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Agencia Gubernamental de Control La cobertura de ascensores y calderas subió un 19%
[BPN-15/03/26] Desde el pasado 2 de marzo, la cobertura de los seguros para ascensores y calderas en los consorcios aumentó un 18,97%. Si se mide el incremento en términos interanuales, el alza fue del 29,81%, cifra levemente inferior a la inflación del 30,08% estimada por fuentes oficiales para ese periodo. El motivo de este nuevo incremento radica en la actualización del valor de la unidad fija (UF) determinada por la Dirección General de Estadística y Censos. Según publicó el organismo porteño en su sitio web, el valor de la UF pasó de $798,51 a$ 949,99. Los nuevos montos para ascensores Hasta febrero, el monto mínimo de cobertura por el primer ascensor era de 240 millones de pesos (300.000 UF) y de 40 millones de pesos (50.000 UF) por cada elevador adicional. Desde el 2 de marzo, dichos valores escalaron a 285 millones de pesos para el primer caso y 47 millones de pesos para el segundo.
Cobertura en calderas y termotanques En cuanto a los artefactos térmicos, los montos mínimos también sufrieron ajustes significativos. A partir de marzo, las coberturas subieron a 380 millones de pesos para calderas de alta presión y a 190 millones de pesos para las de baja presión.
La unidad fija pierde contra la inflación En los registros estadísticos se observa que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) medido por el INDEC supera el valor de la unidad fija. La evolución de los precios informada por el INDEC y las estimaciones del Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central muestra una brecha creciente respecto a la UF. Cabe recordar que el Decreto 64/22 dispuso que, desde agosto de 2021, el valor de la UF equivalga al precio promedio de medio litro de nafta de mayor octanaje en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Anteriormente, este valor se determinaba semestralmente según los informes del Automóvil Club Argentino. Marco legal para ascensores y calderas La obligación de contratar una póliza de responsabilidad civil para cubrir daños a personas y bienes surge de la Resolución 412 de la Agencia Gubernamental de Control (AGC). La
normativa exige que la compañía aseguradora cuente con solvencia
patrimonial y esté inscripta en la Superintendencia de Seguros de la
Nación. Además, al contratar la póliza, el consorcio debe presentar
la validación (oblea con código QR) que certifique que la instalación
es apta para su uso y cumple con las condiciones de seguridad vigentes.
Desde este año esa oblea es gratuita |
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