Buenos
Aires, 5 de junio del 2003
Querido
y estimado Jorge:
Quisiera
pedir tu ayuda para un tema que reconozco, excede mis conocimientos
y espero que vos, por tu experiencia de tantos años, puedas
ayudarme.
El
asunto es que un lector de Pequeñas Noticias, estudiante
de periodismo que cada tanto escucha tu programa de los sábados
por la Nueva Radio del Pueblo, me preguntó si le podía ayudar en
una tarea que tiene que hacer para la Facultad de Comunicación y
Ciencias Sociales explicándole, según mi opinión, dentro de qué
formato se encuadraría tu programa.
Eso
me trajo un problema.
Lo
primero que me surgió es que se trata de un programa periodístico
institucional donde vos, en tu carácter de presidente de Fundación
Reunión de Administradores (FRA) y como conductor de este
ciclo, difundís la palabra y el pensamiento de esta institución que
vela por los intereses de estos profesionales.
Estaba
contento porque en principio había encontrado la respuesta a la
pregunta de mi lector pero, cuando estaba por mandársela y dar por
finalizada esta tarea para seguir dedicándome a mi nuevo proyecto, me
surgió una pequeña molestia por una sola palabra:
"periodístico". Sin dudar un segundo me dirigí al
diccionario y encontré que un periodista es "una persona que,
profesionalmente, prepara o presenta las noticias en cualquier medio de
comunicación social". Hasta aquí íbamos bien, podía mandar la
respuesta y como última etapa de este trámite fui a buscar la palabra
"noticia" para dar por cerrado el tema y enviar la pedida
respuesta pero me encontré con que noticia está definida como
"la publicación o divulgación de un hecho".
Y
en este punto mi querido amigo, se me complicó todo.
Me
acordé que en uno de tus últimos programas ante la pregunta de uno de
tus oyentes queriendo saber cuáles eran los requisitos para inscribirse
en el nuevo Registro Público de Administradores de la Ciudad de
Buenos Aires, le contestaste que tenía que, aparte de los cuatro
puntos obligatorios que determina la ley, presentar "el certificado
de capacitación como administrador que también lo tiene que agregar a
su legajo y después la matrícula profesional que tenga, tiene que
agregarlo también...". Lo que está entre comillas, querido Jorge
por si tenés dudas, son tus palabras textuales. Como eso no es un
hecho, dado que la ley no obliga a nadie a presentar ninguna
capacitación ni matrícula profesional, ya no sería una noticia por lo
tanto tu divulgación dejaría de ser periodística....
Yo
entiendo perfectamente Jorge que sería hermoso que la Ley 941 hubiera
obligado a todos los administradores a tener que estar inscripto en uno
de los Colegios de Administradores que existen para que les otorgaran
una "matrícula profesional". ¿Te imaginás? Unos 6 mil
administradores por, supongamos, 80 pesos por año. Sería maravilloso.
Da casi 500 mil pesos!!! Pero la Ley no lo dice... Es una lástima, pero
yo tengo un problema de otro tipo porque tengo que contestarle a mi
lector, estudiante de periodista, qué formato de programa tenés.
En
otro párrafo, también decís que el administrador tiene que presentar
certificado de estudios y tampoco eso es del todo verdad. La ley dice
PODRAN en lugar de DEBERAN... Qué problema ¿no?. Es una palabrita de
nada, pero qué molesta ¿no?. En este caso, aunque a cada entidad sólo
le tocara una parte del total de administradores que TENDRÍAN que
capacitarse, (porque se repartirían entre ADEPROH1,
CAPHyAI2, AIERTH3, la CIA4,
el Colegio Profesional de Ciencias Económicas, FRA5,
en poco tiempo la Universidad del Salvador y otros muchos que
están en el mercado de la capacitación) sería una interesante fuente
de ingresos y tal vez, el fin de muchas preocupaciones
económicas....
La
cosa es que hoy por hoy no es obligatorio para un administrador acreditar
ningún tipo de estudios, ni estar inscripto en ningún Colegio de
Administradores. Sólo debe cumplir con los cuatro requisitos que exige
la Ley 941 en forma clara y explícita: 1.- Nombre y apellido o
razón social; 2.- constitución
de domicilio especial en la Ciudad de Bs. As.; 3.- número de
CUIT y 4.- certificado expedido por el Registro Nacional de
Reincidencia y Estadística Criminal y uno más que agregó la
reglamentación (Decreto 706): un informe expedido por el Registro de
Juicios Universales.
