|
|||||||
Correo de Opinión Sobre "Agua que no has de beber" por Gerardo Andino Estimado director: Sobre la consulta que realizó Macarena en el boletín Nº 461 que contestó la Dra. Diana Sevitz en la sección Rincón Solidario le acerco algunos datos que considero relevantes. Existe de hace un tiempo un fallo de la Corte Suprema de la Nación sobre el tema de los medidores globales en edificios en propiedad horizontal; leer en el siguiente vínculo. Usted publicó algunas notas al respecto en los boletines BPN Nº 157, Nº 158 y Nº 160. Sin embargo, el Plan de Operaciones establecido en la Resolución 40/2009 de la APLA-Agencia de Planificación en el período 2008-2012, se establece que AySA tiene que instalar medidores en los edificios en PH y, consecuentemente, la "Obligación de facturar bajo el régimen medido a los inmuebles subdivididos en Propiedad Horizontal." [Plan Operativo Comercial, punto 5.1, inciso c); leer en el siguiente vínculo. Por lo menos en lo que respecta a la concesión de Agua y Saneamientos Argentinos SA que, dicho sea de paso, no tiene contrato de concesión desde Marzo-2006.
|
|
||||||
|
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '