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Sistema 9041 para la administración de consorcios...

Ley de Registro de Administradores de Consorcios  

por la administradora Dra. Alicia Rivas, Contadora  Pública.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires  está por sancionar la Ley  de “Registro de Administradores de Consorcios”. A partir de la sanción de esa Ley toda persona que administre un consorcio deberá inscribirse en dicho Registro. En el pasado mes de Agosto fui invitada por la Comisión de Legislación General y del Trabajo  de la citada Legislatura  para participar de la reunión de diputados que trataría dicho Proyecto de Ley.

En esa  reunión se encontraban presentes además de los legisladores, autoridades oficiales de defensa del consumidor, colegas administradores, directivos de entidades  relativas al quehacer de esta profesión y representantes de asociaciones privadas de defensa del consumidor.

En un primer momento la confrontación inicial dejaba traslucir posturas irreconciliables, en razón de que el análisis de la problemática se realizaba únicamente desde la óptica del consorcista. Luego, el intercambio de ideas de las partes involucradas permitió encuadrar el enfoque, y si bien en ciertas cuestiones  puntuales existían interpretaciones con matices diferentes, todos los allí presentes estuvimos de acuerdo  en la esencia del tema :  Lo que en un principio se presentó como gran  disenso  finalmente sacó a la luz el punto central de la cuestión y es que todos, legisladores, administradores, propietarios, asociaciones de consumidores deseamos encauzar nuestra labor en una misma y única dirección, es decir : sumar  y no dividir.

Con motivo del valioso debate que surgió a partir del intercambio de opiniones de los asistentes, los diputados decidieron posponer el tratamiento de la ley para reconsiderar los aspectos por nosotros aportados  que no  habían sido tenidos en cuenta en la elaboración del texto. Además se nos entregó a cada uno de los presentes copia del proyecto y fuimos invitados a presentar por escrito nuestras observaciones y propuestas para  ser analizadas por los legisladores y  continuar en una próxima reunión a la que seremos nuevamente convocados. Debo remarcar la atención y el interés de los diputados presentes para con nuestras inquietudes  y la dedicación que caracteriza la labor parlamentaria de la citada Comisión en un tema por demás complejo y que involucra a tantas partes.

En lo personal, elaboré una propuesta complementaria que resultaría muy extenso desarrollar aquí en su totalidad. La síntesis de mi análisis es la siguiente: 

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La creación de un Registro no sólo brindará protección a los intereses de los consorcistas sino que además permitirá pautar la relación entre administradores y administrados imprimiendo el principio de imparcialidad y justicia que debe existir en toda ley que rige  relaciones entre partes.

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En el texto del citado Proyecto de Ley  resulta imperioso incorporar  mecanismos adecuados para acreditar experiencia, formación académica, idoneidad técnica y actualización profesional de cada uno de los inscriptos.

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Quienes administren inmuebles con determinadas características, deberían estar exceptuados de la obligación de inscripción en el citado Registro a fin de evitar erogaciones innecesarias. Tal es el caso de Consorcios de pocas unidades, que no posean servicios centrales y que sólo se encuentren alcanzados por las normas sobre limpieza de tanques de agua y matafuegos.

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Estimo muy valiosa la creación del Registro en cuestión como punto de partida y entiendo  que en el futuro, la Carrera de Administrador de Consorcios deberá incluirse como  Currícula  Universitaria   en  la  Universidad  de  Buenos Aires  a  la que luego, seguramente adherirán otras universidades privadas; de manera tal de permitir la libre elección.

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Una mención especial para los idóneos que se desempeñan en esta actividad  desde hace años y que en mérito a su dedicación y experiencia deben ser tenidos en cuenta.

Ahora resulta necesario que sean los medios de difusión los encargados de convocar a los administradores. Desde hace tiempo en los diarios y también en programas televisivos se advierte una crítica sistemática en contra de los administradores generalizando situaciones que involucran a todos por igual. En medio de esta campaña están las entidades privadas de defensa del consumidor. Es tiempo de que estas entidades comiencen a ejercer debidamente el rol que les marca la Ley : Promover soluciones amigables entre las partes. También es tiempo de que  los medios de difusión le den  participación a los administradores  y  definitivamente enfatizar los puntos en los que estamos de acuerdo, de manera tal de trabajar todos en esa dirección – propietarios, entidades de defensa del consumidor y administradores – De esta forma los lectores y televidentes tendrán un panorama de situación completo y los administradores el debido derecho a réplica que hasta la fecha nos está vedado. Sin lugar a dudas éste es a mi entender el comienzo de un gran debate que requerirá un singular  compromiso.       

 

Esta nota se publicó por gentileza de la Revista Crescendo.

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