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Consorcistas


Liga del Consorcista

Alertan que se sigue pretendiendo crear un colegio

La Dra. Rita Sessa [Foto: archivo de Pequeñas Noticias 2014]

La Dra. Rita Sessa [Foto: archivo de Pequeñas Noticias 2014]


[BPN-12/07/19] El pasado 28 de junio, la Dra. Rita Sessa, vicepresidenta de la Fundación Liga del Consorcista, alertó que "hay administradores que siguen pretendiendo un colegio único de administradores" y agregó: "Lo que pretenden los administradores de consorcios está viciado. Vuelven a la carga porque esa ilegítima pretensión ya se discutió en la Legislatura porteña en 2003 y fue rechazada". Así lo hizo saber por medio de un artículo firmado en el sitio web de la Fundación.

Es de recordar que en 2007 hubo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una última iniciativa para colegiar a los administradores que motorizada por Diego Santilli y Jorge Enríquez (por aquel entonces del bloque Juntos por Buenos Aires) no prosperó [1].

Por otra parte, a principios de este año, el presidente de la Cámara de Administradores de la Ciudad de La Plata, Adm. Nicolás Juárez Ocampo, había adelantado a Pequeñas Noticias que uno de los objetivos de su gestión sería la creación de un Colegio Público de Administradores de Consorcio en el entendimiento que un Registro Público de Administradores en la provincia "va a traer más controversias que soluciones entre los distintos actores de la vida consorcial" [2].

"Existe una relación de consumo"

La Dra. Sessa comenzó argumentando que entre administradores, consorcios y consorcistas existe una relación de consumo "en los términos y alcances de la Ley Nacional 24.240 en su texto vigente, con las reformas del Código Civil y Comercial de la Nación".

Agregó que "los administradores insisten con estar al margen del régimen de consumidores para lo cual necesitan de una carrera universitaria y un colegio que los agrupe. De esa forma estarían excluidos conforme la ley vigente (Art. 2º de la Ley 24.240) [3].

La carrera universitaria

Consideró que no es necesario una carrera terciaria para administrar y que exigirla sería de dudosa constitucionalidad: "No creo necesario crear una carrera terciaria específica para administrar bienes de terceros. La matrícula o registro que hoy entrega la CABA es constancia legítima y suficiente, por estar facultada para hacerlo. Al margen que sería de dudosa constitucionalidad exigirle a un propietario que para administrar su patrimonio tenga título terciario".

Gerentes de patrimonio ajeno

Recordó que los administradores no ejercen una profesión liberal, que serían gerentes del patrimonio de terceros y no cabe la posibilidad jurídica de colegiación de gerentes. "El presidente de la Fundación Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal, Dr. Osvaldo Loisi, ha sido muy explícito en fundamentar las razones por las que un colegio único de administradores no sería legítimo dado que son administradores de bienes ajenos. No ejercen una profesión liberal. Serían gerentes de patrimonio de terceros y no cabe la posibilidad jurídica de agremiación de gerentes".

"¿Qué se pretende?"

La Dra. Sessa consideró que los administradores pretenden lograr dos objetivos. El primero es "tener una caja propia" y el segundo eludir las multas que les aplica el Registro Público de Administradores porteño. En sus palabras explicó: "En el fondo lo que los administradores quieren con esta propuesta es tener una caja propia y también liberarse de las sanciones de un ente independiente de carácter estatal, como ocurre ahora, con las multas que adecuadamente aplica la dirección de consumidores de la CABA".

"Muchos más son propietarios"

Ya redondeando aclaró: "Hay muchos administradores pero muchos más son los propietarios de unidades funcionales. A ellos hay que proteger, porque suelen verse ninguneados por ciertos malos administradores, y terminan viendo caer el valor venal y de renta de sus propiedades ante la impericia o la corrupción existente. Es cierto que hay muchos buenos gerentes del dinero ajeno, que escuchan a los propietarios y actúan con inteligencia y honestidad, pero no son mayoría".

Por último pidió: "Debemos rechazar las maniobras de lobbies que golpean a las puertas de los políticos con el fin de procurarse leyes a medida" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 334 del 14/11/07: "Terremoto".

[2] BPN Nº 652 del 14/03/19: "Los cuatro objetivos de la nueva comisión directiva".

[3] Artículo 2º de la Ley 24.140: "No están comprendidos en esta ley los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales reconocidos oficialmente o autoridad facultada para ello, pero sí la publicidad que se haga de su ofrecimiento. Ante la presentación de denuncias, que no se vincularen con la publicidad de los servicios, presentadas por los usuarios y consumidores, la autoridad de aplicación de esta ley informará al denunciante sobre el ente que controle la respectiva matrícula a los efectos de su tramitación".

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