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Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Adm. Luis Sinagra

Adm. Luis Sinagra

Correo de Opinión

Un aporte a la reforma de la 13.512 por el Adm. Luis Sinagra

Sr.

Pequeñas Noticias

Atte. Sr. Claudio Rivas

En relación a las notas publicadas sobre el proyecto de modificación de la Ley 13512, como así tambien de crear un registro de Administradores  removidos,  me gustaría sumar una opinión cuya implementación brindará un beneficio  concreto e inmediato al consorcista, es más me llama poderosamente la atención (Tal vez me equivoque en cuanto alguna en particular) que las diferentes agrupaciones de consorcistas no hayan impulsado por ejemplo la siguiente medida; "Que los pagos y cobranzas de cada consorcio se realicen obligatoriamente por banco, sin excepción  de ningun tipo".

Utilice la palabra "medida" porque al ser algo tan simple en cuanto a su implementación, me pareció poco apropiado definirlo como "idea", si bien no escapa a mi intuición que más de una persona podría decorarlo y presentarlo como un proyecto de ley en defensa de los consorcistas y estoy seguro que lograría obtener algún voto más.

Algunos beneficios:

1) Reflejará sin lugar a dudas el movimiento de fondos del edifcio mediante el extracto bancario.

2) Evitará robos, por cobranza en efectivo a traves del encargado o Administración,  en el edificio

3) Instrumentar el pago de cargas sociales por medio de débito automático, una vez presentadas las DDJJ por Internet, como también con los servicios de provisión de energía, gas, tasa de Aguas e impuesto municipal cuando corresponda.

4) Existe también la posibilidad de limitar al Administrador en el manejo de fondos, ya que puede establecerse la emisión de cheques mediante firma conjunta.

5) Librar los cheques a los proveedores "NO A LA ORDEN" y cruzados a fin de que los mismos sean depositados y se cuente con una mayor presición por parte del fisco de los movimientos de un elevado número de contribuyentes que prestan servicios a los Consorcios.

6) Reduciría al mínimo las posibilidades de un manejo fraudulento y en el caso que existiese se contaría con medios adicionales para probarlo, destino de los cheques y extracto bancarios  por citar dos.

7) El Administrador no debe figurar en VERAZ, caso contrario no puede integrar la cuenta como firmante. Ello representa   un "FILTRO" más representativo que el certificado de Juicios Universales y reincidencias actualmente solicitado para renovar la inscripción en el Registro Público de Administradores, además al validarse al momento de la Designación es un control de vigencia y actualización permanente.

Naturalmente  generará un costo adicional al edificio pero su incidencia es menor a otros gastos que los Consorcios vienen asumiendo en los últimos años sin que se haga tanta publicidad y que en su conjunto generan un incremento del costo de expensas sin representar  beneficios concretos a los problemas que a diario se plantean en relación a la actividad , ya que  están vinculados en su mayoría a prevención.

El gasto de bancarizarizar los movimientos de fondo; representa un costo con un beneficio concreto e inmediato,  sumado a la seguridad,  posibilidad de implementación de mejores controles por parte de las autoridades de contralor sobre las empresas que prestan servicios en PH,  recaudación previsional, mejorar la posibilidades de cumplimiento de la Ley 257.

Ley 257 (Conservación de fachadas) El  Gobierno de la Ciudad de Bs. As. debe conceder créditos a los consorcios para realizar las obras necesarias. Si la bancarización fuese obligatoria los bancos, en este caso el Ciudad,  serían:

1) Depositarios del dinero de los fondos de los Consorcios.

2) Manejarían  los millones de pesos que se mueven mensualmente

3) Mejorarían su liquidez y podrían ofrecer créditos a tasas preferenciales reduciendo los costos en forma real porque todo consorcio dentro de su movimiento mensual mantendrá un saldo promedio en cuenta corriente que no genera intereses mejorando la liquidez de la entidad bancaria.

4) Posibilidad comercial de los bancos de ofrecer sus productos en forma directa a particulares (Seguros, tarjetas, cuentas corrientes, etc.) otorgando beneficios por el hecho de que su edificio tiene cuenta en esa entidad.

5) Se incrementarían las cuentas de plan sueldo.

En otro orden se generaría una reactivación de relevancia cuya repercusión social no puede dejarse de lado,  ya que implicaría  mayor empleo, casi exclusiva del sector privado  vinculado a la Propiedad Horizontal.

Actualmente un consorcio debe cumplir con las mismas exigencias en materia de prevención que una empresa privada,  Cs. Sociales, A.R.T., seguridad e higiene, incendios, etc. y  en el caso de edificios ya construídos se agrega un costo por la  normalización de instalaciones de gas, energía, rampas de acceso y otras disposiciones que no existían a la fecha de su construcción, hecho que no puede obviarse pero al momento de hacer análisis de expensas o comparaciones, debe tenerse en cuenta que no es lo mismo un edificio a estrenar que uno de  30 o 40 años, aún siendo idénticos pueden pagar una expensa similar. Un ejemplo de ello: el nuevo cuenta con el costo de seguridad y el viejo con el costo de mantenimiento de sus cañerías y adaptaciones a las nuevas normativas. Tal vez el edifcio a estrenar cuente con salón de usos múltiples, laundry, solarium y hasta un parque de juegos para chicos, el costo de mantenimiento de ello no es representativo, sin embargo la comparación es frecuente, sin pensar cuál será el costo de expensas del edifcio a estrenar cuando hayan pasado sólo 20 años. Ello nos da la pauta de que gran parte de la gente no conoce a fondo las diferencias, a pesar de toda la información que se brinda desde Agrupaciones de Consorcistas y/o Administradores, creo que se  deberían reformular unas cuantas cosas, ordenar la información y ser más precisos, eso  sí ayudará a los Consorcistas.

Existen otras alternativas que dependen del Estado en cuanto a la posibilidad concreta de reducir las expensas en los Consorcios a nivel nacional. No me corresponde a mí salir a dar ideas, tenemos Senadores y Diputados que cobran por su trabajo, pero los Gobiernos pasan, los legisladores cambian y en los últimos quince años cada vez se asentúa más la misma frase "los Administradores...".

El consorcista nunca se habrá preguntado:   ¿El problema no estará en otro lado?, ¿cómo existiendo tantos actores en escena la  solución parece alejarse cada día más?

Las respuestas las encontrará fácilmente leyendo sus expensas, participando en las reuniones de consorcio y con las explicaciones del Administrador, con esos tres elementos encontrará la  respuesta a su interrogante y después podrá optar por dejar las cosas como están o bien sumarse a un cambio aportando algo diferente para mejorar  lo que se hace en su edificio.

No debemos olvidar que "Haciendo lo mismo nunca conseguiremos resultados diferentes".

Lo saludo con todo respeto y aprovecho para destacar el valorable aporte que nos llega por medio de su publicación.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Adm. Luis Sinagra

Estudio Albornoz & Asoc.

Socio Gerente

(27/8/2007)


    

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