque finalmente votó a favor - que esta modificación en el Código de Edificación, implica un mayor costo en el mantenimiento de los inmuebles afectados debido a que se verán incrementadas las cuotas que deben pagar tanto los propietarios como los inquilinos en concepto de expensas por sus respectivos departamentos.

"No debe dejarse de señalar que estos incrementos se sumarán a los ya elevados costos de vida que los vecinos, sobre todo los de bajos recursos económicos, deben afrontar", subrayó Caeiro. Teniendo en cuenta esto, propuso que es necesario que "se estudien alternativas para evitar que este nuevo perfil edificable termine perjudicando las economías de los habitantes de los edificios involucrados. Por todo lo expuesto, y a fin de que sean contemplados los puntos señalados, solicito la vuelta a Comisión del siguiente despacho".

El pedido del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo

En el recinto, el presidente de la comisión, el diputado Álvaro González, leyó las sugerencias recibidas por parte del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo. La primera sugerencia planteada fue que en el caso de edificios que superen los 800 metros cuadrados, esta superficie debe ser computable para el parámetro FOT, Factor de Ocupación Total.

En cuanto a las dimensiones de la vivienda del encargado, subrayaron que debería considerarse la tipología de la unidad del edificio a construir permitiendo, por ejemplo, que en edificios cuyas unidades sean de uno o dos ambientes, la vivienda del encargado pueda reunir las mismas condiciones de dichas unidades. Estas sugerencias fueron incorporadas al Artículo 1º del despacho en discusión.

Por último, este consejo también sugirió que si bien es cierto que las normas rigen para el futuro, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2° y 3° del Código Civil, para evitar cualquier resquicio legal, se incorpore un Artículo 3° que norma lo siguiente: "Lo dispuesto en esta ley rige para las construcciones que se realicen a partir de la entrada en vigencia de la presente, que será a los 60 días corridos, contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires".

Enríquez se opuso

El único legislador presente que se opuso fue Enríquez. Argumentó que así como cuando el proyecto se trató en primera lectura votó en contra, tanto los argumentos esgrimidos en las observaciones como los que fueron aceptados por la comisión no conmueven su posición como para un cambio en la votación.

Argumentó que su voto negativo no significa estar en contra de una reivindicación sectorial para el gremio de encargados de edificios de rentas.

Hubo Quórum

La ley fue aprobada por: Acuña, Araujo, Baltroc, Bergenfeld, Blasco, Borrelli, Caeiro, Centanaro, De Estrada, Destéfano, Devoto, Di Filippo, Failde, Farías Gómez, García, Godoy, Gómez, González, Gramajo, Herrera Bravo, Hourest, Kravetz, Majdalani, Meis, Melillo, Morando, Olivera, Olmos, Onega, Peña, Polimeni, Rebot, Saya, Smith, Suppa, Talento, Talotti, Urdapilleta y Vitali. Se agregan los votos de los diputados Rabinovich y Gramajo.

Los legisladores que no votaron esta ley por estar ausentes o no haber dado quórum fueron: Daniel Amoroso (Juntos por Buenos Aires) Héctor Pastor Bidonde (Bloque del Sur), Fernando Alfredo Cantero (Autonomía con igualdad), Silvia La Ruffa (Frente para la Victoria), Carlos Lo Guzzo (UCR), Marta Gabriela Michetti (Frente Compromiso para el Cambio), Sergio Gabriel Molina (Bloque del Sur), Laura Moresi (Frente Progresista y Popular), Dora Matilde Mouzo (Juntos por Buenos Aires), Noemí Flavia Oliveto (AyL Cambio Popular), Liliana Parada (Coalición Cívica), Alberto Pérez (Frente Para la Victoria), Gerardo Romagnoli (Autodeterminación y Libertad), Diego Santilli (Juntos por Buenos Aires), Oscar Zago (Juntos por Buenos Aires) y Jorge Antonio San Martino (Recrear).Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides: El 20 de septiembre es el  Día Nacional del Caballo


Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

Dr. Osvaldo Loisi

Consorcistas incomunicados

La Fundación Liga del Consorcista consideró que todos los consorcios deberían contar obligatoriamente con un espacio de reunión y esparcimiento para los consorcistas Argumentó que han comprobado que alrededor de un veinte por ciento de las consultas recibidas corresponden a problemas originados en la incomunicación.

[BPN-19/09/07] "Cuesta creer que al diseñar la ley, nuestros legisladores hayan previsto, por ejemplo, una vivienda destinada a portería y no hayan pensado que tanto o más importante para la Propiedad Horizontal es la necesidad de contar obligatoriamente con un espacio de reunión y esparcimiento de sus moradores", destacó el presidente de la Fundación Liga del Consorcista (LCPH), Dr. Osvaldo Loisi, el viernes 14 a las 14:30 en la Universidad del Museo Social.

Si bien subrayó que muchas nuevas construcciones prevén la necesidad de construir en esos edificios un salón de usos múltiples, abriendo la posibilidad de fomentar en ellos algún tipo de actividad social, "la mayoría de las construcciones de cierta antigüedad carecen de esa facilidad".

Según esta entidad, han comprobado que alrededor de un veinte por ciento de las consultas que reciben corresponden a problemas originados en la incomunicación que padecen las personas mayores de cincuenta años que habitan solas en departamentos.

"Ni el encontrarse ocasionalmente en pasillos y ascensores, ni la necesidad de reunirse periódicamente en asambleas para discutir temas inherentes al edificio común y su administración son motivos suficientes para que la gente se conozca y trabe relaciones humanas saludables", reflexionó el Dr. Loisi.

El costado negativo de la PH

Durante la conferencia, señaló que a través del tiempo, el régimen de Propiedad Horizontal evidenció un costado negativo en la medida en que "la convivencia en esos edificios es, por lo general, bastante precaria, con una carencia casi absoluta de sentido comunitario de sus moradores".

Es más, aseguró que las personas mayores que viven solas sufren por lo general, determinadas perturbaciones psíquicas que surgen de la soledad y la incomunicación: "un tipo de patología aún no registrada en forma específica, producto de una deficiencia social enmascarada detrás de aparentes ventajas".

El Dr. Loisi advirtió que salvo raras excepciones, las personas que viven en propiedad horizontal, pese a compartir un mismo techo, un mismo terreno, encontrarse diariamente en los ascensores y pasillos, "no se conocen, no se tratan, ni conviven en el sentido humano de la palabra. Curiosamente, aunque se supone que el compartir espacios, servicios y cargas comunes debiera ser motivo de acercamiento entre las personas, en realidad no lo es".

Recordó que cuando apareció la ley, su abuelo le decía que más allá de las evidentes e innegables utilidades económicas y sociales que la Propiedad Horizontal prometía, "la independencia que era evidentemente una ventaja, aislaba a las personas al privarlas del trato diario a que las obligaba el antiguo régimen de inquilinatos".

Sostuvo que a la sociedad consorcial lo que le hace falta son "genuinas relaciones de vecindad" debido a que por ciertas razones ocultas "de raíces probablemente históricas y sociológicas, las personas que adquieren un departamento o un local desean el máximo de privacidad, aún a costa de desentenderse de la suerte del patrimonio común".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides: El 21 de septiembre es el Día de la Primavera y el Día Internacional de la Paz


El Cr. Fernando De Gregorio, asesor de la diputada nacional Stella Maris Córdoba en el programa Hablemos de Consorcios de la Unión de Medios Independientes de Propiedad Horizontal.

