Boletín de Pequeñas Noticias la comunidad consorcial como espejo de la sociedad Miércoles 17 de Junio de 2009 - Nº: 379 |
El Boletín de Pequeñas Noticias fue preparado para una visión óptima con una resolución de pantalla de 1024 x 768 pixeles.
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes |
Acompañaron a Pequeñas Noticias en este número
|
|
|
Renovación & Cambio dará batalla [BPN-17/06/09] El fallo de la Inspección General de Justicia (IGJ) que anuló los últimos comicios de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y ordenó a las autoridades a realizar en 60 días nuevas elecciones, generó muchas expectativas en los integrantes de la lista Renovación & Cambio (R&C), quienes aseguraron que darán batalla y ganarán las próximas elecciones. "Creo que para todos los administradores es un gran paso. En principio, porque a partir de ahora las elecciones se van a realizar democráticamente como debe ser", destacó Gabriela Pilar Saldivia en un desayuno de trabajo que realizó con los miembros de Renovación & Cambio el 4 de junio. Del encuentro también participó el administrador Adrián Hilarza (presidente con licencia de la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH) quien se sumó a colaborar con la lista < ver nota>.Según Saldivia, la IGJ debió sancionar a la comisión directiva de la CAPHyAI debido a que consideró que no cumplió con los requerimientos necesarios para oficializar su lista. De todos modos, señaló que está muy conforme con el fallo y que ya están trabajando para ganar las elecciones. Por su parte, Antonio Brescia sostuvo que al dar su veredicto, la IGJ demostró que "la CAPHyAI está manejada por gente que no hace las cosas como debería hacerlas". Y agregó que ahora más que nunca van a poner todo "el empeño y el trabajo para lograr el objetivo final que es llevar a la institución al nivel más alto".
Abrir las puertas Saldivia subrayó que uno de los principales objetivos de R&C es abrir las puertas de la Cámara a los administradores. "De hecho, esa es nuestra metodología de trabajo. Semanalmente, nos reunimos no sólo con los integrantes de la lista sino también con otros socios y de esos encuentros surgen un montón de propuestas que apuntan a facilitar la tarea del administrador", señaló. Por otra parte, destacó que en caso de ser presidenta le gustaría que en futuras elecciones se presenten dos, tres o cuatro listas: "eso va a obligar a que los próximas consejos directivos tengan que esmerarse y hacer las cosas bien". Al mismo tiempo, recordó que gracias a lo que pasó en las elecciones del 2007 con la lista "Inmobiliarios y administradores unidos en la acción" del Dr. Cristóbal Ruano, ellos pudieron presentarse en los comicios con otras herramientas: "ya sabíamos lo que iban a hacer e hicieron exactamente lo mismo. Realmente fue vergonzoso todas las trabas que nos pusieron". Arturo Molina reflexionó: "nosotros no estábamos por los puestos o por otro interés creado. Estábamos para que la Cámara mejorara, creciera y nos protegiera. Esta vez contamos con el empuje y la fuerza de Gabriela por eso queremos seguir luchando hasta el final". La CAPHyAI nunca habló de R&C En el programa "Hablemos de Consorcios" de la Unión de Medios Independientes de Propiedad Horizontal (UMIPH) del 5 de junio, la Arq. Silvia De Filippo subrayó que no se puede creer que las autoridades de la CAPHyAI los ignoren y que nunca hayan hecho alguna mención sobre Renovación & Cambio: "en la revista de la CAPHyAI no existimos. No nos han nombrado nunca. Hablaron de las elecciones pero no que existió una lista opositora y que los comicios fueron impugnados. Nuestra tarea es seguir trabajando y defender nuestros derechos como socios". |
|
|
Porteros Eléctricos / Equipos Visores / Circuitos Cerrados TV / Electricidad General / Factor de Potencia Semáforos / Luz de Emergencia / Service Autorizado y Distribuidor Oficial Atomlux
|
|
|
|
Efemérides consorciales: el 27/06/2006 se realizó la primera Jornada para Profesionales de la Propiedad Horizontal en la Universidad de Salvador. |
|
|
|
Lista Renovación & Cambio Hilarza fue recibido con aplausos [BPN-17/06/09] El presidente (de licencia) de la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH (AIPH), Adrián Hilarza, se sumó a la lista Renovación & Cambio (R&C) y colaborará con ellos con vistas a la nueva elección que la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) deberá realizar para cumplir con lo dispuesto por la Inspección General de Justicia (IGJ). "Yo quiero agradecerle a Adrián Hilarza porque cuando empecé con esto, la primera persona que fui a ver para pedirle un consejo fue a él. Sinceramente, lo tengo como un buen referente", resaltó Gabriela Pilar Saldivia durante el desayuno de trabajo que realizó la lista R&C el 4 de junio < ver nota>.Hilarza destacó que las ganas de los integrantes de R&C hicieron que se sumara a la lista. "Todo lo que escuchaba me hizo acordar mucho a cuando comenzábamos a armar a AIPH. Son las ganas de ellos las que me impulsan a colaborar", sostuvo. Según él, es hora de "limpiarle un poco la cara a la Cámara y darle más prestigio. Eso me gusta y me parece un buen camino". En diálogo con Pequeñas Noticias, recordó que ya se habían acercado a hablar con él hace un tiempo atrás pero que al estar como presidente de AIPH no se quiso meter: "no quería tomar partido y simplemente iba a la CAPHyAI a votar como socio. Hasta ahora mi apoyo fue como socio no de otra manera porque no me gusta mezclar las cosas". En este sentido, aclaró que ahora decidió participar porque está de licencia en AIPH desde el primero de enero de este año: "no esperaba que tuvieran un fallo así de la IGJ". Hilarza señaló que coincide en algunos de los principios que impulsan como la creación de un colegio público de administradores y de una carrera en la Universidad Tecnológica Nacional (UTN). "A lo mejor, no coincido en todo lo que dicen pero no puedo pretender que ellos se acomoden a todos mis pensamientos, lo importante es que estoy de acuerdo en sus ideas conceptuales. Si después surge algo en lo que no coincido lo diré y lo discutiremos en un buen clima de trabajo", reflexionó. Los cargos Cuando este medio, le consultó si ocuparía cargos en la lista, Hilarza sostuvo: "no aspiro a nada. Ellos me ofrecieron el lugar que quisiera y yo les agradecí muchísimo. No tengo problemas en cuanto a los cargos. Quiero estar donde pueda ser útil y pueda desempeñarme. Tampoco voy a tomar una responsabilidad en algo que no me sienta cómodo porque yo me tomo las cosas en serio". "Ni borracho me meto" En cuanto a los rumores de que Renovación & Cambio representa los intereses del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (SUTERH), aseguró que no tenía idea de esas acusaciones y que hasta ese momento no las había escuchado aunque la descartó completamente como una posibilidad. "No me parece que sea así, si lo hubiese visto ni borracho me meto. Lo que veo son ganas de hacer cosas y de hacerlas bien. Es un grupo integrado por gente de trabajo. Si yo viera algo turbio o si –en un futuro- llego a ver algo turbio no me voy a prestar a eso debido a que con ciertos principios yo no negocio", advirtió Hilarza. Al mismo tiempo, consideró que las acusaciones deben haber surgido de gente que como no tiene proyectos ni propuestas necesita generar un marco destructivo. |
|
Administración Bernetti RPA CABA Nº 1188 Consorcios, fideicomisos, barrios privados y club de campo. Operaciones inmobiliarias
|
|
|
|
Efemérides consorciales: el 01/07/05 la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias creó una nueva categoría social dentro de su estatuto para que los propietarios pudieran asociarse a la entidad como adherentes. |
|
|
|
