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Libertad de expresión y de información por Raúl Guinzburg En relación al artículo "Operación Silencio" del Boletín Nº 238 me permito expresar algunas pocas palabras sobre el tema del aumento de velocidad en la banda ancha en Internet que promocionó la Empresa Telecom y que en la práctica hubiera eliminado la tarifa plana para esa modalidad. Creo y sin lugar a dudas que la aplicación señalada hubiera atentado a todas luces contra la libertad de expresión y sobre todo a la libertad de información. En efecto, se estaba limitando la transferencia mensual ya que a partir de una fecha establecida el exceso de carga o consumo de los llamados kilobites que se cobraría aparte. Esto no condice con la tarifa plana que, según las campañas publicitarias expresan, con el pago de un arancel mensual fijo, se puede estar conectado y navegar las 24 horas del día. Esa navegación implica, obviamente, el consumo de ese medio informático y por tanto, aun en el caso de poco uso de la PC. en Internet, es casi seguro que cualquier usuario se excedería. Por otro lado estaría la limitación o autolimitación que debería hacerse en la emisión de boletines electrónicos virtuales o agencias de noticias, como en el caso de "Pequeñas Noticias", "Emet Digital", publicaciones barriales, páginas Web personales y, como ustedes manifiestan y que es muy común y de uso intensivo, las "listas o grupos". Considero también se estaba incurriendo en "propaganda engañosa" y que cabría la aplicación de la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, máxime teniendo en cuenta que como Internet está manejado por empresas monopólicas y multinacionales, no tenemos mucha opción para optar por otros servicios que puedan satisfacer nuestras necesidades. No olvidemos que sobre el particular la otra Empresa del servicio telefónico "Telefónica de Argentina" indudablemente hubiese tratado de emular a su competidora. No obstante ello, en la fecha nos enteramos que la Subsecretaría de Defensa del Consumidor decidió aplicar una medida cautelar congelando cualquier modificación al servicio que presta Arnet, firma controlada por Telecom, por lo que no podrá aplicarse el cambio de velocidad. La misma medida adoptó la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor del Gobierno Porteño. Sin embargo debemos tener mucho cuidado ya que ésta es sólo una medida cautelar por diez días y la empresa aprovechará ese tiempo para recabar información técnica y poder justificar los cambios que proyectó, tratando por supuesto de inducir a la aplicación de este "aumento encubierto" en el servicio. Tampoco olvidemos que el ente regulador de las comunicaciones, como lo es el CNC, no ha emitido opinión hasta el momento y todos sabemos que normalmente y en la práctica no defienden a los usuarios sino a la Empresas de servicios.
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