El Cr. Fernando De Gregorio, asesor de la diputada nacional Stella Maris Córdoba en el programa Hablemos de Consorcios de la Unión de Medios Independientes de Propiedad Horizontal.

Dip. Stella Maris Córdoba

Reforma integral de la Ley 13.512

En el programa de radio de UMIPH, Hablemos de Consorcios, el asesor de la diputada Stella Maris Córdoba, Dr. Fernando De Gregorio, adelantó que la nueva Ley 13.512 -en la que está trabajando- tendrá cerca de 40 artículos, será de Orden Público e incluirá, entre otras cosas, la figura del Consejo de Administración Consideró que los propietarios deben participar de los Convenios Colectivos de Trabajo El Dr. Samuel Knopoff en el mismo programa reiteró que los administradores no tienen mandato para representar a los empleadores.

[BPN-19/09/07] Hace más de tres meses que la diputada nacional tucumana Stella Maris Córdoba (Frente para la Victoria) está trabajando en un proyecto para modificar en forma integral la Ley 13.512. En una entrevista concedida al programa de radio Hablemos de Consorcios de la Unión de Medios Independientes de Propiedad Horizontal (UMIPH) –que se trasmite todos los viernes por AM 1710 a las 17 hs.- su asesor, Dr. Fernando De Gregorio, aseguró que esta reforma integral buscará incluir a los propietarios pra que puedan participar de las negociaciones de los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT).

"En las paritarias tienen que estar presentes -ya sea a nivel nacional o provincial- los sectores representativos de los usuarios. Eso ya lo tenemos incluido en la reforma que estamos trabajando", destacó De Gregorio.

Al mismo tiempo, explicó que utiliza la palabra usuarios porque el objetivo es que los inquilinos también tengan la potestad de participar en las asambleas siempre y cuando en el contrato de locación no figure expresamente que no puedan hacerlo.

Por otra parte, el Dr. De Gregorio adelantó que en el proyecto se busca que el administrador "deje de ser persona jurídica para pasar a ser un profesional como se considera a los martilleros". Según él, los administradores deben profesionalizarse y sus honorarios deben ser regulados por el mercado.

Para la confección de este proyecto la diputada le pidió que compile toda la información existente sobre este tema y se estuvo asesorando con una gran cantidad de bibliografía especializada, legislación comparada de otros países y diversos proyectos de ley presentados –en su oportunidad- por otros legisladores.

Las modificaciones

"Lo más urgente es modificar toda la ley. Es esencial determinar y definir qué es un consorcio", subrayó el asesor contable de la diputada por Tucumán y explicó que el consorcio debe ser entendido como un derecho real.

En cuanto a las liquidaciones de expensas, De Gregorio subrayó que se tiene que legislar sobre la transparencia de las liquidaciones de expensas. Para él "las normas IRAM se quedaron en el tiempo" y en su propuesta se exigirán en las mismas más datos y mayor claridad en su presentación.

Por otra parte, analiza crear desde la misma ley la figura del consejo de administración y que –para incentivar la participación- quienes formen parte de éste obtengan un descuento del 20 por ciento en el valor de sus expensas mensuales.

El mandato de los administradores -según este anteproyecto de ley- no podrá exceder los tres años, pasados los cuales la asamblea deberá ratificar su continuidad o nombrar uno nuevo. De todas formas en caso de que su rendición de cuentas o gestión no sea aprobada en la asamblea anual ordinaria su mandato caducaría automáticamente.

FEDECO

Durante el programan de radio, el presidente de FEDECO, Dr. Samuel Knopoff, subrayó que la Ley 13.512 fue una ley útil en su momento: "ha pasado mucha agua bajo el puente y creemos que merece una actualización global. Nosotros venimos trabajando hace bastante tiempo. La modificación fundamentalmente tiene que ser del artículo 11".

Según él, la reforma integral o la nueva ley debe ser producto del consenso de todas las asociaciones de consorcistas. Explicó que los administradores son los representantes legales a los efectos administrativos pero "no para representar a los consorcios en los convenios colectivos. Es un mandatario y en consecuencia debe cumplir el mandato que le dan sus mandantes".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides: El 22 de septiembre de 1875 se inauguró en la Argentina la comunicación telegráfica.


Dr. Jorge Fidalme: "la Ley 941 tuvo en cuenta más la honestidad que la idoneidad".

Dr. Jorge Fidalme: "la Ley 941 tuvo en cuenta más la honestidad que la idoneidad".

ICI-CIA

Jornadas abiertas y gratuitas

El Instituto de Capacitación Inmobiliaria de la CIA organizó un ciclo de jornadas gratuitas sobre "Administración de Consorcios" Serán nueve encuentros en el que diversos especialistas disertarán sobre una amplia variedad de temas.

[BPN-19/09/07] El Instituto de Capacitación Inmobiliaria (ICI) de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) comenzó un ciclo de jornadas gratuitas sobre "Administración de consorcios". El primer encuentro, que se realizó el pasado jueves 13, de 9 a 11 hs, contó con la disertación del Dr. Jorge Fidalme que desarrolló el tema "El administrador, derechos y obligaciones".

El acto de apertura estuvo a cargo de los dos directores de estudio del ICI, Manuel Sánchez Liste y Marcela Cordaro. Ambos destacaron que la finalidad de estos encuentros es brindar un servicio a la comunidad consorcial y trabajar diversos temas que hacen a la administración de consorcios.

El ICI informó que se programaron nueve jornadas y que no serán aranceladas. El 18 de septiembre, de 18 a 21 hs, disertará el administrador Mario Bernetti sobre "Práctica contable de las urbanizaciones modernas"; el 25, de 19 a 21 hs, Zielinsky y Menéndez sobre "Riesgos: el seguro y sus aplicaciones"; el 2 de octubre, de 19 a 21 hs, el Dr. Lerner y el Cdor. Baratieri sobre "Impuestos"; el 11 de octubre, de 9 a 11 hs, la Dra. Diana Sevitz sobre "Mediación y arbitraje"; el 23 de octubre, de 19 a 21 hs., la Cra. Liliana Corzo sobre "Bases para auditar una administración de consorcios"; el 8 de noviembre, de 9 a 11 hs., los arquitectos Alonso y Pinto sobre "Evaluación diagnóstica y patologías edilicias"; el 20 de noviembre, de 19 a 21 hs., la Dra. Mónica Risotto sobre "Conflictos laborales" y el 6 de diciembre, de 9 a 11 hs., el profesor Jorge Alonso disertará sobre "Plan de marketing para una administración de consorcios".

Las personas que deseen inscribirse pueden hacerlo llamando al 5031-3333 o vía mail a informesici@cia.org.ar

La idoneidad del administrador

Durante su disertación, el Dr. Fidalme subrayó: "lamentablemente en esta actividad una ley como la Ley 941 -que creó un registro de administradores- tuvo en cuenta más la honestidad que la idoneidad. Sobre esto último sus requisitos para inscribirse son nada".

Consideró que cualquier persona que haga un curso de administración de consorcios, completo y que abarque todas las ramas, "puede administrar con mucha más solvencia e idoneidad que otra que hace muchos años viene trabajando, a lo mejor de buena fe, desde el error".

