Curso de sueldos para Propiedad Horizontal   Curso/taller de Liquidación de Sueldos General

Correo de Lectores


30/7/07

Las expensas serían muy altas...

Sr. Director de Pequeñas Noticias: Si es tan amable quisiera me evacuara algunas dudas con respecto al aumento salarial dado al personal que trabaja en edificios (5 % en mayo 07, 5 % en julio 07 y 6,5 % en agosto 07, por Convenio Colectivo de Trabajo 512/07).

El edificio de 5 pisos, 20 departamentos, 2 ascensores, servicio de agua, gas, cocheras, tercerizó el servicio de seguridad y maestranza a una empresa y nos facturó de la siguiente manera: Marzo 07, Limpieza $ 1.146,00 y Seguridad $ 1.217,37; en Abril, lo mismo; en Mayo 07, Limpieza $ 1.335,00 y Seguridad $ 1.417,80; en Junio 07 lo mismo y en Julio 07, Limpieza $ 1.736,00 y Seguridad $ 1.736,00.

Para estos aumentos también hace referencia a la Resolución 732/07 de la Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigación (Homologación del Acta de Acuerdo Salarial bajo Resolución del Ministerio de trabajo, Empleo y Seguridad Social Nro. 732/07).

También se refiere al Convenio Colectivo de Trabajo 421/05 (Acta acuerdo salarial y modificatorio, celebrado entre las partes CAESI y USPRA), en el cual acuerdan la escala salarial ya homologada por el Ministerio de Trabajo de la Nación, estableciéndose las remuneraciones básicas de convenio, compensaciones y beneficios con vigencia a partir del día 1º de julio 07 ($ 14,37 por hora de servicio) y 1º de octubre 07.

 Si no es molestia le pediría que me aclare si los importes de la facturación de los meses referidos son correctos en función de los acuerdos salariales especificados, debido a que si son acertados las EXPENSAS se nos harían muy altas.

 Siendo un asiduo lector de su Boletín me despido de Ud. muy atte, agradeciendo desde ya su respuesta.

 Marcelo

(30/07/2007)

Estimado Marcelo, no conozco los pormenores de las escalas salariales del sector de la Seguridad pero sí los de los trabajadores de la Propiedad Horizontal. De todas formas no podría decir si los valores que a usted le pasan están bien o mal ya que, como toda empresa comercial, el importe que le cobra a sus clientes estará formado por un costo que debe pagar y por una ganancia que debe percibir y no puedo decir cuánto es lo correcto ganar.

Lo que le puedo facilitar son las escalas salariales del sector de la Propiedad Horizontal para que usted pueda saber cuáles son los valores para cada categoría y función según los aumentos que se lograron.

En el Boletín de Pequeñas Noticias Nº 320 del 8 de mayo de 2007 en la primer nota llamada "El nuevo convenio colectivo" aparece un vínculo a las 3 escalas salariales correspondientes al mes de mayo y junio, a la de julio y a la de agosto de 2007.

Un saludo grande.

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27/7/07

¿Para cuándo el congreso de propietarios?

Molesto vuestra atención a efectos de que me informen si ya está establecida la fecha del Congreso de Propietarios de Edificios Horizontales que promueve el Dr. Jorge Resqui Pizarro o cuál es la dirección de e-mail del mismo para contactarme al respecto.- 

Sin más reciban mis respetos.
Jorge Aldo

(27/7/2007) 

Estimado Jorge:

El Dr. Jorge Resqui Pizarro anunció que el congreso lo está preparando para noviembre o diciembre de este año y Ud. puede dirigirse a él con un e-mail a redeco@argentina.com.

Un saludo cordial

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25/7/07

"Aquí viene el tema mayor..."

Buenas tardes: el Sr. encargado sobre el que deseo hacer una consulta, reside en la ciudad de Mar del Plata, ingresó al edificio en julio de l967 y está por cumplir 74 años de edad. Se lo ha intimado para que inicie los trámites jubilatorios y recién ayer retiró la certificación de trabajo. Pero aquí viene el tema mayor: presentó un certificado médico con diagnóstico de adenocarcinoma prostática grado 4. Sinceramente, deseo consultar porque el Tratado de Laboral me lo he leído todo.

Atte. Olga F.

(25/07/2007)

Estimada Olga, yo no soy abogada pero me surgen varias preguntas sobre tu mail. ¿Por qué se lo intimó recién ahora o, mejor dicho, cuándo se lo intimó y cuándo retiró la certificación de trabajo? ¿Tuvo los aportes abonados desde 1967?

Todas estas preguntas y seguramente muchas más son las que te hará un profesional –que sería bueno que consultes- para ir aclarando el panorama y te diga exactamente dónde está parado el consorcio y el trabajador.

Considero que el tema va a ser complicado si no hacés una consulta personalmente a algún abogado especializado en el tema para que todos se quedan tranquilos y, sobre todo, no se generen futuros problemas. Tal vez puedas intentar alguna consulta en el mismo ANSES, pero yo me quedaría más tranquila hablando personalmente con algún abogado.

Cualquier valor que se abone una consulta de este tipo considero poco si se tienen en cuenta los líos en que uno se puede meter si no hace las cosas correctamente, sobre todo en cuestiones laborales.

Un saludo grande.

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21/7/07

Imprimir parte del Boletín

Mucho agradecería me indicaran cómo puedo imprimir, por ejemplo, la parte que se refiere a la RG 2239 de este Boletín al cual estoy suscripto.
Muchas Gracias.

Aldo P.

