Curso de sueldos para Propiedad Horizontal   Sistema 9041 para la administración de consorcios...

Consorcistas


Los consorcios podrán recibir hasta un 30% del total de las expensas del último semestre hasta un máximo de $60 mil.

Los consorcios podrán recibir hasta un 30% del total de las expensas del último semestre hasta un máximo de $60 mil.

Préstamos para damnificados

Créditos para consorcios víctimas del temporal

[BPN-25/04/12] El Banco Ciudad de Buenos Aires otorgará créditos de hasta 60 mil pesos a damnificados por el temporal ocurrido el pasado 4 de abril en la ciudad de Buenos Aires. Se trata de un préstamo a tasa subsidiada destinado a consorcios de edificios, locales comerciales y personas físicas afectados por la tormenta que deban afrontar los gastos por reparaciones y refacciones en departamentos, casas particulares y espacios comunes.

La entidad bancaria especifica en su sitio Web que los consorcios pueden suscribir a un crédito por un monto máximo de hasta $60 mil previo informe ambiental sobre el siniestro. En cuanto a la relación cuota/ingreso se estipula para los consorcios de propietarios de edificios hasta el 30% del importe total percibido por el consorcio en concepto de expensas ordinarias del promedio de los últimos seis meses, deducida la morosidad. El Plazo máximo se estipula hasta 36 meses (tres meses de gracia más 33 cuotas) y la tasa fija es del 9% anual.

La tormenta que afectó a la Capital Federal dejó un saldo trágico de 15 víctimas fatales, decenas de heridos y barrios anegados. A este escenario se sumó la falta de suministro eléctrico en las zonas más afectadas y la destrucción parcial o total en casas y edificios de Buenos Aires y el conurbano. De esta manera, el Banco Ciudad brinda financiamiento para hacer frente a los gastos de refacción y arreglos en las viviendas afectadas.

Requisitos

Entre los requisitos generales para acceder al mismo el Banco Ciudad exige la presentación de un informe ambiental sobre el siniestro tramitado ante el Centro de Gestión y Participación Comunal (CGPC) de la jurisdicción correspondiente y no registrar antecedentes desfavorables en el sistema financiero.

Los consorcios –además de los requisitos mencionados– deben presentar la siguiente documentación:

1.- Reglamento de copropiedad y reformas debidamente inscripto.

2.- Acta de designación del administrador.

3.- Acta de asamblea de copropietarios con las mayorías exigidas por el Reglamento de Copropiedad y Administración vigentes para la aprobación de la solicitud de crédito, en la cual se manifiesta el monto del préstamo a solicitar, el destino del mismo y en caso, que prevea la creación de la expensa extraordinaria para la garantía y pago del crédito.

4.- La cuota no podrá superar el 30 % del importe total percibido por el consorcio en concepto de expensas ordinarias del promedio de los últimos 6 meses.

5.- Presentar los seis últimos pagos de cargas sociales, liquidación de las últimas 12 expensas con expresión del porcentual de morosidad registrado en dicho período.

6.- Apertura de una cuenta en el Banco Ciudad a través de la cual el consorcio autorizará al banco a efectuar los débitos de los importes de las cuotas del préstamo a su vencimientoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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