Según él, por falta de capacitación, muchos administradores no saben cómo solucionar determinados problemas y por este motivo "el consorcista pierde plata miserablemente en juicios".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Gacetilla de Prensa

CGP COMUNAL
PALERMO

14

"RED DE CONSORCISTAS DAMNIFICADOS"

ONG: Personería Jurídica 447/07

Organiza El Taller

"LA CONVIVENCIA EN EL CONSORCIO"

- Hacia la solución de los conflictos en forma integral-

Martes de 18.00 a 20.00 hs

en el C.G.P.Comunal 14 -PALERMO-

Beruti 3325 - Sala " B"

Los interesados se inscriben en el mismo taller

Informes:

Dirección de Desarrollo SocioCultural

4827- 5957 int. 114

Red de Consorcistas Damnificados

E-mail: con_dam@yahoo.com.ar - Tel: 4824 - 5017


CAPHyAI

Acuerdo con EDENOR

Los administradores podrán pagar las facturas de EDENOR con cheques propios de la administración Previamente, deberán hacer llegar al gerente comercial de una de las dos sucursales adheridas un listado indicando las direcciones de los consorcios que administra y su número de cuenta en EDENOR Adelantaron que han estado realizando una gestión similar con EDESUR.

[BPN-19/09/07] A través de una circular vía email, la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) informó a sus asociados que hace unos días tuvieron una reunión con los directivos de la empresa EDENOR S.A. y acordaron que los administradores puedan abonar las facturas de los consorcios con cheques propios de la administración.

Aclararon que este servicio podrá utilizarse tanto para el primero como para el segundo vencimiento en las sucursales de las calles Bulnes 1789 o Guzmán 302.

Para poder pagar las facturas con cheques de la administración, previamente los administradores deberán hacer llegar al gerente comercial de una de las dos sucursales mencionadas, un listado indicando las direcciones de los consorcios que administra y el número de cuenta de Edenor que tiene asignado cada servicio que presta en el edificio, es decir, el que surge de la factura.

Por otra parte, las autoridades de la CAPHyAI adelantaron que también han estado realizando una gestión similar con la empresa EDESUR S.A de la que están esperando una respuesta.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides: El 23 de septiembre de 1778 nació en Buenos Aires Mariano Moreno, secretario de la Primera Junta de Gobierno (1810), fundador de La Gazeta de Buenos Ayres y de la Biblioteca Pública, hoy Biblioteca Nacional.


Construcción: ¿Una avalancha de pedidos?.

Construcción: ¿Una avalancha de pedidos?.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Postergan la limitación a las construcciones

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires postergó para julio de 2008 los certificados obligatorios para construir Si bien el Ejecutivo aprobó la ley que garantiza que nuevos edificios no perjudicarán la infraestructura de servicios, las empresas constructoras tendrán casi un año para presentar sus proyectos sin cumplir estos requisitos.

[BPN-19/09/07] El Gobierno porteño decidió que la norma que obliga a los responsables de las obras a presentar los certificados -otorgados por los servicios públicos- que garantizan que las edificaciones nuevas no afectarán las prestaciones a los vecinos, comenzará a regir recién en julio del año próximo.

Es decir, que las empresas constructoras tendrán casi un año para presentar sus proyectos sin los nuevos requisitos obligatorios.

La ley Nº 2.359 fue presentada por el legislador Álvaro González, presidente de la Comisión de Planeamiento Urbano. La Legislatura la aprobó por primera vez el 7 de diciembre de 2006 y fijó que todos los desarrolladores que quieran construir en cualquier lugar de la Capital deban primero obtener certificados de las privatizadas en los que se asegure que los edificios no perjudicarán la infraestructura de servicios.

La norma –que solo faltaba promulgarse- intentaba dar respuesta a los reclamos de los vecinos que incluso llegaron a hacer diversas presentaciones a la Justicia. El argumento de algunas de las organizaciones vecinales es que una mayor cantidad de habitantes podía hacer colapsar los servicios y el tránsito.

Si bien el Ejecutivo promulgó la norma, en vez de decir que el requisito de los certificados rija desde ahora, dispuso que esté vigente a partir del 1º de julio de 2008. "Es lo que plantea el Código de Edificación. Cada modificación que se le haga debe correr desde el 1º de julio del año siguiente. Es lo que marca la ley y lo que siempre se hizo, no hubo una interpretación distorsiva", afirmó Gabriela Stortoni, directora Legal y Técnica del Ministerio de Obras Públicas.

¿Avalancha de pedidos?

Uno de los temores de los vecinos es que en los próximos meses a partir de esta medida se genere una avalancha de pedidos de permiso de obra. En el sector de la construcción relativizaron la posible avalancha pero criticaron la ley. "Ese supuesto alud de pedidos de permiso de obra ya debería haber comenzado y sin embargo no pasó. El problema es que la ley es absurda porque la propia Constitución garantiza el derecho a contar con servicios públicos. Además, esta ley va contra la autonomía de la Ciudad, porque quienes terminarían decidiendo si se construye o no y dónde serán las empresas de servicios y no el Gobierno porteño", aseguró Daniel Silberfaden, presidente de la Sociedad Central de Arquitectos.

Por otra parte, hay que destacar que existía dificultad para obtener los permisos correspondientes y así construir y habilitar las obras. A los certificados de AYSA, se agregarán la factibilidad de suministro de las empresas prestatarias de gas y luz además de la obligación de inscribirse en un Registro de Demoledores y Excavadores y de presentar seguro de responsabilidad civil.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Una revolución 

en el mundo 

de la administración de Consorcios

Sistema 9041


Efemérides: El 23 de septiembre de 1850 murió en el Paraguay el guerrero de la independencia y caudillo oriental José Gervasio de Artigas, prócer uruguayo e iniciador del movimiento federalista.


El presidente Néstor Kirchner acompañado por Rafael Bielsa en  el Parque Industrial de Sauce Viejo (29/08/2007).

El presidente Néstor Kirchner acompañado por Rafael Bielsa en  el Parque Industrial de Sauce Viejo (29/08/2007).

Doble indemnización

Ya puso el gancho

El pasado 10 de septiembre el presidente Néstor Kirchner firmó el decreto para eliminar la doble indemnización y al día siguiente se publicó en el Boletín Oficial.

[BPN-19/09/07] El ministro de Trabajo, Carlos Tomada, anunció en la Casa Rosada que el presidente había firmado el decreto para derogar la doble indemnización que actualmente era del 50% y no del 100%. También aclaró que la medida regiría ocho días corridos después de la publicación del decreto en el Boletín Oficial (BO). Esto sucedió el 11 de septiembre en el BO Nº 31.136 bajo el número 1224/2007.

De esta manera no hay posibilidad a distintas interpretaciones como se habían dado semanas pasadas entre empresarios y sindicalistas poniendo en duda si correspondía o no su quita.

