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Correo de Opinión

Creemos necesarias algunas aclaraciones por AIPH

Luego de la nota que Pequeñas Noticias le hiciera al Administrador Jorge Ferrera y la emisión del programa radial donde dialogaran con el Dr. Daniel Elizondo, Secretario de AIPH, lejos de pretender instalar una polémica al respecto creemos necesarias algunas aclaraciones.

AIPH nació como movimiento a partir de la unión de un grupo de administradores fundamentalmente hartos del creciente desprestigio de quienes desarrollan esta actividad, y como consideramos que ese desprestigio surge primeramente de la práctica maliciosa de muchos "colegas", creímos imperioso hacer algo para no quedar como espectadores pasivos del deterioro progresivo de nuestra profesión.

Nos causan suma extrañeza las declaraciones del Sr. Ferrera cuando dice que se alejó de AIPH cuando éste se apartó del objetivo principal, los hechos demuestran que AIPH nunca se apartó de sus objetivos fundacionales, los que están suficientemente detallados en nuestra página Web (hace casi 2 años), es más si tomamos las propias palabras del Sr. Ferrera "tener una posición más abierta para escuchar a la gente y a los administradores", es obvio que quienes nos siguen desde los eventos, los boletines electrónicos, las notas y los trabajos específicos, pueden corroborar la apertura de criterio que impera en el seno de AIPH, sin dejar de lado que somos "principalmente administradores", entonces no resulta comprensible el alejamiento del Sr. Ferrera. Menos comprensible resulta cuando dice que el detonante fue la formación de una fundación y luego dice que su idea era la de "un espacio abierto donde pudieran converger distintas opiniones", o se debería entender "un espacio abierto donde puedan converger distintas opiniones siempre y cuando fuesen similares a la suya, o lo que es lo mismo sería "si no piensan como yo entonces me voy", para luego atacar desde afuera lo que no pude consensuar desde adentro. Acotación al margen sus palabras de despedida de AIPH fueron, palabras más palabras menos, "entre la carrera, el programa de televisión y mi actuación política, no me queda tiempo...".

La constitución legal de AIPH, surge por la misma necesidad de dar a quienes participan de nuestro emprendimiento el soporte jurídico que genere, como bien se manifestó en nuestro último encuentro, "un ámbito de pertenencia", tengamos en cuenta que después de haber puesto en marcha la maquinaria se requería de una entidad con identidad propia para mantenerla en movimiento, trabajando en consonancia con todas las entidades representativas de los actores de la comunidad consorcial, consorcistas, proveedores, y administradores, analizando y proponiendo soluciones en vez de atacar en forma contundente e indiscriminada todo aquello que vislumbre algún indicio de opinión encontrada.

En cuento a la opinión del Sr. Ferrera respecto del proyecto de colegio de administradores nuevamente podemos tomar sus propias palabras "con la mejor buena voluntad de la gente de AIPH el proyecto fue inconsulto con los copropietarios que son en definitiva quienes deberían haberlo consensuado", o debemos tomar las palabras de la Liga del Consorcista, UCRA, ADEPROH, etc., estas entidades son respetables pero de ningún modo defienden, ni pretenden hacerlo, los derechos de los administradores (dejando aclarado que AIPH ya realizó 3 eventos referentes al proyecto de colegiación y se ha presentado en todos los lugares donde hemos sido invitados para debatir, ampliar, modificar y publicitar este proyecto de colegio). No nos engañemos, el descontento de los consorcistas deviene de las prácticas delictivas de muchos "colegas" que les han dejado huellas imborrables y la falta de un espacio donde poder saciar su sed de justicia, el hecho puntual del último convenio colectivo, criticable desde su forma, solo fue un detonante, por cierto utilizado convenientemente; porque no observamos lo que ocurre en otros países y cómo a partir de la colegiación se ha logrado el equilibrio entre las apetencias de consorcistas, muchas veces reñidas con el cumplimiento de las normas vigentes, y las responsabilidades profesionales de administradores, que deben velar por su cumplimento. Volviendo al remanido tema del Convenio Colectivo, en AIPH consideramos que los destinatarios de las prestaciones de los encargados son los consorcistas, por ende son los únicos que deben negociar las convenciones colectivas, así se evitarían toda clase de suspicacias.

Luego en la nota encontramos una nueva incongruencia, por un lado del Sr. Ferrera dice que constituir una fianza "es perjudicial para los administradores honestos", luego más adelante propone que "el colegio constituya una garantía contra un posible mal desempeño del administrador", entonces el colegio sería útil para asegurar la calidad del servicio y eso redunda en beneficio directo al consorcista.

Otro tema importante es la participación de consorcistas en el colegio de administradores, por favor no hagamos demagogia dialéctica, la opinión de consorcistas es de suma importancia en la creación pero de ninguna manera se puede dar la participación directa del consorcista en un colegio de administradores, o acaso alguien imagina a pacientes reclamando participación en el colegio de médicos alegando ser sus clientes, bien podría ser que los consorcistas pudieran, argumentando vivir en los edificios que construyen, reclamar su participación en el colegio de Arquitectos, sin embargo en estos ejemplos válidos, la opinión de los "clientes" es tenida en cuenta a la hora de proyectar las normas y políticas que luego deben aplicar. Diferente sería participarlos a los mismos por intermedio de sus representantes como veedores externos en un Tribunal de Disciplina junto con el GCBA entre otros.

Finalmente el Sr. Ferrera dejaría traslucir su idea de modificación de la Ley 13.512 apoyando algún proyecto, conforme a sus últimas apariciones públicas, en ese aspecto remitimos a una frase extraída del libro del Dr. Bartolomé Orfila de reciente aparición "lo que hace a la Ley 13.512 aún vigente es su economía de texto", dejemos que cada edificio pueda reglar su vida de acuerdo a sus necesidades y expectativas, no carguemos de normas que luego devienen en anarquía, alguien imagina el resultado si en el congreso se instaura el llamado mandato tácito, o acaso el centro de todos los males de la propiedad horizontal son los administradores, y si así fuera, está plagado de ejemplos de auto-administraciones que no han funcionado, sin entrar en el incumplimiento de normas que suele producirse y sobre el que, por lo visto, nadie se atreve a manifestarse, sea entidad representativa de administradores, consorcistas o gobierno, ¿será políticamente inconveniente…?.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

A.I.P.H.

Administradores Independientes de Propiedad Horizontal


    

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