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Correo de Opinión Los consorcistas... ¿somos globos cautivos? por el Sr. Raúl Guinzburg Últimamente, aunque repetidamente, se habla de la representación de los consorcistas en la discusión de las Convenios Colectivos de Trabajo para los encargados de edificios de renta y propiedad horizontal.- Pero haciendo un análisis de las distintas opiniones, manifestaciones, afirmaciones, promesas,etc., llegamos a la conclusión de que somos cautivos de una serie de instituciones, oficiales y privadas, que dicen representarnos. Cautivos de las diferentes asociaciones, comisiones, federaciones que con sólo ver el número de letras de sus siglas ya nos marean. Cautivos del Ministerio de Trabajo de la Nación que, componendas mediante, autoriza y homologa los convenios con la llamada “mayoría automática” compuesta por intereses corporativos que nada tienen que ver con los llamados “consorcistas” titulares de dominio de unidades en propiedad horizontal. Con sólo ver quiénes son: “Unión Administradores de Inmuebles” (UADI) y “Asociación Inmobiliaria Edificios de Renta y Horizontal” (AIERH) notamos con una obviedad rayana en la locura que representan a los administradores y a las inmobiliarias, es decir, a los vendedores de inmuebles y a los que sin tener relación de dependencia, ¿asumen? nuestros intereses.- Y los propietarios (llámese consorcistas y después verán porqué) ¿dónde están?. De las casi apróximadamente dos docenas de asociaciones existentes podría presumirse, aunque quizás no sea ninguna garantía, –cosa que ignoramos- que quiénes realmente tendrían que participar en esos convenios serían: FEDECO (Federación de Asociaciones de Consorcios), CACCyC (Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas), RCD (Red de Consorcistas Damnificados), ACCBA (Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), FAC (Federación Argentina de Consorcios), UCRA (Unión de Consorcistas de la República Argentina) etc.- Somos cautivos del titular del Sindicato Único de Trabajadores de Renta y Horizontal (SUTERH), quien no sólo maneja los hilos sindicales sino oficiales y que tiene el tupé de objetar de inconstitucional un proyecto de modificación a la Ley 941 en la que de cierta manera se limita el poder de los administradores. Él sabe que es inconstitucional la representación que ejercen las asociaciones reconocidas por el Ministerio de Trabajo para negociar los salarios de los trabajadores. Expresó que “los consorcistas no pueden ejercer el derecho de participar en los mismos ya que se hace a través de los administradores que ellos mismos eligieron”. Insistimos como co-propietarios que ello es falso. Los consorcistas deben poder participar en los CCT ya que la función del administrador es precisamente la de “administrar” contable y técnicamente en los problemas de los consorcios pero no pueden subrogarse el derecho de propiedad de los edificios como lo hace presumiblemente el Sr.Víctor Santa María.- Con ese criterio entonces, y suponiendo que tenga razón, los consorcistas tenemos el derecho inalienable de decidir quién o qué asociación, corporación o cómo se llame nos represente ante el Ministerio de Trabajo e incluso ante el SUTERH.- También somos cautivos de proyectos legislativos que implican un avasallamiento de nuestros derechos como el de obligar a los consorcios a realizar una rendición de cuentas anual con el agravante de que el mismo debe estar certificado por un contador público matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo que implica nuevos gastos. Es público y notorio que esa rendición se realiza en la asamblea anual ordinaria de propietarios y es de incumbencia exclusiva su verificación y aprobación por parte de los co-propietarios, quienes son los únicos responsables de ello así como de los controles que quisieran hacer en forma periódica y permanente.- Por otra parte, hay muchísimos administradores que hacen un balance mensual de ingresos y egresos, así como el listado de deudores, etc., y cuya aprobación la tienen también los co-propietarios. Así como ello también somos cautivos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en disposiciones que son “globos” y que una vez legislado no se cumplen o dejan de tener los efectos y los “negociados” a que hubieren lugar. Nos pasó con la eliminación de los incineradores y la obligación de la colocación de “compactadores” que luego quedaron sin efecto alguno, aunque en el interín hubo grandes empresas que se beneficiaron de ese hecho. Otro fue la Ley 161 CABA, que ordenaba el reemplazo de las puertas tijera de los ascensores, otro gran negocio-y que a la fecha rige solamente para las puertas interiores mientras que en las exteriores no tiene plazo de vencimiento-, es decir, infinito.- Podemos nombrar también a la Ley 257 CABA Conservación de frentes y fachadas: en vigencia pero no existe, por lo menos en los barrios no hay nadie que controle su cumplimiento, en detrimento de los consorcios que sí lo hacen.- Por último, somos cautivos de nuestros pares. El vocablo “consorcista” que apliqué anteriormente lo era para designar a quienes habitan un edificio de propiedad horizontal a título de propietarios, gratuito o rentado. Porque según mi opinión existen dos tipos de propietarios: los que habitan la unidad funcional y es su hogar y los que poseen la titularidad de uno o más unidades con fines de lucro, es decir, los rentan para sacar un provecho de su inversión, lo que no está mál. Lo que sí considero que está mal y es una práctica perversa es que los locatarios están obligados a abonar el alquiler mensual pactado pero con el agregado del pago de las expensas comunes, y en muchísimos casos, los impuestos municipales y de Agua y Servicios.- Y esto viene a cuenta porque en estos casos de “propietarios de renta”, no les interesa los problemas económicos de los demás co-propietarios ni quién o qué los represente, por tanto están alejados de estos “globos” en que estamos cautivos y por ende les da lo mismo que sean inmobiliarias, administradores, martilleros, quienes actúen por él. Pero estos globos cada vez más se llenan de aire y digo ¿Qué pasará cuando revienten? ¿Cuándo seremos libres de ellos y podremos decidir libremente?.- Esa es la cuestión.- Estimo que mucha gente se sentirá afectada por mis apreciaciones, pero es sin duda el clamor de miles de co-propietarios que piensan como yo y lo digo con el respeto que me merecen todos los involucrados.-
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