(21/07/2007)

Estimado Aldo, para imprimir una parte del Boletín, deberías primero pintarlo (seleccionarlos con el mouse) y después intentar imprimir la selección, si es que te lo permite el navegador.

Si no te lo permite, lo pintás y lo copias; luego te vas al Word o a cualquier procesador de texto, lo pegás y desde allí lo imprimís como cualquier archivo de texto.

Un saludo grandote.

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10/7/07

¿Licenciado?

Soy lectora de Pequeñas Noticias y me surgió una duda al leer alguna de sus notas: ¿me podrían informar qué especialidad tiene el licenciado Horacio Bielli? Atte. Elvia

(10/07/2007)

Estimada Elvia, después de consultar por tu duda, nos informaron que el señor Horacio Bielli, actual presidente de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), es Licenciado en Administración de Empresas.

Un saludo grande.

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6/7/07

No recibí el Boletín 323

¿Por favor me pueden enviar el Boletín Nº 323 del 20/06 que no lo recibí? Gracias.

Cecilia D.

(06/07/2007)

Boletines publicados de Pequeñas NoticiasEstimada Cecilia –y también Isabel L., que nos hizo la misma consulta- para acceder a cualquiera de los boletines publicados tenés que ingresar a www.pequenasnoticias.com.ar y luego hacer un clic en un ícono que tiene por dibujo un diario, ubicado arriba y en el centro de la ventana principal.

Así podrás tener todos los boletines ordenados por número y por fecha, desde el más reciente hasta el número 0. Cualquier inconveniente no dudes en volvernos a escribir.

Un saludo cordial

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5/7/07

La "sábana"

Estoy en condiciones de jubilarme y me dijeron que DEBO empezar por pedir en el ANSES la "sábana". Quisiera saber en qué direcciones puedo pedirla. Desde ya muchas gracias. Ema

(05/07/2007)

Estimada Ema, imagino que la "sábana" a la que te referís debe ser el listado con toda la información detallada de tus aportes y contribuciones para poder chequear si todo está en orden y no falta nada para poder jubilarte.

Antes de ir a cualquier lugar, te paso un teléfono gratuito 0800-22-26737 y la dirección web www.anses.gov.ar donde tenés mucha información para leer antes de movilizarte.

Un saludo grande y mucha suerte.

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3/7/07

Antigüedad, aguinaldo y vacaciones

El encargado de mi consorcio, con 30 años de antigüedad presentó un certificado médico para que se le asignen tareas reducidas en forma permanente. Tengo entendido que, de no ser así, habría que indemnizarlo. Su sueldo es el siguiente: Sueldo básico: 1.241 Antigüedad: 313,50 Retiro de residuos: 190,68 Vivienda: 8,32 Bonificación graciable: 200 Plus mejor dedicación: 800 Plus jardín: 30. A este importe de 2.783,50 se le descuentan los rubros correspondientes a jubilación, ley, obra social, etc.

Ahora bien: Al calcular la indemnización, ¿se tiene en cuenta el total incluyendo las bonificaciones o sólo el sueldo básico? La misma pregunta cabe para el aguinaldo y las vacaciones. Atentamente, Graciela Z.

(03/07/2007)

Estimada Graciela, para el cálculo de la indemnización, el aguinaldo y las vacaciones tendrás que trabajar con el total de haberes bruto, o sea esos $2783.50 de los que hablás. Para el aguinaldo tendrás que ver cuál fue el mejor sueldo del semestre y para las vacaciones el último sueldo liquidado a la fecha en que las liquides. Para el cálculo de la indemnización por antigüedad deberás tomar "... como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor" (Art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo).

Un saludo grande.

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2/7/07

Trabajadora jornalizada

Quisiera hacerles la siguiente pregunta: El consorcio de un edificio desea contratar a una trabajadora jornalizada por dos días semanales en un plazo de 4 hs. en total, 1) ¿Es necesario efectuar aportes previsionales? 2) ¿Cual sería la remuneración que le correspondería conforme escalas SUTERH? 3) ¿Cómo debería calcularse el aguinaldo que le correspondería de contratarla en la fecha? ¡Muchas gracias por su orientación!

Estela

(02/07/2007)

Estimada Estela, antes que nada la definición de un trabajador jornalizado según el Convenio Colectivo de Trabajo 378/04 artículo 7 inciso p) dice al respecto: "Son quienes realizan tareas de limpieza y que no trabajen más de dieciocho horas por semana en el mismo edificio. A este tipo de personal se le abonará por hora de trabajo realizado no pudiendo en ningún caso pagarse menos de dos (2) horas diarias..." y sigue diciendo la forma de calcular el valor aunque ahora las nuevas escalas lo modificaron y el valor de una hora para el mes de junio es de $11.58, para julio/2007 será de $12.16 y para agosto/2007 será de $13.01.

A este trabajador se le deben realizar todos los aportes teniendo en cuenta que para poder ser beneficiario de la obra social deberá aportar sobre 3 MOPRES ($240) como mínimo.

Con respecto al aguinaldo se le deberá pagar el proporcional por el tiempo trabajado. Si hubiese trabajador durante los 6 meses del año 2007, se debería tomar el mejor sueldo del semestre y dividirlo por 2, luego multiplicarlo por 6 meses (los trabajados) y luego dividirlo por 6 (la cantidad de meses del semestre). Si solo trabajó durante un mes se le deberá pagar el proporcional por ese mes trabajado, o sea ese mes dividido 2 por 1 mes trabajado y dividido por los 6 meses del semestre.

Un saludo grande.

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