Opinión:
Algunas reflexiones
por
Raymundo Schaeffer,
Contador Publico
En
los últimos tiempos se han efectuado distintas campañas dirigidas tanto a
bajar los costos de expensas como a reglamentar la actividad de los
administradores de consorcios y a mi modesto entender existen grandes
contradicciones entre ambas cosas.
Por
un lado Cursos promocionando la actividad como una actividad que puede realizar
cualquier persona con una pequeña instrucción de un par de meses. Y por otro
lado en un proyecto de Ley estableciendo un registro de Administradores “como
fin proteger los intereses de los consorcistas” “que la exigencia de la
garantía brindará a los consorcistas mayor seguridad frente a posibles
reclamos por responsabilidad ante el mal manejo de los administradores en el
ejercicio de su actividad”
Estas
últimas afirmaciones, además de que a mi entender no solucionan el problema de
fondo, sino que al contrario favorecen el establecimiento de elites de
administradores (de acuerdo a su capacidad económica) representando una
discriminación inaceptable para cualquier tipo de actividad. Con el mismo
criterio se podría establecer un registro de diputados con un fondo de garantía
para evitar la corrupción.
Cuando
se habla de establecer topes de expensas y costos orientativos: Creo que es un
desconocimiento de la actividad dado que de acuerdo a la categoría del edificio
calidad de la construcción , tipo de construcción, etc, existen variedad de
precios.
A
mi entender la solución no viene por este lado. Sino mas bien por el lado de
que se cumplan normas establecidas tales como la emisión de los Estados
Contables anuales, la rendición de cuentas mensual de acuerdo a normas y la
claridad en la exposición.
Generar
mayor compromiso y participación de los copropietarios y el establecimiento de
normas claras respecto a los Consejos de Administración.
La
utilización de cuentas específicas a nombre del consorcio para el movimiento
de fondos y en algunos casos de acuerdo a los montos la obligación de emisión
de informe profesional respecto a los estados contables.
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