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Correo de Opinión

La página WEB de la AFIP por Maximiliano Dratler

Sr. Director, le agradezco por el envío de estos boletines de información semanales, ya que me resultan de muchísima utilidad en mi labor profesional.

Me dirijo a Ud., a los efectos de aportar algo de información que he recabado en relación a la consulta de aportes situada en la página Web de AFIP, ya que he tenido la oportunidad de ingresar en la misma y verificar su funcionamiento. 

En la edición del boletín 237 se han mencionado la existencia de dificultades para acceder al detalle de aportes del trabajador, por requerir demasiada información personal. En este asunto, estimo que los requerimientos de información que consideran excesivos se relacionan con la privacidad que debe existir respecto a la exposición de la información laboral de los trabajadores y asegurar que sí o sí el que acceda a la consulta sea el empleado y no un tercero que pueda ingresar al detalle solamente con conocer datos básicos.

Por mi parte pude acceder sin ningún tipo de dificultad a través de la opción "Servicios AFIP", existente en la pagina www.Pagosmiscuentas.com a la que ingresé a través del vínculo del sitio del banco a través del cual depositan mis haberes, ya que allí está validado el ingreso del usuario y su identidad previamente, por lo que no he tenido la necesidad de generar una Clave Fiscal a través de la agencia AFIP (trámite bastante más complicado).

Encontré la consulta muy interesante, expone la información en detalle e ilustra los distintos estados (pagos, pagos parciales, evasión, etc) con distintos colores en forma bastante clara aunque sólo brinda la información de los últimos 12 períodos fiscales.

Respecto a la imposibilidad manifestada de realizar la consulta básica con el CUIL, le comento que a veces los empleadores NO realizan correctamente u omiten el procesamiento de su declaración jurada, y SÍ realizan el pago, por lo que en esos casos la AFIP posee los fondos en rezago y sin distribuir a los organismos, al no poseer la información nominativa del personal. Estos casos son bastante frecuentes, por lo que eventualmente si este es el caso se podría dar lugar a la ausencia de datos de trabajadores en registros de AFIP como la descripta.

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Maximiliano Dratler

(11/11/2004)


    

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