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Derecho a Réplica

Sobre "El gremio escrachó a una administración" por el Adm. Eduardo Andujar

Mar del Plata, 6 de febrero de 2014

Señor DIRECTOR CAZADOR DE NOTICIAS

Ciudad.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., por intermedio de la presente y en ejercicio del Derecho a Réplica, con la finalidad de llevar a su conocimiento -en relación a la información surgida en ese medio el día 30 de enero pasado, vinculada a la situación generada por el despido de la señora encargada del consorcio edificio “Los Albatros”, sito en la calle Cordoba N* 2238 de esta ciudad- los siguientes antecedentes fácticos que cuentan con suficiente respaldo documental:

En la Asamblea General Ordinaria llevada a cabo el día 27 de febrero de 2013, a requerimiento de los señores consorcistas se trató el cese de la actividad de la señora encargada, ante la imposibilidad del afronte de costos que representa el sueldo y aportes, surgiendo además el impedimento físico respecto de la realización de tareas de limpieza por parte de la misma, por cuestiones de edad, destacándose que ella ya se encontraba gozando de los beneficios jubilatorios.

En la ocasión se dejó planteada la convocatoria a una asamblea extraordinaria para resolver la relación laboral mencionada y determinar la indemnización correspondiente.

Estos extremos fueron aprobados por mayoría a través de una decisión asamblearia como máximo órgano consorcial.

En las mencionadas asambleas participó la señora encargada en razón a ser consorcista por resultar propietaria de 5 unidades funcionales del edificio "Los Albatros".

Se sugirió en consecuencia una reestructuración horaria y de prestación de tareas, en miras a una recomposición de costos y efectividad en las labores de limpieza. En esta inteligencia por mayoría se procuró recurrir a la figura del despido pero resultó preponderante ponderar la edad de la encargada y aquellos inconvenientes que pudieran resultar sobrevinientes ante cualquier accidente.

En el domicilio de la calle Corrientes 2145 de esta ciudad, se encuentra a disposición de quien lo requiera, la documental oficial necesaria para comprobar el estricto cumplimiento de todos los aportes legales que determina la ley y que, en modo alguno, las retenciones del caso fueron desviadas en forma inapropiada. Inclusive, la indemnización que corresponda, se depositará ante la autoridad competente que así lo ordene.

Esta administración no comparte el accionar agresivo e intimidante de parte de quienes se manifestaron como representantes gremiales, en general para con el consorcio y en particular para con la persona de este representante legal, lo que ha impulsado la instrumentación de acciones judiciales. Asimismo, jamás se prestó esta administración a requerimiento gremial alguno que no se encuentre sustentado en la normativa vigente.

Solicito a Ud. que lo expuesto sea publicado de la misma e idéntica forma que se hiciera con lo actuado por ese medio el día 30 de enero de 2014.

Sin otro particular saluda al Sr. Director con su consideración más distinguidaEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Eduardo A. Andujar

DNI: 10.717.831

(07/02/2014)

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