Según el último decreto que trataba el tema, el 1433/05, el beneficio estaría vigente hasta que la tasa de desocupación resultara inferior al diez por ciento (10%) y según las últimos índices del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) se ha logrado. Las mediciones indican que según el INDEC el desempleo se ubicó en el 8,5% durante el segundo trimestre de este año 2007 y en el 9,5% si se consideran a los beneficiarios de planes sociales como desocupados, con lo cual de una manera u otra el índice se ubica por debajo del 10%.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Dra Liliana M. Corzo y Dra. Diana C. Sevitz

Co-conductoras del programa radial 

CONSORCIOS HOY

En su 6ta. temporada en el aire se complacen en informar a sus oyentes que además de poder escuchar el programa los días miércoles de 18 a 19 hs en vivo, el programa se repetirá por la misma emisora los días domingos de 19 a 20 hs.-

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enfoques cotidianos

         

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Efemérides: El 27 de septiembre se celebra el 1980 el Día Internacional del Turismo.


Fabiana LizarraldeSueldos Septiembre/07

Casi todo bajo control

En este mes vuelve a la tranquilidad En lo que queda del año los básicos de bolsillo y los adicionales se mantendrán según la escala vigente al mes de Agosto de 2007 Habrá que modificar el importe de las asignaciones familiares con sus topes y tener en cuenta que la doble indemnización quedó sin efecto según el Decreto 1224/2007 Las modificaciones en las asignaciones familiares todavía no fueron publicadas.

[BPN-19/09/07] En el mes de septiembre no habrá que modificar básicos de bolsillo ni adicionales salariales pues ya se han incorporado a los haberes los tres escalones del aumento logrado por el sector según la Resolución 426/2007 y publicada en el Boletín Oficial (BO) del 31 de mayo de 2007.

Con respecto a las asignaciones familiares, si bien el anuncio ya fue informado por los medios de comunicación, todavía falta su publicación en el BO para saber cuáles son los detalles y poder aplicarlos según indique el texto de la norma.

Septiembre 2007

1)

Escala salarial vigente

(Res. Nº 426/2007 – BO 31/05/07)

Agosto 2007 <ver escala>

3)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

2% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 940/2006 – BO 27/7/2006)

11% para trabajadores que aportan al Estado (Régimen de Reparto).

7% para trabajadores que aportan a una AFJP (Régimen de Capitalización).

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 2/2007 BO 13/7/07)

A partir del 1/8/07 $ 900 por mes y $ 4,50 por hora

A partir del 1/10/07 $ 960 por mes y $ 4,80 por hora

A partir del 1/12/07 $ 980 por mes y $ 4,90 por hora

6)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de septiembre de 2007 aumentaron los topes salariales y los importes de las asignaciones familiares pero todavía no han sido publicados en el BO. (Ver nota Suben las asignaciones, ¿y la doble indemnización? en el BPN Nº 328)

7)

Feriados de Septiembre:

No hay.

8)

Doble indemnización

(Dto. 1224/2007 – BO 11/9/2007)

(Ver nota Ya puso el gancho en este mismo BPN Nº 329)

Seguramente, antes de fin de mes se habrá publicado la norma que falta para liquidar de manera correcta las asignaciones familiares en los casos que correspondan.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Gacetilla de Prensa

ASOC. SIN FINES DE LUCRO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS Pcia. Bs.As.

 Nº 6132/06 - C.U.I.T. Nº 33-71025279-9

INVITA 

A LOS SEÑORES CONSORCISTAS QUE HABITAN EN PROPIEDAD HORIZONTAL

A nuestro ciclo de charlas del año 2007

CHARLA Y DEBATE SOBRE EL TEMA:

"LEY 13512 - EXPENSAS - SU LECTURA"

A Cargo de:

MARTA A. BARRAZA

Contadora Pública Nacional

La misma se llevará a cabo el día viernes 12 de Octubre a las 17:30 hs. en la Sala "B" de la Biblioteca Municipal sita en 25 de Mayo y Catamarca

Entrada Libre y Gratuita

Independencia 1851 - 1º Piso - Mar del Plata 

Los días Miercoles de 9 a 12 hs. 

E-mail- ucramdp@argentina.com


Dr. Samuel Knopoff: presidente de la Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

Dr. Samuel Knopoff

Correo de Opinión

Visiones opuestas e interesadas de un mismo hecho objetivo por el Dr. Samuel Knopoff

En nuestro país y en nuestro tiempo, lo habitual, la norma casi es la anomia.-

La respuesta a esta situación cotidiana que padecemos los argentinos no se  debe a la falta de leyes y normas sino a su constante incumplimiento o a la lectura interesada que hacemos de las mismas. Se da en todos los niveles y en todas las actividades, pero es mucho más notorio, sobre todo por las consecuencias que conlleva, en los gobernantes y políticos en general.-

Es corriente que a diario los candidatos nos hagan promesas mientras están en campaña y después si triunfan justifiquen por qué no pueden cumplirlas  con una lectura de la realidad totalmente distorsionada de la manifestada antes.-

Hoy analizaremos el tema del aumento del impuesto de ABL en la Ciudad.-

La actualización de las valuaciones de las propiedades, como así también la variación por zonas o valor para mayor  equidad distributiva, parecería un hecho de estricta justicia, pero cualquier modificación de impuestos debe ser analizada y resuelta por la Legislatura. Pretender aplicarlo por decreto del Ejecutivo es violatorio de la Constitución. El apuro por implementarlo, por un gobierno a punto de terminar su mandato, se debe a la necesidad de tapar agujeros producto del despilfarro o la mala administración en una urbe siempre superavitaria y permite suponer un compromiso con la administración entrante.-

Por su parte, el futuro Jefe de Gobierno, quien durante su campaña electoral aseguró que no aumentaría los impuestos pues la recaudación era suficiente y no se debía agravar la pesada carga tributaria de los habitantes, promueve o por lo menos aplaude este aumento desproporcionado y sin anestesia que recae sobre los contribuyentes. El desmanejo en los gastos de campaña no debe castigar a los ciudadanos ni que los candidatos olviden sus promesas.-

Si se produjera algún incremento de las valuaciones se debería bajar la alícuota para que este irregular decreto del Ejecutivo, a tres meses de entregar el gobierno, no provoque más inflación y agregue dificultades a los indefensos habitantes. Parece sólo un manotazo de ahogado para satisfacer urgencias del próximo gobierno.- Debemos destacar además que cualquier revalúo afecta la base imponible para el impuesto al patrimonio aumentando las cargas fiscales.

El oficialismo de la Nación y sus actuales aliados salen presurosos a criticar y oponerse a un decreto que no guarda las formas, ni respeta las leyes, las que son violadas permanentemente por el gobierno nacional y los provinciales.-

Todas estas diferentes visiones, defendiendo o criticando la medida, sólo tienen en cuenta el interés partidario por sobre el bien común pero permiten rescatar como arista positiva el pedido mayoritario de discusión legislativa, como establece la Constitución para aplicar impuestos, con la participación de todas las fuerzas políticas allí representadas, según la libre expresión de la ciudadanía  Es en ese ámbito, donde al presentar el Presupuesto del año 2008, la comisión respectiva efectuará el cálculo de gastos y recursos y fijará los nuevos valores con mayor equidad y justicia distributiva.

En medio de tanta desprolijidad, abuso y desprecio de los funcionarios por la gente, algunos dirigentes que dicen defender los derechos de los consorcistas, los instan, con absoluta irresponsabilidad a no pagar impuestos aumentados.-

Ante los hechos enunciados, la Federación de Asociaciones de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas, FEDECO, manifiesta lo siguiente:

1.- Rechazamos todo aumento de impuestos efectuado sin respetar las normas Constitucionales y la División de Poderes.-

2.- Exigimos que sea tenido en cuenta el bien común y la defensa de los derechos de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires y no se tomen medidas precipitadas que sólo actúan como parches, en vísperas de la asunción  de un nuevo Jefe de Gobierno.-

3.-Hacemos un llamado a toda la ciudadanía para que no se deje sorprender prestando oídos a algunos aventureros, que ocultos tras la pantalla de una supuesta defensa de los intereses de los consorcistas, sólo fantasean con adquirir alguna notoriedad y aplican terrorismo de Estado, aconsejando a los  desprevenidos medidas irresponsables que luego pueden perjudicarlos.-Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Dr. Samuel Knopoff.-

Presidente de FEDECO, Federación de Asociaciones de Consorcios y de CACCYC , Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.-

Coordinador de Mesa de Trabajo y Enlace de las Asociaciones de Consorcios.

(18/9/2007)

Ultimo Momento

Al Director de Pequeñas Noticias:

Sr. Claudio de Rivas

------------------------------------

Tengo el agrado de dirigirme a UD. a efectos de llevar a su conocimiento que la Asociación Civil que presido, no acuerda con el párrafo señalado con el punto 3) del Correo de Opinión “Visiones opuestas e interesadas de un hecho objetivo” publicado en el Nº 329 del Boletín de Pequeñas Noticias, que he recibido hoy por la mañana.

Sin otro particular lo saludo muy Atte.

Lic. Evangelina Perri

Red de Consorcistas Damnificados

Personería Jurídica 447

(20/9/2007)


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Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Efemérides: El 29 de septiembre de 1908 el Senado de la Nación aprobó la creación del Instituto de Ciegos de la Capital Federal.


Sra. Teresa Villanueva

Sra. Teresa Villanueva

Correo de Opinión

La sanción de la Ley 2428 por la Sra. Teresa Villanueva

Sr. Claudio García de Rivas

Director de Pequeñas Noticias

------------------------------------

De mi mayor consideración:

A la luz de los últimos acontecimientos que no dejan de asombrar a la sociedad consorcial, me voy a referir a la sanción de la Ley 2428, en mi condición de representante de la Asociación Consorcista de la CABA. La misma es de autoría de la diputada Sandra Bergenfeld y del diputado Juan Manuel Olmos y cuenta con una observación del diputado Fernando Caeiro (Despacho 419).

Esta ley trata la modificación del Código de Edificación - vivienda para el encargado en edificios que superen los 800 metros cuadrados.

Sería interesante que la preocupación "habitacional" que tienen algunos legisladores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se extendiera a toda la gente que está viviendo en la calle y le dieran una solución definitiva (el caso más gráfico y reciente, las familias que viven en la plaza Houssay). Esos son los casos urgentes que vemos a diario en plena capital y no se redujeron. Pero esto tiene su explicación mientras el dinero salga de nuestros bolsillos, la solución es rápida e inconsulta.

Los encargados de edificios, gracias al esfuerzo y a la sangría que sufrimos los propietarios e inquilinos tienen un techo (más cómodo, menos cómodo, según el edificio, que nadie les obliga a aceptar y que ven antes de cerrar el trato) también tienen gratis, gas, luz, agua, TV, teléfono, no pagan impuestos, no gastan en viáticos (por lo tanto, no viajan hacinados como el resto de los trabajadores), se les provee ropa de trabajo y disfrutan 5 horitas de descanso entre turno y turno y como corolario un muy buen sueldo.

De esta soga no se puede seguir tirado porque en estos edificios viven un porcentaje elevado de jubilados y pensionados del que los señores legisladores no se acuerdan. No se acuerdan que sobreviven con jubilaciones de hambre, que muchos ya no pueden pagar sus expensas porque suben y suben sin control de nadie y debido que al encargado del edificio el gremio les consigue aumentos que el jubilado no consigue nunca, mientras uno recibe el 20% o 25%, al jubilado lo arreglan con un 12.5, que lo recibirá recién en septiembre, así que como siempre la inflación se lo tragó todo. ¿Qué se persigue con todas estas leyes?, ¿que más gente quede en la calle por no poder pagar sus expensas?.

Siendo un gremio tan rico, ¿por qué no hace viviendas para sus afiliados?

Por último, quiero agradecer al diputado Fernando Caeiro su oportuna intervención porque gracias a la observación que hizo quedó aclarado en el Art. 3: "Lo dispuesto en esta ley rige para las construcciones que se realicen a partir de la entrada en vigencia de la presente, que será a los sesenta (60) días corridos, contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la ciudad de Buenos Aires". Nos salvamos ahí, gracias de nuevo.

Saluda a usted muy atentamente

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Teresa Villanueva 

Asociación Consorcista de la CABA

(17/9/2007)


El portal 

de los administradores y consorcistas.

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Ley 941

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Efemérides: El 30 de septiembre se celebra el 2000 el Día Mundial del Corazón.


Correo de Opinión

Reflexiones sobre "Un freno a los malos administradores" por el Sr. Celso Enrique Perez Ciccone

Estimada Teresa:

Creo que primero debería funcionar bien lo que tenemos. El 31 de Marzo del 2006 me reempadrone como administrador bajo el numero 1116. Hoy, 9 de Septiembre de 2007, no tengo la constancia de reempadronamiento. Fui varias veces a buscarla y me dijeron que me iban a llamar por teléfono. Me dieron uno provisorio para poder cumplir con la Ley 257 debido a que el Ingeniero me lo pedía para hacer el trámite.

Si mañana me sale un nuevo edificio, tengo la matrícula emitida en el año 2005 y van a pensar que no me reempadroné por estar en falta.

Así que antes de crear un registro de malos administradores, hagamos funcionar bien el registro de administradores.

SaludosEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Celso Enrique Perez Ciccone

(9/9/2007)


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Correo de Opinión

Un aporte a la reforma de la Ley 13.512 por el Sr. Celso Enrique Perez Ciccone

Señor Director:

Leyendo la carta del Administrador Luis Sinagra, me pareció perfecta. En lo único que no estoy de acuerdo es en la firma conjunta de los cheques con un propietario. Si esta persona tiene un juicio lo primero que hacen es embargar su cuenta, por lo tanto, embargan la del consorcio y por ley (Código Civil - Mandante), el único responsable ante el consorcio es el administrador. En caso de conflicto el Juez hará responsable al administrador y no a los otros firmantes de la cuenta.
No va a ser la primera vez que dos miembros del consejo se ponen de acuerdo, desvalijen la cuenta y al otro día se muden, vaya a saber uno a dónde se fueron.

Con el extracto en mano debo justificar cada emisión de cheque.

SaludosEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Celso Enrique Perez Ciccone

(9/9/2007)


¡¡¡ Ya hay dos ganadores más 

de los 2 premios que sorteamos la quincena pasada

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María Valeria García (DNI ...888)

 ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente.

- Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos -


Efemérides: El 2 de octubre se celebra el Día Nacional del Recolector de Residuos.


Correo de Opinión

Justicia por mano propia por el Sr. Celso Enrique Perez Ciccone

Estimado Señor Director:

Con respecto a la opinión del Administrador Adrián Hilarza, estoy en un 100 % de acuerdo, pero con respecto a las listas negras me parece que siguen existiendo. Creo que él se refiere a las listas de la dictadura, ¿por qué no le preguntan a Pepe Eliaschev?, él estuvo en una lista negra pero de la democracia.

SaludosEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Celso Enrique Perez Ciccone

(9/9/2007)


¡¡¡ Sea el FELIZ GANADOR...

de los 2 premios que quincenalmente le ofrece

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Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo Martes 2 de octubre a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.


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(*) El mail debe ser dirigido a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. La participación implica el conocimiento y la aceptación de las condiciones detalladas  del concurso a las que se puede acceder mediante este vínculo.


Correo de opinión

Horas extras por Yolanda D.

Estimados:

Les adjunto algo sobre las horas extras que escribieron criteriosamente en otro boletín  y como respuesta a una consulta.

 Me quedó muy claro que las horas extras se pueden solicitar o denegar;  con aviso previo porque son un hecho extraordinario.

Además, es saludable el hecho de darlas o no de acuerdo a las necesidades del consorcio.

 Es necesario para beneficio del consorcio no darlas como plus porque en ese caso sí sería un derecho adquirido y no se las podría sacar.

 Cordialmente. Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Yolanda D.

(18/09/2007)


Avisos Clasificados

EMPLEO - PEDIDOS

EMPLEADO ADMINISTRATIVO: Ayudante de contador con conocimientos de contabilidad, SIAP (AFIP), Excel y Word - Dirigirse al Sr. Daniel llamando al teléfono: 4382-8268 en el horario de 9 a 18 hs. o escribiendo al e-mail: dstrasberg@cponline.org.ar

EMPLEADO ADMINISTRATIVO: para "data entry", atención telefónica - Requerimientos: Conocimientos de computación, buena presencia y buen trato - Enviar curriculum vitae con foto por e-mail administracion@estudioshw.com.ar

EMPLEO - OFRECIDO

ADMINISTRATIVA: Disponibilidad de horarios - Nombre: Patricia Andrea Machado - Teléfono: (15)521-8817 - Rosario, Provincia de Santa Fé - E-mail: patriciaandreamachado@hotmail.com

AUXILIAR ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS: Administradora de Consorcios con título del GCBA y experiencia en legales - Nombre: Adriana García - Teléfono: 4981-0355 - E-mail: adrigars@yahoo.com.ar

ENCARGADO DE EDIFICIO: 33 años divorciado - Experiencia comprobable - Buenas referencias - Registro de conducir - Amplia experiencia en seguridad soy retirado de la FFAA con menciones exelentes de mi persona y conducta - Certificado de curso electricidad básica en el SUTERH - Libreta sanitaria - Certificado de antecedentes al dia - Currriculum vitae a disposición - Nombre: Roberto Carlos Mansilla - Teléfono: 4788-3331/4787-0687 - E-mail: camuflaje-urbano@hotmail.com

EMPLEADA PARA ADMINISTRACIÓN: Amplios conocimientos en liquidación de expensas sistema fijo, variable, ABC, liquidación de sueldos (Convenio SUTERH), cargas sociales, sindicato, asignaciones familiares, manejo de libros obligatorios, interpretación reglamento de copropiedad, Ley 13512, reglamentación vigente GCBA para mantenimiento y conservación de edificios de propiedad horizontal, cobranzas, pagos, imputaciones, conciliaciones bancarias, presupuestos, estados contables, redición de cuentas anual, seguimiento de morosos - Preferentemente zona Vicente López, San Isidro, Martínez, Belgrano, Nuñez, Saavedra o aledañas - Nombre: Alicia Leonor Linares - Teléfonos: 4799-2134 - (15)5055-4684 - E-mail: alivinci@ciudad.com.ar

ENCARGADA PERMANENTE C/VIVIENDA: Preferentemente zona Boedo - Amplias referencias - Conocimientos de seguridad e higiene, primeros auxilios, informática en general, Word, Excel. PowerPoint 2003. diseño grafico, etc... - Nombre: Carolina Franco - Teléfonos: 4931-3348 - (15)5122-8610 - 4332-2063 - E-mail: francoca@telefonica.com.ar

ENCARGADO DE EDIFICIO: Tengo 29 años, estudios secundario completo, conocimientos basicos de PC e inglés. Buena presencia y trato con personas. Amplia experiencia en seguridad, titulo de carpintero. Conocimientos basicos de pintura, plomería y tareas generales de mantenimiento - Sr Juan José Gonzalez - Teléfono: (15) 5813-8708 - E-mail: gonzalez-juan-jose@hotmail.com

ENCARGADO DE EDIFICIO: Matrimonio se ofrece para trabajar en Capital Federal o alrrededores - Muy buenas referencias de trabajos anteriores en Pinamar - Sr. Javier Manzano - Teléfono: (03548)(15)56-1423 - E-mail: paolazeus@hotmail.com

ENCARGADA, SUPLENTE o AYUDANTE DE PORTERÍA: Educación secundaria completa,experiencia en computación, trabajos de oficina, recepción y tareas generales.- Conocimientos generales de atención técnica del funcionamiento de un edificio (ascensores, llaves térmicas, acceso de gas y de agua, calderas, consideración de desperfectos generales del edificio o de las unidades) - Sra. Karina Fabiana Peralta - Teléfono: (15)5473-9250 - E-mail: karinaf_peralta@hotmail.com


Rincón Solidario

Dr. Juan Antonio CostantinoContesta el Dr. Juan Antonio Costantino

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Los hidrantes no preveen agua

Les escribo porque necesitaría si por favor me pueden orientar respecto a los pasos que debo seguir frente a un problema que existe en un edificio que administro. 

Luego de solicitar una inspección a un ingeniero en el sistema de protección contra incendio se observó lo siguiente: el sistema como se encuentra planteado no cumple desde el punto de vista constructivo, ni operativo. El sistema analizado no está en estado de operabilidad y constituye un riesgo para cualquier operador que ante una emergencia necesite utilizar un hidrante ya que los mismos no proveen agua.

Mi pregunta es: ¿puede estar un edificio habilitado en estas condiciones?, ¿cómo puede ser que permitan que se vendan unidades estando el edificio en esas condiciones? 

Los propietarios que están habitando están desesperados al encontrarse con ese informe.

¿Qué se puede hacer al respecto? 
¿Qué puedo hacer yo como administradora? 
Desde ya muchas gracias!
Elisa
(16/08/2007)

Estimada lectora:

Paso a responder su inquietud. En primer lugar, se necesitaría saber cuál es la antigüedad del edificio y cuándo finalizó la construcción y obtuvo el final de obra municipal.

Esto es importante saberlo ya que de no haber transcurrido más de 10 años podría ser aplicable el artículo 1646 y 1647 bis del Código Civil que regulan la responsabilidad del constructor por la ruina total o parcial y la responsabilidad por los defectos ocultos.

Como hipótesis mínima estaríamos en presencia de vicios ocultos que deben ser denunciados dentro de los 60 días de su descubrimiento a la empresa constructora para que ésta los subsane.

En ambas hipótesis, -ruina total, parcial o vicios ocultos- si han transcurrido más de 10 años de finalizada la edificación y obtenida, aún cuando fuere en forma irregular, el final de obra no habría posibilidades de reclamo a la empresa constructora y el consorcio debería afrontar las tareas de reacondicionamiento de los vicios que ud. denuncia que son cosas de uso común contempladas en la enumeración no taxativa del art. 2 de la Ley 13.512.

En teoría, si es que al momento de la construcción del edificio estaba en vigencia la reglamentación municipal que exigía el sistema de protección contra incendio, ha existido de parte del municipio omisión en el cumplimiento de sus funciones.

Sus interrogantes a cómo puede ser que el edificio esté habilitado y cómo puede ser que permitan que se vendan unidades estando el edificio en esas condiciones, tienen respuestas que todos conocemos pero no podemos decirlo por escrito.

Ud. como administrador debe intimar, si es que no han caducado los plazos a la empresa constructora, al proyectista y al director de la obra para que reacondicionen a costa de ellos lo irregularmente construido, bajo apercibimiento que si en un determinado plazo no lo ejecutan, lo hará el consorcio, insisto a costa de los responsables siendo de aplicación en este sentido el artículo 505 inc. 2 del C.P.C.

Saluda a Uds. muy cordialmente.

Dr. Juan Antonio CostantinoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Juan Antonio Costantino se desempeña como Profesor Titular de la cátedra "Derecho Procesal Civil" de la Facultad de Abogacía de la Universidad Nacional de Mar del Plata, es autor de varios libros de Propiedad Horizontal y de Derecho Procesal Civil y para cualquier consulta se le puede mandar un e-mail a phcostantino@arnet.com.ar


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Cuenta corriente consolidada de proveedores.


Opción de cambiar para uno o más propietarios, el interés por mora, entre dos períodos.


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Control del saldo de caja y financiero a través del detalle de sus movimientos para cada consorcio y consolidado. Registro de provisiones y deducciones.
Emisión de los libros obligatorios en hojas móviles: Libro de Caja (Administración) y Libro de Sueldos (Ley Nº 20.744, Art. Nº: 52).
Balance entre períodos de egresos, ingresos y movimientos de fondos, detallados ó resumidos, clasificados por rubro o concepto.


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Dr. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

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¿Es indefinido su mandato?

Buenas tardes,tengo una duda respecto a la vigencia de las funciones del administrador, ¿es indefinido su mandato hasta que alguien se oponga y se reuna el consejo y vote el recambio o tiene un plazo de -por ejemplo- 2 años y al cabo de ese lapso el consejo deberá decidir si continúa o se cambia?

Este problema lo tenemos en nuestro consorcio ya que hace varios años que el administrador ejerce su tarea (y bastante mal) y no sabemos cuál es la vigencia del mandato. Algunos propietarios dicen que el mandato no tiene "vencimiento" y que es hasta que alguien se "queje" y se decida su remoción. ¿Esto es así?

Por otra parte, dentro de las tareas del encargado y dentro del horario en el que mismo se encuentra en la puerta del edificio, ¿es obligatorio para el mismo -o es "recomendable" por sentido común- abrir la puerta del edificio a un propietario que entra o sale del mismo, sobre todo cuando tiene las manos ocupadas?
Muchas gracias 

Ruben

(17/9/2007)

Contesto la primera pregunta. La relación del Administrador con el Consorcio es la de un mandato de origen legal, es decir, que su función y obligaciones surge de la ley y, consecuentemente, el mismo es esencialmente revocable por parte de quien lo confirió, o sea, el Consorcio. Esta relación también surge, en cuanto a sus características específicas, del Reglamento de Copropiedad y Administración. 

Por ello, para dilucidar esta cuestión, corresponde examinar este Reglamento y verificar si algún artículo contiene una previsión específica sobre esto, es decir, si fija una duración determinada para la vigencia de la designación. A renglón seguido habrá que examinar en el Libro de Actas: 

a) si alguna vez la Asamblea legisló sobre esto, y si lo hizo aprobando con la mayoría necesaria; 

b) si en el acta en la que se produjo la designación de este Administrador se le fijó o no un plazo para el ejercicio de su función. 

Sin perjuicio de este examen, a los fines de encarar la difícil tarea de remover al Administrador, habrá que considerar si existe o no causa grave o suficiente para proceder en este sentido y, en su caso, si existen pruebas documentales o de otro tipo que avalen las imputaciones. 

Hay que tener presente que, como causal última y genérica, hasta la pérdida de confianza en el Administrador, en tanto mandatario del Consorcio, ha sido admitida por nuestros Tribunales como suficiente para autorizar la remoción.

Como se verá, la magnitud de esta problema puede exceder los conocimientos de los consorcistas, por lo cual siempre aconsejo actuar con asesoramiento de un abogado especialista. De esta forma, el Consorcio se asegurará de remover en forma correcta al Administrador, evitar consecuencias nefastas y, al mismo tiempo, asegurarse de lograr que el mismo rinda cuentas acabadas de toda la gestión que aún no haya sido aprobada por asamblea y, en su caso, restitura en tiempo y forma no solamente los Libros del Consorcio, sino también la documentación respaldatoria y el dinero que aún permanezca en su poder.

Contesto la segunda pregunta. Hace a la buena fe laboral que el encargado cumpla sus tareas con corrección y buena educación. 

La Ley de Contrato de Trabajo habla de "colaboración y solidaridad". Ni siquiera el tendencioso Convenio Colectivo de Trabajo que su representación sindical ha conseguido ir homologando, lo exime de este principio que surge de la Ley de Contrato de Trabajo. 

Por ello, si el empleado se muestra remiso en cumplir estos gestos elementales, sin servilismos por supuesto y dentro de los límites lógicos, habrá pues que requerir que el Administrador le dé instrucciones precisas en el Libro de Órdenes, lo notifique y vigile el cumplimiento de las mismas y que, por supuesto, ante el incumplimiento lo sancione.

Con lo respondido le envío un saludo cordial.

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y docente de Instituto de Capacitación Inmobiliario de la Cámara Inmobiliaria Argentina.  Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar  o al teléfono (15)4169-4574.


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Dr. Juan IglesiasContesta el Dr. Juan Iglesias

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Hay una moto en mi cochera

Mi consulta es la siguiente:

Hace dos meses estoy viviendo en un edificio pequeño de 10 departamentos que cuenta con cinco cocheras, una de las cuales es la que me corresponde.

Sin embargo, desde que habito el lugar siempre me encuentro con motos y bicicletas ubicadas sobre el pasillo que no me permiten maniobrar mi auto.

Los propietarios de estas no tienen cochera sino que usan ésta para guardar sus respectivos medios de movilidad pero la cochera está hecha a mi entender para que entren exactamente los autos que se pueden alojar en la misma.

Desconozco la reglamentación y cuáles son mis derechos y la forma de actuar en estos casos.

Pedí a los que dejaban las motos que no lo hicieran más pero no tengo respuestas de su parte.

Si me pudieran ayudar les estaría muy agradecido.

Esperando una respuesta, los saluda

Marcelo

(23/8/2007)

Estimado Marcelo:

De acuerdo a lo que manifiesta el consultante, las cocheras -que tienen una naturaleza jurídica distinta al espacio guardacoches- pueden utilizarla solamente sus respectivos titulares, salvo claro está, si las mismas fueron alquiladas a terceros.