CAPHyAI [BPN-17/06/09] La comisión directiva de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) consideró que la Inspección General de Justicia (IGJ) anuló los últimos comicios y les ordenó realizar nuevas elecciones debido a que están pagando "el costo político de haber planteado en el Ministerio de Trabajo un límite a un nuevo acuerdo laboral que ya estaba firmado". Recordemos que a principios de mayo, la Cámara –ante su exclusión de las negociaciones- hizo una presentación judicial que habría demorado la firma del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) para el sector. "Lamentablemente esta acción benefició a un grupo de socios que querían llegar a la dirección de la Cámara por otro camino que no era la votación, evidenciado en la solicitud presentada en la Inspección General de Justicia", destacaron en una circular enviada a sus asociados. De esta forma, la CAPHyAI restó mérito a la denuncia que hizo Renovación & Cambio y en la que denunció irregularidades previas a los comicios y durante la Asamblea General Ordinaria. Sin embargo, en la circular no informaron los argumentos por los que la IGJ hizo lugar a la denuncia <ver resolución original>. Por ejemplo, omitieron decir que la IGJ consideró que hubo irregularidad e ineficacia a los efectos administrativos de la celebración de los comicios y que la entidad incurrió en una grave negligencia en el cumplimiento de sus funciones por parte de los integrantes del consejo directivo. "Por defender a los propietarios" La comisión directiva de la CAPHyAI señaló que el motivo de la resolución de la IGJ fue porque "defendimos los intereses de nuestros clientes (los propietarios) pese a la crítica de las asociaciones que quieren estigmatizar al administrador por todos los problemas que tienen los consorcios". Al mismo tiempo, sostuvieron que van a continuar haciéndolo mientras sean la conducción: "no nos arrepentimos, en la vida hay que fijar posiciones y lo hemos hecho, estimamos que el personal de los consorcios debe tener incremento como todos los que están otorgándose actualmente, pero la paritaria no se agota en una parrilla salarial, debemos hablar del convenio, de los derechos del personal pero también de las obligaciones. Este es el fondo del tema". La primera vez que hablan de la impugnación Es la primera vez que las autoridades de la Cámara notifican a sus socios sobre lo que sucedió en las últimas elecciones. Pese a contar con una publicación bimensual y circulares electrónicas (e-mail), jamás informaron que en las últimas elecciones se presentaron dos listas y que la lista opositora Renovación & Cambio decidió impugnar las elecciones por considerar que se habían producido irregularidades. Es decir, que el socio que no concurrió a votar y no tuvo la posibilidad de enterarse por los medios independientes de esta información, recién hoy se entera de que se enfrentaron dos lista, que la lista opositora impugnó los comicios, que hizo una denuncia ante la IGJ y que este organismo hizo lugar a la presentación. Por otra parte, aclararon que la Comisión Directiva continúa con todas sus atribuciones "hasta que ratifique su mandato en la próxima asamblea extraordinaria y es la que debe convocar y velar por el normal desarrollo del evento, no se ha anulado la Asamblea Ordinaria ni los puntos tratados hasta el momento de la elección". Pedido a los socios En la misma circular le pidieron a los socios que los acompañen en las próximas elecciones. "Les aseguramos que mantendremos en alto las mismas banderas que defendimos siendo conducción en todo este tiempo, mantendremos abierta la Cámara para todos los socios que quieran venir a servir para lograr la jerarquización y profesionalización de nuestra tarea, pero seremos intransigentes con aquellos que quieran "servirse" de la Cámara para sus ambiciones personales", destacaron. |
|
|
CARRERA TERCIARIA ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS Y URBANIZACIONES MODERNAS TÍTULO OFICIAL - Res. Nro. 774/01 - DURACIÓN DOS AÑOS Única en el país "PRESENCIAL Y A DISTANCIA" Prepárese para enfrentar un mercado competitivo con mayores complejidades
|
|
|
Arq. Pablo R. Pulice Mat. CPAU: 10.976 UBA Construcciones - Instalaciones - Refacciones - Impermeabilizaciones - Servicios Pintura de frentes Informes técnicos
|
|
|
Perlitas: Charlar y hacer son cosas diferentes, más bien antagónicas. (Karl Marx) |
|
Ley de Contrato de Trabajo ¿Cómo se indemniza a un trabajador ya jubilado? [BPN-17/06/09] La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo fijó como doctrina que a los trabajadores jubilados que sigan prestando servicios sin interrupción a las órdenes del mismo empleador, sólo se les computará como antigüedad el tiempo de servicios posterior al cese. Así lo dispuso por mayoría en un plenario que se realizó el 05/06/2009 (en autos caratulados Couto de Capa, Irene Marta c/ Areva S.A. s/ley 14.546). Hasta ese momento, gran parte de la jurisprudencia había establecido que al trabajador jubilado que continúe trabajando para el mismo empleador se le debía pagar, en caso de ser despedido sin causa, la indemnización por antigüedad desde la fecha de ingreso inicial y no desde que obtuvo el beneficio jubilatorio. La doctrina se fijó por mayoría pero no por unanimidad. El Dr. Juan Carlos Eugenio Morando, que votó a favor, argumentó que "resulta irrelevante, a los efectos de la aplicación de la norma, que no haya existido un hiato temporal entre el cese y el reingreso o, desde otra perspectiva, continuidad entre ambos segmentos de la vinculación porque jurídicamente mediaron, en cualquier caso, dos contratos, uno de los cuales se extinguió por la renuncia del trabajador para jubilarse. Aunque haya retomado servicios al día siguiente, ello importó la celebración de un contrato nuevo, pues ese día ninguno se hallaba vigente". Por su parte, la Dra. Estela Milagros Ferreirós, uno de los que votó por la negativa, consideró que la facultad del empleador de hacer cesar al trabajador no es de orden público y forma parte de los derechos disponibles por aquél. En este sentido, señaló que si la situación no se hace valer, el contrato sigue su curso, y sólo finaliza por las otras modalidades previstas legalmente. "De ahí que la sola obtención del beneficio jubilatorio no tenga efectos extintivos del contrato", concluyó. |
|
Represéntese a sí mismo, ReDeCo Reafirmación de los Derechos del Consorcista (11) 4856-4628 - (15) 5182-5187 Somos, además, representantes de UCRA Mar del Plata en Ciudad de Buenos Aires y localidades del Gran Buenos Aires |
|
|
|
Perlitas: La vida no es sino una continua sucesión de oportunidades para sobrevivir. (Gabriel García Márquez) |
|
|
|
ReDeCo "El encargado no puede retener la vivienda" [BPN-17/06/09] El proyecto de la diputada nacional María Laura Leguizamón (Frente para la Victoria) para que "en los casos de despido sin justa causa, el empleador no podrá exigir al trabajador la entrega de la unidad inmueble que éste habitare, hasta tanto no se le abone la totalidad de los rubros salariales e indemnizatorios que correspondan según las leyes laborales vigentes" sigue trayendo debate. El coordinador de Reafirmación por los Derechos del Consorcista (ReDeCo), Dr. Jorge Resqui Pizarro consideró que es anticonstitucional: "es bastante disparatado y ha levantado una polvareda y una crítica masiva en casi todos los abogados". Explicó que el encargado cuando es despedido -de acuerdo al estatuto- tiene 30 días para dejar la vivienda. "La cuestión de la indemnización establece que más allá de si es o no indemnizado existe la obligación de restituir la vivienda", subrayó. Argumentó que la vivienda no forma parte de los derechos. Señaló que es un componente de la remuneración que se le otorga al trabajador: "no puede ser retenida y debe ser liberada el día que se cumple el tiempo que marca el estatuto. Antes o al día 30 de extinguida la relación laboral". ¿Y si se suma como cláusula del CCT? En caso de que este punto se sumara como cláusula a la Convenios Colectivos de Trabajo del sector, el coordinador de ReDeCo consideró que sería una cláusula abusiva e inconstitucional y habría que denunciarla como tal. "Esa cláusula sería declarada inconstitucional, ataca el artículo 17 que hace al derecho a la propiedad, sería irrazonable. La vivienda es dada con un sentido y no forma parte de las prestaciones, no es obligación dar la vivienda", subrayó. Las reuniones en Mar del Plata. Resqui Pizarro participó como disertante de la charla debate que organizó la Unión de Consorcistas de la República Argentina Mar del Plata (UCRAMDP) sobre "¿Puede un consorcio de propietarios concursarse o quebrar?". "La conclusión que hago del encuentro es muy buena. En esa ciudad hay una audiencia muy informada y muy entendida", destacó. Consideró que la gente se fue preocupada pero anoticiada de que tiene que analizar en sus consorcios cómo se están haciendo las cosas. |
