|
|||||||
Correo de Opinión Proyecto de ley sobre prescripción de deudas por expensas por el Adm. Alberto Campelo Sr. Director: Soy asiduo lector de Pequeñas Noticias y quería ver la forma de proponer un proyecto de ley. El tema sería el siguiente: Como Ud. sabe las expensas atrasadas en los consorcios prescriben a los 5 años y la proposición es que prescriban a los 10 años como las obligaciones de AFIP. ¿Por qué? Porque cuando un administrador toma un consorcio con deudas fiscales y administrativas (cosa que siempre ocurre) y no tiene fondos como para iniciar las acciones correspondientes, el tiempo va pasando y los años de deuda van prescribiendo. Cuando este consorcio consigue tener fondos para iniciarlos ya pasó un tiempo bastante considerable y el deudor siempre es el beneficiado a costillas de aquellos que siempre pagan y por años mantuvieron el consorcio. Entonces aquel que debía nueve años al comienzo de la demanda sólo paga los últimos cinco años. Creo que no es justo.
|
|
||||||
|
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '