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Agencia Gubernamental de Control La cobertura de ascensores y calderas subió un 36% [BPN-15/03/23] Desde el pasado 2 de marzo la cobertura de los seguros de los ascensores y las calderas de los consorcios aumentaron 35,94%. En términos interanuales aumentó un 76,32%, bastante menos que el 100,59% que estiman las fuentes oficiales para lo que va del año. El motivo de este nuevo incremento está en el cambio del valor de la unidad fija (uf) que determinó el la Dirección General de Estadística y Censo. De 75,71 pesos se fue a 102,92 según fue publicado en el sitio web del GCABA [ vínculo].Hasta el febrero el monto mínimo de cobertura por el primer ascensor debía ser de casi 23 millones de pesos (300.000 uf) y por cada ascensor adicional casi 4 millones de pesos (50.000 uf). Desde el 3 de marzo ese valor trepó a los 31 millones de pesos para el primer caso y de poco más de 5 millones de pesos para el segundo.
Con respecto a las calderas y termotanques, mientras que hasta febrero el monto mínimo de cobertura debía ser de 30 millones de pesos para una "caldera de vapor de agua a alta presión" (400.000 uf) y 15 millones de pesos (200.000 uf) para una "caldera de vapor de agua a baja presión", a partir de marzo las coberturas subieron a 41 millones de pesos y 21 millones de pesos respectivamente.
La UF pierde contra la inflación En el gráfico que ilustra la nota se aprecia que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el INDEC supera notoriamente el valor de la unidad fija. Esto se debe a que el precio de la nafta súper está 20% por debajo de su valor internacional y esto se debe a que tanto la nafta como el gasoil se encuentran "atados" a los aumentos que fueron previamente pactados en el programa "Precios Justos" [2]. Los incrementos del combustible han estado por debajo del IPC y en múltiples ocasiones los estacioneros han advertido que sus márgenes de rentabilidad se están achicando considerablemente. A tal punto que la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA) advirtieron que en los próximos meses podría haber faltantes de combustibles en todo el país. Estadísticas y censo Es de recordar que el Decreto 64/22 ordenó que a partir del 17 de agosto de 2021 cada unidad fija tendrá un valor equivalente al precio promedio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de medio litro de nafta de mayor octanaje que informe la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad de Buenos Aires, estableciéndose por períodos semestrales ese valor". Anteriormente el valor de la unidad fija se determinaba semestralmente según el valor de medio litro de nafta de mayor octanaje informado por la sede central del Automóvil Club Argentino. Ascensores y otros La obligación de contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil para cubrir daños a personas y bienes propios o de terceros causados por el uso del elevador surge del punto 2.7 del Anexo II de la Resolución 412 del 18/09/19 (BO: 24/09/19) firmada por Ricardo Pedace, director ejecutivo de la Agencia Gubernamental de Control (AGC). Textualmente ordena:
Calderas y más Por otra parte, la obligación de contratar un seguro por daños a personas o a bienes propios de terceros a causa del uso de la instalación surge del inciso 1) del punto 2.9 del Anexo III de la ya mencionada Resolución 412 que dispone:
--- [1] El Índice de Precios al Consumidor (IPC) y que elabora el INDEC y el Relevamiento de Expectativas del Mercado que publica el Banco Central. [2] Infobae del 8/03/23: "Pese a los aumentos, el precio de la nafta súper está 20% por debajo de su valor internacional". |
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