|
Artículos de limpieza (todas las marcas y sus líneas y de producción exclusiva). Ropa de trabajo, luminarias, máquinas para consorcios, elementos de seguridad, asesoramiento, etc... Distribución sin cargo en capital y conurbano
|
|
|
|
Perlitas: El mundo es un escenario, y todos los hombres y mujeres son meros actores. (William Shakespeare) |
|
|
|
Asociaciones de consumidores [BPN-17/06/09] Las asociaciones de consumidores informaron que en los últimos meses se incrementaron notablemente los reclamos por aumentos "abusivos" de los precios en servicios no regulados como plomería, carpintería, pinturería y electricidad, entre otros. Las asociaciones de defensa a los usuarios Deuco, Proconsumer y el Centro de Educación al Consumidor (CEC) coincidieron en que las consultas y quejas por el aumento de los servicios son "permanentes". Estas subas impactan en la economía de los consorcios pero al mismo tiempo, también está perjudicando a los mismos trabajadores debido a que la demanda se contrae y la actividad disminuye. Ricardo Nasio (de Proconsumer) subrayó que si bien nadie puede negar que se multiplicaron las quejas, no pueden estimar un porcentaje del crecimiento debido a que las asociaciones no relevan estadísticamente los reclamos. El representante de Deuco, Pedro Busetti, agregó que en el mercado de los no regulados "no hay uniformidad y el comercio es libre, por lo que los profesionales de ese sector aumentan por inercia y hasta por contagio". Algunos de los vecinos denunciaron sentirse estafados por las tarifas o el pago adelantado que solicitan algunos trabajadores no regulados. "En varios casos, es por no conocer sus derechos", explicó la titular del CEC, Susana Andrada. Ella puso como ejemplo que un trabajo de plomería tiene una garantía de un mes, pero algunos consumidores no lo saben y optan por no volver a llamar al plomero si el arreglo se rompe dentro de los 30 días para no volverles a pagar. Si bien no existen precios preestablecidos en los no regulados, Andrada señaló que hay valores acordados "de hecho" entre los profesionales que operan en el mercado, y eso provoca que algunos suban sus tarifas en forma desproporcionada. Según la Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericanas (FIEL), los servicios no regulados aumentaron un 7,7 por ciento, los controlados por el Estado un 8,7 y los estacionales cayeron un 0,1%". |
|
|
Entrada a la gorra
|
|
|
|
Perlitas: Hay un cierto placer en la locura, que solo el loco conoce. (Pablo Neruda) |
|
|
|
AFIP [BPN-17/06/09] La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió implementar el programa "IVA y VUELTA" destinado a promover la participación de los ciudadanos en el contralor del cumplimiento de los deberes formales por parte de los responsables de los impuestos. Las personas que cumplan con la obligación de solicitar el ticket en cada compra podrán participar de un sistema de sorteos y premios sobre la base de los comprobantes recibidos en las operaciones de compra, de obras, locaciones y prestaciones de servicios. Según informaron, todas las semanas sortearán un auto OKM. El objetivo es que cumplan con la obligación de exigir a los proveedores de bienes o servicios la entrega de los comprobantes respaldatorios de las operaciones. A partir de ahora, aquellos que realicen ventas, locaciones o prestaciones de servicios deberán exhibir obligatoriamente el formulario 960 en sus locales de venta. El formulario debe estar ubicado en un lugar visible y destacado, próximo a aquel en el que se realice el pago –cualquiera sea su forma- sin que otros formularios, carteles, avisos o letreros impidan su rápida localización. De acuerdo a lo que fija el artículo 25 de la Resolución 2611-AFIP, el formulario no podrá ser sustituido por ejemplares no provistos por la AFIP o que no respeten los parámetros establecidos. Por otra parte, cuando se utilicen máquinas registradoras –emisoras de tique o vales- o controladores fiscales, deberán exhibir como mínimo un formulario 960 cada tres máquinas o controladores. Los contribuyentes podrán solicitar el formulario en la dependencia de la AFIP en la que se encuentren inscriptos. Sin embargo, alternativamente éste podrá descargarse desde la WEB www.afip.gob.ar. La impresión deberá realizarse sobre papel tamaño A4, de gramaje no menor a 80 gramos y respetando sus características en cuanto a diseño, formato, medidas y colores. Según informó la contadora Liliana Corso, debido a que la AFIP no cuenta con gran cantidad de formularios, por el momento, "van admitir provisoriamente que los exhiban en blanco y negro".En el programa de radio "Hablemos de Consorcios" de la Unión de Medios Independientes de Propiedad Horizontal (UMIPH), el coordinador de Reafirmación de los Derechos del Consorcista (ReDeCo), Dr. Jorge Resqui Pizarro, recordó que en su momento existió el LoterIVA y uno tenía que juntar los cupones y ponerlos en un sobre. "Ahora hemos avanzado, es cierto que se puede hacer de distintas maneras, el problema es que hay que llenar formularios y cargar gran cantidad de datos de cada uno de los tickets. Creo que con el tiempo que pierdo si lo aprovecho trabajando, me compro el auto. Me defraudaron", destacó. |
|
|
|
|
|
Perlitas: Nadie me dijo que habría días como estos, días extraños sin duda. (John Lennon) |
|
Gas domiciliario [BPN-17/06/09] A pocos días de las elecciones, el Gobierno nacional dispuso elevar, desde el 1º mayo hasta el 31 de agosto, los límites de consumo anual de gas. En Capital Federal y Gran Buenos Aires, el tope superior pasará de mil metros cúbicos a 1.500 m ³.En este sentido, un millón de hogares dejarían de pagar los recargos por exceder ese tope en relación al mismo período del año anterior. El ministro de Planificación, Julio de Vido, hizo el anuncio en la Casa de Gobierno. Explicó que la medida se tomó debido al descenso de los precios de los combustibles al momento de la implementación del cargo, en noviembre pasado. "La señora Presidente nos ha instruido a elevar, desde el 1 de mayo al 31 de agosto, los techos de consumo anual de gas a fin de excluir del cargo a más hogares de clase media", señaló el ministro. En noviembre de 2008, se implementó un cargo tarifario solo a hogares de mayor consumo destinado a eliminar los subsidios que abonaba el Estado nacional para importar gas y para reforzar el programa "Garrafa para Todos". De esta manera, un millón de hogares dejarían de abonar los recargos en la tarifa de gas natural de red del total de 2,07 millones que eran alcanzados por el cargo y que demandaban el 72% del gas residencial. También quedarán excluídos del aumento los hogares que consuman menos de 1.500 metros cúbicos de gas anuales en las provincias de Santa Fe, Córdoba y Entre Ríos. A su vez, en las provincias de la región de Cuyo el tope se elevó de 1.400 metros cúbicos a 2.051 y en las del noroeste argentino se pasará de los actuales 700 y 800 metros cúbicos a 1.050 y 1.200, respectivamente, según el municipio. También se dispuso aumentar los techos de consumo en el interior de la provincia de Buenos Aires, y en las demás que cuentan con el servicio de gas residencial por red como las de la Patagonia y La Pampa. |
|
|
CONSORCIOS AL BORDE DE UN ATAQUE DE NERVIOS Charla interactiva a cargo del Dr. Eduardo Awad, abogado especialista en Propiedad Horizontal (Consorcios) con la participación de la Dra. Nelly Díaz, Director y Subdirectora respectivamente del Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal del C.P.A.C.F., a realizarse el martes 7 de Julio de 2009 desde las 18.30 hs. en el Salón Auditorio del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal Corrientes 1441 con entrada libre y gratuita. |
|
|
