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Consorcistas


Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

Liga del Consorcista

"No lo podemos creer"

[BPN-14/11/12] El pasado 4 de noviembre, el presidente de la Liga del Consorcista, Dr. Osvaldo Loisi, expresó que la digitalización de las expensas –y sobre todo el envío de la documentación respaldatoria por e-mail a los consorcistas- impuesta por Eduardo Machiavelli no sólo debería aplicarse en los consorcios sino también en todas las esferas del poder público que maneje fondos ajenos. Loisi opinó también que la bancarización obligatoria resuelta por la misma norma no es ninguna novedad porque "está vigente desde el año 2009 por imperio de la ley de la ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 3.254". Por último afirmó que, de ningún modo, cree que esta reforma encarecerá las expensas.

El Dr. Loisi vertió estas opiniones en un escrito que publicó en el sitio Web de su fundación el pasado 4 de noviembre, 9 días después de que Mauricio Macri, jefe de Gobierno porteño, presentara la Resolución 408 en una conferencia de prensa [BPN 478 del 31/10/12: "Macri presentó su programa Expensas Claras"].

No lo podemos creer

"Nosotros aún no lo podemos creer. Acostumbrados a que los consorcistas son acuciados permanentemente por expensas incontrolables, recibir una noticia de esa naturaleza no puede sino alegrarnos", expresó el Dr. Loisi sobre la publicación de la Resolución 408, y agregó: "personalmente, pienso que, aunque aplicable únicamente a la limitada órbita de los consorcios, la norma tiende a hacer realidad un viejo anhelo de nuestra Fundación, que es proclamar el principio que ‘todo aquél que maneja fondos ajenos, en el más amplio sentido de la frase, sea en el ámbito privado como el público, debe hacer saber por Internet a los dueños de esos fondos qué es lo que hace con ellos, a quién paga, cuánto, por qué concepto, etc., etc.".

En síntesis, sobre este tema opinó: "creemos que significa un paso adelante en la necesidad de transparentar las administraciones y esperamos que el ejemplo se generalice, sobre todo en el ámbito público, para saber qué hace el Estado con el dinero de nuestros impuestos".

No aumentarán las expensas

El Dr. Loisi de ningún modo cree "que esta reforma encarecerá las expensas" y en este sentido argumentó que se debe pensar "por ejemplo [en] todo lo que el administrador se ahorrará en papel y en costos de distribución al reemplazar las liquidaciones actuales por su formato electrónico".

Por último expresó que "sea como fuere, hay que poner en la balanza una cosa importantísima que se logra con el nuevo sistema, y es el control de sobreprecios, que es el problema más común que acusan ciertas malas administraciones".

La bancarización

El presidente de la Liga del Consorcista considera que "en realidad, la noticia aparecida hace pocos días en los diarios, no fue expuesta de manera correcta" porque "la bancarización no es ninguna novedad pues está vigente desde el año 2009 por imperio de la ley de la ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 3.254". Esta ley, que en su momento se llamó también Ley Abrevaya modificó la Ley 941 que en su momento había creado un Registro Público de Administradores en la CABA.

Loisi argumentó que "esta disposición fue motivada por la necesidad de terminar con la mala práctica de depositar las expensas de cada consorcio en la cuenta personal del Administrador (lo que, naturalmente, entrañaba serios riesgos para los propietarios) disponiendo que sean depositadas en un Banco a nombre de cada consorcio".

La Resolución 408

Esta resolución impone a los administradores a "enviar vía correo electrónico a los copropietarios, las liquidaciones de expensas en formato digital [...] acompañando la digitalización de todos los comprobantes respaldatorios" a partir de enero del 2013. Establece también que en esa fecha "todos los ingresos y/o egresos del consorcio deberán efectuarse en forma bancarizada " y que "los administradores de consorcios deberán extender los recibos de pago de expensas según [...un...] modelo único digital de recibo de pago" [BPN Nº 476 del 19/10/12: "¡¡¡ La resolución de Macchiavelli ya fue publicada !!!"]Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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