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Sra. Teresa Villanueva.

Sra. Teresa Villanueva.

Correo de Opinión

Reglamentación de la Ley Nº 3.254/09 por la Sra. Teresa Villanueva

Sr. director de "Pequeñas Noticias"

Cuando se sancionó la Ley 3.254 en el 2009, los consorcistas de la CABA lo celebramos. Al fin un legislador de la ciudad, el Dr. Sergio Abrevaya, con la colaboración de algunas asociaciones, lo habíamos logrado y no era para menos si se toma en cuenta que la Ley de Propiedad Horizontal – la 13.512- tiene ya 58 años de vigencia y ni perspectivas de que se trate alguno de los proyectos que permanecen cajoneados.

Es por eso que la Ley 941 de Registro Público de Administradores –actualizada por la Ley 3.254- adquiere importancia entre nosotros y nos compete a velar por su buena salud. De ahí mi pregunta:

¿Puede la reglamentación de una ley modificar el espíritu de dicha ley? Esta es la sensación que me produce cuando el ejecutivo abruma a los consorcios con la adquisición de libros y más libros – el último, y ya sumamos 10, es el de "Registro de Entrada y Salida de Proveedores"- que no sólo encarecen las expensas sino que vuelven más complicada la tarea de los administradores. ¡Simplifiquemos, por favor! ¡Y revean esta medida!

Con la Ley 3.254, se buscó poner un control a los abusos de "ciertos malos administradores" y llenar un vacío legal, no complicarles la vida y restarles tiempo para atender las verdaderas necesidades del consorcio.

La Ley 3.254 –su reglamentación por medio del decreto Nº 551/10- Art. 9 (inc. d) considera como obligatorios 6 libros pero, en la reglamentación, el ejecutivo agrega: "y todo aquel libro que disponga la autoridad de aplicación", y agregó 4 libros más. No es este el espíritu de la ley, ni se corrigen errores, ni se defienden los intereses de los consorcistas. Necesitamos que apunten a los problemas que se vienen y darles solución:

¿Qué pasará con el aumento del ABL?

¿Qué pasará con el retiro de los subsidios?

¿Qué pasará con la revaluación de los edificios?

¿Qué pasará con la firma de los Convenios Colectivos de Trabajo, en los cuales seguiremos representados ilegalmente?

¿Qué pasará con los consorcistas jubilados que viven en estos consorcios? Nadie dice una palabra sobre ellos, pero son argentinos que aportaron al país y tienen todo el derecho de conservar su propiedad y no perderla porque no pueden pagar sus expensas, no por su voluntad o porque no supieron manejar su economía. Simplemente fueron estafados por el Estado, que el Estado se haga cargo.

Por último, y pensando para adelante, como representante de la Asociación Consorcistas de la CABA, me pongo a disposición de las autoridades en cuanto pueda ser útilEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Teresa Villanueva

Presidenta Asociación Consorcistas de la CABA

(14/12/2011)

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