Inmobiliaria [BPN-17/06/09] Desde el 26 de mayo, 90 mil construcciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran protegidas de demolición debido a que se publicó en el Boletín Oficial la ampliación de la Ley 2548 a toda la superficie de la Ciudad.De esta manera, para demoler o modificar una propiedad construída antes del 31 de diciembre de 1941 se deberá demostrar que no tiene valor patrimonial. Si esto es así se podrá obtener el permiso de obra o demolición pero si la propiedad es considerada con valor patrimonial se procederá directamente a su catalogación impidiéndose las modificaciones y la demolición. La norma fue votada el 23 de abril por la Legislatura porteña y se promulgó el 21 de mayo. En la primera etapa, la Ley 2548 incluía casi 2.700 edificios representativos, a lo que se sumaba el polígono presentado sin éxito a la UNESCO. A partir de fines de mayo, se incorpora toda la superficie de la Ciudad. "Este es el paso más importante en la defensa del patrimonio de nuestra Ciudad de Buenos Aires que estaba desapareciendo bajo los picos de las demoliciones, sin tener marco protector ninguno", destacó el coordinador de Protocomuna Caballito, Gustavo Desplats. En este sentido, argumentó que Nueva York cuenta con más de 30 mil edificaciones protegidas y Río de Janeiro con más de quince mil. A su vez, señaló que París protege su patrimonio desde fines del siglo XIX y Milan desde fines del XVII. Según él, "ahora hay que cumplir la ley. La aparición de muchas ONGs en los barrios de la Ciudad defendiendo las causas patrimoniales y la lucha casi solitaria de Teresa de Anchorena y el diputado Destéfano nos permiten tener esperanza en el futuro". |
|
|
del Consorcista Asesoramiento sin Cargo DefensoriaDelConsorcista@hotmail.com
|
LASER - INKJET HP - EPSON - LEXMARK CANON - XEROX - PHASER Retiro y entrega a domicilio SIN CARGO (15) 3172-9501 |
|
|||
Perlitas: ¿De qué otra forma se puede amenazar que no sea de muerte? lo interesante, lo original, sería que alguien lo amenace a uno con la inmortalidad. (Jorge Luis Borges) |
|||
|
|||
CABA La venta de propiedades bajó más que en el 2002 [BPN-17/06/09] Datos oficiales, revelan que el primer cuatrimestre de 2009 fue el más bajo en cuanto a operaciones inmobiliarias de los últimos diez años. Según los datos del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital, en los primeros meses de este año sólo se realizaron 21.205 escrituras. En 2002, las cifras llegaron al punto más bajo con 22.746. Sin embargo, después de ese año empezó a crecer y en los primeros cuatro meses de 2008 las escrituras habían superado las 31.000. Los últimos datos que hizo públicos el Colegio de Escribanos de la Ciudad dan cuenta de la misma situación: dicen que en abril de este año hubo una caída de las operaciones del 38,47% si se compara las cifras con el mismo mes del año pasado. En cuanto al primer cuatrimestre, el descenso interanual fue del 39%. Los números no son exactamente los mismos que los del Registro de la Propiedad Inmueble porque el Colegio registra las escrituras realizados por los escribanos matriculados en la Ciudad. |
|||
|
|||
|
|
||||||||||||||||||||||||
Perlitas: El que después de vencer se venga, es indigno de la victoria. (Voltaire) |
||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||
Sueldos Junio/09 [BPN-17/06/09] La firma de las nuevas escalas salariales no se produjo aunque hace quince días parecía cuestión de horas. A la fecha, no hay modificaciones en los importes básicos de convenio motivo por el cual sigue vigente la escala salarial del mes de Agosto de 2008. En este mes también se debe liquidar el primer Sueldo Anual Complementario (SAC) y no viene mal repasar lo que dice la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo y la Ley 23.041 al respecto. El artículo 121 de la Ley 20.744 fue modificada por el artículo 1 de la Ley 23.041 con lo cual el concepto de SAC quedó expresado así: "El sueldo anual complementario en la actividad privada, Administración Pública Central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado, será pagado sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año". Con respecto a la época de pago, el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo despeja las dudas: "El sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el treinta de junio y la segunda el treinta y uno de diciembre de cada año..." Junio 2009
Aunque el mes esté por la mitad, muchos administradores comenzarán a preparar los haberes del mes para adelantar trabajo y confeccionar los aguinaldos que a la fecha deberán hacerse sin cambios. Veremos qué nos deparan las noticias. |
||||||||||||||||||||||||
|
Todos los viernes de 19 a 20 hs. por AM 1010 Onda Latina. También por Internet en: www.hablemosdeconsorcios.blogspot.com una producción de |
|
|
|
Perlitas: El alma es un acorde; la disonancia, su enfermedad. (Pitágoras) |
|
|
|
Gestión Profesional ¿Ud. sabe… dónde está el encargado? por la Dra. María Cristina Carrera Escenario: hall de entrada de un consorcio en absoluto silencio y soledad, horario 17.15 hs. Lindando con el hall, una puerta con un cartel de acrílico en el que se lee ENCARGADO. De uno de los ascensores bajan dos copropietarias que individualizaremos como Sra. X y Sra. Z Sra. X: (De muy mal talante) Necesito hablar con el encargado. El pibe del 5ª está otra vez tocando la batería, ¿Ud. sabe dónde está? Sra. Z: ¿Quién el desaparecido en acción? Ni idea. Toque el timbre que debe estar tomando mate. (La Sra. X toca el timbre y nadie responde) Sra. X: No contesta. Ve, es lo que yo siempre digo, es un vago, cuando uno lo necesita no lo encuentra. Le pagamos un sueldo para nada (se asoma a la escalera y grita: Julio, Julio. Nadie contesta) Sra. Z: ¡Que barbaridad!... habría que avisarle al administrador pero para qué si a ese sólo le importa cobrar los honorarios, no viene nunca. Bueno disculpe pero me voy, tengo hora con el dentista. ¡Suerte!. La Sra. X queda sola en el hall luego de un gesto de "y bueno así es la vida". Llama uno de los ascensores y sube rezongando contra el encargado. Pocos minutos después se abre la puerta del otro ascensor y baja un hombre de mediana edad que lleva en una mano un balde y en la otra un secador, es Julio (el encargado). Había recibido la orden del administrador que después de que se retiren los albañiles que refaccionan el departamento del 8ª piso debe volver a limpiar el palier. Esta escena por distintos motivos se vive diariamente en los consorcios. El encargado no está a la vista de los copropietarios y éstos ignoran el porqué. La causa de este conflicto es la ausencia de comunicación y distorsión de los roles de los integrantes del consorcio. El copropietario en el horario que el encargado no tiene trabajo efectivo espera verlo en la puerta del edificio, ignora que el administrador le ha ordenado otra tarea La figura del encargado (trabajador en relación de dependencia) y la del administrador (representante legal del consorcio con poder de dirección), están claramente determinadas en el CCT 378/04 y en la Ley de Contrato de Trabajo. No obstante, las consultas que reciben los administradores de los consorcistas, los abogados de los encargados y/o administradores y las entidades que nuclean a ambos me invitan a esta reflexión que tiene cierta cuota de humor. Solución: respetar lo establecido en el art. 23 del citado convenio, que en su inciso 18 dice: "El administrador del consorcio se halla facultado para indicar el lugar donde deberán hallarse a disposición los/as empleados/as comprendidas en la C.C.T. vigente cuando no se encuentre prestando tares efectivas". La Sra. X no está facultada para pedirle al encargado que haga cumplir normas de convivencia, ese rol es exclusivo del administrador por lo que ante la situación planteada deberá dirigirse a éste. El administrador que cambia una norma de conducta del encargado, en este caso tarea de vigilancia en la entrada, deberá hacérselo saber a los copropietarios. Esta práctica laboral del administrador, comunicación fluida con los integrantes del consorcio, evitará conflictos y su probable escalada. |
|
|
|
