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Correo de Opinión

Proyecto de ley sobre prescripción de deudas por expensas por el Adm. Alberto Campelo

Sr. Director:

Soy asiduo lector de Pequeñas Noticias y quería ver la forma de proponer un proyecto de ley. 

El tema sería el siguiente:

Como Ud. sabe las expensas atrasadas en los consorcios prescriben a los 5 años y la proposición es que prescriban a los 10 años como las obligaciones de AFIP.

¿Por qué? Porque cuando un administrador toma un consorcio con deudas fiscales y administrativas (cosa que siempre ocurre) y no tiene fondos como para iniciar las acciones correspondientes, el tiempo va pasando y los años de deuda van prescribiendo. 

Cuando este consorcio consigue tener fondos para iniciarlos ya pasó un tiempo bastante considerable y el deudor siempre es el beneficiado a costillas de aquellos que siempre pagan y por años mantuvieron el consorcio. Entonces aquel que debía nueve años al comienzo de la demanda sólo paga los últimos cinco años. Creo que no es justo.

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Adm. Alberto Campelo

(20/07/2011)

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