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Discapacidad Cupo Laboral: Una Batalla Ganada por Raúl Guinzburg Después de dos postergaciones la Legislatura Porteña aprobó por unanimidad, en su sesión del Jueves 21 de octubre, la Ley de Cupo Laboral para Personas con Discapacidad cumpliendo con lo dispuesto en el art. 43 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y después de una ardua y tenaz tarea desde el mismo momento de la redacción del citado artículo, por parte de algunas instituciones dedicadas a la temática, principalmente la de REDI-Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad. Luego de idas y venidas por el proyecto presentado por el diputado Ricardo Busacca y otros en la que REDI realizó algunas objeciones y oposiciones, y luego de algunas reuniones con el citado conjuntamente con ONGs., la defensora adjunta de la Ciudad de Buenos Aires Prof. Graciela Muñiz, representantes de AMIA, Foro Pro, CGT, Ministerio de Trabajo y del Senado y Diputados, se llegó a consensuar posiciones y producir modificaciones (todo en el Despacho Nº 737 de Labor Parlamentaria). Los mismos se referían a la asignación de un cupo de 5% como mínimo; aplicación a toda modalidad de contratación, es decir, de planta permanente, transitoria, locación de servicios, etc (que era de fundamental importancia).; incorporación gradual del 1% anual hasta cumplir con el 5% al término de cinco años; incorporación al nuevo Registro de Aspirantes de quienes se hubieren anotado en el ya existente respetando su antigüedad; la aplicación del cupo a empresas públicas y concesionarias de servicios públicos y contratadas por el Estado, es decir no sólo a los tres poderes sino a los organismos descentralizados, autárquicas, seguridad social, etc. Básicamente se incorporaron los reclamos claves, pero lamentablemente la extensión a toda modalidad de contratación, no fue aceptada y la incorporación progresiva sólo se aprobó durante los dos primeros años. Con todo se concretó una importante victoria a favor del derecho al trabajo de las personas con necesidades especiales, pero... es sólo una batalla y esperamos que no tengamos otras si el Ejecutivo y COPINE (Comisión para la Plena Participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales) lo promulguen sin apelar al veto de la cláusula transitoria Art. 18 que extiende el cupo a contratos por locación de servicios, pasantías y otras modalidades, hasta tanto no haya concursos para cubrir las vacantes. Esperamos también que se reglamente correctamente, sin dejar lugar a dudas.
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