Declaraciones Juradas Asesoramiento, confección, impresión y carga por Internet. Todo listo para su presentación Pewen Sistemas Teléfono: 3526-1806 Tel/fax: 4581-3906 |
|
||
Perlitas: Me preocupa el futuro, es donde voy a pasar el resto de mi vida. (Woody Allen) |
||
|
||
Correo de Opinión Los propietarios llaman al administrador para ladrar por la Adm. Graciela Marchi Al Sr. Director: Me gustaría saber si la frase que utilizó la Sra. Alicia Giménez (BPN-03/06/09): "No estamos en contra de los encargados sino de los administradores..." es textual porque parece que para quedar bien siempre hay que tirarle tierra a otro. También suscita cierto grado de escozor saber de su boca tal animosidad en contra de personas que como ella creen tener un trabajo digno y respetar a sus administrados. Quizás, en una pizca de los argumentos que siempre esgrime la Sra. coincidamos, ya que mi opinión es que para negociar el CCT de los encargados tendrían que haber unas cuantas sillas ocupadas por: copropietarios asalariados, docentes, enfermeros y jubilados que ganan mucho menos que ellos y viven en departamentos. Pero querría recordarle que si no han podido ganar ese espacio otras entidades o asociaciones, poco podemos hacer los administradores comunes que trabajamos todos los días y los propietarios comunes que trabajan todos los días. Por otra parte, le queda muy bien decir que: "no estoy en contra de los encargados", pero todos sabemos que los propietarios llaman al administrador para ladrar por el sueldo del encargado pero le sonríen cuando entran y salen del edificio y se encargan de reiterarle que no tiene nada contra él. La realidad es esa, con mucha hipocresía de por medio los propietarios se rasgan las vestiduras por el sueldo, cargas sociales, vivienda del encargado. Hemos escuchado muchas veces en las asambleas "que me paguen a mí ese sueldo". Busquemos un país más justo donde el sueldo de uno no sea la injusticia de otro. Estimada Sra. le dejo este parecer: sería bueno que el encargado ganara lo que gana pero el maestro, el jubilado y la doméstica también ganaran bien. Siempre se trata de nivelar para abajo, no es ilógico. Que los interesados reunidos en la mesa de negociación de un CCT no discutieran por una miseria y no resultaran un logro increíble los aumentos necesarios para vivir dignamente. También sabemos que las generalizaciones siempre suenan feo: todos los administradores son... todos los abogados son...; no invoque a este tipo de latiguillos. No tiene nada de cierto ya que hay administradores buenos y no tan buenos, abogados buenos y no tan buenos, como en todas las artes. Siempre con el ánimo de mirar hacia adelante y mejorar como administradores y como personas.
|
||
|
Ahora en su casa y en sus tiempos Curso de Sueldos General a distancia por Internet Nivel Básico y Avanzado teórico/práctico Seguimiento personalizado Informes en el TE: 4581-3906 |
|
|
|||||||||||
Perlitas: ¡Son tantos los mortales que no pueden digerir la felicidad! La felicidad no es cosa fácilmente digerible; es, más bien, muy indigesta. (Miguel de Unamuno) |
|||||||||||
|
|||||||||||
Correo de Opinión Yo tampoco llamé ni me llamaron por el Adm. Luis Sinagra Estimado Sr. Rivas: Atento a la nota de referencia, le hago notar que meses atrás le envie un correo en relación a declaraciones del Sr. Bielli en la cual manifestaba que era necesario dar un lugar dentro de la Cámara a quienes propongan alternativas diferentes, aunque sean minorías. Siempre con el ánimo de sumar naturalmente, coincido con la prudente posición de Dr. Ruano con quien no tengo contacto pero en su momento integré su lista. Tampoco tengo contacto con la actual lista de Renovación & Cambio. Yo tampoco "llamé ni me llamaron". Creo que los socios necesitan un grado de confianza que aparentemente nadie logra otorgar. Esperemos que se revierta la situación en pos de mejorar la actividad. Humildemente, creo que los socios se alejarán aún más en la medida en que no exista una puja por tomar la posta y dirigir la Cámara debatiendo la diferencias por medios periodísticos. Al margen de que la situación económica financiara de la Cámara no es la mejor, como socio me gustaría conocer el costo de hacer una elección ya que si todos somos socios, todos la afrontamos y en este caso, en principio dos veces. ¡¡¡Suerte que existen solo dos listas!!!
|
|||||||||||
|
|||||||||||
ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente. - Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos - |
|
|||||||||||||||||
Correo de Opinión No echen más leña al fuego por la Adm. María Ditmar Sres. Pequeñas Noticias: He leído atentamente el mail de la administradora Victoria Domínguez y le quiero decir a ella y a ustedes que lo comparto plenamente. No todos los administradores hacen las cosas mal y Uds. parecen que así lo quieren mostrar. Muy pocas veces he visto en sus envíos algo positivo para rescatar de la labor de los administradores que deben lidiar con muchas circunstancias, a veces no reconocidas por nadie. Tantos informes negativos hacen que los consorcistas nos pongan a todos en la misma bolsa y así muchas veces se crean enfrentamientos innecesarios. Los medios deben ser responsables de no crispar más a esta sociedad que tan marcada está por la vida misma y nosotros no somos culpables de todo lo que les pasa a ellos ni al consorcio. Estaría bueno que así como remarcan y remarcan todo lo malo de algunos administradores, también busquen las cosas buenas que otros hacemos. Además de hacer el trabajo honradamente, ponemos onda ante los problemas de bolsillo de los consorcios, hacemos malabares para llevar una administración con lo que hay, aguantamos malas caras, ponemos mucha voluntad para bajar los decibeles de aquellos que se creen con derecho a gritarnos porque no están de acuerdo con lo hecho y en vez de hacer un pregunta correctamente, ponen su dedo acusador en palabras irreproducibles y tratamos de aliviar problemas consorciales sin llegar a juicios, etc. Por todo ello "no echen más leña al fuego", una buena sociedad no se construye poniéndonos unos contra otros. Informar no significa enfrentar. Muchas gracias.
Estimada María: No es mi costumbre intervenir en las opiniones de los lectores pero en este caso pienso que puedo hacer algún aporte que puede ser provechoso. En primer lugar, le quiero hacer notar que no estaríamos dialogando Ud. y yo de no haber sido publicado en el número anterior de Pequeñas Noticias la opinión crítica de la Adm. Victoria Domínguez. No creo que Ud. conozca muchos medios institucionales, profesionales, locales o nacionales que se puedan permitir semejante lujo. Esto no es casual: es producto de una línea editorial abierta en la que permitimos a todos los actores de esta comunidad expresar sus ideas, aún en aquellos casos en que las opiniones vertidas expresen críticas contra nosotros mismos. Si no, no sería coherente. Lamentablemente, un administrador que vela concienzudamente por el interés de sus representados, un propietario cumplidor de sus obligaciones, un encargado trabajador y responsable, una entidad democrática que escucha a sus socios antes de tomar decisiones, un gobierno (nacional o local) que devuelve en obras cada centavo recaudado en impuestos y que vela por el interés de los ciudadanos, no es noticia. No sólo para Pequeñas Noticias sino también para los medios nacionales e internacionales, desde los más pequeños hasta los más importantes y prestigiosos, sea en el idioma que sea. Pero –en la búsqueda de una resolución positiva al debate- quisiera avanzar un poco más. La invito a participar del Boletín de Pequeñas Noticias con aquellas informaciones u opiniones –según su punto de vista- que le parezcan relevantes de destacar al resto de la comunidad consorcial. Para Ud. sería la oportunidad de compensar esa falencia de la que considera que adolece este medio y para nosotros la oportunidad de brindar una mejor y más amplia información a nuestros lectores. A la espera de su respuesta, la saluda cordialmente.
|
|||||||||||||||||
|
|||||||||||||||||
Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo Martes 16 de junio a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.
(*) El mail debe ser dirigido a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. La participación implica el conocimiento y la aceptación de las condiciones detalladas del concurso a las que se puede acceder mediante este vínculo. |
|||||||||||||||||
|
|||||||||||||||||
Correo de Opinión Uno siempre esta ahí por un encargado Este señor (el Dr. Eduardo Brailovsky) se olvida que el encargado con vivienda, al vivir dentro del consorcio, también está disponible cada vez que los consorcistas lo necesitan, cuando tocan el timbre o suben para preguntarnos si tenemos un minuto para cambiarle una lámpara en la cocina. O cuando se van unos días y nos piden que les reguemos las plantas por la tarde o le limpiemos la jaula de los pajaritos. Este señor no sabe que también nos llaman hasta para que le subamos los pantalones a quienes son viejos y discapacitados y no pueden movilizarse por sus propios medios. También nos piden consejos o que los acompañemos si se encuentran solos. Muchas veces nos quedamos a tomar un café después del turno. Le cuento que a mí me dejan entre 5 y 6 llaves por día, dinero para pagar los sifones o a las empleadas. Me dejan sobres para entregar, me piden cambio, etc... Desde temprano, me llaman a mi casa para ver si vino la empleada de limpieza, si vino el sodero... Mire, son innumerables las situaciones en las que uno por estar viviendo en el edificio ayuda a cada uno de los propietarios y no se olvide que durante el día se queda el ascensor porque seguro alguno dejó una puerta mal cerrada o tiró de la misma antes que llegara al piso. Sabe, nadie sabe bajar por sus medios y tocan la alarma o gritan y uno siempre está ahí. Tenemos la ventaja de vivir en el lugar de trabajo, pero yo cuando llega el sábado no veo la hora de salir y no volver hasta el domingo. También llaman a la madrugada y me piden si puedo subir porque sienten olor a gas, porque necesitan un medicamento y están postrados, enfermos o porque los hijos se fueron a bailar. Así que yo estoy todo el día y mi celular suena hasta cuando estoy en el dentista pidiéndome que al volver pase por el departamento de alguien a limpiar porque la chica no vino. En todas las profesiones hay ventajas y desventajas. Cuando yo era ayudante terminaba mi horario y me iba a casa hasta al otro día, hoy no viajo pero estoy pendiente de cualquier llamado ya que son 54 departamentos y más de 200 personas. No me quejo, pero ud no se queje, porque yo no estoy en esa lista.
|
|||||||||||||||||
|
|||||||||||||||||
|
|
||
Correo de Opinión Hay cosas que no se están controlando bien por la Adm Silvia Noemí Veliz Estimados amigos adhiero totalmente a la opinión de mi colega Victoria Dominguez (BPN Nº 378: "No entorpezcan nuestro trabajo"), el aumento de la obra social en los trabajadores jornalizados es vergonzoso. ¿Cómo puede ser que se pague un poco menos de la mitad del sueldo en cargas sociales? Aquí hay cosas que no se están controlando bien, ni siquiera por los que dicen representar a los consorcistas.
|
||
|
||
En nuestro sitio www.PequeñasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes al mes de Junio/2009, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal |
|
||
Correo de Opinión No se timbran más las DDJJ de la 941 por Julieta Sr Director: Quería informarle a los lectores que yo ya confeccioné y presenté las Declaraciones Juradas correspondientes al año 2008 y que no se tienen que molestar por el timbrado. Yo fui a Carlos Pellegrini 211 (GCBA) al igual que el año pasado (en su momento timbrada) y me dijeron que ya no se timbraba más. Con bastante inseguridad de que no me lo recepcionaran me dirigí a Patricias Argentinas 214 (RPA) y como bien me comunicaron en el GCBA no se timbran más las declaraciones juradas. Así que vayan tranquilos SIN TIMBRARLAS porque al parecer una vez más nos cambiaron las disposiciones y no se timbran más. Espero haberles sido útil con la información. --- La redacción se comunicó con el Registro Público de Administradores de la CABA y confirmaron que por el momento no se están timbrando las declaraciones juradas porque -como nos expresó una empleada- "no se pusieron de acuerdo con el monto". Así que mientras los que se tienen que poner de acuerdo no lo hagan, no hará falta pagar timbrado. ¡ Aleluya !
|
||
|
Co-conductoras del programa radial Dra Liliana M. Corzo y Dra. Diana C. Sevitz Co-conductoras del programa radial En su 8ª temporada en el aire se complacen en informar a sus oyentes que a partir del 1ero. de marzo de 2009 se emite el programa los días martes de 19 a 20 hs en vivo, por la emisora AM 1010 ONDA LATINA y se puede escuchar por internet |
de los administradores y consorcistas. ADMINISTRADORESph.com.ar Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar. Visítelo aquí. |
|
||||||||||||||||||||||||
Rincón Solidario Necesito saber si podemos poner puerta de rejas en los tres pasillos de bauleras individuales que hay en el sótano. No se aíslan otros sectores, sólo el libre ingreso a las bauleras. Los horarios de acceso son de lunes a domingo de 08.00 a 20.00 con llave de las puertas en portería. Es por tema de seguridad y por los desmanes que hay en el edificio. María Rosa. (21/5/2009) Estimada María Rosa: Responder consultas de este tenor es normalmente dificultoso porque es preferible tener a la vista el reglamento de copropiedad del consorcio (para saber si esas bauleras son sectores comunes o unidades de dominio exclusivo complementarias) y también haber efectuado una visita al edificio para tener una idea cabal sobre los sectores y espacios involucrados. En principio, me inclino a responder que se podría proceder a instalar el enrejado, he aquí algunas consideraciones generales que pueden apuntarse, por ejemplo: 1.- Si se han producido hurtos o robos en ese lugar colocar una reja indica que el consorcio ha decidido incrementar las medidas de protección de personas y cosas y eso está bien; 2.- Si, como se expresa en la consulta, no se aíslan otros sectores; 3.- Si la nueva situación resultante del enrejado no resulta peligrosa (por ejemplo, si hay un incendio. No debe olvidarse que en los último años hay normas nuevas que deben observarse en cuanto a la seguridad); 4.- Si bien, en general, en las bauleras los ocupantes del edificio no guardan elementos de primera necesidad la circunstancia de que el acceso no sea totalmente libre, en cuanto a días y horas, puede ocasionar algún conflicto, por lo que sería aconsejable que el tema se trate en una asamblea, sobre todo si consideramos que puede además, ocasionar un gasto importante. Un saludo cordial --- El Dr. Eduardo Awad es abogado especialista en Propiedad Horizontal y director del Instituto de la Propiedad Horizontal del Colegio de Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para cualquier consulta se le puede escribir a consorcio@todoconsorcios.com.ar |
||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||
Rincón Solidario Algunos administradores no transcriben el acta Cuando llamo a asamblea (ordinaria y/o extraordinaria) transcribo en el acta pertinente todo el orden del día. Esa misma orden la envio y/o entrego de manera personal. Ahora bien, mi inquietud es la siguiente: algunos administradores al confeccionar el Acta de la Asamblea no la transcriben. Sencillamente comienzan colocando la hora y de conformidad al llamado... ¿Cuál es la correcta: el que hago actualmente o el de otros administradores? Agradeceré información antes de la publicación del boletín que siempre recibo. Muchas Gracias. Aldo Sr Aldo: La Ley 13.512 no se refiere en su articulado a ninguna clase de libro que deba llevar el consorcio de propietarios. Es el decreto reglamento Nº 18734/49 el que dispone en su artículo 5: “Las decisiones que tome el consorcio de propietarios conforme al artículo 10 de la Ley 13512 se harán constar en actas que firmarán todos los presentes y que será rubricado, en la Capital Federal y territorios nacionales, por el Registro de la Propiedad y en las provincias por la autoridad que los respectivos gobiernos determinen. Todo propietario podrá imponerse del contenido del libro y hacerse expedir una copia de las actas, la que será certificada por el representante de los propietarios o la que éstos designen. Las actas podrán ser protocolizadas”. Desde el punto de vista de las relaciones comunitarias es el libro más importante y es el que brinda un marco formal a las decisiones tomadas en el consorcio. El artículo precedentemente transcrito ordena que sean registradas en el libro de actas todas las resoluciones tomadas, actas que serán firmadas por todos los propietarios o representantes que hayan concurrido a la respectiva asamblea. Por lo antes expuesto, considero que, cuanto más información contenga el Acta de Asamblea en cuanto al tipo de Asamblea, lugar de reunión, fecha y hora de inicio y de finalización, Orden del día, las deliberaciones, las distintas mociones, las votaciones y los resultados de las mismas, más claro y transparente será para los copropietarios presentes, representados o ausentes en la Asamblea en cuanto a las decisiones allí tomadas. Cómo así también para su gestión cómo administrador. Espero haberle respondido a su consulta y lo saludo atte. --- El Contador Hutler Sebastián Wolkowicz es Auditor y Administrador de Consorcios con amplia experiencia en el tema y cualquier consulta que se desee se le puede hacer escribiéndole al e-mail administracion@estudioshw.com.ar |
||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||
Rincón Solidario Estamos pensando en alquilar la portería Estimados les agredecería si pueden informarme sobre el siguiente caso. En el edificio donde vivo estamos pensando en alquilar el departamento destinado a la portería. En la actualidad, no tenemos encargado. Este departamento no figura en el Reglamento de Copropiedad, no paga expensas ni agua, servicios municipales e impuesto inmobiliario. Surgen varias preguntas. La primera es: podemos solicitar a los organismos o empresas correspondientes tomar en cuenta a este departamento para el pago de los servicios e impuesto citados. La pregunta surge por dos motivos: 1)
Seguir el camino legal que corresponda. La segunda pregunta: ¿está prorrateado el importe de servicios e impuesto inmobiliario del departamento de portería en las facturas correpondientes a cada departamento del edificio? Por último, algunos servicios citados están incluídos en las expensas, por ejemplo la limpieza. En este sentido, ¿se puede cobrar expensas? Disculpen la molestia. Desde ya muchas gracias. Atentamente. Estimado Jorge: Por distintas razones este tipo de situaciones se está dando cada vez con mayor frecuencia en muchos edificios de propiedad horizontal. Los principales motivos están relacionados tanto con el encarecimiento marcado y constante del valor de las expensas mensuales como asimismo con la gran incidencia que en las mismas tienen los costos de la relación laboral (salario, aportes, etc.) con el personal (encargados, etc.). Esto hace que muchos consorcios se hayan visto en la necesidad de prescindir del encargado e intentar aliviar los progresivos gastos mensuales de expensas acudiendo a este procedimiento de alquilar la vivienda de portería. Es evidente que la excesiva e intolerable presión que el sindicato ha venido ejerciendo sobre las alicaídas finanzas de los consorcios, a través de paritarias manifiestamente ilegales homologadas por el Gobierno, está produciendo un efecto indeseado: la abrupta caída de la demanda de trabajo para los encargados. Simple aplicación del principio físico de acción y reacción... Respondiendo a la consulta, le diré lo siguiente: a) si el edificio no cuenta con un encargado en funciones no hay inconveniente alguno en que el Consorcio ponga en alquiler el departamento de portería; b) el amigo Jorge no nos informa si el departamento en cuestión cuenta con conexión de luz eléctrica, gas natural y servicio de agua corriente y cloacas; esto lo digo porque se han dado casos en que, por ejemplo, la red de gas no está conectada al departamento, en cuyo caso hay que recuirrir a la garrafa, con el consiguiente peligro que implican conexiones precarias; a los fines de la respuesta a la consulta, partimos de la base de que este departamento cuenta con estos servicios; c) en cuanto a si está prorrateado el costo del servicio de ABL en las expensas generales que se han venido liquidando hasta ahoram le respondo que sí; d) en atención a todo lo precedentemente expuesto y a que este departamento tiene la condición de bien o sector de propiedad común del consorcio, no corresponde liquidarle expensas por separado. No está de más sugerirle que para la redacción del contrato de alquiler consulten a un abogado. Entre otros motivos, porque es importante la determinación clara de lo que se denomina la "cosa locada", o sea, este departamento. Con lo respondido le envío un saludo cordial. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y docente de Instituto de Capacitación Inmobiliario de la Cámara Inmobiliaria Argentina. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a maldonadovalthule@fibertel.com.ar o al teléfono (15)4169-4574. |
||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||
Rincón Solidario ¿Vale la pena reclamar por las horas extras? Hace 13 años que estoy en este consorcioy decidieron suprimirme algunas horas extras,aducen por razones de achicar gastos. ¿Vale la pena reclamar como un derecho adquirido? ¿Qué tengo que hacer? ¿A dónde acudir? Muchas gracias Miguel (6/6/2009) Estimado Miguel: En respuesta a su consulta le informo que el Art. 66 de la Ley de Contrato de Trabajo en el epígrafe "Facultad de modificar las formas y modalidades del trabajo" establece que el empleador está facultado para introducir todos aquellos cambios relativos a la forma y modalidades de la prestación de trabajo, en cuanto no haya un ejercicio irracional del mismo... Ni alteren modalidades esenciales del contrato ni causen perjuicio material ni moral al trabajador" El conflicto surge a la hora de interpretar esta normativa ya que al respecto hay jurisprudencia contradictoria. Jueces que entienden que el quite de horas extras significa disminución de haberes e implica un ejercicio abusivo del ius variandi trastocando el principio de intangibilidad del salario y jueces que consideran que el quite de horas extras es un derecho discrecional del empleador. A su pregunta de si "vale la pena reclamar como derecho adquirido", no puedo responderle porque esa es una decisión propia. Sí puedo sugerirle que se informe en cuanto a la veracidad de que el consorcio está pasando dificultades económicas y que evalúe en su caso si su reclamo puede afectar la buena convivencia y/o la fuente de trabajo- Entiendo que muy distinta es la situación de quite de horas extras causado a cuando responde a un mero capricho o deseos de crearle malestar. La prueba irrefutable es si esas mismas horas se le otorgan a otro trabajador. En cuanto a donde consultar además de tener Ud. en su gremio una asesora legal gratuita puede solicitar una entrevista a un abogado particular Cordialmente Dra. Maria Cristina Carrera --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||
Rincón Solidario La no continuidad del administrador Soy propietaria de un departamento en un edificio de muchas unidades (varios cuerpos). En la última asamblea, se decidió la no continuidad del administrador pero no se designó nuevo debido a que no estaba en el orden del día. ¿Debe hacerse cargo el Consejo de Administración o debe continuar el actual administrador hasta que se designe uno nuevo? El mandato caducó el 31 de mayo. Desde ya, muchas gracias. Liliana (5/6/2009) Estimada Liliana: Si en la última asamblea no se renovó la continuidad del administrador y su mandato caducó el 31 de mayo, a partir de esa fecha el administrador cesó en sus funciones. Ahora bien, el consejo puede acordar con el administrador que continúe en forma provisoria hasta la designación del nuevo administrador, siempre y cuando el administrador esté de acuerdo, o el consejo asume la función en forma provisoria para convocar a asamblea y designar al nuevo administrador del edificio. Ambas opciones son válidas pero lo más conveniente es que designen con rapidez al nuevo administrador ya que como ud. indica al ser muchas unidades, debe haber personal, a quien liquidar sueldos, cargas sociales, aportes sindicales, seguros, abonos, etc etc. Ante cualquier duda estamos a tu disposicición. --- El Adm. León R. Estrugo es el Director Nacional de la Defensoría del Consorcista (Sta. M. de Oro 15 - San Bernardo - Teléfono: (02257) 46-8866) y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4469-0782 en Capital Federal. |