Te
confieso Jorge que yo soy casi humano (como me dice a veces Ariel) y por
un par de errores inocentes no pensaba dejar de clasificar tu espacio de
los sábados como periodístico institucional. Pero surgió otro
problema.
Según
comentaste el otro día, parece ser que un miembro de la comunidad
consorcial (un administrador) presentó una denuncia contra un colegiado
en tu institución por un tema que no viene al caso. Lo que sí viene al
caso es que vos, comentando este asunto alegremente por radio,
expresaste que creés que el denunciante “se va a ligar además una denuncia penal. Porque un administrador que
no está certificado como administrador, hoy cualquier consorcista le
puede hacer un denuncia por usurpación de títulos y honores. Porque
hay un Colegio Profesional, porque hay un Registro Público, porque hay
una carrera universitaria, porque hay Normas IRAM. Si no cumple nada de
eso y no certifico su calidad de administrador.. “Guay”... que puede
haber una denuncia.". Por si te olvidaste la aclaración del párrafo
anterior lo entrecomillado son tus palabras. Muy satisfecho con esto
continuaste aclarándole al denunciante que este asunto "lo está
analizando un abogado penalista especializado en el tema por usurpación
de títulos y honores".
Jorge
querido, ¿sabés que por un momento pensé que la radio había saltado
de emisora y estaba escuchando alguna "jodita" para Tinelli o un
chiste verde de "Corona"? Luego me tranquilicé (esta radio
costó mucha plata) y al ver que vos seguías en la conducción me di
cuenta de que el aparato no se había descompuesto... Pero quedate
tranquilo porque tal vez yo sea uno de los pocos que te entiende. Los
temas de administración de consorcios son, a veces, muy aburridos y no
hay como un pequeño número cómico para levantar un poco la audiencia.
Cuando ví a mis compañeros de equipo en la redacción revolcándose en
el suelo de risa me dí cuenta de tu fina estrategia comunicacional. Lo
que más les hizo reír es el estilo serio que usás para decir esas
cosas. Como si fuera verdad. Eso los mata.
Sin
embargo Jorgito desde el punto de vista periodístico no son
"hechos". Un señor puede ser analfabeto y ser administrador.
Hoy no existe la figura de "usurpación de títulos y honores"
en la administración de consorcios. Y HOY encima ni siquiera tiene que
estar registrado porque todavía no se terminaron las formalidades
(lugar físico de funcionamiento, confección de formularios, etc...)
para el pleno funcionamiento del Registro Público de Administradores de
Consorcios. No usurpa títulos y honores un administrador que no está
inscripto en alguno de los tantos Colegios Institucionales que existen,
que no usa las normas IRAM (de hecho entiendo que hay un sólo
administrador en Capital Federal que certifica sus liquidaciones según
estas normas) o que no está capacitado. Tampoco se debe preocupar de
que nadie le vaya a hacer un Juicio Penal ni Civil por trabajar de
administrador. El problema que vos, al "publicar o divulgar"
estas palabras (que no son hechos), no estarías haciendo periodismo y
entonces, la parte que me interesa que es que la respuesta que había
preparado para mi lector, ya no sirve...
Pero
Jorge yo no te quiero enseñar nada sobre temas consorciales que vos
conoces mejor que yo y mucho menos criticar cómo llevas tu programa. La
ayuda que necesito de tu parte es: ¿qué le digo a mi lector? ¿Tu
programa, ya que no maneja hechos, es un programa de aventuras? ¿Es un
programa cómico? ¿Es ciencia ficción al estilo de Harry Potter o del
Señor de los Anillos?. ¿Le puedo decir que es una radionovela del tipo
de El Clon?
Te
pediría por favor, que le contestes vos así yo no me equivoco y puedo
seguir con mis nuevos proyectos porque ya estoy bastante atrasado y
el tiempo es un cruel tirano.
Un
saludo cordial.
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Claudio
García de Rivas
Director
Pequeñas
Noticias |
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