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Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Dr. Osvaldo Loisi

Dr. Osvaldo Loisi

Correo de Opinión

Volvamos a decir "NO" a una Corporación Única de Administradores de Consorcios por el Dr. Osvaldo Loisi

He tomado conocimiento - por gentileza de su medio periodístico online – que desde la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires se pretende impulsar la creación de un Colegio de Administradores que gobierne la matrícula de quienes gerencian patrimonio ajeno como mandatarios, con el aval tácito del gremio de encargados de consorcios (SUTERH).

Resulta francamente lamentable que desde esa casa de altos estudios se intente hacer oídos sordos a la Constitución Nacional creando otra “caja” y, además, pretendiendo manejar la matrícula discrecionalmente.

Cabe tener en cuenta que ni la Facultad de Derecho de la UBA ni el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal se atrevieron a tamaño despropósito.

Ante tal pretensión pongo en conocimiento de los lectores de su prestigioso medio periodístico que me veo en la obligación de reiterar nuevamente los argumentos de derecho que quitan fundamento a la insólita pretensión de los contadores, a saber:

"...Quienes gerencian patrimonio ajeno no pueden ni deben tener el poder de gobernar una matrícula o lista única que habilite a ejercer dichas funciones, determinando quién puede ejercerlas y quiénes no..."

"...La intención del proyecto es monopolizar un enorme mercado de servicios que por afectar los intereses de la inmensa mayoría de la población que vive en Consorcios debiera estar sometido a la libre concurrencia y no quedar cautivo de una 'corporación de gerente'".

Es preciso tener en cuenta que cuando el médico, el abogado o el arquitecto se equivocan en el ejercicio de su profesión cometen ciertamente "mala praxis", pero el gerente que se equivoca en el manejo del dinero confiado a su custodia tendrá primero que demostrar que no hubo dolo. Pretender invertir estos valores, salvaguardando la responsabilidad del administrador por el uso discrecional del patrimonio que se le ha confiado, dentro de supuestas normas técnicas o de ética profesional, es francamente descabellado, como también lo es que sean juzgados por sus pares y no por sus mandantes.

El proyecto resulta, pues, absolutamente inviable, ética y jurídicamente y merece el más contundente rechazo.

Solicito a Vd. quiera tener a bien difundir la presente.

Lo saludo con mi más alta estimaEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Osvaldo Loisi
Presidente Fundación Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal

(15/09/2013)

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