||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||
Rincón Solidario ¿Se puede negar la administración a cobrar en su oficina si se abre una cuenta bancaria a nombre del consorcio? Ruego tenga a bien me informe si es correcto que por una asamblea (de pocos propietarios porque a partir de la renuncia de la administración anterior no se puede debatir democráticamente, no podemos participar y solo son agresiones injustificadas o gritos) han decidido abrir una cuenta bancaria a nombre del consorcio y sólo tres personas propietarias pueden tener acceso a esa cuenta y firmar cheques y no la nueva administración, de las cuales una es una señora que padece una enfermedad senil por su mayor edad y su hijo de 50 años que es corpulento y muy violento. La pregunta es que la administración dice que no se puede seguir abonado en dicha sede y es obligatorio pagar en el banco. Hay gente que es mayor y no tiene idea cómo se hace para depositar. Atte FLores (4/6/2009) Estimada Sr/a Flores: La apertura de una cuenta bancaria a nombre del consorcio no es una decisión unilateral del administrador, debe ser producto de una decisión asamblearia. De lo que ud. comenta en su consulta la asamblea se convocó y en la misma decidieron la apertura de una cuenta, modificando la forma de pago de la expensas. En principio, no encuentro ninguna objeción sobre la modalidad adoptada por cuanto la decisión ha sido correctamente adoptada. En cuanto a que pocos propietarios concurrieron, es un mal que es muy difícil erradicar en los consorcios ya que al no saber manejarse los propietarios en asambleas, no conocer sus derechos y obligaciones, las reglas para deliberar y sencillamente previa a la concurrencia al acto dar una lectura al reglamento que los rige, y los grupos de poder que se detectan, ocurre que se transforma en una reunión caótica que agota a quienes asisten, prometiéndose no ir más. En atención a que no cuento con el reglamento de copropiedad y el acta de asamblea de la misma, para saber si lograron el quórum para sesionar y qué mayoría era exigida para decidir la apertura de una cuenta corriente, no puedo darle una opinión acerca de si se ha decidido en forma reglamentaria o el acto puede ser impugnado y posteriormente requerir una nulidad judicial.- Con referencia a la autorización de la firma de los cheques, es requisito del banco que la apertura de la cuenta sea a nombre del consorcio. Uno de los firmantes es obligatoriamente el administrador por ser el representante legal del consorcio y además para control generalmente se nombra a uno o varios propietarios para que firmen con éste los cheques. Deberá averiguar bien si es como ud. dice que el administrador no tiene acceso a la cuenta.- Debo aclarar que si el consorcio cambió la forma de percepción del pago de las expensas, ésta será la nueva modalidad y la administración puede negarse a pecibir las mismas. En estas épocas de tantos robos, se está tendiendo a que el pago sea por banco. Con referencia a la gente mayor que ud. refiere, y si no son mucha personas, les sugiero que ante este caso, el administrador pueda hacer una excepción debiendo elevarle una nota expliando dichos motivos.- Espero haber respondido a su pregunta. Atte. --- La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@velocom.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072. |
||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||
Correo de Lectores Buenas tardes: necesito saber con exactitud el plazo de licencia por enfermedad y luego de ésta, el tiempo de guarda del puesto de trabajo. El encargado del edificio que administro está de licencia, internado en un psiquiátrico desde el 2 de agosto de 2008 y tengo entendido que por su antigüedad (21 años) según la Ley de Trabajo es de 6 meses pagos, pero la señora (de la que está separado de hecho, pero sin divorcio ) me intima con una carta donde dice que el sindicato le expresó que el CCT del SUTERH implica 1 año de licencia paga y 1 año más de reserva de puesto. La ART no cubrió estos sueldos y el Fateryh tampoco porque expresaron que su enfermedad deviene de su adicción al alcohol y no es un accidente de trabajo ni tampoco enfermedad inculpable. Agradeceré, como siempre, la ayuda que puedan brindarme. Marisa (15/06/2009) Estimada Marisa, el artículo 208 de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, indica los plazos a tener en cuenta cuando un trabajador enferma: "Cada accidente o enfermedad inculpable que impida la prestación del servicio no afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración durante un período de tres (3) meses, si su antigüedad en el servicio fuere menor de cinco (5) años, y de seis (6) meses si fuere mayor. En los casos en que el trabajador tuviere cargas de familia y por las mismas circunstancias se encontrara impedido de concurrir al trabajo, los períodos durante los cuales tendrá derecho a percibir su remuneración se extenderán a seis (6) y doce (12) meses respectivamente, según si su antigüedad fuese inferior o superior a cinco (5) años. La recidiva de enfermedades crónicas no será considerada enfermedad, salvo que se manifestara transcurridos los dos (2) años..." El artículo 211 de la misma ley dice: " Vencidos los plazos de interrupción del trabajo por causa de accidente o enfermedad inculpable, si el trabajador no estuviera en condiciones de volver a su empleo, el empleador deberá conservárselo durante el plazo de un (1) año contado desde el vencimiento de aquéllos. Vencido dicho plazo, la relación de empleo subsistirá hasta tanto alguna de las partes decida y notifique a la otra su voluntad de rescindirla. La extinción del contrato de trabajo en tal forma, exime a las partes de responsabilidad indemnizatoria".Un saludo grandote. |
||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||
Correo de Lectores Fondo para la maternidad, vida, desempleo y discapacidad Hola: quería consultarles lo siguiente duda. Inscribí un nuevo consorcio en AFIP y además inscribí a 2 empleados. Las preguntas son: ¿debo inscribir el consorcio en fateryh y/o en Suterh? ¿cómo? ¿por Internet? Si los empleados no están afiliados al sindicato: ¿cuáles son los aportes y contribuciones obligatorios? ¿cuáles los opcionales? ¿y en el caso de que se afilien al sindicato? Desde ya, muchas gracias. María F. (14/06/2009) Estimada María el tema de la cuota sindical –si es que el trabajador está afiliado- la deberás averiguar en tu localidad pues varía de provincia a provincia. Tengo entendido que en el caso de Entre Ríos es un monto fijo pero averigualo. Con respecto al resto, te las indico:
Un saludo grandote. |
||||||||||||||||||||||||
|
|
||
|
Número de Edición: 379 (1º edición) Fecha de publicación: 17 de Junio de 2009 Director y propietario: Claudio García de Rivas Redacción: M Fabiana Lizarralde y Paula Daiana Marrón Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Cra. Viviana Grinberg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz, Raúl Guinzburg, Dra. María Cristina Carrera, Dr. Juan Iglesias y Dr. Jorge Resqui Pizarro - Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Datos personales del suscripto: Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos) |
Si quiere suscribir, en forma gratuita a un amigo al Boletín de Pequeñas Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: suscripcion@PequenasNoticias.com.ar con la palabra SUSCRIPCIÓN GRATUITA en el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos conoció y, por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la suscripción envíenos un e-mail desde el e-mail de su suscripción con las palabras CANCELAR SUSCRIPCIÓN en el asunto del mensaje. Las notas firmadas representan las opiniones de los autores y no necesariamente las del editor. Registro de Propiedad Intelectual en trámite. 9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad de sus respectivos dueños y/o representantes legales.
|
|
Las notas firmadas reflejan las opiniones de sus autores y no necesariamente las de Pequeñas Noticias - La presencia tanto de las publicidades como de las gacetillas de prensa no implican juicio de valor sobre los productos y/o servicios que puedan ofrecer - Prohibida la reproducción total o parcial sin la autorización fehaciente de Pequeñas Noticias |
||
|