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El Tribunal Superior de Justicia convocó a una audiencia pública para definir si el VIR es constitucional.

El Tribunal Superior de Justicia convocó a una audiencia pública para definir si el VIR es constitucional.

Aumento del ABL

Se viene el VIR

[BPN-07/09/11] Néstor Grindetti, ministro de Hacienda del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, adelantó que durante septiembre presentará un proyecto de ley para elevar el monto del valor de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) <ver nota>. Desde el Gobierno porteño expresaron la intención de que el ABL sea calculado sobre el Valor Inmobiliario de Referencia (VIR). Si bien el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) había convocado a una audiencia pública el pasado miércoles 31 para definir si el VIR es una herramienta fiscal constitucional, aún no se informó el resultado.

El pedido de inconstitucionalidad estaría basado, según consigna el sitio Web IProfesional, en la causa "Spisso, Rodolfo c/GCBA". En febrero de 2011, el abogado Rodolfo Spisso planteó la inconstitucionalidad del VIR, al asegurar que este sistema "fija el valor inmobiliario de referencia de los inmuebles que constituye la base imponible del impuesto de Sellos, sin el dictado de acto administrativo e intervención previa del contribuyente".

En ese momento, los jueces del TSJ declararon formalmente admisible la acción de inconstitucionalidad y corrieron traslado de la demanda a Mauricio Macri, jefe de Gobierno porteño.

¿Qué es el VIR?

El Valor Inmobiliario de Referencia fue dispuesto mediante la Resolución Nº 67/2010 de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP). Allí se dispuso que sea considerado como uno de los determinantes para establecer la base imponible del impuesto de sellos en las transferencias de inmuebles a título oneroso sobre propiedades situadas en la ciudad de Buenos Aires. 

El VIR es un valor calculado por técnicos del organismo público y debe adecuarse a los valores de mercado pertinentes para cada zona y barrio.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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