por
la administradora
Dra. Alicia Rivas, Contadora
Pública.
Si
bien esta carta se envió en agosto del 2001 su contenido no ha perdido
actualidad, por el contrario en los últimos tiempos ha recobrado renovada
vigencia. El diario Clarín nunca la publicó vaya uno a saber por qué,
así que hoy la publicamos nosotros, en el entendimiento que representa el
pensamiento de un sector importante de los administradores de consorcios y
debe ser difundido.
Buenos
Aires, Agosto de 2.001.-
Diario
Clarín Sra. Directora
Ernestina
Herrera de Noble
S_________/D_________
De
mi mayor consideración :
Por
medio de la presente me dirijo a Usted con referencia
a la edición de ese Diario del día
Sábado 25.08.01.
Luego
de analizar con distintos colegas los diversos artículos publicados por
ese medio, entendemos que los mismos ponen en tela de juicio el desempeño
del Administrador, extendiendo un manto de sospecha y desprestigio que
inevitablemente involucra a todos los que desarrollamos esta actividad.
A
fin de no sobreabundar mencionaré a continuación las referidas
publicaciones únicamente desde Setiembre de 1.999 hasta la fecha
:
Domingo
19.09.99 |
Economía, Página
28, Natalia Muscatelli. |
Lunes
04.10.99 |
Suplemento.
Arquitectura, Ingeniería, Planeamiento y Diseño,
Página 12, Silvia Guachione. |
Domingo
24.10.99 |
Revista Viva
“Dicho & Hecho”. |
Sábado
27.05.00 |
Clasificados, Página
2, Gaspar Zimerman. |
Martes
30.05.00 |
Información
General, Páginas 38 y 39. |
Martes
06.06.00 |
Opinión, Página
14, Editoriales. |
Sábado
01.07.00 |
Clasificados, Página
2, Carola Sixto. |
Sábado
15.07.00 |
Clasificados, Página
2, Carola Sixto. |
Lunes
14.08.00 |
Suplemento.
Arquitectura, Ingeniería, Planeamiento y Diseño,
Página 5. |
Lunes
19.03.01 |
Opinión, Página
24, Editoriales. |
Sábado
09.06.01 |
Información
General, Página 50 y 51. Graciela Gioberchio. |
Sábado
25.08.01 |
Información
General, Página 42 y 43. Graciela Gioberchio. |
En
tal sentido, muchas de las afirmaciones de los citados artículos carecen
de sustento técnico y pretenden generalizar situaciones – que si bien
en ciertos casos se corresponden con la realidad – implican a los
graduados universitarios que hacemos de esta actividad nuestra forma de
vida en actitudes reñidas con la idoneidad, la ética y el decoro en la
actuación profesional.
Aparecen
aquí dirigentes de algunas de las asociaciones privadas de defensa del
consumidor que surgieron durante estos últimos tiempos - de quienes por
otra parte se desconoce formación académica y trayectoria institucional
- que, enlutando a las entidades de defensa del consumidor de antigua
data, ofrecen sugerencias y consejos a los propietarios dentro del marco
de la crítica sistemática a los administradores, en desconocimiento de
normas legales vigentes y
que, en muchos casos se contradicen con las emanadas del Subcomité
de Propiedad Horizontal del Instituto Argentino de Normalización – IRAM
- que si bien son normas cuya aplicación es de carácter voluntario, se
elaboran a partir del consenso entre las partes involucradas: usuarios y
prestadores del servicio en cuestión. Es más, es muy probable que en el
futuro aquellos propietarios que obren de acuerdo a las citadas
sugerencias y /o consejos reciban el efecto rebote de cuestiones
judiciales, como consecuencia del
incorrecto asesoramiento.
Estas
asociaciones sostienen que lo ideal es la autoadministración y aconsejan
la supervisión de esa tarea por medio de auditorías – servicio que por
otra parte esas entidades ofrecen – pero nada dicen acerca de la
idoneidad técnica, la experiencia, la formación académica y la continua
capacitación que la tarea de Administración requiere. De tal manera,
algunas de tales entidades se valen de los medios de difusión realizando
publicidad encubierta de servicios que a mi entender no se condice con la
prohibición dispuesta por el Art. 57 de la Ley 24240 y logran imponerse
como beneficiarios encubiertos de la tarea cuyo contralor se ofrece.
Dentro
de la confusión que genera el marco
de situación descripto, los propietarios en lugar de concurrir a la
Administración para aclarar sus dudas, concurren a esas entidades, las
que en lugar de promover la educación del consumidor y las soluciones
amigables que prescribe el Art. 56 de la Ley 24240, se presentan en las
Asambleas propiciando conflictos que desvirtúan el Orden del Día a
tratar y que bien podrían haberse resuelto en instancias previas, dando
intervención a la Administración, de manera tal de
dar respuesta a los aspectos puntuales en duda y exhibir la
documentación atinente al planteo particular sobre el que versa el
disenso. Es más, existen casos en que, a instancias de tales intervenciones se
sugiere a la Asamblea votar en contra de la aprobación de cuentas,
actitud ineluctable y rayana en la falta de respeto para con la figura del
Administrador.
Existe además, otra realidad que se manifiesta en paralelo y que tiene
que ver con las decisiones de las Asambleas y/o Consejos de Propietarios
con respecto a la imposición de incumplir normas legales.
Desde
hace años la mayoría de los colegas administradores, entre quienes me
incluyo, realizamos las liquidaciones de expensas en base al sistema de
cuota fija, que por otra parte se halla muy por debajo del valor de $ 2 a
$ 3 por m2. valor parametrizado que entiendo surge de la encuesta
realizada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Bs. As. y que ese
medio difunde en la edición del día Sábado 09.06.01; si bien a nivel
oficial los resultados de la referida encuesta aún no se encuentran
disponibles para consulta del público en general.
Con
referencia al recuadro “Breves” “Proyectos en Danza” de la edición
del 25.08.01 se hace
referencia a dos proyectos que se
encuentran con trámite parlamentario en la Legislatura porteña. Estimo
oportuno informar que desde principios del año 1998 a partir del proyecto
de la entonces diputada Dra. Adriana Zaccardi (a los que luego fueron sumándose
otros que resultaría extenso mencionar) los administradores permanecemos
a la espera de la regulación de esta actividad hecho que, no sólo
brindará protección a los intereses de los consorcistas sino que además
permitirá pautar la relación entre administradores y administrados
imprimiendo el principio de imparcialidad y justicia que debe existir en
toda ley que rige relaciones entre partes.
Con
fecha 8 de Agosto ppdo. fui invitada por la Comisión de Legislación
General y del Trabajo de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Bs. As.;
reunión en la que se encontraban presentes además de los legisladores,
autoridades oficiales de defensa del consumidor, colegas administradores,
directivos de entidades que
hacen al quehacer de esta profesión y representantes de asociaciones
privadas de defensa del consumidor.
El
intercambio de opiniones de los distintos sectores desencadenó en un
valioso debate del que, a modo
de síntesis y en forma recurrente surgió de cada exposición la
necesidad de incluir en la
norma legal, mecanismos adecuados para acreditar experiencia, formación
académica, idoneidad técnica y actualización profesional de cada
administrador. La confrontación inicial dejaba traslucir a priori
posturas irreconciliables, ello en razón de que el análisis de la
problemática se realizaba únicamente desde la óptica del consorcista.
Luego, el intercambio de ideas de las partes involucradas permitió
encuadrar el enfoque, y si bien en ciertas cuestiones
puntuales existían interpretaciones con matices diferentes, todos
los allí presentes estuvimos de acuerdo
en la esencia del tema: Lo
que en un principio se presentó como gran
disenso finalmente sacó
a la luz el punto central de la cuestión y es que todos, legisladores,
administradores, propietarios, asociaciones de consumidores deseamos
encauzar nuestra labor en una misma y única dirección, es decir: sumar
y no dividir.
Resulta
necesario que ahora sean los medios de difusión los encargados de juntar
a las partes y definitivamente enfatizar los puntos en los que estamos de
acuerdo de manera tal de trabajar todos en esa dirección. No tomar
partido por posturas extremas es para mí la consigna de estos nuevos
tiempos; el aferrarnos a esquemas rotundos puede operar a modo de ancla y
hacernos perder de vista la realidad casi
virtual que se nos presenta día a día en una amplia escala de
matices intermedios. Sin lugar a dudas ello requerirá de un ingente
debate y un gran compromiso.
Por
todo lo expuesto y ante la gravedad de la situación planteada a partir de
la reiterada y sistemática crítica que se advierte en los medios, que
entiendo lesiona elementales derechos y garantías constitucionales,
solicito que ese diario ofrezca a los colegas administradores el debido derecho
a réplica en idéntico espacio (2 hojas). Para lo cual me pongo a
disposición a fin de convocar a colegas administradores de trayectoria y
concurrir a v/oficinas cuando lo considere oportuno.
Una
entrevista permitirá verificar las manifestaciones vertidas en la
presente, ampliar las mismas y de esa
manera transmitir a los lectores un panorama completo del tema.
Saludo
a Usted muy atentamente y quedo a la espera de v/convocatoria atento el
ecuánime tratamiento que caracteriza v/labor periodística.
Administradora
Dra. Alicia Rivas, Contadora
Pública