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Raúl Enrique Guinzburg.

Raúl Enrique Guinzburg.

Correo de Opinión

Sobre ascensores descontrolados por el Sr. Raúl Guinzburg

En el Boletín Nº 391 con el título “Ascensores descontrolados” se manifiesta que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no tiene una estructura para controlar la seguridad de los ascensores en esta Capital, comenzando por el Registro de Controladores de los medios de elevación vertical que no están actualizados. También se menciona la ignorancia de los propietarios y la falta de conciencia del uso, mantenimiento y modernización de los mismos.- Se expresa que no existe ley nacional que reglamente la conservación en todo el país. Todo ello en aras de una mayor “seguridad” en los ascensores y la prevención de accidentes.

Al respecto debo hacer algunos comentarios y reflexiones:

Cuando se habla de seguridad, en este caso, se refieren a las maquinarias y demás características de las mismas: tracción mecánica, velocidad, paracaídas, control de maniobras, etc., pero en ningún momento se tienen en cuenta las normas de accesibilidad dispuestas en el Decreto Nº914/97 Reglamentario de la Ley 24314 -Protección Integral para las personas con discapacidad y la Ley Nº 962/02 del GCBA que incorpora la accesibilidad al Código de la Edificación.- 

Y el porqué de estas últimas expresiones se basa en que también hacen a la seguridad. El hecho de que los ascensores no tengan, por ejemplo, pasamanos para asirse, piso antideslizante, etc. es un riesgo de presuntos accidentes que pudieren acaecer y que traerían al consorcio un sinfín de inconvenientes. Si bien es cierto que las normas establecen para la construcción de edificios nuevos o en el caso de remodelaciones o modernizaciones, el solo pedido de una persona con discapacidad para el cumplimiento de las normas es exigible. Pero si se trata de la modernización de ascensores es decir, por ejemplo entre otras cosas, no sólo la maquinaria o los comandos sino la automatización, los pisos, las luces, las paredes de las cajas (forrado en acero, etc.), ello configura obra nueva por lo que es necesario la habilitación correspondiente. 

Es evidente que los administradores y los copropietarios no tienen conciencia de ello. Y por otro lado, al realizar esas “modernizaciones” nos encontramos con que la habilitación es prácticamente automática a la presentación por el profesional actuante sin que ningún inspector de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro lo verifiquen. Y lo más grave es que sólo se aprueba la parte mecánica y eléctrica y no se tiene en cuenta la accesibilidad, hecho que es de una ignorancia absoluta entre las distintas Direcciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que no sólo no conocen del tema sino que, en algunos casos, hay opiniones encontradas. 

Doy un caso personal y real: atento a una consulta realizada ante la COPINE (hoy COPIDIS)-Comisión Para la Plena Integración de las Personas con Discapacidad) Ente asesor y regulador del Gobierno de la Ciudad, sobre un hecho exactamente como el relatado (modernización de los ascensores), para que informara si eran correctas mis apreciaciones, ésta dependencia realizó un “pedido de informes” a la DGROC. bajo Registro Nº169/09 que ingresó el 23 de julio pasado. 

Esa Dirección General en vez de contestar al organismo requirente no tuvo mejor opción, precisamente por su ignorancia, de intimar al consorcio para que por intermedio de un profesional habilitado informe las condiciones de las reformas. 

El resultado hasta la fecha es que en virtud de esto la administración –que tenía intenciones de regularizar el problema- se ve impedido de actuar hasta que se expidan los organismos pertinentes que, como comentara, no se ponen de acuerdo. 

En definitiva, se constata que las normas son ignoradas olímpicamente por quienes deben preservar los derechos de los ciudadanos.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Raúl E. Guinzburg
(13/12/09)

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