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Consorcistas


Dr. Jorge Resqui Pizarro.

Dr. Jorge Resqui Pizarro.

Colegio Público de Abogados

No podría sancionar a los abogados-administradores

[BPN-22/10/08] El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal creó un Instituto de Derecho de Propiedad Horizontal y según adelantó el director del instituto y vocal suplente de la comisión directiva del colegio, Dr. Eduardo Awad, uno de los objetivos será capacitar a los abogados para que puedan ejercer la administración de consorcios y para que los consorcios que cuenten con un abogado administrador puedan presentarse ante el colegio y realizar una denuncia.

Ante este anuncio, el Dr. Jorge Resqui Pizarro, -si bien subrayó que está de acuerdo en la creación de un Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal- consideró que intentar transformarlo en un centro de capacitación de abogados para ejercer la actividad de los administradores regidos por el régimen de la propiedad horizontal sería "un craso error y violar la letra, el espíritu y el sentido de la ley de creación de nuestro Colegio. Más aún, pretender que nuestro Tribunal de Disciplina surgido de la voluntad de los matriculados en libres elecciones se constituya en juzgadores del accionar de abogados que, fuera de su profesión, actúan como administradores de consorcios. Esto es, cuando menos, un despropósito".

Argumentó que la Ley 23.187 dice en su artículo 43º que "es atribución exclusiva del Colegio fiscalizar el correcto ejercicio de la profesión de abogado. A tales efectos, ejercitará el poder disciplinario con independencia de la responsabilidad civil, penal o administrativa que puede imputarse a los matriculados".

Al mismo tiempo, en su artículo 44 establece que los abogados matriculados quedarán sujetos a las sanciones disciplinarias previstas en esa ley, por las siguientes causas:

a) Condena judicial por delito doloso a pena privativa de la libertad, cuando de las circunstancias del caso se desprendiera que el hecho afecta al decoro y ética profesionales; o condena que comporte la inhabilitación profesional;

b) Calificación de conducta fraudulenta en concurso comercial o civil, mientras no sean
rehabilitados;

c) Violación de las prohibiciones y limitaciones establecidas por el artículo 3º de la presente ley;

d) Retención indebida de documentos o bienes pertenecientes a sus mandantes, representados asistidos;

e) Retardo o negligencia frecuente, o ineptitud manifiesta, u omisiones graves, en el cumplimiento de sus deberes profesionales;

f) Infracción manifiesta o encubierta a lo dispuesto por la ley arancelaria;

g) Incumplimiento de las normas de ética profesional sancionadas por el Colegio;

h) Todo incumplimiento de las obligaciones o deberes establecidos por esta ley.-

Los abogados tienen incumbencias precisas

El Dr. Resqui Pizarro señaló que la profesión del abogado tiene pautas e incumbencias bien precisas y cuando un abogado actúa en la esfera comercial no lo hace en su aspecto profesional, por lo que no le es aplicable ni la ley de ejercicio ni el código de ética y conducta abogadil.

"No confundamos a los ya bastante defraudados consorcistas ofreciéndoles, falsamente, la actuación de un prestigioso tribunal disciplinario, de un colegio profesional que controla y gobierna la matrícula y de una entidad que brega, desde su fundación por el desarrollo y la defensa de los derechos de los abogados, de sus claras incumbencias y, paralelamente, por el cumplimiento de los deberes de sus matriculados, cuando esto no es posible ni legal ni prácticamente", reflexionó.

Una carrera para los administradores

El Dr. Resqui Pizarro señaló que se debería debatir y definir la conformación de una carrera universitaria de administración de consorcios y complejos urbanísticos con reconocimiento oficial, para expedir títulos profesionales habilitantes y que esos nuevos expertos se agrupen en órganos públicos no estatales.

"Los abogados ya tenemos lo nuestro. Suena hasta sarcástico que quienes destinaron por años todos su esfuerzos –y gran parte del presupuesto de nuestro Colegio que se conforma, en su gran mayoría, con los aportes de nosotros, los abogados- para dejarnos sin Caja Jubilatoria en la CABA se ocupen, ahora, de invadir lugares que no nos pertenecen", concluyó.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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