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El concepto y definición del término plusvalía fue desarrollado por Karl Marx en su libro El capital.

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Proyecto de ley

Lubertino propone la creación de un nuevo impuesto

[BPN-10/10/12] La Leg. María José Lubertino (FpV) presentó un proyecto de ley para crear un nuevo impuesto a las propiedades. De aprobarse, el nuevo tributo inmobiliario se llamará "Plusvalía Urbana". Su objetivo es que lo recaudado se utilice –en sus palabras y entre otros objetivos- para resolver el déficit habitacional, de infraestructura y servicios en la ciudad "dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica y con necesidades especiales de escasos recursos". 

Plusvalía urbana

Según Lubertino cuando la ciudad realiza acciones -legislativas o ejecutivas- que aumentan el valor de sus propiedades en una zona determinada debería percibir una parte. Por ejemplo si en una zona el metro cuadrado construido vale 1.500 dólares y en las inmediaciones se construye una plaza que aumenta su valor a 2 mil dólares el metro, la ciudad debería percibir un porcentaje de la diferencia entre 1.500 y 2.000. Otros ejemplos podrían ser el pasaje de una línea de subte,  autorización para que pase por el barrio una nueva línea de colectivos o la construción de una escuela.

Lubertino para calcular la "Plusvalía urbana" realiza dos definiciones: primero define un "valor base" que es el precio por metro cuadrado de valor original del inmueble afectado establecido por el mercado. O sea antes de la mejora.

El segundo es el "valor de referencia" que es el precio de mercado por metro cuadrado obtenido al momento de la finalización de la mejora en la zona.

En base a esto define como "plusvalía urbana" a la diferencia entre el "valor de referencia" del suelo y el "valor base" multiplicado por la superficie total del terreno del contribuyente.

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Para participar haga click sobre la clave y mande un e-mail consignando esta clave, su nombre, los 3 últimos número de su DNI, su teléfono, su dirección y el rol que Ud. juega en la propiedad horizontal (administrador, propietario, inquilino, encargado o proveedor).

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La legisladora del Frente para la Victoria considera que el Estado debe participar de esta "plusvalía urbana" con un porcentaje que va del 20 al 60%. Es de recordar que las obras que se realizan en la ciudad, ya sea por voluntad legislativa o decisión ejecutiva, son sostenidas económicamente por los impuestos que actualmente tributan los porteños. 

Según explicó en su proyecto de ley los inmuebles que podrían ser gravado con el nuevo impuesto serían aquellos que se beneficien de:

- el establecimiento o modificación del régimen o la zonificación de usos del suelo;

- la autorización de un mayor aprovechamiento del suelo en edificación, bien sea elevando el índice de ocupación o el índice de construcción, o ambos a la vez;

- la realización de obras públicas o la prestación de una función pública.

Los objetivos

Según el proyecto de ley que Lubertino denominó de "Equidad Urbanística", los fondos recaudados por el nuevo impusto "Plusvalía Urbana" serán destinados a:

- Promover el acceso de todos los/as habitantes de la Ciudad al derecho a un hábitat digno y adecuado, al uso comunitario del espacio público y el acceso a los servicios públicos.

- Resolver progresivamente el déficit habitacional, de infraestructura y servicios, dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica y con necesidades especiales de escasos recursos.

- Promover la integración urbanística y social de los sectores más desfavorecidos, la recuperación de las viviendas precarias y la regularización dominial y catastral.

- Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los/as habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación del patrimonio cultural y naturalEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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