En la especie existe una clara violación a ese derecho de propiedad y consecuentemente se puede solicitar al administrador que cumpla y haga cumplir el reglamento de copropiedad y administración para que haga cesar la situación antijurídica planteada. 

Si así no lo hiciere, el o los copropietarios directamente afectados, estarán en condiciones de promover sin más trámite las acciones necesarias para no ver cercenado ese derecho de uso y goce a que hacíamos referencia anteriormente.

Les envío un cordial saludo.

Juan Iglesias.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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EL Dr. Juan Iglesias es abogado especializado en propiedad horizontal, derecho penal y es conductor del programa de radio "La Voz del Consorcista". Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a consorcistas@hotmail.com


Impuestos

Vencimientos Mensuales

En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes al mes de Septiembre/2007, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principalEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Rincón Solidario

Adm. Adrián HilarzaContesta el Adm. Adrián Hilarza

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Rincón Solidario

Deuda en cuotas

Necesitaría que me informen si los administradores de consorcios se encuentran facultados para recuperar en cuotas las deudas de expensas de otros propietarios del mismo consorcio, sin autorización explícita de los demás propietarios.

Elsa

(7/9/2007)

Estimada Elsa:

El Administrador siempre debe buscar la manera de evitar llegar a situaciones legales que involucren mayores gastos al edificio, obviamente, siempre preservando el cumplimiento de las normas, reglamentos, leyes, etc.

El Administrador y Representante Legal están autorizados, para el caso de su pregunta, a efectuar convenios lógicamente por escrito de forma de llegar a una solución final en un plazo razonable. Sin quitas de ningún tipo.

Si aplicara éstas últimas allí sí necesitaría la aprobación del Consorcio.

Ahora, tenga en cuenta cuál es la habitualidad o práctica del Edificio, si las hubiere para estos casos, de manera de respetarlas.

Atentamente

Adm. Adrián HilarzaEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Adm. Adrián Hilarza es presidente de la Asociación Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH) y para cualquier consulta se le puede mandarle un e-mail a info@aiph.com.ar


Rincón Solidario

Dra. María Cristina CarreraContesta la Dra. María Cristina Carrera

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Rincón Solidario

Trato mas bien tosco

Tengo una consulta sobre el mal desempeño del encargado de mi edificio. 

Describo un poco la situación: tengo la unidad alquilada y mis inquilinas desde que se mudaron me han comentado que el encargado las trata de manera despectiva, que les ha entregado boletas a pagar con la fecha vencida, en casos arrugadas (como si hubieran hecho un bollo con ellas, de hecho las tengo) y que no cumple con la limpieza de forma efectiva. 

Temas que con anterioridad me hubiera comentado otra inquilina, en el caso de polvo sin barrer en los pasillos y el trato mas bien tosco. 

Mi consulta es la siguiente: cómo hago para asentar estas quejas en el libro de órdenes, lo debo hacer yo o el administrador, y cuál es el modelo para hacerlo. 

Muchas gracias por la información que brindan en el boletín, me es muy útil siempre.
Verónica
(8/9/2007)

Estimada Verónica:

En principio resulta imprescindible que Ud. concurra a todas las asambleas que se realicen en el consorcio. Su asistencia le permitirá conocer el concepto que tienen los otros copropietarios respecto al encargado. Esta es una forma de verificar si los dichos de sus inquilinos son totalmente veraces y si esas actitudes se refieren exclusivamente a ellos o el mal desempeño se ha generalizado hasta afectar a todos los copropietarios.

En el supuesto que esta hipótesis se comprobara en la misma asamblea se deberá dejar asentado en el Libro de Actas la problemática y convenir con el administrador el camino a seguir para solucionar el conflicto. 

Si la asamblea anual ordinaria ya se ha efectuado o Ud. entiende que las imputaciones que se le hacen al encargado son graves, especialmente en lo que se refiere a "la no entrega de la correspondencia", ya que dicha conducta puede causar daños que excedan el marco económico, considero necesario que los locatarios le hagan llegar sus quejas por escrito. 

Una vez que Ud. tenga esa documentación puede o bien enviarle una carta documento al administrador para notificarle la situación planteada o bien solicitarle el Libro de Quejas y en él dejar asentado los temas que le han sido comunicados 

Le aclaro que el Libro de Órdenes es para lo que su nombre lo indica y no para las quejas. Lamentablemente, algunos administradores ignoran esta situación y es por ello que no habilitan el Libro de Quejas que sí es el instrumento idóneo para el tema que hace a la esencia de su consulta. 

Un saludo cordial

María Cristina CarreraEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a maricrisca40@hotmail.com o llamarla al teléfono 4383-7650 ó al 4384-9975.


Correo de Lectores

Buscando la Ley 941

Hola Claudio: Tal vez me recuerden, soy suscriptor y hace mucho concurría a las reuniones. Recibo habitualmente el Boletín, como siempre, muy interesante. Esta vez quiero pedirles que me indiquen en qué boletín puedo encontrar la Ley 941, su reglamentación y las Resoluciones de AFIP. Desde ya, muchas gracias.

Mario J.

(06/09/2007)

Estimado Mario, claro que nos acordamos de vos. Te cuento que en el sitio de Pequeñas Noticias, www.pequenasnoticias.com.ar, al final de la primer pantalla, hemos incorporado un nuevo buscador que bucea por todos las páginas publicadas del sitio y te muestra todos las notas relacionadas con tu búsqueda. Si escribís entre comillas "Ley 941" te aparecerán todas las referencias, que no son pocas.

Si lo que necesitás es solamente el texto, en el menú Legislación, ubicado a la izquierda de la ventana principal tenés un ítem llamado Legislación sobre propiedad horizontal y allí encontrarás la ley y su decreto reglamentario.

Un saludo cordial

CGdeREnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Correo de Lectores

Formularios preimpresos

Buenas tardes, quería consultar por los formularios preimpresos de recibo de expensas. Quería saber el precio y si me pueden enviar una copia por mail como para ver el formato. Gracias.

Carolina R.

(04/09/2007)

Estimada Carolina, te voy a enviar una copia del formulario directamente a tu casilla de correo para no hacer más pesado el Boletín y en él te cuento sobre los costos.

Cada hoja está formada por 3 cupones y pueden ser hojas sueltas (para impresoras a chorro de tinta o laser) o formularios continuos (para impresoras de matriz de punto). Por otra parte cada resma tiene 1000 cupones.

Un saludo grandote.

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¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal

AIPH: Asociación Administradores Independientes de Propiedad Horizontal

API: Asocición Propietarios de Inmuebles

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

CAPRA: Cámara Argentina de Propietarios de la República Argentina

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria

FAC: Federación Argentina de Consorcios

FATERyH: Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios

FRA: Fundación Reunión de Administradores

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal

RCD: Red de Consorcistas Damnificados 

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

UADI: Unión Administradores de Inmuebles

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 329 (3º edición)

Fecha de publicación: 19 de septiembre de 2007

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redacción: M Fabiana Lizarralde y Paula Daiana Marrón

Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Cra. Viviana Grinberg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz, Raúl Guinzburg, Dra. María Cristina Carrera y Dr. Juan Iglesias - Ilustraciones y caricaturas: Shúfer

Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 - Móvil: (15)5981-33791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar


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Miembro de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH)

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