Consorcistas |
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Osvaldo Loisi & Alicia Giménez Consorcistas contra "el perverso sistema legal actual" [BPN-23/05/12] El pasado 15 de mayo, el nuevo Comité de Defensa de la Propiedad Horizontal (CODEP) organizó una conferencia de prensa -que contó con el auspicio de la Defensoría del Pueblo de la Nación- en el que denunció que los consorcistas están sometidos a "continuos, arbitrarios e incontrolables aumentos de expensas" y que "el nuevo proyecto de Código Civil acentuará aun más" el "perverso" sistema legal actual. En este sentido, las entidades presididas por Osvaldo Loisi (LCPH) y Alicia Giménez (UCRA) realizaron un "llamamiento a toda la población que vive en consorcios" para que hagan llegar al Defensor del Pueblo de la Nación su adhesión a la propuesta de incluir en el anteproyecto de ley cuatro conceptos que consideraron imprescindibles: la inviolabilidad de los consorcios, la obligatoriedad de asistir a las asambleas, la creación de un sistema arbitral para dirimir conflictos y la posibilidad de que los propietarios puedan modificar el reglamento en edificios nuevos. Las cuatro propuestas Específicamente, la iniciativa plantea la incorporación al anteproyecto de reforma del Código cuatro artículos adicionales: 1) Inviolabilidad del consorcio: "los consorcios de propietarios, en su calidad de vecindades sin objeto social alguno, no deben ser considerados empresas, ni edificios públicos, estando amparados por la garantía de inviolabilidad de la propiedad privada consagrada por la Constitución Nacional. El Estado Nacional deberá proveer los medios necesarios para garantizar su genuina representación en las negociaciones colectivas de trabajo del sector." 2) Obligaciones de los copropietarios y agilización del sistema de asambleas: "La asistencia a la Asamblea de propietarios es obligatoria. Si un condómino se encuentra fehacientemente notificado, su no concurrencia por sí o por apoderado se interpretará como tácita adhesión a lo resuelto por la mayoría de los presentes." 3) Justicia Rápida: "Los conflictos suscitados con motivo del cumplimiento de los Reglamentos de Copropiedad y Administración deben ser dirimidos en primera instancia por árbitros designados por las partes, conforme a la reglamentación procesal que establezca cada jurisdicción". 4) Autonomía: En los nuevos edificios, en oportunidad de la primera asamblea ordinaria o extraordinaria que se celebre, los propietarios, por mayoría de votos, podrán aprobar, rechazar o modificar el Reglamento de Copropiedad y Administración redactado por el vendedor o la Empresa Constructora. Cómo adherir Para suscribir a la propuesta realizada por la CODEP debe remitirse un formulario de adhesión que puede bajarse libremente junto con el texto completo del proyecto de las páginas Web: www.ligadeconsorcistas.org o www.ucra.org.ar. La carta debe enviarse al Señor Defensor del Pueblo de la Nación a: Suipacha 365 (CABA) C.P: 1008 o por mail a: defensor@defensor.gov.ar |
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