Consorcistas |
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires Registro de Asociaciones de Consorcistas [BPN-21/02/14] A fines del año pasado, la Dra. Susana Echazarreta y el Dr. Jorge Resqui Pizarro, coordinador de ReDeCo[1], presentaron un proyecto de ley a la Leg. Delia Bisutti (Nuevo Encuentro) que obligará a los consorcios a elegir en forma anual una entidad que los represente en la defensa y protección de sus intereses generales. A tal efecto proponen crear un Registro de Asociaciones de Consorcistas (RAC) en el ámbito de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA. Según la Dra. Echazarreta, la legisladora y uno de sus asesores, el Sr. Luis García Conde, participaron activamente del proyecto hasta el cese de su mandato. Actualmente sus autores esperan el inicio de las actividades legislativas para volver a presentarlo a los legisladores que impulsarán la iniciativa. Según la propuesta, el RAC será de acceso gratuito y podrá ser consultado en el sitio Web del Gobierno de la ciudad. Por su parte los consorcios elegirán la entidad que los representará en forma anual durante la asamblea ordinaria y deberán enviar copia del acta de dicha asamblea tanto a la entidad como al Registro de Asociaciones. La idea central es que en cada comuna la entidad que más votos obtenga represente a los consorcistas de su zona. A nivel general se constituiría una mesa de 15 representantes para tratar temas generales a toda la ciudad. Los autores del proyecto a la hora de fundamentarlo sostuvieron que si bien los consorcistas son representados legalmente por un administrador elegido en asamblea de copropietarios que actúa como mandatario, dicha representación es de tipo administrativa y para los asuntos puntuales y concretos de cada uno de los edificios, mientras que las problemáticas del conjunto de los consorcios de edificios de propiedad horizontal carece de una representación institucional, formalizada y orientada a la defensa de los intereses generales del sector. Por otra parte observaron que "sería deseable un sistema de consulta y representación con la participación directa de cada uno de los propietarios de edificios de propiedad horizontal, sin embargo, la convocatoria a elecciones, elaboración de normativas electorales, fiscalización, padrones, etc., vuelven el deseo, en lo inmediato, difícil de implementar y de un alto costo económico". Ante esta realidad explicaron que "por ello, el presente proyecto de ley elige un método de elección indirecto, muy sencillo, de fácil implementación y con mínimos costos, delegando una gran responsabilidad en la sociedad civil". Por último aclararon que "el mecanismo propuesto no establece una representación única, solo fija un modo de discernir representatividades. Serán las asociaciones de defensa y protección de los intereses generales de los consorcistas las que deberán presentarse ante los consorcios para exponer sus ideas, propuestas, gestiones realizadas, recoger inquietudes y debatir posibles soluciones para los problemas comunes del conjunto de los consorcios". La Dra. Echazarreta contó a Pequeñas Noticias que el proyecto se le ocurrió hace un tiempo, a partir de una mala experiencia en su propio consorcio. Luego se lo acercó a Resqui Pizarro, compañero de las reuniones periódicas que realizaba el Instituto de la Propiedad Horizontal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Juntos le hicieron algunas modificaciones y lo presentaron a la Leg. Bisutti que –con el asesoramiento de García Conde- también le realizó modificaciones. Delia Bisutti y la comunidad consorcial Es de recordar que la Leg. del boque Nuevo Encuentro fue –junto a Sandra Dosch (Frente Grande) y Alberto Fernández (Bloque Justicialista)- uno de los autores de la Ley 941 que creó en 2002 un Registro Público de Administradores en la CABA. En 2012 fue también autora de una iniciativa legislativa que proponía obligar a los administradores de consorcios a publicar mensualmente en una página Web toda la documentación respaldatoria de sus liquidaciones de expensas y la relacionada con los movimientos de ingreso y egreso de los fondos de sus consorcios --- [1] Reafirmación de los Derechos del Consorcista |
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